Por Orden PRE/1260/2009, de 11 de mayo (Boletín Oficial del Estado del día 21 siguiente) se convocaron pruebas selectivas para el acceso, por promoción interna para personal funcionario y personal laboral fijo, al Cuerpo de Técnicos Auxiliares de Informática de la Administración del Estado, correspondientes a la Oferta de Empleo Público para el año 2009.
Finalizadas las pruebas selectivas, por Orden PRE/1019/2010, de 12 de abril (BOE del 26) se hizo pública la relación definitiva de aspirantes que las superaron y por Resolución de la Secretaría de Estado para la Función Pública de fecha 27 de mayo de 2010, publicada en el BOE, de 8 de junio, se realizó la oferta de puestos de trabajo a estos aspirantes, para su posterior adjudicación y desempeño como funcionarios de carrera.
Esta Secretaría de Estado para la Administración Pública, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 25 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo (BOE, de 10 de abril), por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, el Real Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre (BOE del 17) por el que se regula el acceso al Empleo Público y la provisión de puestos de trabajo de las personas con discapacidad y en el artículo 6.3 del Real Decreto 2169/1984, de 28 de noviembre, de atribución de competencias en materia de personal, en relación con lo establecido en el artículo 12.1.a) del Real Decreto 438/2008, de 14 de abril (BOE del 16) por el que se aprueba la estructura orgánica básica de los Departamentos ministeriales, a propuesta de la Dirección General de la Función Pública, resuelve:
Primero.–Nombrar funcionarios de carrera del Cuerpo de Técnicos Auxiliares de Informática de la Administración del Estado a los aspirantes aprobados que se relaciona en el Anexo de esta Resolución, con expresión de los puestos de trabajo que se les adjudican.
Segundo.–De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 62.1.c) de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, para adquirir la condición de funcionarios de carrera deberán prestar acto de acatamiento de la Constitución, en la forma prevista en el Real Decreto 707/1979, de 5 de abril y tomar posesión de su destino en el plazo de 45 días naturales, contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial del Estado.
La formalización de la toma de posesión como funcionarios de carrera y la declaración de la situación administrativa que dicho acto conlleve, se efectuará en el Órgano competente de la Subsecretaría del Ministerio para los aspirantes que obtienen destino en Servicios Centrales y en las Delegaciones o Subdelegaciones del Gobierno, en su caso, respecto de los funcionarios destinados en los servicios periféricos de ámbito regional o provincial respectivamente.
Tercero.–D. José Luis Gómez Mariño, que tiene ya la condición de funcionario de carrera del Cuerpo de Técnicos Auxiliares de Informática de la Administración del Estado, especialidad de Administración Tributaria, se mantiene en su actual puesto de trabajo (Gestor de Informática 1, Nivel 18, Complemento específico de 4.339,30 € y destino en la Agencia Estatal de Administración Tributaria, Departamento de Informática Tributaria, Madrid), como funcionario del Cuerpo de Técnicos Auxiliares de Informática de la Administración del Estado, al haber superado las pruebas selectivas a que se refiere este nombramiento.
Cuarto.–Contra esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponerse potestativamente recurso de reposición ante esta Secretaría de Estado en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o bien recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses, a contar asimismo desde el día siguiente al de su publicación, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 11.1.a) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Madrid, 29 de julio de 2010.–La Secretaria de Estado para la Función Pública, María Consuelo Rumí Ibáñez.
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