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Documento BOE-A-2010-17409

Resolución de 25 de octubre de 2010, del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales, por la que se publica la concesión de ayudas para el desarrollo de proyecto de películas cinematográficas de largometraje en la convocatoria del año 2010.

Publicado en:
«BOE» núm. 274, de 12 de noviembre de 2010, páginas 95104 a 95109 (6 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Cultura
Referencia:
BOE-A-2010-17409

TEXTO ORIGINAL

Por Resolución de 30 de diciembre de 2009 (Boletín Oficial del Estado de 4 de febrero de 2010) se convocaron ayudas para el desarrollo de proyecto de películas cinematográficas de largometraje, al amparo de lo dispuesto en el Art. 22.2 de la Ley 55/2007, de 28 de diciembre, del Cine y en la Orden CUL/2834/2009, de 19 de octubre, reservándose a tal fin la cantidad de 5.000.000 euros.

De conformidad con los criterios de selección establecidos en el punto Séptimo de la citada resolución, el Comité Asesor de Ayudas para la elaboración de guiones y al desarrollo de proyectos, en su reunión del día 27 de septiembre de 2010, informó y valoró las solicitudes presentadas que reunieran los requisitos exigidos y no hubieran sido excluidas.

Teniendo en cuenta el informe del citado Comité, vista la Propuesta de la Subdirección General de Fomento de la Industria Cinematográfica y Audiovisual y en uso de las atribuciones conferidas por las normas reguladoras, por Resolución de esta Dirección General de 19 de octubre de 2010, se resolvió la concesión de ayudas para el desarrollo de proyecto de películas cinematográficas de largometraje, para la convocatoria del año en curso.

Por todo ello, y como garantía del principio de publicidad establecido en el Art. 18 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, esta Dirección General ha resuelto:

Primero.–Hacer público el extracto de la Resolución de 19 de octubre de 2010 por la que se conceden, con cargo a la aplicación 24.101.470 «Fondo de Protección a la Cinematografía» del programa 335C «Cinematografía» del presupuesto de gastos del Organismo para el año 2010, las ayudas que figuran en el Anexo I a las productoras que se relacionan y por las cuantías que se indican, por un importe total de 5.000.000 euros.

El resto de solicitudes que no figuren en dicho Anexo se entenderán desestimadas o excluidas.

Segundo.–La Resolución de 19 de octubre de 2010, cuyo texto íntegro se encuentra a disposición de los interesados en el Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales, y en el Tablón de anuncios del Ministerio de Cultura, Plaza del Rey, 1 de Madrid, pone fin a la vía administrativa, por lo que contra la misma puede interponerse en el plazo de dos meses desde el día siguiente a la publicación de la presente resolución, recurso contencioso-administrativo, ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo, conforme a lo establecido en el artículo 9 c) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso administrativa (Boletín Oficial del Estado de 14 de julio).

En el caso de no impugnarla directamente mediante el recurso Contencioso-administrativo a que se refiere el párrafo anterior, podrá ser recurrida potestativamente en reposición, en el plazo de un mes y ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero. El recurso de reposición podrá presentarse en los lugares establecidos en el artículo 38.4 de la misma, a través de la oficina virtual -Registro Telemático- del Ministerio de Cultura (www.mcu.es/registro), siempre que se posea un certificado de firma electrónica con plena validez.

En caso de interponerse el recurso de reposición, el recurso contencioso-administrativo no podrá presentarse hasta que el de reposición haya sido resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo. El plazo máximo para dictar y notificar la resolución del recurso de reposición es de un mes, transcurrido el cual podrá entenderse desestimado a los efectos de interponer el recurso contencioso-administrativo.

Madrid, 25 de octubre de 2010.–El Director General del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales, Carlos Cuadros Soto.

Aquí aparecen varias imágenes en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

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