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Documento BOE-A-2010-17021

Orden EDU/2848/2010, de 22 de octubre, por la que se corrigen errores de la Orden EDU/2326/2010, de 16 de agosto, y de la Orden EDU/2557/2010, de 17 de septiembre, por las que se conceden subvenciones para la movilidad de estudiantes universitarios "Séneca" para el curso académico 2010/2011.

Publicado en:
«BOE» núm. 268, de 5 de noviembre de 2010, páginas 93131 a 93132 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación
Referencia:
BOE-A-2010-17021

TEXTO ORIGINAL

Mediante la Orden EDU/2326/2010, de 16 de agosto («BOE» de 3 se septiembre), y la Orden EDU/2557/2010, de 17 de septiembre («BOE» de 2 de octubre), que corrige la anterior, se concedieron subvenciones para la movilidad de estudiantes universitarios «Séneca» para el curso académico 2010/2011.

Habiéndose detectado errores en la grabación de los datos de los beneficiarios cuya corrección debe llevarse a cabo, se ha resuelto:

Primero.–Proceder a la subsanación de los errores detectados en el anexo I en el siguiente sentido:

Página 76318, donde dice: «Fernández Cisneros, Celia; Universidad de destino: Universidad de Valencia», debe decir: «Fernández Cisneros, Celia; Universidad de destino: Universidad Politécnica de Valencia».

Página 76332, donde dice: «Jiménez Sánchez, Cristina; fecha de inicio: 1/10/2010; fecha final: 31/03/2011», debe decir: «Jiménez Sánchez, Cristina; fecha de inicio: fecha final: 30/06/2011».

Página 76347, donde dice: «Navarri Andorra, Marina; fecha de inicio: 1/10/2010; Fecha final: 31/01/2011», debe decir: «Navarri Andorra, Marina; fecha de inicio: 1/01/2011; fecha final: 30/06/2011.

Página 76370, donde dice: «Vila Rovira, Óscar; titulación plaza: Ingeniero Aeronáutico», debe decir: «Vila Rovira, Óscar; titulación: Ingeniero Técnico Aeronáutico, especialidad Aeronavegación».

Segundo.–Proceder a la subsanación de los errores detectados en el anexo II en el siguiente sentido:

Página 76373, donde dice: «Universidad de Valencia; número de becarios: 39; importe Universidad: 4.875,00», debe decir: «Universidad de Valencia; número de becarios: 38; importe Universidad: 4.750,00».

Página 76374, donde dice: «Universidad Politécnica de Valencia; número de becarios: 78; importe Universidad: 9.750,00», debe decir: «Universidad Politécnica de Valencia: número de becarios: 79; importe Universidad: 9.875,00».

Como consecuencia, se modifica el artículo sexto de la Orden EDU/2326/2010, de 16 de agosto («BOE» de 3 de septiembre), y de la Orden EDU/2557/2010, de 17 de septiembre («BOE» de 2 de octubre), de corrección de errores de la anterior, relativo al gasto resultante de las concesiones de las ayudas, que queda como sigue:

«Sexto.–El gasto resultante de las concesiones de ayudas para movilidad de estudiantes será imputado a la aplicación presupuestaria 18.08.323M.480 con la siguiente distribución por anualidades: Ejercicio 2010, 2.960.820 euros y ejercicio 2011, 5.869.980 euros. Las subvenciones a las Universidades se financiarán con cargo a la aplicación presupuestaria 18.08.322C.456 con la siguiente distribución por anualidades: Ejercicio 2010, 244.250 euros y ejercicio 2011, 500 euros.»

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, en el plazo de un mes, recurso potestativo de reposición, al amparo de los artículos 116 y 177 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre. Asimismo, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la fecha de su notificación. Dicho recurso no podrá ser interpuesto hasta que el anterior recurso potestativo de reposición sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta.

Madrid, 22 de octubre de 2010.–El Ministro de Educación, P. D. (Orden EDU/2164/2009, de 29 de julio), el Secretario General de Universidades, Màrius Rubiralta i Alcañiz.

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