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Documento BOE-A-2010-18956

Orden EDU/3172/2010, de 30 de noviembre, por la que se convocan plazas para profesores visitantes en centros escolares de los Estados Unidos de América y Canadá, para el curso académico 2011-2012.

Publicado en:
«BOE» núm. 298, de 8 de diciembre de 2010, páginas 101980 a 101992 (13 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación
Referencia:
BOE-A-2010-18956

TEXTO ORIGINAL

En virtud del Real Decreto 1027/1993, de 25 de junio (B.O.E. del 6 de agosto), por el que se regula la acción educativa en el exterior y de los Acuerdos suscritos por el Ministerio de Educación con diversos estados de Estados Unidos y una Provincia de Canadá para atender a la demanda de enseñanza de la lengua española, anualmente se convocan plazas de profesores visitantes españoles en centros públicos estadounidenses y canadienses de Enseñanza Primaria y Secundaria y, recíprocamente, profesores visitantes de dichos países en España.

Para los centros y los alumnos estadounidenses y canadienses, los profesores visitantes ofrecen la posibilidad de responder a una creciente demanda de enseñanza de la lengua española y una mejora de su calidad.

Para los participantes en el programa, que podrán ser maestros y licenciados españoles, sean o no profesores de cuerpos de funcionarios docentes, la experiencia tiene el aliciente de una práctica docente en un país con un medio cultural y profesional diferente, con lo que ello supone de desarrollo profesional y personal, factores que, sin duda, incidirán en la mejora de la calidad de la enseñanza en los centros españoles a los que se incorporen en el futuro.

En este último sentido, los objetivos de este programa y de su desarrollo futuro están insertados en planes más amplios del Ministerio de Educación encaminados a favorecer de forma eficaz la enseñanza de las lenguas extranjeras, que se concretan en el Plan Integral de Aprendizaje de Lenguas Extranjeras. Con dicho plan se pretende promocionar el plurilingüismo y colocar la competencia en lenguas extranjeras en la situación de prioridad demandada por la sociedad española, en consonancia con la de los países de su entorno y con el lugar que nuestro país ocupa en los ámbitos educativo, económico y social, en un contexto internacional.

Por todo ello, el Ministerio de Educación ha dispuesto hacer pública la convocatoria de plazas, en régimen de concurrencia competitiva, para Profesores Visitantes en Estados Unidos y Canadá, de acuerdo con lo establecido en el capítulo II, apartado vigésimo, de la Orden ECI/1305/2005 de 20 de abril (B.O.E. del 12 de mayo), por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones públicas en régimen de concurrencia competitiva.

1. Plazas

1.1 Las plazas que se ofrecen en Estados Unidos y Canadá están situadas en centros educativos de enseñanza primaria y secundaria, donde se imparten:

a) Programas de enseñanza bilingüe y de inmersión lingüística, en los que el profesor deberá impartir las áreas curriculares propias del sistema educativo del estado o provincia correspondiente.

b) Español como lengua extranjera.

1.2 Tanto el número total de plazas que, con carácter provisional, asciende a 200, como los estados participantes, según figuran en el Anexo I, pueden sufrir variaciones en función de la planificación que las autoridades educativas de Estados Unidos y Canadá realicen del curso escolar 2011-2012.

2. Requisitos de los candidatos

Los candidatos deberán reunir los siguientes requisitos generales:

2.1 Tener nacionalidad española.

2.2 Dominar el idioma inglés oral y escrito.

2.3 No padecer enfermedad que imposibilite el ejercicio de la docencia.

2.4 Estar en posesión de alguna de las siguientes titulaciones:

a) Título de Licenciado.

b) Título de Maestro.

3. Méritos de los candidatos

Para elegir destino, los candidatos tendrán en cuenta los méritos que se relacionan en el Anexo II de esta convocatoria.

4. Solicitudes

4.1 Presentación de solicitudes.

Los candidatos formularán su solicitud en el servicio online de la sede electrónica del Ministerio de Educación, Aplicación Profex, accesible desde www.educacion.es/educacion/actividad-internacional, después de haberse dado de alta en la aplicación y rellenado el currículum en la misma. En la solicitud, se deberá indicar si la plaza que se pide corresponde a Canadá o Estados Unidos. En el caso de Estados Unidos, se deberá elegir un solo estado de preferencia.

La documentación acreditativa de requisitos y méritos deberá haber sido escaneada y adjuntada en el currículum de Profex en formato electrónico, preferiblemente en formato PDF.

Una vez cumplimentada la solicitud, se imprimirá la hoja correspondiente, se firmará y se presentará en la forma que se especifica en el apartado siguiente.

4.2 Forma y plazo de presentación de las solicitudes.

4.2.1 Sin certificado digital. Las solicitudes, dirigidas a la Subdirección General de Cooperación Internacional del Ministerio de Educación, se presentarán en el Registro General del Ministerio de Educación, calle Los Madrazo, 17, 28071 Madrid; en el Registro Auxiliar del Ministerio de Educación, Paseo del Prado, 28, 28071 Madrid, en los registros de las Consejerías de Educación de las Comunidades Autónomas, en las representaciones Diplomáticas u Oficinas Consulares de España en el extranjero o en cualquiera de las dependencias previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999 de 13 de enero, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

En el caso de que los candidatos optaran por presentar su solicitud en una oficina de correos, lo harán en sobre abierto para que pueda ser fechada y sellada por el funcionario de correos antes de ser certificada, para acreditar la presentación dentro del plazo.

4.2.2 Con certificado digital. En el caso de que se disponga de Certificado Digital de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre, de DNI electrónico o de un certificado de cualquier otra autoridad de certificación reconocida por la plataforma @firma, se podrá registrar la solicitud directamente a través de la aplicación Profex y no será necesario aportar ningún documento en papel.

4.2.3 El plazo para cumplimentar y presentar la solicitud será de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial del Estado.

Sólo serán tenidos en cuenta los méritos alegados, y debidamente justificados, presentados dentro del mencionado plazo.

5. Documentación acreditativa de requisitos

Los candidatos deberán adjuntar en la aplicación Profex, en formato electrónico, la siguiente documentación:

5.1 Certificado del nivel del conocimiento del inglés o, en su defecto, declaración firmada de poseer dichos conocimientos, con indicación de la forma en que se obtuvieron.

5.3 Título que les permite concurrir a la convocatoria o documento acreditativo de haber efectuado el pago de los derechos para su expedición. En el caso de títulos extranjeros, se adjuntará la homologación correspondiente a la titulación española.

5.4 Currículum Vitae en inglés, en una sola página, no manuscrita, con especificación de la titulación académica y la experiencia profesional, según la plantilla publicada en www.educacion.es/educacion/actividad-internacional, con fotografía.

6. Documentación acreditativa de méritos

Los candidatos deberán adjuntar en la aplicación Profex, en formato electrónico, la siguiente documentación:

6.1 Fotocopia del permiso de conducir.

6.2 Certificados acreditativos de los servicios prestados en centros docentes públicos o privados, en España o en el extranjero, expedidos por la autoridad competente, con especificación de las fechas de alta y baja, nivel educativo, tipo de dedicación, y asignatura impartida.

6.3 Certificaciones acreditativas de experiencia en actividades relacionadas con la docencia.

6.4 Certificado de Aptitud Pedagógica (C.A.P.) o Master en Formación del Profesorado o, en su caso, del título administrativo que acredite la condición de Funcionario de Carrera del Cuerpo de profesores de Enseñanza Secundaria, con su traducción al inglés, no manuscrita. Deberá tenerse en cuenta que en algunos Estados se exige estar en posesión del C.A.P. o Master en Formación del Profesorado, no pudiendo ser sustituido éste por el título administrativo que acredite la condición de Funcionario de Carrera del Cuerpo de profesores de Enseñanza Secundaria.

6.5 Certificación académica personal expedida por la escuela universitaria o facultad donde se hayan realizado los estudios.

6.6 Los candidatos podrán adjuntar a sus solicitudes fotocopia compulsada de títulos universitarios diferentes al alegado para concurrir.

7. Admisión y preselección de candidatos

7.1 Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, y una vez revisada la documentación, se hará pública en la dirección de Internet www.educacion.es/educacion/actividad-internacional la relación provisional de candidatos excluidos del proceso, con especificación de las causas que la motivan, así como la relación provisional de candidatos preseleccionados, con indicación de las fechas y lugares para la realización de las correspondientes pruebas de selección.

7.2 Si la exclusión es debida a la falta de los documentos requeridos en el Apartado 5 de esta Orden, que deben ser adjuntados en formato electrónico en Profex, se requerirá al interesado para que, en un plazo de diez días, subsane la falta o presente los documentos, con indicación de que si no lo hiciera así, se le tendrá por desistido de su petición, todo ello según lo dispuesto en el artículo 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

7.3 La preselección de candidatos se realizará teniendo en cuenta su perfil académico y profesional, así como las necesidades de los estados y provincias participantes.

8. Documentación que deberán presentar los candidatos preseleccionados

8.1 Los candidatos que resulten preseleccionados deberán aportar, el día de la entrevista personal, la documentación acreditativa impresa, original o compulsada, de los requisitos y méritos que se especifican en los apartados 5 y 6, por duplicado en el caso del C.A.P. o Master en Formación del profesorado, de la Certificación Académica Personal, y del Currículum vitae en inglés. La Certificación Académica Personal deberá ir acompañada de su traducción al inglés no manuscrita.

Igualmente, durante las pruebas de selección, se podrá presentar ante las respectivas Comisiones cualquier otra documentación y materiales didácticos que se consideren oportunos.

9. Documentación que deberán presentar los candidatos seleccionados

9.1 Certificado médico acreditativo de no padecer enfermedad que imposibilite el ejercicio de la docencia, emitido con fecha posterior a la entrevista personal.

9.2 Certificado que acredite carecer de antecedentes penales, emitido con fecha posterior a la entrevista personal.

9.3 Cualquier otra documentación que les sea solicitada por las autoridades educativas estadounidenses o canadienses que les hayan seleccionado.

10. Procedimiento de selección

10.1 De acuerdo con lo establecido en los Acuerdos firmados con los respectivos estados, la selección definitiva corresponde a las comisiones de selección estadounidenses y canadienses.

10.2 Todas las pruebas de selección se realizarán en Madrid. El lugar y fecha de su celebración, así como la lista de distribución de candidatos entre las comisiones de selección, se comunicará oportunamente en la dirección de Internet indicada en el apartado 7.

10.3 El proceso de selección consistirá, junto a la valoración de los méritos alegados por el candidato, en una entrevista personal. Excepcionalmente, y a instancia de las comisiones de selección, la entrevista, o parte de la misma, podrá realizarse por teléfono o por videoconferencia. Las comisiones podrán efectuar, además, pruebas escritas dirigidas a valorar el dominio de la lengua correspondiente.

10.4 Las comisiones valorarán el perfil académico, profesional y personal del candidato, y su adecuación a las características del puesto de trabajo y el entorno sociocultural del mismo. En el Anexo III figuran las condiciones específicas para ser seleccionado por los estados que se relacionan.

10.5 En su caso, previa valoración del currículum del candidato, el Ministerio de Educación podrá ofrecer a los candidatos no seleccionados en la primera entrevista la posibilidad de realizar otras entrevistas ante comisiones de estados que estén participando en el proceso de selección, siempre que dispongan de plazas vacantes cuyas características se adecuen al perfil del candidato.

10.6 La candidatura de un profesor seleccionado por una comisión no podrá ser tenida en cuenta por otra, salvo que, por causas excepcionales, lo acordaran ambas comisiones.

11. Adjudicación de plazas y resolución de la convocatoria

11.1 La Subdirectora General de Cooperación Internacional, por delegación del Ministro de Educación, (Orden EDU/2164/2009, de 29 de julio, de delegación de competencias, modificada por la Orden EDU/1854/2010, de 7 de julio), dictará Resolución que contenga la relación de candidatos seleccionados, que se publicará en la página Web de la Subdirección, http://www.educacion.es/educacion/actividad-internacional.html. Dicha resolución pondrá fin a la vía administrativa. Contra la misma podrá interponerse recurso contencioso-administrativo, sin perjuicio del recurso potestativo de reposición establecido en el artículo 116 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

11.2 En todo caso, el procedimiento de selección se resolverá en el plazo máximo de 6 meses a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial del Estado. El vencimiento del plazo señalado sin haberse publicado la resolución legitima a los interesados para entender desestimada la solicitud, por silencio administrativo.

12. Aceptaciones y renuncias

12.1 La selección no será firme hasta que el profesor suscriba un contrato con las autoridades estadounidenses y canadienses correspondientes, previa expedición del visado y presentación de la documentación que se especifica en el apartado 9.

12.2 En caso de renuncia justificada, el candidato lo comunicará por escrito al distrito o provincia que le ha seleccionado, dentro de los veinte días naturales siguientes a la publicación de la Resolución de candidatos seleccionados en el Boletín Oficial del Estado, o tan pronto como se produzca la causa que lo motiva, remitiendo copia a la Subdirección General de Cooperación Internacional.

13. Régimen

13.1 A los profesores seleccionados les será ofrecido, antes de su incorporación al puesto, un contrato por parte de las autoridades educativas estadounidenses y canadienses que ofrecen las plazas, en los términos que ambas partes acuerden en lo que se refiere a condiciones laborales y a su fecha y forma.

13.2 Los contratos se suscribirán, generalmente, por años renovables, pudiendo rescindirse según el procedimiento que ambas partes acuerden, siempre con sometimiento a lo que la legislación en materia de inmigración, laboral y escolar de Estados Unidos y Canadá establezca, sin que corresponda al Ministerio de Educación asumir ninguna función o responsabilidad en esta materia.

14. Formación inicial

14.1 Los profesores seleccionados habrán de realizar un curso de formación que facilite su incorporación al sistema escolar estadounidense o canadiense. Este curso podrá realizarse en los Estados Unidos, Canadá o en España. Los gastos de alojamiento y manutención de los participantes serán asumidos por el Ministerio de Educación, por importe máximo de 20.000 euros.

El gasto del curso se hará con cargo a los créditos del Departamento, aplicación presupuestaria 18.09.144-A.480.

14.2 Se comunicará a los candidatos seleccionados el lugar, fecha y duración de las actividades formativas.

14.3 A fin de facilitar su integración en la localidad y centro escolar de destino, el profesor recibirá información del distrito escolar o provincia o de la organización educativa que haya colaborado en su elección, y de los servicios de la Consejería de Educación del Ministerio de Educación en los Estados Unidos y Canadá.

15. Funcionarios

15.1 Tras la publicación en el Boletín Oficial del Estado de la relación de candidatos seleccionados por las Comisiones respectivas, y una vez que los mismos cuenten con el visado que autoriza su inserción laboral en los Estados Unidos o Canadá, los funcionarios públicos remitirán su petición individual de concesión de servicios especiales, que regula el Título VI del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Ley 7/2007, de 12 de abril, a los Servicios correspondientes de las Consejerías de Educación de las respectivas Comunidades Autónomas, o a la administración de origen que corresponda. A la petición de servicios especiales se acompañará fotocopia del visado, así como cualquier otra documentación requerida por los servicios educativos de la Comunidad Autónoma correspondiente.

15.2 La aceptación por parte de los funcionarios de la plaza para la cual han sido seleccionados implica la no renuncia a la misma durante el año académico, salvo que se den circunstancias excepcionales que lo justifiquen, que habrán de ser consideradas, en su caso, por la Subdirección General de Cooperación Internacional del Ministerio de Educación, oído el centro educativo contratante.

15.3 Los profesores funcionarios que deseen reingresar al servicio activo por haber finalizado su contrato, acompañarán a su solicitud de reingreso declaración jurada o certificación acreditativa de la fecha de finalización de dicho contrato.

16. Recurso

Contra la presente Orden podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, conforme a lo establecido en el artículo 11.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y el artículo 66 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, en la redacción dada por la Ley Orgánica 6/1998, de 13 de julio, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la fecha de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998.

Asimismo, podrá ser recurrida potestativamente en reposición ante este Ministerio, en el plazo de un mes a partir del día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del Estado, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

17. Información

Cualquier información sobre esta convocatoria puede obtenerse:

En el Servicio de Información y Asuntos Generales del Ministerio de Educación (Alcalá,36, 28071Madrid) y página web www.educacion.es.

En la Subdirección General de Cooperación Internacional (Paseo del Prado, 28, 2.ª planta, Teléfonos 91 506 56 39 y 91 506 57 16), y página web: http://www.educacion.es/educacion/actividad-internacional.html, así como en la Consejería de Educación en los Estados Unidos y Canadá (http://www.educacion.es/exterior/usa), Teléfono 00 1 202 728 23 35.

Se autoriza a la Subdirectora General de Cooperación Internacional a adoptar las medidas necesarias para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Orden.

Madrid, 30 de noviembre de 2010.–El Ministro de Educación, Ángel Gabilondo Pujol.

ANEXO I
Estados que participan en esta convocatoria y número de plazas que ofrecen

2011-2012

Estados Unidos
Demarcación Nordeste

Delaware

5

Estados Unidos
Demarcación Norte

Illinois

25

Indiana

5

Iowa

5

Kentucky

5

Nebraska

5

Ohio

5

Estados Unidos
Demarcación Oeste

California

10

Colorado

15

Nuevo México

10

Utah

10

Estados Unidos
Demarcación Sur

Carolina del Norte

5

Florida

15

Luisiana

15

Tennessee

5

Texas

50

Canadá

Alberta

10

Aquí aparecen varias imágenes en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

ANEXO III
Selección de profesores

Procedimiento específico de los Estados que a continuación se enumeran:

1. California:

Fase A: Constará de una sesión informativa seguida de una prueba en inglés con una parte de expresión escrita y otra oral. La prueba escrita constará de un test de comprensión lectora, un test de conocimientos matemáticos elementales y una composición sobre un tema que la comisión de selección determinará al efecto. La prueba oral se realizará en forma de entrevista.

Los profesores que hayan participado en el Programa anteriormente como profesor visitante en California están exentos de realizar la fase A, pero deberán presentarse ante el representante del Estado de California y aportar documentación original de su puntuación CBEST y su acreditación docente antes de proceder a realizar la fase B.

Fase B: La realizarán los candidatos que hayan superado la fase A. Consistirá en una entrevista con las comisiones de selección de los distritos escolares contratantes. La entrevista se llevará a cabo en inglés y tendrá como finalidad valorar la capacidad docente de los candidatos.

Ambas fases podrán realizarse en días distintos.

2. Carolina del Norte y Carolina del Sur:

Cada candidato será entrevistado en inglés para comprobar su capacidad docente y para determinar su nivel de competencia lingüística en las siguientes áreas: pronunciación, fluidez, corrección gramatical, vocabulario, y capacidad de comunicación efectiva tanto oral como escrita.

3. Colorado:

Fase A: Constará de una sesión informativa seguida de una prueba de conocimientos de inglés con una primera parte escrita (comprensión lectora, comprensión auditiva y expresión escrita) y una segunda parte de expresión oral.

Fase B: La realizarán los candidatos que hayan superado la fase A.Consistirá en una entrevista con las comisiones de selección de los distritos escolares contratantes. La entrevista se llevará a cabo en inglés y tendrá como finalidad valorar la capacidad docente de los candidatos.

4. Illinois:

Fase A: Un prueba de inglés, que constará de tres partes: Prueba escrita de elección múltiple, una prueba oral y una redacción sobre temas relacionados con la docencia. Los candidatos presentarán su documentación en papel ese día para su revisión.

Fase B: Entrevista de trabajo: La realizarán los candidatos que hayan superado la prueba anterior. Consistirá en una entrevista con las comisiones de selección de los distritos escolares contratantes, que se realizará en inglés, y tendrá como objetivo valorar la capacidad docente de los candidatos.

Ambas fases podrán realizarse en días distintos.

7. Texas:

Fase A: Una prueba de inglés que consistirá en una composición escrita sobre un tema propuesto por la comisión de selección, con una duración de media hora. La finalidad de esta prueba será evaluar el nivel de competencia lingüística, en inglés, de los candidatos.

Fase B: Consistirá en una entrevista, en inglés, con los representantes de los distritos escolares. La entrevista tendrá como finalidad valorar el nivel de competencia lingüística y la capacidad docente de los candidatos.

Ambas fases podrán tener lugar en días distintos.

8. El proceso de selección para las plazas de los estados de Carolina del Norte se llevará a cabo con la colaboración de la organización estadounidense de intercambios educativos «Visiting International Faculty» (VIF).

9. El proceso de selección para las plazas de algunos de los distritos escolares participantes de los estados de Florida se llevará a cabo con la colaboración de la organización de gestión educativa de centros públicos «Academica Corporation».

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