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Documento BOE-A-2010-11655

Resolución de 15 de julio de 2010, del Instituto de Mayores y Servicios Sociales, por la que se publica el Acuerdo de Consejo de Ministros de 9 de julio de 2010, por el que se aprueba el marco de cooperación interadministrativa y criterios de reparto de créditos de la Administración General del Estado para la financiación durante 2010-2013 del nivel acordado, previsto en la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promocion de la Autonomía Personal y Atencion a las personas en situacion de dependencia.

Publicado en:
«BOE» núm. 176, de 21 de julio de 2010, páginas 64021 a 64033 (13 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Sanidad y Política Social
Referencia:
BOE-A-2010-11655
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2010/07/15/(1)

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con lo establecido en los artículos 8.2.a) y 10.1 y de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia, el Consejo Territorial del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, acordó en su reunión de 1 de junio de 2010, el marco de cooperación interadministrativa y criterios de reparto de créditos de la Administración General del Estado para la financiación durante 2010-2013 del nivel acordado, previsto en la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en Situación de Dependencia.

Aprobado por el Consejo de Ministros, en su reunión de 9 de julio de 2010, el Acuerdo por el que se formalizan los compromisos financieros resultantes del Acuerdo del Consejo Territorial del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia respecto a criterios de reparto de créditos de la Administración General del Estado para la financiación de los servicios y prestaciones económicas del nivel acordado, previsto en la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado», de la citada distribución, que figura en el anexo de la presente Resolución.

Madrid, 15 de julio de 2010.–La Directora General del Instituto de Mayores y Servicios Sociales, Purificación Causapié Lopesino.

ANEXO
Acuerdo por el que se aprueba el marco de cooperación interadministrativa y criterios de reparto de créditos de la Administración General del Etado para la financiación durante 2010-2013 del nivel acordado, previsto en la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en Situación de Dependencia

I. Introducción

El artículo 8.2.a) de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en situación de Dependencia (en adelante «la Ley») establece que, sin perjuicio de las competencias de cada una de las Administraciones Públicas integrantes, corresponde al Consejo Territorial del SAAD, además de las funciones que expresamente le atribuye esta Ley, «acordar el Marco de Cooperación Interadministrativa para el desarrollo de la Ley previsto en el artículo 10».

Asimismo, el artículo 10.1 determina que «en el seno del Consejo Territorial del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, la Administración General del Estado y las Comunidades Autónomas acordarán el Marco de Cooperación Interadministrativa que se desarrollará mediante los correspondientes Convenios entre la Administración General del Estado y cada una de las Comunidades Autónomas».

En el artículo 32.3 se establece que «los convenios, que podrán ser anuales o plurianuales, recogerán criterios de reparto teniendo en cuenta la población dependiente, la dispersión geográfica, la insularidad, emigrantes retornados y otros factores, y podrán ser revisados por las partes».

En los tres primeros años de vigencia de la Ley, el establecimiento de los criterios de distribución de los créditos destinados al nivel acordado se ha realizado con carácter de provisionalidad y una vigencia limitada al ejercicio en curso.

Como es preceptivo, se han utilizado los criterios previstos en el artículo 32 de la Ley: población dependiente, dispersión geográfica, insularidad, emigrantes retornados y otros factores. Sin embargo, al no disponer de datos consolidados que reflejasen en su integridad la gestión realizada por cada una de las Comunidades Autónomas, se han ponderado, junto con los datos iniciales de la gestión realizada (valoraciones y dictámenes de grado y nivel de dependencia) las estimaciones sobre la población potencialmente dependiente de cada Comunidad.

En la actualidad ya se considera que los datos obrantes en el Sistema de Información del SAAD (SISAAD) son fiel reflejo del nivel de gestión realizada, por lo que las prestaciones reconocidas a las personas beneficiarias, tanto sean servicios como prestaciones económicas, deben ser consideradas como factor determinante para la financiación del sistema por parte de la Administración General del Estado en este nivel de protección, perdiendo peso, en consecuencia, la población potencialmente dependiente.

Por otra parte, la aprobación de la Ley 22/2009, de 18 de diciembre, por la que se regula el sistema de financiación de las Comunidades Autónomas de régimen común y Ciudades con Estatuto de Autonomía y se modifican determinadas normas tributarias, viene a establecer, en el marco del Fondo de Garantía de Servicios Públicos Fundamentales, ciertos criterios respecto al peso ponderado de algunas variables, coincidentes con las previstas en la Ley, tales como la superficie, la dispersión y la insularidad.

En los Presupuestos Generales del Estado –Presupuesto de la Seguridad Social– en el Presupuesto de Gastos del Instituto de Mayores y Servicios Sociales, se contemplan los créditos presupuestarios para la financiación del nivel acordado del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia.

II. Criterios plurianuales de distribución de los créditos

Con estas premisas y con la voluntad de establecer unos criterios de distribución que tengan validez plurianual, este Consejo Territorial acuerda establecer tres fondos económicos:

a) Fondo General, con el 80% del total

b) Fondo de Compensación, con el 10% del total

c) Fondo de Cumplimiento de acuerdos, con el 10% restante.

a) El Fondo General, dotado con el 80% del total disponible, está destinado, al igual que los otros dos fondos, a contribuir a la financiación del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia.

Las variables que modulan el contenido de este fondo están relacionadas con las características del territorio y con la gestión realizada por cada Comunidad Autónoma en una fecha determinada, tomada como referencia para el conjunto.

Variables y ponderaciones del Fondo General

 

Porcentaje

Población potencialmente dependiente

55,00

Superficie

1,80

Dispersión

0,60

Insularidad

0,60

Dictámenes de grado y nivel de dependencia

6,30

Programas Individuales de Atención

18,90

Prestaciones de servicios reconocidas

16,80

 

100,00

Población potencialmente dependiente: El índice de reparto correspondiente a esta variable se ha calculado a partir de la distribución de la población española por Comunidades Autónomas, ponderando la población menor de 65 años al 21,12%, la población de entre 65 y 79 años al 26,59% y la población de 80 años y más al 52,29%. Estas ponderaciones corresponden a la distribución por edades de los solicitantes de valoración de la situación de dependencia registradas a 1 de julio de 2010.

Comunidades y Ciudades Autónomas

Población de menos de 65 años

Población de entre 65 y 79 años

Población de 80 y más años

Índice ponderado

Andalucía

7.078.128

916.664

308.131

16,5653%

Aragón

1.081.463

178.844

85.166

3,6981%

Asturias (Principado de)

848.229

161.341

75.719

3,2348%

Balears (Illes)

945.249

109.336

40.841

2,1379%

Canarias

1.831.079

212.279

60.634

3,6732%

Cantabria

481.066

73.928

34.241

1,5236%

Castilla y León

1.989.202

382.217

192.102

7,9756%

Castilla-La Mancha

1.715.697

251.903

113.713

5,1602%

Cataluña

6.257.901

859.670

357.849

17,0716%

Comunidad Valenciana

4.259.249

618.335

217.091

11,1139%

Extremadura

892.984

148.725

60.701

2,8138%

Galicia

2.184.268

427.808

184.013

8,1131%

Madrid (Comunidad de)

5.465.585

662.642

258.705

13,0910%

Murcia (Región de)

1.249.064

145.956

51.500

2,7697%

Rioja (La)

263.715

39.543

18.444

0,8219%

Ceuta y Melilla

135.641

12.831

3.662

0,2363%

Total

36.678.520

5.202.022

2.062.512

100,0000%

Factor de ponderación

21,12%

26,59%

52,29%

 

Fuente: Real Decreto 1918/2009, de 11 de diciembre, por el que se declaran oficiales las cifras de población resultantes de la revisión del padrón municipal referidas al 1 de enero de 2009.

Superficie: Índice calculado en función de la superficie territorial, en km2, de cada Comunidad Autónoma publicada por el INE.

Comunidades y Ciudades Autónomas

Superficie (km2)

Índice superficie

Andalucía

87.598

17,9370%

Aragón

47.720

9,7714%

Asturias (Principado de)

10.604

2,1713%

Balears (Illes)

4.992

1,0222%

Canarias

7.447

1,5249%

Cantabria

5.321

1,0896%

Castilla y León

94.225

19,2940%

Castilla-La Mancha

79.462

16,2711%

Cataluña

32.113

6,5756%

Comunidad Valenciana

23.255

4,7618%

Extremadura

41.635

8,5254%

Galicia

29.574

6,0557%

Madrid (Comunidad de)

8.028

1,6439%

Murcia (Región de)

11.313

2,3165%

Rioja (La)

5.045

1,0330%

Ceuta y Melilla

32

0,0066%

Total

488.364

100,0000%

Fuente: Instituto Nacional de Estadística. Anuario Estadístico de España. Datos suministrados por la Dirección General del Instituto Geográfico Nacional.

Dispersión: Se ha calculado teniendo en cuenta el número de entidades singulares en cada Comunidad Autónoma, según el Padrón Municipal.

Comunidades y Ciudades Autónomas

Número de entidades singulares de población

Índice Dispersión

Andalucía

2.805

4,7311%

Aragón

1.553

2,6194%

Asturias (Principado de)

6.938

11,7022%

Balears (Illes)

315

0,5313%

Canarias

1.104

1,8621%

Cantabria

929

1,5669%

Castilla y León

6.162

10,3933%

Castilla-La Mancha

1.691

2,8522%

Cataluña

3.910

6,5949%

Comunidad Valenciana

1.148

1,9363%

Extremadura

620

1,0457%

Galicia

30.088

50,7489%

Madrid (Comunidad de)

794

1,3392%

Murcia (Región de)

969

1,6344%

Rioja (La)

258

0,4352%

Ceuta y Melilla

4

0,0067%

Total

59.288

100,0000%

Fuente: Instituto Nacional de Estadística. Nomenclátor. Relación de unidades poblacionales.

Insularidad: Este índice se ha calculado según la distancia ponderada al litoral, en kilómetros.

Comunidades Autónomas insulares

Km de distancia al litoral, ponderados

Índice Insularidad

Balears (Illes)

309,41

20,0930%

Canarias

1.230,48

79,9070%

Fuente: Centro Nacional de Información Geográfica del Ministerio de Fomento.

Dictámenes de grado y nivel de dependencia:

Índice calculado a partir de las resoluciones firmadas con dictámenes de valoración de situaciones de dependencia.

Comunidades y Ciudades Autónomas

Dictámenes emitidos correspondientes a expedientes en vigor a 1-7-2010

Índice Dictámenes

Andalucía

339.375

29,4713%

Aragón

40.956

3,5566%

Asturias (Principado de)

25.765

2,2374%

Balears (Illes)

18.372

1,5954%

Canarias

23.983

2,0827%

Cantabria

21.017

1,8251%

Castilla y León

68.849

5,9788%

Castilla-La Mancha

68.853

5,9792%

Cataluña

208.894

18,1403%

Comunidad Valenciana

98.543

8,5575%

Extremadura

29.596

2,5701%

Galicia

65.752

5,7099%

Madrid (Comunidad de)

85.963

7,4650%

Murcia (Región de)

39.935

3,4679%

Rioja (La)

12.563

1,0910%

Ceuta y Melilla

3.129

0,2717%

Total

1.151.545

100,0000%

Fuente: Sistema de Información del SAAD (SISAAD).

Programas Individuales de Atención: Índice calculado a partir de las resoluciones firmadas de reconocimiento de prestación, correspondientes a expedientes dictaminados como grado III y grado II.

Comunidades y Ciudades Autónomas

Programas individuales de atención correspondientes a expedientes de grado III y II en vigor a 1-7-2010

Índice de Programas individuales de atención

Andalucía

171.011

29,9069%

Aragón

23.427

4,0970%

Asturias (Principado de)

13.141

2,2981%

Balears (Illes)

8.769

1,5335%

Canarias

7.947

1,3898%

Cantabria

12.157

2,1260%

Castilla y León

44.485

7,7797%

Castilla-La Mancha

33.232

5,8117%

Cataluña

106.611

18,6444%

Comunidad Valenciana

36.123

6,3173%

Extremadura

15.914

2,7831%

Galicia

31.649

5,5349%

Madrid (Comunidad de)

38.088

6,6609%

Murcia (Región de)

20.718

3,6232%

Rioja (La)

6.955

1,2163%

Ceuta y Melilla

1.585

0,2772%

Total

571.812

100,0000%

Fuente: Sistema de Información del SAAD (SISAAD).

Prestaciones de servicios reconocidas: Índice calculado a partir de las resoluciones firmadas de reconocimiento de prestación de los servicios de Centro de Día/Noche, de atención residencial, de ayuda a domicilio o de una prestación económica vinculada a un servicio, correspondientes a expedientes dictaminados como grado III y grado II.

Comunidades y Ciudades Autónomas

Beneficiarios que tienen reconocidos el 1-7-2010 los servicios de centro de día o noche, atención residencial, ayuda a domicilio o prestación vinculada a un servicio

Índice de prestaciones de servicios

Andalucía

71.756

27,4182%

Aragón

8.550

3,2670%

Asturias (Principado de)

7.086

2,7076%

Balears (Illes)

2.443

0,9335%

Canarias

3.483

1,3309%

Cantabria

4.293

1,6404%

Castilla y León

25.176

9,6198%

Castilla-La Mancha

13.932

5,3235%

Cataluña

46.390

17,7258%

Comunidad Valenciana

17.619

6,7323%

Extremadura

9.341

3,5692%

Galicia

13.180

5,0361%

Madrid (Comunidad de)

31.133

11,8960%

Murcia (Región de)

2.806

1,0722%

Rioja (La)

4.112

1,5712%

Ceuta y Melilla

409

0,1563%

Total

261.709

100,0000%

Fuente: Sistema de Información del SAAD (SISAAD)

b) El Fondo de Compensación tiene por finalidad corregir las situaciones originadas por un mayor índice de emigrantes retornados, un mayor coste de los servicios así como una menor recaudación en concepto de copago, debido al menor poder adquisitivo de las personas beneficiarias, se distribuirá de la siguiente manera:

Variables y ponderaciones del Fondo de Compensación:

 

Porcentaje

Capacidad económica

49,00

Coste de los servicios

49,00

Emigrantes retornados

2,00

 

100,00

Capacidad económica: Este índice es un índice combinado, que pondera los índices correspondientes a renta per capita bruta disponible de los hogares y la cuantía media de las pensiones de jubilación. Cada uno de estos índices se ha construido para que refleje una proporcionalidad inversa entre el valor medio de la renta o pensión en cada Comunidad Autónoma y el índice resultante:

a. Renta per capita: Calculada de acuerdo con los datos sobre renta disponible bruta de los hogares (per capita), de la Contabilidad Regional de España Base 2000, para 2007, ponderados según el índice de población potencialmente dependiente.

Comunidades y Ciudades Autónomas

Renta disponible bruta de los hogares (per capita) 2007

Inverso

Índice de población potencialmente dependiente (para ponderación)

Índice Renta per capita ponderado según población potencialmente dependiente

Andalucía

11.889

1,2468

16,5730%

19,9017%

Aragón

16.271

0,9110

3,6961%

3,2431%

Asturias (Principado de)

15.656

0,9468

3,2328%

2,9481%

Balears (Illes)

15.949

0,9294

2,1386%

1,9144%

Canarias

13.227

1,1207

3,6766%

3,9684%

Cantabria

15.642

0,9476

1,5230%

1,3901%

Castilla y León

15.330

0,9669

7,9695%

7,4220%

Castilla-La Mancha

12.312

1,2039

5,1585%

5,9817%

Cataluña

16.654

0,8901

17,0700%

14,6335%

Comunidad Valenciana

13.380

1,1078

11,1169%

11,8621%

Extremadura

11.765

1,2599

2,8133%

3,4140%

Galicia

13.687

1,0830

8,1097%

8,4593%

Madrid (Comunidad de)

17.666

0,8391

13,0930%

10,5812%

Murcia (Región de)

11.985

1,2368

2,7709%

3,3008%

Rioja (La)

15.709

0,9436

0,8216%

0,7467%

Ceuta y Melilla

14.505

1,0219

0,2365%

0,2328%

Total

14.823

 

100,0000%

100,0000%

Fuente: Renta per cápita: Instituto Nacional de Estadística. Contabilidad Regional de España. Enfoque institucional. Cuentas de Renta de los Hogares. Serie 2000-2007.

b. Pensión media de jubilación: Calculada de acuerdo con los datos sobre pensiones medias de jubilación contributiva y no contributiva en febrero de 2010, ponderados según la población potencialmente dependiente mayor de 65 años.

Comunidades y Ciudades Autónomas

Pensión media de jubilación contributiva del Sistema de Seguridad Social, en enero 2010

Proporción de pensiones no contributivas

Pensión media de jubilación, incluyendo no contributivas

Inverso

Índice Pensión media ponderado según población potencialmente dependiente

Andalucía

803,75

7,51%

768,88

1,1053

17,7436%

Aragón

898,25

2,98%

881,59

0,9640

3,4512%

Asturias (Principado de)

1.084,43

2,98%

1.062,21

0,8001

2,5054%

Balears (Illes)

793,81

4,11%

775,14

1,0964

2,2711%

Canarias

850,32

14,65%

775,53

1,0958

3,9025%

Cantabria

919,43

3,87%

896,97

0,9475

1,3977%

Castilla y León

846,19

3,56%

828,18

1,0262

7,9215%

Castilla-La Mancha

813,87

5,82%

786,26

1,0809

5,4007%

Cataluña

889,87

3,20%

872,26

0,9743

16,1096%

Comunidad Valenciana

793,95

4,92%

771,62

1,1014

11,8599%

Extremadura

741,06

7,65%

710,36

1,1964

3,2602%

Galicia

720,84

6,32%

696,75

1,2197

9,5813%

Madrid (Comunidad de)

1.052,02

3,20%

1.029,24

0,8257

10,4718%

Murcia (Región de)

772,73

5,30%

749,77

1,1335

3,0423%

Rioja (La)

814,62

2,50%

802,73

1,0587

0,8425%

Ceuta y Melilla

969,03

24,37%

815,69

1,0419

0,2387%

Total

877,12

5,08%

849,84

 

100,0000%

Fuente: Boletín de Estadísticas Laborales del MTAS.

c. Índice combinado: Calculado a partir del índice de renta per cápita y del índice de pensión media. Ambos índices se han ponderado de acuerdo, respectivamente, con la proporción que suponen, en las solicitudes registradas en el SISAAD, las personas menores de 65 años (renta per cápita) y las personas de 65 años o más (pensión media de jubilación).

Comunidades y Ciudades Autónomas

Índice Renta per capita ponderado según población potencialmente dependiente

Índice Pensión media ponderado según población potencialmente dependiente

Índice combinado capacidad económica

Andalucía

19,9017%

17,7436%

18,1993%

Aragón

3,2431%

3,4512%

3,4073%

Asturias (Principado de)

2,9481%

2,5054%

2,5988%

Balears (Illes)

1,9144%

2,2711%

2,1958%

Canarias

3,9684%

3,9025%

3,9164%

Cantabria

1,3901%

1,3977%

1,3961%

Castilla y León

7,4220%

7,9215%

7,8160%

Castilla-La Mancha

5,9817%

5,4007%

5,5234%

Cataluña

14,6335%

16,1096%

15,7979%

Comunidad Valenciana

11,8621%

11,8599%

11,8604%

Extremadura

3,4140%

3,2602%

3,2927%

Galicia

8,4593%

9,5813%

9,3444%

Madrid (Comunidad de)

10,5812%

10,4718%

10,4949%

Murcia (Región de)

3,3008%

3,0423%

3,0969%

Rioja (La)

0,7467%

0,8425%

0,8223%

Ceuta y Melilla

0,2328%

0,2387%

0,2375%

Total

100,0000%

100,0000%

100,0000%

Coste de los servicios: Este índice se obtiene ponderando, en función de la población potencialmente dependiente de cada Comunidad, lo que representa el coste hora efectiva del sector servicios en relación con el promedio.

Comunidades y Ciudades Autónomas

Coste total por hora efectiva en el sector servicios. Tercer trimestre de 2009

Población potencialmente dependiente

Índice

Andalucía

18,01

16,5730%

15,9148%

Aragón

18,72

3,6961%

3,6892%

Asturias (Principado de)

18,05

3,2328%

3,1113%

Balears (Illes)

16,68

2,1386%

1,9020%

Canarias

16,12

3,6766%

3,1601%

Cantabria

17,57

1,5230%

1,4268%

Castilla y León

17,92

7,9695%

7,6147%

Castilla-La Mancha

18,03

5,1585%

4,9591%

Cataluña

20,70

17,0700%

18,8404%

Comunidad Valenciana

17,35

11,1169%

10,2842%

Extremadura

16,80

2,8133%

2,5201%

Galicia

17,17

8,1097%

7,4244%

Madrid (Comunidad de)

21,85

13,0930%

15,2538%

Murcia (Región de)

19,27

2,7709%

2,8470%

Rioja (La)

18,45

0,8216%

0,8082%

Ceuta y Melilla (*)

19,34

0,2365%

0,2439%

Total

 

100,0000%

100,0000%

Promedio ponderado 18,7548565.

Fuente: Instituto Nacional de Estadística (INE), Encuesta trimestral de Coste Laboral (ETCL). Base 2008. Coste total por hora efectiva en el sector servicios. Tercer trimestre de 2009.

(*) En Ceuta y Melilla se toma como dato la media nacional.

Emigrantes retornados: Índice calculado de acuerdo con las bajas consulares registradas en los años 2004 a 2008, distribuidas por Comunidad Autónoma de destino, según los datos del Anuario de Estadísticas Laborales y de Asuntos Sociales.

Comunidades y Ciudades Autónomas

Bajas Consulares registradas (2004-2008)

Índice Emigrantes Retornados

2004

2005

2006

2007

2008

Total

Andalucía

4.870

4.436

4.283

4.006

3.312

20.907

12,1927%

Aragón

694

538

614

531

535

2.912

1,6982%

Asturias (Principado de)

1.063

953

947

926

823

4.712

2,7480%

Balears (Illes)

751

717

642

668

567

3.345

1,9508%

Canarias

3.918

3.065

2.401

2.983

2.866

15.233

8,8837%

Cantabria

429

433

338

339

358

1.897

1,1063%

Castilla y León

1.691

1.582

1.498

1.515

1.396

7.682

4,4801%

Castilla-La Mancha

540

514

533

544

560

2.691

1,5694%

Cataluña

5.696

5.252

5.232

4.645

4.664

25.489

14,8649%

Comunidad Valenciana

3.659

3.299

3.082

2.833

1.354

14.227

8,2970%

Extremadura

475

417

380

425

315

2.012

1,1734%

Galicia

6.922

6.779

6.362

6.203

4.385

30.651

17,8753%

Madrid (Comunidad de)

7.418

6.943

6.903

7.089

7.179

35.532

20,7219%

Murcia (Región de)

633

621

609

521

569

2.953

1,7222%

Rioja (La)

151

144

133

120

106

654

0,3814%

Ceuta y Melilla

108

83

137

136

110

574

0,3348%

Total

39.018

35.776

34.094

33.484

29.099

171.471

100,0000%

Fuente: Anuario de Estadísticas Laborales del MTAS.

c) El Fondo de Cumplimiento de Acuerdos, pretende compensar el mayor coste derivado de la aplicación de los acuerdos alcanzados, tales como la necesaria formación a los cuidadores no profesionales y la transposición a la normativa autonómica de los diferentes acuerdos que requieran esta incidencia en la legislación autonómica. Su distribución será:

Variables y ponderaciones del Fondo de Cumplimiento de Acuerdos:

 

Porcentaje

Formación de cuidadores no profesionales

85,00

Transposición de los acuerdos a la normativa autonómica

15,00

 

100,00

Formación de cuidadores no profesionales. Este índice se calculará a partir del número de prestaciones económicas concedidas para cuidados en el entorno familiar en la fecha de referencia para el resto de datos de gestión obrantes en el SISAAD.

Comunidades y Ciudades Autónomas

Beneficiarios que tienen prestación económica por cuidados en el entorno familiar a 1-7-2010

Índice

Andalucía

102.180

30,5245%

Aragón

14.945

4,4646%

Asturias (Principado de)

6.430

1,9209%

Balears (Illes)

6.531

1,9510%

Canarias

4.446

1,3282%

Cantabria

7.845

2,3436%

Castilla y León

20.648

6,1682%

Castilla-La Mancha

21.881

6,5366%

Cataluña

73.267

21,8873%

Comunidad Valenciana

18.493

5,5245%

Extremadura

7.115

2,1255%

Galicia

19.002

5,6765%

Madrid (Comunidad de)

7.859

2,3477%

Murcia (Región de)

18.391

5,4940%

Rioja (La)

4.507

1,3464%

Ceuta y Melilla

1.207

0,3606%

Total

334.747

100,0000%

Fuente: Sistema de Información del SAAD (SISAAD).

Transposición de los acuerdos del Consejo Territorial a la normativa autonómica: Este índice será variable para cada Comunidad en función del número de acuerdos alcanzados por el Consejo Territorial en cada ejercicio económico y su transposición efectiva, si procede, a la normativa autonómica.

Aplicación anual de los criterios de distribución:

1. Las tablas a utilizar se actualizarán en cada ejercicio económico con los datos más actuales disponibles en las fuentes que se citan. Los datos cuya fuente proceda del SISAAD serán los publicados a fecha 1 de enero de cada año.

2. En el ejercicio presupuestario de 2010, se utilizará la información obrante en el SISAAD el día 1 de julio de 2010.

3. Las ponderaciones de cada variable se mantendrán constantes con la siguiente excepción:

En el ejercicio 2011 el peso de la población potencialmente dependiente se reducirá al 20%, incrementándose esta diferencia porcentual en la ponderación de la variable «Programas Individuales de Atención».

En 2012 la citada reducción alcanzará al 10%, incrementándose igualmente la diferencia porcentual en «Programas Individuales de Atención».

En 2013 desaparecerá la referencia a la población potencialmente dependiente, incrementándose todo su peso porcentual en «Programas Individuales de Atención».

Para 2014 y 2015 será preciso ratificar los vigentes en 2013 o acordar nuevos criterios de distribución.

4. Los acuerdos del Consejo Territorial que deberán estar efectivamente transpuestos a la normativa autonómica en 2010 son los siguientes:

Acuerdo sobre determinación de la capacidad económica del beneficiario y sobre los criterios de participación de éste en las prestaciones del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia

Acuerdo sobre criterios comunes de acreditación en materia de formación e información de cuidadores no profesionales.

Acuerdo en materia de órganos y procedimientos de valoración de la situación de dependencia.

5. La no transposición efectiva, será tenida en cuenta en el ejercicio 2011 en el apartado correspondiente del Fondo de Cumplimiento de Acuerdos. Del mismo modo se procederá en los ejercicios siguientes.

III. Cuantificación económica resultante de la aplicación de los criterios de distribución de los créditos para el ejercicio 2010

1. Presupuesto para Nivel Acordado de protección en 2010: 283.197.420 € (aplicación presupuestaria 31.34-451.2 del presupuesto de gastos del IMSERSO).

2. Dotación económica de los tres fondos previstos:

Fondo General (80%): 226.557.936 €.

Fondo de Compensación (10%): 28.319.742 €.

Fondo de Cumplimiento de acuerdos (10%): 28.319.742 €.

IV. Determinación de los compromisos financieros de la Administración General del Estado y de las Comunidades Autónomas

1. Teniendo en cuenta lo establecido en el Real Decreto. 614/2007, de 11 mayo, sobre nivel mínimo de protección del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia garantizado por la Administración General del Estado, modificado por el Real Decreto 99/2009, de 6 de febrero, y elReal Decreto 373/2010, de 26 de marzo, por el que se determina el nivel mínimo de protección garantizado a los beneficiarios del sistema para la autonomía y atención a la dependencia para el ejercicio 2010, las cantidades a financiar por beneficiario y mes serán: 266,57 € para el Grado III nivel 2, 181,26 € para el Grado III nivel 1, 103,02 € para el Grado II nivel 2 y 70,70 € para el Grado II nivel 1. La liquidación se realizará mensualmente, en función de los datos de reconocimiento efectivo del derecho a las prestaciones de la Ley.

2. Para la financiación del nivel de protección acordado, previsto en el artículo 7 de la Ley, en el ejercicio presupuestario de 2010, la Administración General del Estado contribuye a la financiación del SAAD con un crédito presupuestario de 283.197.420 € que se distribuirán de conformidad con los criterios anteriormente señalados.

3. Las Comunidades Autónomas que participen en el nivel de protección acordado, contribuirán a la financiación del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia con una cantidad al menos igual a la aportada por la Administración General del Estado para el nivel mínimo y acordado.

4. A través de los convenios con cada una de las Comunidades Autónomas se determinarán las acciones a financiar con los créditos del nivel acordado de protección, de acuerdo con lo establecido en el artículo 10.4, y la aplicación de los criterios de intensidad de los servicios y las cuantías de las prestaciones económicas, acordados por el Consejo Territorial y aprobados mediante Real Decreto del Gobierno.

5. El pago se realizará del siguiente modo:

El 75% dentro del mes siguiente a la aprobación del presente Marco de Cooperación Interadministrativa por el Consejo de Ministros, previa manifestación de voluntad por parte de las Comunidades Autónomas, de formalizar con la Administración General del Estado el convenio a que se refiere el punto anterior, en los términos previstos en este acuerdo.

El 25% restante a la firma del convenio.

6. La justificación de los compromisos derivados del convenio de colaboración entre la Administración General del Estado y cada una de las Comunidades Autónomas, para el desarrollo del Marco de Cooperación Interadministrativa y de la financiación del nivel mínimo de protección garantizado por la Administración General del Estado, se realizará una vez finalizado el ejercicio económico y no más tarde del 31 de marzo del ejercicio siguiente, y ello de conformidad con lo que se establezca a tales efectos en el convenio de colaboración.

ANEXO

Fondo General: 226.557.936 € (80% del total)

 

Población potencial-mente dependiente

Superficie

Dispersión

Insularidad

Dictámenes de grado y nivel de dependencia

Programas individuales de atención

Prestaciones de servicio reconocidas

Total

Distribución del crédito

Ponderación:

55,0000%

1,8000%

0,6000%

0,6000%

6,3000%

18,9000%

16,8000%

100,0000%

 

Andalucía

16,5730%

17,9370%

4,7311%

0,0000%

29,4713%

29,9069%

27,4182%

21,5817%

48.895.157

Aragón

3,6961%

9,7714%

2,6194%

0,0000%

3,5566%

4,0970%

3,2670%

3,7717%

8.545.083

Asturias (Princip. de)

3,2328%

2,1713%

11,7022%

0,0000%

2,2374%

2,2981%

2,7076%

2,9175%

6.609.891

Balears (Illes)

2,1386%

1,0222%

0,5313%

20,0930%

1,5954%

1,5335%

0,9335%

1,8655%

4.226.512

Canarias

3,6766%

1,5249%

1,8621%

79,9070%

2,0827%

1,3898%

1,3309%

3,1577%

7.153.914

Cantabria

1,5230%

1,0896%

1,5669%

0,0000%

1,8251%

2,1260%

1,6404%

1,6590%

3.758.704

Castilla y León

7,9695%

19,2940%

10,3933%

0,0000%

5,9788%

7,7797%

9,6198%

8,2560%

18.704.682

Castilla-La Mancha

5,1585%

16,2711%

2,8522%

0,0000%

5,9792%

5,8117%

5,3235%

5,5166%

12.498.268

Cataluña

17,0700%

6,5756%

6,5949%

0,0000%

18,1403%

18,6444%

17,7258%

17,1910%

38.947.541

Com. Valenciana

11,1169%

4,7618%

1,9363%

0,0000%

8,5575%

6,3173%

6,7323%

9,0757%

20.561.827

Extremadura

2,8133%

8,5254%

1,0457%

0,0000%

2,5701%

2,7831%

3,5692%

2,9946%

6.784.543

Galicia

8,1097%

6,0557%

50,7489%

0,0000%

5,7099%

5,5349%

5,0361%

7,1257%

16.143.918

Madrid (Com. de)

13,0930%

1,6439%

1,3392%

0,0000%

7,4650%

6,6609%

11,8960%

10,9665%

24.845.547

Murcia (Región de)

2,7709%

2,3165%

1,6344%

0,0000%

3,4679%

3,6232%

1,0722%

2,6589%

6.023.953

Rioja (La)

0,8216%

1,0330%

0,4352%

0,0000%

1,0910%

1,2163%

1,5712%

1,0357%

2.346.353

Ceuta y Melilla

0,2365%

0,0066%

0,0067%

0,0000%

0,2717%

0,2772%

0,1563%

0,2260%

512.043

Total

100,0000%

100,0000%

100,0000%

100,0000%

100,0000%

100,0000%

100,0000%

100,0000%

226.557.936

Fondo de Compensación: 28.319.742 € (10%)

 

Fondo de Cumplimiento de Acuerdos: 28.319.742 € (10%)

 

Capacidad económica

Coste de los servicios

Emigrantes retornados

Total

Distribución del crédito

 

Formación de cuidadores no profesionales

Transposición acuerdos a normativa autonómica

Total

Distribución del crédito

Ponderación:

49%

49%

2%

100%

 

 

85%

15%

100%

 

Andalucía

18,1993%

15,9148%

12,1927%

16,9598%

4.802.965

 

30,5245%

6,6667%

26,9459%

7.630.999

Aragón

3,4073%

3,6892%

1,6982%

3,5112%

994.377

 

4,4646%

6,6667%

4,7949%

1.357.898

Asturias (Principado de)

2,5988%

3,1113%

2,7480%

2,8529%

807.946

 

1,9209%

6,6667%

2,6327%

745.581

Balears (Illes)

2,1958%

1,9020%

1,9508%

2,0469%

579.681

 

1,9510%

6,6667%

2,6584%

752.844

Canarias

3,9164%

3,1601%

8,8837%

3,6452%

1.032.302

 

1,3282%

6,6667%

2,1289%

602.911

Cantabria

1,3961%

1,4268%

1,1063%

1,4053%

397.988

 

2,3436%

6,6667%

2,9920%

847.334

Castilla y León

7,8160%

7,6147%

4,4801%

7,6507%

2.166.646

 

6,1682%

6,6667%

6,2430%

1.768.003

Castilla-La Mancha

5,5234%

4,9591%

1,5694%

5,1678%

1.463.511

 

6,5366%

6,6667%

6,5561%

1.856.668

Cataluña

15,7979%

18,8404%

14,8649%

17,2700%

4.890.829

 

21,8873%

6,6667%

19,6042%

5.551.855

Comunidad Valenciana

11,8604%

10,2842%

8,2970%

11,0168%

3.119.924

 

5,5245%

6,6667%

5,6958%

1.613.036

Extremadura

3,2927%

2,5201%

1,1734%

2,8717%

813.263

 

2,1255%

6,6667%

2,8067%

794.840

Galicia

9,3444%

7,4244%

17,8753%

8,5742%

2.428.201

 

5,6765%

6,6667%

5,8250%

1.649.638

Madrid (Comunidad de)

10,4949%

15,2538%

20,7219%

13,0313%

3.690.430

 

2,3477%

6,6667%

2,9956%

848.341

Murcia (Región de)

3,0969%

2,8470%

1,7222%

2,9469%

834.566

 

5,4940%

6,6667%

5,6699%

1.605.701

Rioja (La)

0,8223%

0,8082%

0,3814%

0,8066%

228.421

 

1,3464%

6,6667%

2,1444%

607.297

Ceuta y Melilla

0,2375%

0,2439%

0,3348%

0,2426%

68.692

 

0,3606%

 

0,3065%

86.796

Total

100,0000%

100,0000%

100,0000%

100,0000%

28.319.742

 

100,0000%

100,0000%

100,0000%

28.319.742

Total distribución del crédito del nivel acordado

 

Fondo general
(80 %)

Fondo de compensación
(10 %)

Fondo de cumplimiento de acuerdos
(10 %)

Total

Índice de distribución resultante

Andalucía

48.895.157

4.802.965

7.630.999

61.329.121

21,6560%

Aragón

8.545.083

994.377

1.357.898

10.897.358

3,8480%

Asturias (Principado de)

6.609.891

807.946

745.581

8.163.418

2,8826%

Balears (Illes)

4.226.512

579.681

752.844

5.559.037

1,9630%

Canarias

7.153.914

1.032.302

602.911

8.789.127

3,1035%

Cantabria

3.758.704

397.988

847.334

5.004.026

1,7670%

Castilla y León

18.704.682

2.166.646

1.768.003

22.639.331

7,9942%

Castilla-La Mancha

12.498.268

1.463.511

1.856.668

15.818.447

5,5857%

Cataluña

38.947.541

4.890.829

5.551.855

49.390.225

17,4402%

Comunidad Valenciana

20.561.827

3.119.924

1.613.036

25.294.787

8,9319%

Extremadura

6.784.543

813.263

794.840

8.392.646

2,9635%

Galicia

16.143.918

2.428.201

1.649.638

20.221.757

7,1405%

Madrid (Comunidad de)

24.845.547

3.690.430

848.341

29.384.318

10,3759%

Murcia (Región de)

6.023.953

834.566

1.605.701

8.464.220

2,9888%

Rioja (La)

2.346.353

228.421

607.297

3.182.071

1,1236%

Ceuta y Melilla

512.043

68.692

86.796

667.531

0,2357%

Total

226.557.936

28.319.742

28.319.742

283.197.420

100,0000%

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 15/07/2010
  • Fecha de publicación: 21/07/2010
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con los arts. 8.2.a) y 10.1 de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre (Ref. BOE-A-2006-21990).
Materias
  • Administración General del Estado
  • Asistencia social
  • Comunidades Autónomas
  • Discapacidad
  • Estadística
  • Gestión presupuestaria
  • Instituto de Mayores y Servicios Sociales

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