La Unión Europea mediante el Reglamento (CE) n.º 247/2006 del Consejo, de 30 de enero de 2006, por el que se establecen medidas específicas en el sector agrícola a favor de las regiones ultraperiféricas de la Unión, tiene establecido un Programa de Acciones Específicas para el sector agrícola por el Alejamiento y la Insularidad (Posei) que pretende compensar los costes adicionales de transporte y otras desventajas y limitaciones a las que se ven sometidos los agentes económicos y los productores derivadas de la situación geográfica excepcional de las regiones ultraperiféricas con respecto a las fuentes de abastecimiento en productos esenciales para el consumo humano o para la transformación como insumos agrícolas.
Estas medidas se dividen a su vez en dos partes: un Régimen Específico de Abastecimiento (REA) y un Programa Comunitario de Apoyo a las Producciones Agrarias Locales. El MARM asume la representación española en esta materia y muy particularmente la relacionada con las Producciones Agrarias de Canarias.
Para la campaña 2009, la Comisión Europea aprobó una modificación del Programa Comunitario de Apoyo a las Producciones Agrarias (Posei) de Canarias, en virtud del artículo 49 del Reglamento (CE) n.º 793/2006 de la Comisión, de 12 de abril de 2006, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) n.º 247/2006 por el que se establecen medidas específicas en el sector agrícola a favor de las regiones ultraperiféricas de la Unión, en la que se establecen las medidas de apoyo a la producción vegetal y animal. Dicha modificación, que se aprobó por Decisión de la Comisión de 20 de mayo de 2009 [C (2009) 3930 final], por la que se aprueban las modificaciones del programa general presentadas por España en cumplimiento del artículo 49 del Reglamento (CE) n.º 793/2006 de la Comisión, de 12 de abril de 2006, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) n.º 247/2006, supone la autorización de una ayuda de estado por importe de 18.103.100 euros para la campaña 2009.
La financiación adicional de cada acción queda recogida en el anexo de esta orden y se costeará con cargo a fondos regionales como ayuda de estado según el procedimiento establecido en el artículo 16 del Reglamento (CE) n.º 247/2006 del Consejo.
Sin embargo, en el Debate del Congreso de Política General en torno al Estado de la Nación del 19 de mayo de 2009, se aprobó la propuesta de Resolución por la que el Congreso de lo Diputados insta al Gobierno a complementar la financiación comunitaria en el marco del programa Posei, al conjunto de las medidas de Apoyo a las Producciones Agrarias Locales previstas por la Unión Europea en Canarias, de forma que los Gobiernos central y autonómico se hagan cargo, al 50 por ciento, de los recursos previstos como ayudas de Estado por la Unión Europea, de conformidad con la Decisión de la Comisión de 20 de mayo de 2009 [C (2009) 3930 final] que aprobó las modificaciones del Posei para la campaña de 2009.
Por tanto, y en base a esta Resolución y autorización comunitaria, el Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino considera oportuno el apoyo financiero a las acciones que se enumeran en el anexo.
En la elaboración de la presente orden han sido consultadas las Comunidades Autónomas y los representantes de los sectores afectados.
En su virtud, dispongo:
1. La presente orden tiene por objeto establecer las bases para la concesión de una subvención, en régimen de concurrencia, a la producción vegetal y animal de Canarias para la campaña 2009.
2. La subvención está autorizada por la Comisión Europea en el marco del Programa Comunitario de Apoyo a las Producciones Agrarias (Posei) de Canarias.
Para ser beneficiario de la ayuda deberán cumplirse los requisitos establecidos al objeto a los productores de cada una de las líneas de acción establecidas en el anexo de esta orden e incluidas en el Posei de Canarias, aprobado por la Decisión de la Comisión de 20 de mayo de 2009 [C (2009) 3930 final], por la que se aprueban las modificaciones del programa general presentadas por España en cumplimiento del artículo 49 del Reglamento (CE) n.º 793/2006 de la Comisión, de 12 de abril de 2006, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) n.º 247/2006.
1. Corresponde a la Comunidad Autónoma de Canarias, la tramitación, resolución y pago de las ayudas, una vez justificada la realización de la actividad para la que fueron concedidas según se establece en el artículo 8, así como la realización de los controles administrativos y sobre el terreno necesarios, entre los que estarán los establecidos por el Reglamento (CE) n.º 793/2006 de la Comisión, y cuantas actuaciones precisas garanticen el adecuado cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
2. En la resolución de concesión de la ayuda se tendrán en cuenta las disponibilidades presupuestarias y se hará constar, expresamente, qué importe está financiado con cargo a los Presupuestos Generales del Estado.
3. Las solicitudes se presentarán dentro del plazo previsto en la convocatoria que al efecto establezca la Comunidad Autónoma de Canarias y, en todo caso, antes del 15 de diciembre de 2010. Los órganos competentes de la Comunidad Autónoma de Canarias instruirán el procedimiento, resolverán motivadamente y notificarán en el plazo que se establezca en dicha convocatoria.
En caso de que una vez estudiadas las solicitudes presentadas conforme al artículo 3 de esta orden, la ayuda total a transferir supere el presupuesto disponible establecido en el apartado 2 del artículo 5, se procederá al prorrateo de las mismas hasta ajustarse a dicho presupuesto.
1. La cuantía máxima de la ayuda será de hasta el 50 por ciento de la ayuda prevista para cada acción del Posei.
2. El Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino transferirá a la Comunidad Autónoma de Canarias el crédito disponible de hasta cinco millones de euros (5.000.000 de euros) con cargo a la aplicación presupuestaria 23.12.412B.756 de los Presupuestos Generales del Estado para el año 2010, Plan estratégico de Canarias en agricultura y ganadería, en el marco del Posei.
La ayuda estatal concedida con arreglo a la presente orden, será compatible con la que pueda conceder la Comunidad Autónoma de Canarias para el mismo fin, en el marco de la ayuda total autorizada por la Comisión Europea.
La Comunidad Autónoma de Canarias remitirá al Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino a más tardar el 15 de diciembre de 2011 los datos relativos a las ayudas concedidas en base a lo dispuesto en la presente orden.
Los beneficiarios de las ayudas deberán justificar el cumplimiento de la finalidad para la que fueron concedidas y la aplicación de los fondos percibidos, mediante la presentación de la documentación justificativa correspondiente, en el plazo y forma que establezca la administración competente.
1. Toda alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de la subvención podrá dar lugar a la modificación de la misma.
2. En el caso de que el interesado no realice el 100% de la actividad objeto de la ayuda, solo percibirá la parte proporcional correspondiente a la actividad realizada, reduciéndose proporcionalmente la subvención concedida o abonada.
3. Procederá el reintegro de las cantidades percibidas, así como la exigencia del interés de demora, en los supuestos contemplados en el artículo 37 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
La presente orden se dicta al amparo del artículo 149.1.13.ª de la Constitución, que atribuye al Estado la competencia en materia de bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica.
La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 20 de agosto de 2010.–La Ministra de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, Elena Espinosa Mangana.
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Financiación |
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Medida I. Apoyo a la producción vegetal |
9.780.200 |
Acción I.1 Ayuda a la comercialización local de frutas, hortalizas, raíces y tubérculos alimenticios, flores y plantas vivas recolectadas en Canarias. |
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Subacción I.1.1 Frutas y hortalizas |
2.625.000 |
Acción I.3 Ayuda por hectárea para el mantenimiento del cultivo de vides destinadas a la producción de vinos de calidad producidos en regiones determinadas (VCPRD) |
5.287.600 |
Acción I.6 Ayuda a la transformación y embotellado de VCPRD producidos en Canarias |
1.545.600 |
Acción I.7 Mejora de la competitividad en la comercialización exterior de los VCPRD de Canarias |
322.000 |
Medida III. Apoyo a la producción animal |
8.322.900 |
Acción III.2 Apoyo al sector vacuno. |
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Subacción III.2.2 Prima a los terneros nacidos de otros vacunos |
382.731 |
Subacción III.2.4 Importación de terneros de engorde |
17.767 |
Acción III.3 Apoyo al sector de caprino y ovino |
513.498 |
Acción III.4 Ayuda al consumo humano de productos de leche de vaca de origen local. |
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Subacción III.4.2 Ayuda al productor de leche de vaca |
1.128.222 |
Acción III.6 Ayuda al consumo de productos lácteos elaborados con leche de cabra y oveja de origen local. |
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Subacción III.6.2 Ayuda al productor de leche de caprino-ovino |
4.895.711 |
Acción III.8 Suministro de pollitos de engorde de origen comunitario |
552.148 |
Acción III.10 Ayuda para la producción de miel de calidad procedente de la raza autóctona de abeja negra |
96.626 |
Acción III.12 Ayuda a la producción local de huevos de gallina |
736.197 |
Total |
18.103.100 |
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