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Documento BOE-A-2010-14393

Resolución de 1 de septiembre de 2010, de la Universidad de Girona, por la que se nombra Profesor Titular de Universidad a don Enrique Verdú Navarro.

Publicado en:
«BOE» núm. 228, de 20 de septiembre de 2010, páginas 79650 a 79650 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-2010-14393

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con la propuesta formulada por la comisión nombrada por Resolución de la Universitat de Girona para juzgar una plaza de los cuerpos docentes universitarios, convocada por resolución de 4 de junio de 2010 («BOE» de 19-6-2010), y de acuerdo con lo dispuesto en la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, que modifica la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre de universidades; la Ley 1/2003, de 19 de febrero, de Universidades de Cataluña, así como el Decreto 200/2003, de 26 de agosto, por lo que se aprueban los Estatutos de la UdG.

En virtud del Decreto 186/2009, de 1 de diciembre («DOGC» n.º 5519, de 3 de diciembre de 2009), de nombramiento de la Rectora de la Universitat de Girona, y de conformidad con lo que establecen los artículos 93 y 97 de los Estatutos de la Universitat de Girona, aprobados por el Decreto 200/2003, de 26 de agosto («DOGC» n.º 3963, de 8 de septiembre de 2003), resuelvo:

Primero.–Nombrar Profesor Titular de Universidad de la Universitat de Girona al señor don Enrique Verdú Navarro, en el área de conocimiento de Fisiología del Departamento de Ciencias Médicas (convocatoria 7/2010).

La persona interesada deberá tomar posesión en el plazo máximo de un mes, a contar desde el día siguiente de la publicación de la presente Resolución en el «Boletín Oficial del Estado».

Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse un recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Girona, en el plazo de dos meses a contados a partir del día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

No obstante, las personas interesadas podrán optar por interponer contra esta resolución un recurso de reposición en el plazo de un mes, a contar a partir del día siguiente a la fecha de publicación, ante el mismo órgano que la ha dictado. En este caso no cabrá interponer el recurso contencioso-administrativo anteriormente mencionado en tanto que recaiga resolución expresa o presunta del recurso de reposición, así como disponen los artículo 116 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Igualmente, las personas interesadas podrán interpones cualquier otro recurso que consideren conveniente para la defensa de sus intereses.

Girona, 1 de septiembre de 2010.–La Rectora, Ana María Geli de Ciurana.

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