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Documento BOE-A-2010-13697

Resolución de 1 de septiembre de 2010, de la Subsecretaría, por la que se convocan pruebas de aptitud para acceso a la profesión de Gestor Administrativo.

Publicado en:
«BOE» núm. 214, de 3 de septiembre de 2010, páginas 76376 a 76385 (10 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de la Presidencia
Referencia:
BOE-A-2010-13697

TEXTO ORIGINAL

A tenor de lo establecido en el artículo 7 del Estatuto Orgánico de la Profesión de Gestor Administrativo, aprobado por Decreto 424/1963, de 1 de marzo, es facultad del Ministerio de la Presidencia convocar, a propuesta del Consejo General de Colegios Oficiales de Gestores Administrativos de España, las pruebas que permitan acreditar suficiente aptitud para obtener el título profesional de Gestor Administrativo y, en su caso, la inscripción en el Colegio correspondiente, sin perjuicio de las competencias de las Comunidades Autónomas de Cataluña y Galicia contempladas en el Real Decreto 756/2006, de 16 de junio, y el Real Decreto 1141/2007, de 31 de agosto.

En consecuencia, en ejercicio de las competencias atribuidas a esta Subsecretaría por el Real Decreto 1039/2009, de 29 de junio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de la Presidencia y se modifica el Real Decreto 438/2008, de 14 de abril, por el que se aprueba la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales; y a propuesta del Consejo General de Colegios Oficiales de Gestores Administrativos de España, resuelvo convocar las pruebas de aptitud para el acceso a la profesión de Gestor Administrativo, que se regirán por las bases contenidas en la presente Resolución.

I. Normas generales

Primera.–Las pruebas de aptitud se celebrarán en Madrid. No obstante, quienes acrediten su residencia en las Comunidades Autónomas de Illes Balears o de Canarias podrán realizar las pruebas de aptitud en dichas Comunidades.

II. Requisitos

Segunda.–Podrán concurrir a las pruebas de aptitud quienes, a la fecha de expiración del plazo de presentación de solicitudes, reúnan los siguientes requisitos:

a) Ser español, nacional de un Estado miembro de la Unión Europea, de los demás signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, o de un país que conceda reciprocidad de títulos y derechos.

b) Ser mayor de edad.

c) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de ninguna de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas, en el ámbito de ninguno de los Estados miembros de la Unión Europea, de los demás signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo o de los países con los que existan convenios de reciprocidad.

d) Estar en posesión o en condiciones de obtener alguno de los siguientes títulos:

Licenciado en Derecho.

Licenciado en Ciencias Económicas.

Licenciado en Ciencias Empresariales.

Licenciado en Ciencias Políticas.

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá estarse en posesión de la credencial de la autoridad competente que acredite su homologación.

III. Solicitudes

Tercera.–Los que deseen tomar parte en las expresadas pruebas de aptitud suscribirán la correspondiente solicitud, dirigida al excelentísimo señor Presidente del Consejo General de Colegios Oficiales de Gestores Administrativos de España, conforme al modelo recogido en el anexo I.

El impreso de solicitud será facilitado gratuitamente por el Consejo General de Colegios Oficiales de Gestores Administrativos de España (calle Mayor, 58, 28013 Madrid) y por los Colegios Oficiales de Gestores Administrativos. Este impreso de solicitud figura en la página web del Consejo General de Gestores Administrativos (http://consejogestores.net).

Cuarta.–1. Las solicitudes deberán presentarse en el plazo de un mes, a partir del día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».

2. Las solicitudes se presentarán en la sede del Consejo General de Colegios Oficiales de Gestores Administrativos de España (calle Mayor, 58, 28013 Madrid), en los Colegios Oficiales de Gestores Administrativos o a través de las Oficinas de Correos, mediante envío certificado.

Quinta.–1. Las solicitudes de admisión deberán ir acompañadas del justificante de haber satisfecho la cantidad de cien euros, en concepto de formación del expediente y derechos de examen, haciendo constar el nombre completo de la persona que vaya a realizar las pruebas, y la fotocopia del DNI.

Dicho pago deberá realizarse mediante ingreso en efectivo en la cuenta corriente del Consejo General de Colegios Oficiales de Gestores Administrativos de España que consta en el modelo oficial de solicitud, que deberá ser validada por la entidad bancaria en que se efectúa el ingreso, a través de certificación mecánica o, en su caso, mediante sello y firma autorizada de la misma, en el espacio destinado a estos efectos.

2. La falta de acreditación del pago de esta cantidad determinará la no admisión del interesado a las pruebas de aptitud.

3. Estarán exentos de este pago:

Las personas con minusvalía igual o superior al 33 %.

Las personas que figuren como demandantes de empleo durante el plazo al menos de un mes anterior a la fecha de la convocatoria.

Las familias numerosas, en los términos del artículo 12.1.c) de la Ley 40/2007, de 18 de noviembre, de Protección de la Familia Numerosa.

Sexta.–1. Expirado el plazo de presentación de solicitudes, el Presidente del Consejo General de Colegios Oficiales de Gestores Administrativos de España aprobará la lista provisional de aspirantes admitidos y no admitidos a la celebración de las pruebas, que se expondrá en las sedes de los Colegios Oficiales y del Consejo General, previo anuncio en el «Boletín Oficial del Estado».

2. Los aspirantes no admitidos dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación del anuncio en el «Boletín Oficial del Estado», para subsanar la omisión o defecto que hubiese motivado la no admisión.

Contra la exclusión de que hubieran sido objeto, los interesados podrán interponer reclamación ante el Consejo General de Colegios Oficiales de Gestores Administrativos, en el plazo de quince días hábiles, a contar desde el siguiente a la publicación de la lista a que se refiere el párrafo anterior.

Transcurrido dicho plazo, y una vez consideradas las subsanaciones y reclamaciones presentadas, el Presidente del Consejo General de Colegios Oficiales de Gestores Administrativos de España aprobará la relación definitiva de aspirantes admitidos y excluidos a la celebración de las pruebas, que se publicará en la sede del Consejo General y en los Colegios Profesionales de Gestores Administrativos, previo anuncio en el «Boletín Oficial del Estado».

3. No se procederá a la devolución de las cantidades abonadas en concepto de derechos de formación de expediente y de examen en los supuestos de no admisión de los aspirantes por causas imputables exclusivamente a los interesados derivadas de la declaración realizada en el impreso de solicitud.

IV. Tribunales

Séptima.–1. El Tribunal estará constituido por los siguientes miembros, designados por el Presidente del Consejo General de Colegios Oficiales de Gestores Administrativos de España:

a) Un Presidente.

b) Cuatro Vocales titulares, dos de los cuales serán propuestos por la Comisión Ejecutiva del Consejo General de Colegios Oficiales de Gestores Administrativos de España y otros dos serán propuestos por el Subsecretario del Ministerio de la Presidencia.

c) Cuatro Vocales suplentes designados por el mismo procedimiento que los titulares, a los que sustituirán en caso de vacante, ausencia o enfermedad.

d) Un Secretario con voz y voto, aunque podrá optarse por encomendar sus funciones a uno de los vocales no propuestos por el Subsecretario del Ministerio de la Presidencia.

2. La composición del Tribunal, junto con la fecha y el lugar de celebración de las pruebas de aptitud, se anunciará en el «Boletín Oficial del Estado», así como en la sede del Consejo General y de los Colegios Oficiales de Gestores Administrativos.

3. Todos los miembros del Tribunal deberán tener la titulación exigida para el ejercicio de la profesión de gestor administrativo.

4. No podrán formar parte del Tribunal aquellas personas que hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a las pruebas de aptitud para la obtención del título profesional de Gestor Administrativo en los cinco años anteriores a la publicación de la presente convocatoria.

5. Los miembros del Tribunal podrán ser recusados por los interesados y deberán abstenerse de intervenir en la calificación de los ejercicios cuando concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 28.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Octava.–1. El Tribunal se constituirá, previa convocatoria de su Presidente, en el plazo máximo de un mes a partir de su designación, con asistencia de la mayoría de sus miembros. En caso de ausencia del Presidente, los asistentes designarán a quien presida la reunión del Tribunal.

2. El Tribunal acordará todas las decisiones que le correspondan en orden al completo desarrollo del examen.

3. Los acuerdos habrán de adoptarse por mayoría absoluta.

4. Durante el desarrollo del examen, el Tribunal resolverá todas las dudas que pudieran surgir en la aplicación de estas normas, así como lo que se deba hacer en los casos no previstos.

5. El Tribunal adoptará las medidas precisas, en aquellos casos en que resulte necesario, de forma que los aspirantes con minusvalías que así lo soliciten gocen de similares condiciones para la realización del ejercicio que los demás participantes, con las adaptaciones de tiempos adecuadas, a tenor de la Orden PRE 1822/2006, de 9 de junio, por la que se establecen criterios generales para la adaptación de tiempos adicionales en los procesos selectivos para el acceso al empleo público de personas con discapacidad; y demás normas de aplicación.

6. En lo no previsto en la presente convocatoria, se aplicará lo dispuesto en el capítulo II del título II de la citada Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

V. Pruebas

Novena.–1. El Tribunal anunciará en el «Boletín Oficial del Estado», al menos con un mes de antelación, la fecha, lugar y hora de celebración de las pruebas, que en ningún caso se producirá antes de transcurrir dos meses desde la publicación de la presente convocatoria.

2. Las pruebas consistirán en el desarrollo por escrito en una única sesión de los siguientes ejercicios:

Un tema de carácter general, relacionado con el contenido del programa de áreas de conocimiento que se adjunta como anexo II.

La resolución también por escrito de un test, consistente en un cuestionario de 50 preguntas basado en las materias del programa, que estará compuesto por preguntas con respuestas alternativas, siendo sólo una de ellas la correcta, valorándose negativamente las contestaciones erróneas, todo ello en un tiempo máximo de 50 minutos, valorándose cada respuesta correcta en 0,20 puntos, y restando cada respuesta errónea 0,10 puntos.

Un caso práctico, basado en el contenido del programa de áreas de conocimiento que se adjunta como anexo II.

La duración máxima de los tres ejercicios será de tres horas, desarrollándose en la forma en que decida el Tribunal calificador.

Décima.–Cada uno de los ejercicios será calificado de cero a 10 puntos.

Para superar las pruebas será indispensable obtener, como mínimo, el 50 por 100 de la calificación máxima posible en el conjunto de los ejercicios (15 puntos) y no ser calificado con cero puntos en ninguno de ellos.

Undécima.–Terminadas las pruebas de aptitud, el Tribunal remitirá la relación de los aspirantes declarados aptos al Presidente del Consejo General de Colegios Oficiales de Gestores Administrativos de España, quién solicitará al Subsecretario del Ministerio de la Presidencia que publique en el Boletín Oficial del Estado el anuncio de la exposición de las listas de aspirantes declarados «aptos» en las presentes pruebas de acceso a la profesión de Gestor Administrativo, en las sedes del Consejo General de Colegios Oficiales de Gestores Administrativos de España, y de los distintos Colegios Oficiales de Gestores Administrativos.

VI. Expedición del título profesional

Duodécima.–1. Los/las aspirantes aptos pueden presentar la solicitud de expedición del título de Gestor Administrativo al Excmo. Sr. Presidente del Consejo General de Colegios Oficiales de Gestores Administrativos de España, debiendo acompañar los siguientes documentos:

a) Fotocopia compulsada del documento nacional de identidad, o de algún otro documento que acredite la identidad y la nacionalidad del aspirante apto/a.

b) Fotocopia compulsada por notario o autoridad académica competente, del título universitario oficial que haya hecho constar en su solicitud, certificación académica de tener superados los estudios para su obtención o, en su caso, resguardo del depósito para la obtención del mismo.

c) Cuando el título haya sido expedido en el extranjero, deberá aportarse la credencial acreditativa de su homologación.

d) Cuando se trate de extranjeros residentes en España procedentes de terceros países, deberá aportarse la acreditación de la reciprocidad de títulos y derechos con su Estado de origen.

e) Declaración jurada o solemne de no haber sido expulsado o separado en virtud de expediente disciplinario de ninguna de las Administraciones Públicas, así como de no hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas, en el ámbito de ninguno de los Estados miembros de la Unión Europea, demás Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, o terceros Estados con los que existan convenios de reciprocidad en la materia.

2. El Presidente del Consejo General de Colegios Oficiales de Gestores Administrativos de España examinará la documentación presentada y propondrá al Subsecretario del Ministerio de la Presidencia la expedición del título oficial de Gestor Administrativo en favor de los solicitantes que hayan superado las pruebas de aptitud y reúnan todos y cada uno de los requisitos exigidos en la convocatoria.

Decimotercera.–La presente convocatoria tiene en cuenta el principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres por lo que se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para igualdad efectiva de mujeres y hombres, y la Directiva Comunitaria 2006/54 CE, de 9 de julio, de aplicación del principio de igualdad de oportunidades e igualdad de trato entre hombres y mujeres, en asuntos de empleo y ocupación.

Madrid, 1 de septiembre de 2010.–El Subsecretario de la Presidencia, Juan José Puerta Pascual.

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ANEXO II
Áreas de conocimiento para las pruebas de aptitud para el acceso a la profesión de Gestor Administrativo

Área 1.ª Derecho Constitucional

1. Los principios e instituciones básicos de la Constitución Española. Derechos y deberes fundamentales. La posición de la Constitución en el ordenamiento jurídico.

2. La organización territorial del Estado: su articulación, desarrollo y garantías.

Área 2.ª Derecho Comunitario

3. La Unión Europea y su sistema institucional. Las fuentes del derecho comunitario. Retos de futuro.

4. Los principios actuales del Derecho comunitario y sus desarrollos fundamentales. La libre circulación de mercancías. La libre circulación de trabajadores. La libertad de establecimiento. Teoría, práctica y casuística. Líneas de progreso. Especial referencia a la liberalización de servicios en el mercado interior.

Área 3.ª Derecho Civil

5. El sujeto de la relación jurídico-civil. La capacidad jurídica. Su despliegue teórico y práctico. Problemas fundamentales.

6. El Mandato y la representación. Sus aplicaciones prácticas; su desarrollo en la vida económica y profesional.

7. El Derecho Foral. Fundamento y panorama actual. Perspectivas de futuro.

8. La nacionalidad y extranjería. Disposiciones sobre extranjeros. Principales procedimientos en extranjería. Casuística principal; problemas, soluciones; líneas de futuro.

9. El matrimonio y su regulación. La patria potestad y figuras afines. Desarrollo y vida práctica de estas relaciones en una sociedad democrática e igual. La igualdad de género y su despliegue social y legal.

10. Ausencia, tutela, emancipación. Otras figuras relativas a la capacidad. Problemática teórica y práctica.

11. El Registro Civil. Disposiciones reguladoras. Mecánica operativa para los ciudadanos, garantías y problemática.

12. Derechos reales. Concepto, clases, figuras y regulación. Leyes especiales; su incidencia en la sociedad de mercado.

13. La sucesión mortis causa: panorama general, casuística, jurisprudencia, aspectos prácticos.

14. Sucesión intestada y testamento: panorama general, casuística, jurisprudencia, aspectos prácticos y organizativos.

15. El contrato de sociedad civil.; asociaciones y fundaciones. Sus finalidades, aplicaciones y desarrollo práctico en la actividad de los ciudadanos y empresarios.

16. Los arrendamientos urbanos y los arrendamientos rústicos: panorama general. Sus relaciones con el resto del ordenamiento jurídico.

17. Derecho Hipotecario: panorama general, garantías básicas, mecánica operativa práctica. Referencia especial a la problemática teórica y práctica de la constitución de hipotecas.

18. Los Instrumentos públicos. Copias. Protocolización de documentos privados. Firma electrónica. El Registro de la Propiedad, el Registro de Bienes Muebles y sus principios y funcionamiento. Otros Registros públicos de especial relevancia.

Área 4.ª Derecho Mercantil

19. Principios generales de contabilidad. El Plan General de Contabilidad. Panorama actual de las técnicas de contabilidad; situación vigente y aplicaciones prácticas.

20. Las sociedades mercantiles y otras personas jurídicas afines: tipología, panorama general, desarrollo y vida práctica de las sociedades mercantiles.

21. El concurso: problemática teórica y práctica.

22. El comercio exterior: situación actual, jurídica y económica.

23. La Libre Competencia: desarrollo y garantías.

24. El Registro Mercantil: configuración, casuística, aplicaciones prácticas, garantías.

25. El Mercado de valores; problemática y casuística práctica al día de hoy; últimos desarrollos y tendencias.

Área 5.ª Derecho Penal

26. Los delitos en el plano de la actividad jurídica y económica: la falsedad, la estafa, los delitos societarios, el delito fiscal: aplicación, casuística, jurisprudencia, nuevas tendencias. Los delitos contra la Seguridad Social.

27. Los delitos en el plano de la actividad profesional: la intimidad, el secreto profesional, la deslealtad profesional.

28. Los delitos contra la seguridad de los trabajadores: panorama actual, últimos desarrollos. Los delitos contra la Administración Pública: tipología, configuración, la situación de los ciudadanos en estos casos.

Área 6.ª Derecho Administrativo

29. El Derecho Administrativo. Las fuentes. Reglamento y acto administrativo. Configuración, casuística, problemas prácticos y garantías.

30. Principios generales del procedimiento administrativo. Derechos de los administrados, representación, especial consideración de la casuística de la iniciación del procedimiento y de las notificaciones administrativas, problemas prácticos más importantes.

31. La situación actual de la regulación del silencio administrativo, estatal y autonómica. Perspectivas de futuro, a la luz de la Ley 25/2009, de 23 de diciembre; problemática y jurisprudencia del silencio positivo.

32. Los recursos administrativos y su casuística, mecánica operativa de los recursos. Problemática práctica de los plazos, suspensión cautelar de lacto recurrido. La revisión de oficio de los actos administrativos y sus aplicaciones; la acción de nulidad.

33. La Administración electrónica: normas vigentes y su desarrollo; aplicaciones prácticas.

34. Organización administrativa del Estado. Régimen jurídico de las Comunidades Autónomas. Régimen Jurídico de la Administración Local.

35. Problemática de la organización administrativa, la eficacia, la eficiencia; relaciones organización-ciudadanos. El principio de legalidad y sus consecuencias; la discrecionalidad administrativa y sus límites.

36. Autorizaciones y licencias. Concesiones administrativas. Casuística; principales problemas. Desarrollos previstos en la Ley 25/2009, de 24 de diciembre.

37. Problemática de la potestad sancionadora de la Administración: procedimiento, principios y casuística principal.

38. La actividad de la Administración en el seno de la sociedad de mercado: contratos, ayudas y subvenciones. Los servicios públicos. Relaciones de la Administración y los particulares en estas actividades. Responsabilidad y garantías. Casuística principal.

39. Panorama general de la actividad del transporte y actuación administrativa en esta materia.

40. Problemática actual de la Circulación y del Tráfico. La relación Administración y ciudadanos en este campo, problemática, casuística, desarrollos recientes.

41. Bienes de dominio público. Garantías, su relación con los ciudadanos. Tipologías y problemática actual.

42. La propiedad, la vivienda y el urbanismo. Desarrollos actuales. Las garantías y la relación ciudadanos y Administración. Retos de futuro.

43. La actividad de los ciudadanos y la Administración en relación con la industria y el Medio Ambiente. Garantías, marco legal, problemática más reciente, retos de futuro, el desarrollo sostenible.

44. Actuación administrativa en relación con las actividades de los ciudadanos en materia de caza y pesca, en materia de armas y en materia agropecuaria y turística.

45. Los derechos de los consumidores y el control sanitario. Problemática actual, garantías; líneas de futuro.

Área 7.ª Derecho Laboral

46. Panorama de la relación jurídico-laboral; situación de las partes, intervención del Derecho y del Estado. Mecánica operativa práctica de la vida de la relación laboral en las empresas.

47. Panorama de los derechos fundamentales en materia laboral. La igualdad efectiva de hombres y mujeres.

48. Los riesgos laborales y la Inspección de Trabajo: su papel en la sociedad de mercado y en la vida de la empresa.

49. Panorama teórico y práctico de la Seguridad Social en España; mecánica operativa de las empresas en este sistema. Las obligaciones, las garantías y las coberturas de empresarios y trabajadores.

Área 8.ª Derecho Fiscal

50. Los derechos y deberes de la Administración y los ciudadanos en materia tributaria; últimos desarrollos, garantías, casuística fundamental.

51. Casuística principal de los procedimientos de gestión e inspección tributaria. Los recursos y las reclamaciones económico-administrativas. El procedimiento de recaudación tributaria.

52. Panorama general del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, desde el punto de vista teórico y práctico. Problemas pendientes.

53. Los Impuestos de Sucesiones, Donaciones, Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados: casuística principal, mecánica operativa práctica de los ciudadanos frente a la Administración; retos de futuro. La situación legal en las Comunidades Autónomas.

54. Problemática práctica del Impuesto sobre Sociedades. Relaciones Administración-ciudadanos. Problemas actuales y posibles desarrollos futuros.

55. El Impuesto sobre el Valor Añadido: evolución y aspectos básicos actuales. Mecánica operativa de los ciudadanos, profesionales y empresarios. Situación actual de los Impuestos Especiales. Otras figuras impositivas de relevancia práctica: Referencia al Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte.

56. La Administración Local y sus impuestos. Mecánicas operativas básicas de los ciudadanos en esta materia, tipología, garantías y casuística fundamental. Posibles desarrollos futuros.

Área 9.ª Derecho Estatutario

57. Panorama actual, teórico y práctico, de la profesión de Gestor Administrativo. Sus relaciones con sus corporaciones representativas y con los ciudadanos.

58. La profesión de Gestor Administrativo y la protección de los intereses de los consumidores y usuarios en una sociedad avanzada y sus posibilidades actuales y futuras en relación con una Administración moderna, eficaz y descentralizada. Posibilidades actuales y futuras en relación con los mecanismos de reclamación, conciliación y arbitraje. Especial referencia a la Protección de Datos de Carácter Personal y a la Ley 25/2009, de 22 de diciembre, de adaptación de diversas leyes para el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio.

59. La colaboración con la Administración Pública como objetivo prioritario de la profesión de Gestor Administrativo. El sistema de Convenios entre las Administraciones y los Colegios de Gestores Administrativos. Tipología, problemática práctica, perspectivas de futuro. Obligaciones de los Gestores Administrativos: el deber de cuidado y diligencia, el respeto íntegro a la normativa vigente, la buena fe y la lealtad institucional con la Administración, la lucha contra el fraude, el fomento de las buenas prácticas administrativas y fiscales.

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