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Documento BOE-A-2010-15767

Orden EDU/2675/2010, de 6 de septiembre, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la Fundación Española de Responsabilidad Social Corporativa.

Publicado en:
«BOE» núm. 250, de 15 de octubre de 2010, páginas 87417 a 87418 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación
Referencia:
BOE-A-2010-15767

TEXTO ORIGINAL

Examinado el expediente solicitando la inscripción de la Fundación Española de Responsabilidad Social Corporativa, en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Educación, según lo dispuesto en la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones y en el Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre, así como la delegación de facultades a favor de don Gonzalo Ruiz Sánchez.

Antecedentes de hecho

Primero. Constitución de la Fundación.–La Fundación anteriormente citada fue constituida por la entidad Alta Escuela de Dirección y Administración de Empresas, S.L., en Madrid, el 23 de julio de 2010, según consta en la escritura pública número 1.035, otorgada ante el Notario del Ilustre Colegio de Madrid, don Pedro Contreras Ranera.

Segundo. Domicilio y ámbito de la Fundación.–El domicilio de la Fundación quedó establecido en Madrid, calle Alcalá, número 183, y su ámbito de actuación se extiende a todo el territorio nacional.

Tercero. Dotación.–Se estableció como dotación de la Fundación la cantidad de treinta mil euros (30.000 euros). La dotación consistente en dinero, ha sido desembolsada inicialmente en un 33,33 por 100, mediante la aportación de la cantidad de diez mil euros (10.000 euros), ingresada en entidad bancaria, y el resto será desembolsado por la entidad fundadora en un plazo no superior a cinco años contados desde el otorgamiento de la escritura de constitución.

Cuarto. Fines de la Fundación.–En los Estatutos que han de regir la Fundación, incorporados a la escritura pública de constitución a que se refiere el antecedente de hecho primero, figuran como fines de la Fundación los siguientes: a) Desarrollo de la responsabilidad social corporativa y empresarial en España, Europa y países del Tercer Mundo; b) Ser la entidad de auditoría y certificaciones de responsabilidad social corporativa y sostenibilidad; c) Difundir y servir de centro de promoción y formación de la responsabilidad social corporativa entre empresas españolas, instituciones y autónomos; d) Sensibilizar al ciudadano y acercarle al concepto de responsabilidad social corporativa, haciéndole sentirse parte integrante de la responsabilidad social corporativa; e) Divulgar las buenas prácticas en responsabilidad social corporativa, como premio a las empresas más responsables; f) Desarrollo y compromiso en los sectores de: educación, deporte, salud, empleo, integración social, inmigración, defensa de los derechos humanos, enfermedades raras, violencia de género, juventud, igualdad, cooperación al desarrollo y discapacidad; g) Potenciar la sostenibilidad del medio ambiente; h) Desarrollar la comprensión e integración e la reputación empresarial; i) Apoyo y asesoramiento a las empresas en la contratación de personas con discapacidad.

Quinto. Patronato.–El gobierno, representación y administración de la Fundación se encomienda a un Patronato, cuyos miembros ejercerán sus cargos de Patrono gratuitamente y que se obliga a la rendición de cuentas al Protectorado.

Inicialmente, el Patronato queda constituido por: Presidente: Don Gonzalo Ruiz Sánchez. Secretario: Don Ricardo Lucas Fernández. Secretaria: Doña Patricia Canto Oliver.

En la escritura de constitución, consta la aceptación de los cargos indicados por parte de las personas anteriormente citadas.

Los patronos designados en el momento de la constitución celebraron la primera reunión del Patronato y acordaron delegar facultades en don Gonzalo Ruiz Sánchez.

Fundamentos jurídicos

Primero.–Resultan de aplicación para la resolución del expediente:

El artículo 34 de la Constitución Española, que reconoce el derecho a fundar para fines de interés general.

La Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones.

El Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre.

La Orden EDU/1682/2010, de 9 de junio, por la que se modifica la Orden 2164/2009, de 29 de julio, sobre delegación de competencias del Ministerio de Educación, en virtud de la cual se delegan en el Secretario General Técnico las competencias relativas al Protectorado y Registro de Fundaciones atribuidas al Ministro.

Segundo.–Según los artículos 35.1 de la Ley 50/2002 y 43 del Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, la inscripción de las Fundaciones requerirá el informe favorable del Protectorado en cuanto a la idoneidad de los fines y en cuanto a la adecuación y suficiencia dotacional, procediendo, en este caso, un pronunciamiento favorable al respecto.

Tercero.–Según la Disposición transitoria cuarta de la Ley de Fundaciones, hasta tanto no entre en funcionamiento el Registro de Fundaciones de competencia estatal, subsistirán los actualmente existentes, por lo que procede la inscripción de la Fundación Española de Responsabilidad Social Corporativa, en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Educación.

Por todo lo cual, resuelvo:

Primero.–Inscribir en el Registro de Fundaciones del Departamento la Fundación Española de Responsabilidad Social Corporativa, cuyo ámbito de actuación se extiende a todo el territorio nacional, con domicilio en Madrid, calle Alcalá, número 183, así como el Patronato cuya composición figura en el quinto de los antecedentes de hecho.

Segundo.–Inscribir en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Educación, la delegación de facultades a favor de don Gonzalo Ruiz Sánchez, en los términos que constan en la escritura pública número 1.035, autorizada el 23 de julio de 2010, ante el notario don Pedro Contreras Ranera.

Madrid, 6 de septiembre de 2010.–El Ministro de Educación, P.D. (Orden EDU/1682/2010, de 9 de junio), el Secretario General Técnico del Ministerio de Educación, José Canal Muñoz.

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