Contido non dispoñible en galego
Visto el expediente de indulto de don Fidel Mora Martínez, condenado por la Audiencia Provincial de Alicante/Alacant, sección primera, en sentencia de 12 de mayo de 2008, como autor de un delito contra la salud pública, a la pena de tres años de prisión y multa de 14.000 euros, con la accesoria de privación de derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 2005, en el que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 23 de julio de 2010,
Vengo en indultar a don Fidel Mora Martínez la pena privativa de libertad pendiente de cumplimiento, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde la publicación del real decreto.
Dado en Madrid, el 23 de julio de 2010.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
FRANCISCO CAAMAÑO DOMÍNGUEZ
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