De conformidad con lo establecido en el artículo 386.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, en el artículo 28, 2 b) y 3 e) del Real Decreto Legislativo 670/1987, de 30 de abril, que aprueba el Texto Refundido de la Ley de Clases Pasivas del Estado y demás Disposiciones concordantes, por Acuerdo del Pleno del Consejo General del Poder Judicial adoptado en su reunión del día 24 de marzo del año 2010,
Vengo en declarar la jubilación voluntaria por edad del Magistrado don Augusto Méndez de Lugo y López de Ayala, Presidente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Ceuta y Melilla, al tener cumplidos más de sesenta años de edad y haber prestado servicios efectivos al Estado durante más de treinta años, con efectos del día 19 de julio del año 2010, y con los derechos pasivos que le correspondan por esta causa.
Dado en Madrid, el 7 de junio de 2010.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
FRANCISCO CAAMAÑO DOMÍNGUEZ
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