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Documento BOE-A-2010-14991

Resolución de 21 de septiembre de 2010, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Protocolo por el que se prorroga para el año 2010 el Convenio de colaboración con la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, para el desarrollo de actuaciones de acogida e integración de personas inmigrantes así como de refuerzo educativo.

Publicado en:
«BOE» núm. 237, de 30 de septiembre de 2010, páginas 83356 a 83359 (4 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo e Inmigración
Referencia:
BOE-A-2010-14991

TEXTO ORIGINAL

Suscrito el Protocolo por el que se prorroga, para el año 2010, el Convenio de colaboración, suscrito el 20 de octubre de 2005, entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el desarrollo de actuaciones de acogida e integración de personas inmigrantes, así como de refuerzo educativo, y en cumplimiento de lo dispuesto en el punto dos del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación, en el «Boletín Oficial del Estado», del citado Protocolo, que figura como Anexo de esta Resolución.

Lo que se hace público a los efectos oportunos.

Madrid, 21 de septiembre de 2010.–El Secretario General Técnico del Ministerio de Trabajo e Inmigración, José Antonio Panizo Robles.

ANEXO

Protocolo por el que se prorroga, para el año 2010, el Convenio de colaboración, suscrito el 20 de octubre de 2005, entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, para el desarrollo de actuaciones de acogida e integración de personas inmigrantes, así como de refuerzo educativo

En Murcia, a 30 de julio de 2010.

REUNIDOS

De una parte, don Celestino Corbacho Chaves, Ministro de Trabajo e Inmigración, nombrado por Real Decreto 432/2008, de 14 de abril, en nombre y representación de la Administración General del Estado, en virtud de lo dispuesto en el artículo segundo, apartado 4, de la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

De otra parte, don Ramón Luis Valcárcel Siso, Presidente de la Región de Murcia, nombrado por Real Decreto 866/2007, de 29 de junio, en nombre y representación de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, y autorizado por Acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha 16 de julio de 2010.

Ambas partes, actuando en el ejercicio de sus respectivos cargos, se reconocen plena competencia y capacidad para firmar el presente Protocolo de Prórroga del Convenio reseñado (en adelante, Protocolo de Prórroga) y

EXPONEN

Primero.–Que conforme a la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia suscribieron, con fecha 20 de octubre de 2005, un Convenio de colaboración para el desarrollo conjunto de actuaciones de acogida e integración de personas inmigrantes, así como de refuerzo educativo de los mismos.

Segundo.–Que, de acuerdo a la voluntad manifestada en la cláusula décima del citado Convenio de colaboración, el mismo se prorroga de forma automática, de no mediar denuncia expresa de las partes, en los mismos términos establecidos y acompañado de los correspondientes Anexos, en los que se detallarán las nuevas actuaciones a realizar y las cuantías a aportar por ambas partes en este ejercicio.

Por todo lo expuesto, ambas partes acuerdan suscribir el presente Protocolo de Prórroga, que se regirá por las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Prórroga del Convenio de colaboración.–En virtud de la cláusula décima del citado Convenio de colaboración suscrito el 20 de octubre de 2005, la vigencia del mismo queda prorrogada hasta el 31 de diciembre del año 2010 y su correspondiente ejercicio económico al que se refieren las dotaciones presupuestarias que cada parte designa para su financiación.

Segunda. Contenido y programa de actuaciones a desarrollar.–Las actuaciones concretas que conlleva el desarrollo del presente Protocolo de Prórroga se ajustan a lo señalado en el «Marco de Cooperación para la Gestión del Fondo de Apoyo a la Acogida y la Integración de Inmigrantes 2010» (en adelante, Marco), acordado en la reunión del día 25 de marzo de 2010 por la Conferencia Sectorial de la Inmigración, que se incorpora como Anexo 1 al presente Protocolo de Prórroga. Dichas actuaciones deben estar enmarcadas en los ejes, medidas y líneas de intervención que en dicho documento se señalan.

Las actuaciones a desarrollar por la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia en el presente ejercicio se recogen en el Plan de Acción 2010. Dicho plan ha sido aprobado de común acuerdo por la Secretaría de Estado de Inmigración y Emigración y por la Comunidad Autónoma, con anterioridad a la firma de este documento, aprobación que se formaliza por medio de un Acuerdo entre la Secretaría de Estado de Inmigración y Emigración, a través de la Dirección General de Integración de los Inmigrantes y la Consejería de Política Social, Mujer e Inmigración, a través de la Dirección General de Inmigración y Voluntariado, según el documento adjunto.

El Plan de Acción de la Comunidad Autónoma recoge de forma expresa el número de plazas del «Programa de Acogida y Atención Humanitaria a personas inmigrantes procedentes de Canarias, Ceuta y Melilla», así como las actuaciones a desarrollar.

Entre las actuaciones del Plan de Acción se recogen también las referidas a la atención de menores extranjeros no acompañados desplazados desde Canarias en el marco del Programa Especial establecido a estos efectos, que permanecen en el sistema de protección de la Comunidad Autónoma.

Tercera. Coste del programa y aportaciones de las partes.

1. El coste total de las actuaciones objeto del presente Protocolo de Prórroga es de seis millones trescientos cuarenta y ocho mil doscientos cuarenta y un euros (6.348.241 euros).

El Ministerio de Trabajo e Inmigración aporta como participación a la financiación de este Protocolo de Prórroga con cargo a su dotación presupuestaria para el año 2010, consignada en la aplicación presupuestaria 19.07.231H.455.00, la cantidad de cuatro millones cuatrocientos sesenta y cuatro mil ochocientos sesenta y cinco euros (4.464.865 euros).

La Comunidad Autónoma de la Región de Murcia con cargo a su dotación presupuestaria para el año 2010, aporta la cantidad de un millón ochocientos ochenta y tres mil trescientos setenta y seis euros (1.883.376 euros). La aportación de la Comunidad Autónoma supone, como mínimo, el treinta por ciento del coste total de las actuaciones a desarrollar de Acogida e Integración y de Refuerzo Educativo. Esta cantidad procede de las siguientes partidas presupuestarias:

A través de la Dirección General de Inmigración, Cooperación al Desarrollo y Voluntariado de la Consejería de Política Social, Mujer e Inmigración, se aporta la cantidad de un millón seiscientos treinta y dos mil trescientos setenta y cuatro euros con veinticinco céntimos (1.632.374,25 euros), consignada en la partida presupuestaria, 12.03.00.313J mediante los siguientes conceptos: 226.02, 226.06, 226.09, 227.06, 227.09, 461.03, 481.03.

A través de la Dirección General de Promoción, Ordenación e Innovación Educativa de la Consejería de Educación, Formación y Empleo, se aporta la cantidad de doscientos mil trescientos treinta y siete euros con quince céntimos (200.337,15 euros), consignada en su aplicación presupuestaria: 15.06.00.422G, mediante los siguientes conceptos: 170 y 483.06.

A través de la Dirección General del Libro, Archivos y Bibliotecas, de la Consejería de Cultura y Turismo, se aporta la cantidad de diecinueve mil ciento sesenta y cuatro euros con sesenta céntimos (19.164,60 euros), consignada en su aplicación presupuestaria: 19.06.00.452A.649.

A través de la Consejería de Sanidad y Consumo se aporta la cantidad de treinta y un mil quinientos euros (31.500,00 euros), consignada en su aplicación presupuestaria: 18.02.00.413B.221.06.

2. La cofinanciación de las actuaciones se hará siguiendo lo señalado a continuación:

El Ministerio de Trabajo e Inmigración aporta la cantidad de dos millones novecientos veintitrés mil quinientos ochenta y dos euros (2.923.582 euros) para las actuaciones de Acogida e Integración.

El Ministerio de Trabajo e Inmigración aporta la cantidad de un millón cuatrocientos setenta mil novecientos sesenta y tres euros (1.470.963 euros) para las actuaciones de Refuerzo Educativo.

El Ministerio de Trabajo e Inmigración aporta la cantidad de setenta mil trescientos veinte euros (70.320 euros) para la atención a menores extranjeros no acompañados desplazados desde Canarias en el marco del Programa Especial establecido a estos efectos, que permanecen en el sistema de protección de la Comunidad Autónoma. Su financiación corresponde exclusivamente al Ministerio de Trabajo e Inmigración por las plazas previstas para estos menores en el Plan de Acción.

Cuarta. Compromisos de las partes.–La Comunidad Autónoma de la Región de Murcia se compromete a destinar como mínimo la cantidad de un millón cuatrocientos setenta mil novecientos sesenta y tres euros (1.470.963 euros) de la aportación del Ministerio de Trabajo e Inmigración a actuaciones encuadradas en las medidas del eje de Educación enunciadas en el Plan de Acción 2010.

La Comunidad Autónoma se compromete a destinar la cantidad de setenta mil trescientos veinte euros (70.320 euros) de la aportación del Ministerio de Trabajo e Inmigración a las actuaciones de atención de menores extranjeros no acompañados desplazados desde Canarias en el marco del Programa Especial establecido a estos efectos que permanecen en el sistema de protección de la Comunidad Autónoma.

Igualmente, la Comunidad Autónoma se compromete a derivar a las Entidades Locales de su territorio con una mayor presión migratoria, como mínimo, el 40 % de la asignación de cuatro millones trescientos noventa y cuatro mil quinientos cuarenta y cinco euros (4.394.545 euros) correspondiente a la aportación que realiza el Ministerio de Trabajo e Inmigración para Acogida e Integración y Refuerzo Educativo.

El Ministerio de Trabajo e Inmigración se compromete a prestar su colaboración en el desarrollo del presente Protocolo de Prórroga y principalmente, en lo referido al seguimiento y evaluación de las actuaciones recogidas en el Plan de Acción 2010.

Quinta. Modificaciones en el desarrollo de las actuaciones.–La Comunidad Autónoma deberá comunicar cualquier propuesta de modificación que pudiera surgir durante el desarrollo y ejecución de las actuaciones comprometidas en el. Plan de Acción, tanto de contenido como de costes, con el fin de acordar el Ministerio, a través de la Secretaría de Estado de Inmigración y Emigración, y la Comunidad Autónoma, la aceptación expresa de dicha variación.

Sexta. Seguimiento y evaluación.–En cumplimiento de lo señalado en la cláusula novena del convenio de colaboración, la Comunidad Autónoma remitirá periódicamente al Ministerio de Trabajo e Inmigración la información necesaria que permita conocer el desarrollo de actuaciones, así como aquella otra información requerida a efectos del seguimiento y evaluación de la ejecución del Plan de Acción.

DISPOSICIÓN ADICIONAL

En lo no dispuesto expresamente en este Protocolo de Prórroga será de aplicación lo establecido en el Convenio de colaboración suscrito en 2005, en especial lo que se refiere a la justificación del gasto (cláusula quinta del Convenio), resolución del Convenio (cláusula undécima del Convenio) y a la naturaleza y jurisdicción (cláusula duodécima del Convenio).

Y, en prueba de conformidad, firman el presente Protocolo de Prórroga en duplicado ejemplar, en el lugar y fecha arriba indicados. Por el Ministerio de Trabajo e Inmigración, la Secretaria de Estado de Inmigración y Emigración (P. D. Orden Ministerial Comunicada de 31 de marzo de 2010), Anna Terrón i Cusí.–Por la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, el Consejero de Política Social, Mujer e Inmigración (P. D. Decreto de la Presidencia número 16/2010, de 16 de julio), Joaquín Bascuñana García.

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