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Documento BOE-A-2010-11527

Resolución de 22 de junio de 2010, de la Presidencia de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, por la que modifican ayudas de la convocatoria de becas MAEC-AECID para el curso académico 2009/2010.

Publicado en:
«BOE» núm. 174, de 19 de julio de 2010, páginas 63619 a 63620 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación
Referencia:
BOE-A-2010-11527

TEXTO ORIGINAL

En el BOE n.º 300, de 13 de diciembre de 2008, se publicó la Resolución de 21 de noviembre de 2008, de la Presidencia de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, por la que se convocan los Programas de Becas MAEC-AECID (Becas del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación para ciudadanos extranjeros y españoles para 2009/2010).

Por Resolución de 6 de julio («BOE» de 25 de julio de 2009, n.º 179), de la Presidencia de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, por la que se conceden ayudas de la convocatoria de becas MAEC-AECID para el curso académico 2009-2010 para los programas III.B, III.C y III.D.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 2 de la Orden AEC/1098/2005 de 11 de abril («BOE» de 26 de abril), por la que se establecen las bases para la concesión de becas y ayudas de la Agencia Española de Cooperación Internacional (AECID), el Real Decreto 1403/2007, de 26 de octubre, por el que se aprueba el Estatuto de la AECID, la Resolución de la Presidencia de la AECID, de 2 de julio de 2009 («BOE» del 30), por la que se delegan determinadas competencias, y en virtud de la Resolución de 21 de noviembre de 2008 (BOE n.º 300, de 13 de diciembre de 2008) por la que se aprueba la LXII convocatoria general de «Becas MAEC-AECID», a propuesta de la Comisión de Evaluación reunida al efecto,

Esta Presidencia de la AECID, ha resuelto:

Primero.–Modificar, las fechas lectivas de cuatro becas concedidas, según se especifica programa, para hacerla coincidir con el año académico y con la duración de sus estudios, con cargo al concepto presupuestario 12.103. 143 A 486.02, del Programa III.B, «Becas para Españoles para Estudios de Postgrado, Doctorado e Investigación en Universidades y Centros Superiores Extranjeros de Reconocido Prestigio y para Prácticas en Organismos Internacionales»; Programas III.C, «Becas Tordesillas para Españoles para Cursos de Especialización en las Universidades Brasileñas del Grupo Tordesillas»; y del Programa III.D, «Becas de Renovación para Becarios Españoles de la convocatoria de Becas MAEC-AECID 2008-2009 (Programa III.B) para 2.º año de Estudios de postgrado, Doctorado y Postdoctorado», a los siguientes beneficiarios:

Apellidos y nombre: Pinillos Jiménez, Eduardo. Programa: III.B. Destino: Brasil. Fecha anterior: 1/04/2010-31/07/2010. Fecha actual: 1/04/2010-31/08/2010.

Apellidos y nombre: Mendo Pérez, Ayara. Programa: III.C. Destino: Brasil. Fecha anterior: 16/03/2010-15/07/2010. Fecha actual: 16/03/2010-15/12/2010.

Apellidos y nombre: Valera Prieto, Llanos. Programa: Argentina. Programa: III.D. Fecha anterior: 1/01/2010-30/09/2010. Fecha actual: 1/01/2010-31/12/2010.

Apellidos y nombre: Molina Morte, Ana. Programa: III.D. Destino: Argentina. Fecha anterior: 1/01/2010-31/10/2010. Fecha actual: 1/01/2010-15/12/2010.

La dotación económica de estas becas, de acuerdo a las bases de la citada convocatoria, consiste en:

Dotación mensual: 1.200 euros.

Seguro médico y de accidentes, no farmacéutico, durante el periodo de vigencia de la beca, por un importe individual mensual de 60 euros.

Esta modificación no supone incremento económico, en el expediente de gasto aprobado con anterioridad por renuncias anteriores.

Segundo.–Ordenar la publicación en el BOE de las becas reconocidas en esta Resolución en los términos previstos por la citada Orden Ministerial de AECI/1098/2005 de 11 de abril.

Contra esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa, según lo establecido en el artículo 11.4 del Estatuto de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, se podrá interponer potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes desde el día siguiente a su notificación; o recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de su notificación, de conformidad con lo previsto en los artículos 109 y 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, no pudiendo interponerse simultáneamente ambos recursos.

Madrid, 22 de junio de 2010.–La Presidenta de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, P.D. (Resolución de 2 de julio de 2009), la Directora de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, Elena Madrazo Hegewisch.

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