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Documento BOE-A-2010-14980

Orden AEC/2521/2010, de 3 de septiembre, por la que se concede beca de la V convocatoria del programa de becas de ayuda al estudio de la Escuela Diplomática para el "Máster interuniversitario en diplomacia y relaciones internacionales" del curso académico 2010-2011.

Publicado en:
«BOE» núm. 237, de 30 de septiembre de 2010, páginas 83269 a 83269 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación
Referencia:
BOE-A-2010-14980

TEXTO ORIGINAL

En el BOE núm. 123, de 20 de mayo de 2010, se publicó la Orden AEC/1305/2010, de 15 de abril, por la que se establecen las bases reguladoras de la V convocatoria del programa de becas de ayuda al estudio dirigido a los alumnos españoles del «Máster interuniversitario en diplomacia y relaciones internacionales» de la Escuela Diplomática, para el curso 2010-2011, cuya concesión se publicó mediante Orden AEC/2192/2010, de 30 de julio, en el Boletín Oficial del Estado número 194, de 11 de agosto de 2010.

De acuerdo con lo dispuesto en el apartado 4.2, del artículo 4, de la Orden AEC/1305/2010, de 15 de abril, el Ministro de Asuntos Exteriores y de Cooperación a propuesta del Presidente de la Comisión de Valoración de las becas de estudio del «Máster interuniversitario en diplomacia y relaciones internacionales» para el curso 2010-2011, ha resuelto:

Artículo 1.

Conceder con cargo a la aplicación presupuestaria 12.01.23.141 M. 483,00, una beca de la V convocatoria del programa de becas de ayuda al estudio para alumnos españoles del «Máster interuniversitario en diplomacia y relaciones internacionales» de la Escuela Diplomática para el curso 2010-2011, a doña Clara Belda Sanchíz, quien figura como primera suplente en la Orden AEC/2192/2010, de 30 de julio, en el apartado de «becas concedidas a residentes en otras Comunidades Autónomas o en el extranjero», con una dotación económica mensual de 900 € durante nueve meses, en total 8.100 € durante el curso académico.

Artículo 2.

La concesión de esta beca no supone incremento económico alguno en el expediente de gasto aprobado con anterioridad debido a la renuncia de Dña. Libia Rodríguez Torrico.

Artículo 3.

Ordenar la publicación en el BOE, de la beca reconocida en esta Orden en lo términos previstos en la Orden AEC/1305/2010, de 15 de abril.

Contra esta resolución que pone fin a la vía administrativa, según lo establecido por la disposición adicional decimoquinta de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, se podrá interponer potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con lo establecido en la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, o recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional conforme al artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, no pudiendo interponerse simultáneamente ambos recursos.

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Madrid, 3 de septiembre de 2010.–El Ministro de Asuntos Exteriores y de Cooperación, Miguel Ángel Moratinos Cuyaubé.

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