De conformidad con lo establecido en la base decimoquinta de la Orden JUS/2544/2006, de 28 de julio, por la que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para ingreso o acceso en los Cuerpos y Escalas de funcionarios al servicio de la Administración de Justicia («Boletín Oficial del Estado de 3 de agosto), se resuelve:
Primero.–Hacer pública la relación de plazas desiertas en el ámbito territorial de Andalucía (Anexo I), que se ofrecen a los aspirantes que han superado el proceso selectivo para ingreso por el sistema general de promoción interna en el Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa convocado por Orden JUS/3339/2008, de 10 de noviembre.
Segundo.–Las solicitudes de destino de los aspirantes de este ámbito se dirigirán a la Dirección General de Oficina Judicial, Justicia Juvenil y Cooperación, plaza de la Gavidia, n.º 10, 41071 Sevilla, en el plazo de diez días naturales, contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial del Estado.
Tercero.–Las solicitudes se formalizarán según modelo que aparece como Anexo II de esta Resolución de acuerdo con las siguientes instrucciones:
En el modelo de instancia podrán relacionarse hasta un máximo de 50 puestos de trabajo, indicando el órgano, la localidad y la provincia.
En caso de no corresponderle ninguno de los destinos especificados de esta forma, se seguirá el orden de preferencia por provincias que los interesados indiquen en el modelo de solicitud.
Dentro de cada provincia, los destinos serán adjudicados por el siguiente orden:
1. Tribunales Superiores de Justicia.
2. Audiencias Provinciales.
3. Fiscalías.
4. Institutos de Medicina Legal.
5. Decanatos y servicios comunes.
6. Juzgados de Instrucción.
7. Juzgados de lo Penal.
8. Juzgados de Vigilancia Penitenciaria
9. Juzgados de Violencia sobre la Mujer.
10. Juzgados de Primera Instancia.
11. Juzgados de lo Mercantil.
12. Juzgados de lo Contencioso-Administrativo.
13. Juzgados de lo Social.
14. Juzgados de Primera Instancia e Instrucción.
15. Juzgados de Menores.
16. Juzgados de Paz.
Cuarto.–Una vez finalizado el curso selectivo y el período de prácticas y sumadas estas puntuaciones a la de la fase de concurso-oposición se procederá a la adjudicación según el orden obtenido en todo el proceso selectivo.
Quinto.–Ningún aspirante podrá anular ni modificar su solicitud una vez terminado el plazo de presentación de las mismas.
Sexto.–De no formular solicitud de plazas o no corresponderle ninguna de las solicitadas, se procederá a destinarle, con carácter forzoso, a cualquiera de las plazas no adjudicadas.
Séptimo.–La adjudicación de los destinos se hará con carácter forzoso, de acuerdo con el orden de puntuación obtenido en las pruebas selectivas en el ámbito de Andalucía.
Octavo.–Los destinos adjudicados tendrán carácter definitivo equivalente a todos los efectos a los obtenidos por concurso, sin que puedan participar en éste hasta tanto no hayan transcurrido dos años desde la fecha de la resolución en la que se les adjudique destino definitivo. Para el cómputo de los dos años se estará a lo establecido en el párrafo segundo del artículo 529.3 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.
Contra la presente Resolución podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el órgano competente de la Consejería de Justicia y Administración Pública, en el plazo de un mes, o contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses, desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, según lo dispuesto en el art. 9 de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. Insértese en el Boletín Oficial del Estado.
Sevilla, 1 de febrero de 2010.–El Director General de Oficina Judicial, Justicia Juvenil y Cooperación, Jorge Pérez de la Blanca Capilla.
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