Visto el expediente de indulto de don Medhi Mohammadhosseim Dolabi, condenado por la Audiencia Provincial de Girona, sección tercera, en sentencia de 6 de febrero de 2007, como autor de un delito contra la salud pública, a la pena de nueve años y un día de prisión y multa de 2.900.000 euros, por hechos cometidos en el año 2005, en el que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 2 de julio de 2010,
Vengo en indultar a don Medhi Mohammadhosseim Dolabi ciento cincuenta días de la pena privativa de libertad impuesta, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años desde la publicación del real decreto.
Dado en Madrid, el 2 de julio de 2010.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
FRANCISCO CAAMAÑO DOMÍNGUEZ
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