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Documento BOE-A-2010-2482

Resolución de 22 de enero de 2010, de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, por la que se publica la Adenda del año 2009 al Convenio marco de colaboración entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y la Generalitat de la Comunitat Valenciana, para el desarrollo de programas en el ámbito del Plan Avanza.

Publicado en:
«BOE» núm. 40, de 15 de febrero de 2010, páginas 14053 a 14065 (13 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria, Turismo y Comercio
Referencia:
BOE-A-2010-2482

TEXTO ORIGINAL

Suscrita Adenda de 22 de diciembre de 2009, al Convenio marco de colaboración entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y la Generalitat de la Comunitat Valenciana para el desarrollo de los distintos programas propuestos, en el ámbito del Plan Avanza, y en cumplimiento de lo dispuesto en el punto 2 del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación de la citada Adenda, cuyo texto figura a continuación.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Madrid, 22 de enero de 2010.–El Secretario de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, Francisco Ros Perán.

ADENDA DEL AÑO 2009 AL CONVENIO MARCO DE COLABORACIÓN ENTRE EL MINISTERIO DE INDUSTRIA, TURISMO Y COMERCIO Y LA GENERALITAT DE LA COMUNITAT VALENCIANA PARA EL DESARROLLO DE LOS DISTINTOS PROGRAMAS PROPUESTOS EN EL ÁMBITO DEL PLAN AVANZA

En Madrid, a 22 de diciembre de 2009.

REUNIDOS

De una parte, el Sr. Secretario de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, don Francisco Ros Perán, nombrado para dicho cargo por Real Decreto 562/2008, de 21 de abril, y actuando en el ejercicio de las atribuciones delegadas por el titular del Departamento de acuerdo con lo establecido en el apartado segundo.1) de la Orden ITC/1332/2008, de 12 de mayo, por la que se delegan competencias del Ministro de Industria, Turismo y Comercio y por la que se aprueban las delegaciones de competencias de otros órganos superiores y directivos del departamento.

De otra, la Sra. doña Paula Sánchez de León Guardiola, en su calidad de Consellera de Justicia y Administraciones Públicas de la Generalitat de la Comunitat Valenciana, en la representación que ostenta y especialmente facultada para este acto en virtud de acuerdo del Consell de fecha 18 de diciembre de 2009.

Actuando ambas partes en la respectiva representación que ostentan y reconociéndose recíprocamente la capacidad legal necesaria para el otorgamiento del presente documento.

MANIFIESTAN

I. Que el Plan Avanza responde al mandato que la Comisión Europea realiza en los Estados Miembros en su Plan i2010 «Una SI Europea para el crecimiento y la ocupación», publicado el 31 de mayo de 2005, para que elaboren antes de final de año, los Programas de Reformas Nacionales donde definan sus prioridades para la Sociedad de la Información (SI) en línea con las Orientaciones Integradas para el Crecimiento y la Ocupación adoptadas para la Comisión Europea, en abril de 2005.

II. El Plan Avanza 2005-2010, que en esta segunda mitad de existencia recibe el nombre de Avanza2, contará en 2009 con un presupuesto de 1.500 millones de euros.

Avanza2 tiene como reto no sólo la dinamización de la oferta (en gran medida, ya lograda), sino fundamentalmente el fomento de la demanda y el aprovechamiento del impulso del desarrollo del sector para la consolidación de una industria TIC propia especializada en sectores estratégicos y siempre volcado en la PYME, en la que se centran la mayor parte de los esfuerzos.

Avanza2 no sólo sigue apostando por la iniciativa empresarial, especialmente la que llevan a cabo las PYME, sino que incrementa considerablemente el apoyo a este tipo de empresas que constituyen la piedra angular del tejido empresarial español.

Avanza2 va a continuar el impulso al desarrollo de la Sociedad de la Información con la extensión de los servicios públicos digitales, el desarrollo de los contenidos digitales y de productos y servicios TIC, orientados a la construcción de la denominada Internet del Futuro, la renovación e implantación de infraestructuras para logra la transición a la Televisión Digital Terrestre (TDT), entre otros.

Avanza2 se estructura a través de cinco ejes de actuación:

Desarrollo del sector TIC (con especial incidencia en la PYME).

Servicios Públicos Digitales.

Capacitación: Ciudadanos y PYME.

Infraestructura.

Confianza, Seguridad y Accesibilidad.

III. Las Administraciones que suscriben esta Adenda al Convenio Marco de Colaboración firmado con fecha 27 de julio de 2006 son competentes para ejercer el desarrollo de la Sociedad de la Información. El Ministerio de Industria, Turismo y Comercio en el ámbito del Estado y la Generalitat de la Comunitat Valenciana en su ámbito territorial:

a) La Administración General del Estado en el ejercicio de las competencias que le atribuye el artículo 149.1.21 de la Constitución en materia de telecomunicaciones y de acuerdo con la Ley 32/2003, de 3 de noviembre, General de Telecomunicaciones, tiene como función elaborar y difundir programas de utilización de los nuevos servicios de telecomunicaciones para la Sociedad de la Información que contribuyan a la creación de mejores condiciones para el desarrollo económico, social y cultural.

b) La Conselleria de Justicia y Administraciones Públicas, en el ejercicio de las competencias recogidas en el artículo 19 del vigente Estatuto de Autonomía de la Comunitat Valenciana que atribuye a la Generalitat, en el ámbito de sus competencias, el impulso de un modelo de desarrollo equitativo, territorialmente equilibrado y sostenible, basado, entre otros fundamentos, en la plena integración en la sociedad de la información, reconociendo a la par el derecho de acceso de los valencianos a las nuevas tecnologías y a que la Generalitat desarrolle políticas activas que impulsen la formación, las infraestructuras y su utilización.

Como corolario a ese deber de impulso y al reconocimiento de tal derecho, el artículo 49.3.16.ª del citado Estatuto de Autonomía señala que la Generalitat tiene también competencia exclusiva, sin perjuicio de lo dispuesto en la legislación de desarrollo del artículo 149 de la Constitución y, en su caso, de las bases y ordenación de la actividad económica general del Estado, sobre el «régimen de las nuevas tecnologías relacionadas con la sociedad de la información y del conocimiento».

Que en el convenio marco de colaboración entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y la Generalitat de la Comunitat Valenciana para el desarrollo del Plan Avanza se prevé la firma de Adendas anuales para la ejecución de su objeto.

IV. El Plan Avanza se desarrolla mediante el ejercicio de las citadas competencias en el grado que se considere conveniente; bien mediante el desarrollo de actividades completas o actuaciones complementarias a otras; observándose en todo caso el régimen competencial de las Administraciones Públicas.

V. La Generalitat de la Comunitat Valenciana ha mostrado permanentemente su interés en el desarrollo de actuaciones que promovieran la consolidación de la Sociedad Tecnológica y del Conocimiento. Así en la actualidad, dicho objetivo se canaliza a través de su iniciativa estratégica AVANTIC 2004-2010, integrada por el Plan Estratégico Valenciano de Telecomunicaciones Avanzadas (PEVTA) y por el Plan Estratégico para la Consolidación de la Sociedad Tecnológica y del Conocimiento en la Comunitat Valenciana (PETIC), además de por tres programas horizontales que abordan respectivamente la gestión avanzada del Conocimiento, la I+D+I en TIC y la estructura orgánica y funcional del conjunto de AVANTIC.

A través de sus Programas, AVANTIC destina sus iniciativas a la inmersión tecnológica y del Conocimiento de la sociedad valenciana, de sus ciudadanos, de las propias Administraciones de la Comunidad, y de la empresa valenciana, singularmente de la Pyme.

La evidente convergencia entre los objetivos del Plan Avanza y de AVANTIC y el mejor uso de los recursos públicos, hace indefectible la colaboración entre las Administraciones Públicas en materia de TIC, puesto que difícilmente cabe afianzar los resultados en un territorio concreto sin el concurso, tanto financiero como institucional, de todos los agentes que despliegan actuaciones y competencias en el mismo. Tal es el sentido de la convergencia sociotecnológica, sin la cual difícilmente se lograrán los objetivos de desarrollo, sostenibilidad y solidaridad o equidad tecnológicas TIC y del Conocimiento.

VI. Que las actuaciones incluidas en esta Adenda, deberán dirigirse a diferentes objetivos en función del ámbito en el que se encuadren:

Dentro del ámbito de Ciudadanía Digital:

Promover la incorporación de banda ancha en nuevos hogares especialmente en el mundo rural. El MITYC ha puesto en marcha en colaboración con las CC.AA. un plan de banda ancha en zonas rurales y aisladas (PEBA). Aunque la disponibilidad de infraestructuras en España está en unos niveles comparables a los países de nuestro entorno, el uso de la banda ancha en zonas rurales es muy reducido. Por tanto, es necesario realizar actuaciones que promuevan el uso de la banda ancha en estas zonas.

Incrementar las infraestructuras de acceso público y gratuito para ciudadanos con necesidades especiales, para asegurar que todos los ciudadanos puedan acceder a Internet.

Incorporar en sus planes de formación la formación en TIC dirigida a agentes de desarrollo local y promover su contratación como agentes dinamizadores de los centros de acceso público y gratuito. La actuación permitiría llevar a cabo actividades de alfabetización digital de manera continua.

Incorporar la accesibilidad como condición indispensable de las actuaciones que ponga en marcha la Comunidad Autónoma.

Potenciar actuaciones dirigidas a los centros de personas en situación de dependencia mediante la incorporación de soluciones TIC que favorezcan la vida independiente con el criterio de universalidad, alta calidad y sostenibilidad en el tiempo.

Promover la prestación de servicios que incluyan la formación y el asesoramiento de Internet en los hogares.

Difusión y divulgación, mediante campañas adecuadas, de las ventajas de utilización de Internet de banda ancha, y de las herramientas disponibles para financiar la adquisición de equipamiento informático.

Proyectos y acciones encaminados a la creación de plataformas de información, conocimiento y servicios que faciliten, de forma rápida y eficiente, la puesta en marcha y operación de centros de respuesta ante incidentes de seguridad.

A estos proyectos se les podrán incorporar Planes de Formación y de asesoramiento de calidad en los procesos de puesta en marcha.

Dentro del ámbito de Administración Electrónica:

Servicios y Aplicaciones de Administración electrónica. Estos proyectos podrán complementar o reforzar las actuaciones que se están desarrollando por el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio dentro del ámbito local y autonómico, en los siguientes aspectos:

1. Proyectos de implantación de herramientas o soluciones tecnológicas para la modernización de la gestión interna de la administración local y autonómica, que incluyan actuaciones de formación del personal en el uso y manejo de las mismas.

2. Actuaciones dirigidas a mejorar la interacción de los servicios públicos con los ciudadanos a través de la incorporación de las tecnologías de la información y las comunicaciones (TIC).

3. Proyectos de implantación de aplicaciones que faciliten la interoperabilidad entre administraciones públicas.

Servicios digitales dirigidos a ciudadanos y empresas del entorno local y autonómico: Proyectos, que mediante el uso de las tecnologías de la información y las comunicaciones, estén dirigidos a mejorar los servicios públicos preferentemente en los siguientes aspectos: comercio electrónico, teleasistencia, servicios relacionados con la cultura, turismo y ocio y, servicios orientados a favorecer la accesibilidad de colectivos con necesidades especiales.

El importe total asignado a estos proyectos no podrá superar el 40% de la cuantía total conjunta de la Adenda.

Dentro del ámbito de la PYME Digital:

Caracterización de la situación de las PYMES en un sector y/o ubicación geográfica concreta respecto a su grado de digitalización mediante la realización de estudios de diagnóstico tecnológico apropiados.

Implantación en las PYMES de soluciones TIC (aplicaciones o servicios) disponibles en el mercado, de carácter sectorial u horizontal, orientados a la mejora del grado de digitalización de las PYMES participantes, enmarcados en los niveles y parámetros definidos en el concepto de caracterización de la PYME Digital.

Utilización de los Prescriptores próximos a las PYMES para conseguir la Introducción de las TIC y soluciones de negocio basadas en ellas, orientados a la mejora del grado de digitalización de las PYMES que se relacionan con ellos.

La incorporación de la factura electrónica en los procesos de la gestión administrativa supone una oportunidad para avanzar en la modernización e informatización de las diferentes entidades y, así, progresar en la eficiencia en costes, la mejora de la competitividad y el aumento de productividad para empresarios, profesionales y demás agentes del mercado.

Las Comunidades Autónomas, de acuerdo con las competencias que tengan reconocidas por sus Estatutos, podrán incluir en esta Adenda las actividades que desarrollen en el ámbito de su territorio cuyo objetivo sea el de impulsar la generalización del uso de la factura electrónica.

Facilitar la participación efectiva de las PYMES en los mercados electrónicos, incluidos los de la contratación pública, y en agrupaciones empresariales innovadoras entre proveedores de servicios de TIC y PYMES.

Promover la utilización de la factura electrónica y de los procedimientos telemáticos en las relaciones de las PYMES con las AAPP.

Proporcionar asesoramiento personalizado a la PYME en el uso de las TIC para la mejora de sus procesos empresariales, mediante la elaboración de diagnósticos y planes de mejora.

En virtud de lo expuesto y con la finalidad de concretar esta colaboración, las partes acuerdan la suscripción de esta Adenda que se rige por los siguientes

ACUERDOS

Primero. Objeto.–El objeto de esta Adenda es determinar las condiciones de cooperación, colaboración y cofinanciación entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y la Generalitat de la Comunitat Valenciana para el desarrollo de las actividades en el marco del Plan Avanza, que se concretan en la ejecución de las actividades y programas detallados en el Anexo de esta Adenda.

Segundo. Compromisos de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información.–La Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información se compromete por la presente Adenda a realizar las siguientes acciones:

Aportar las cuantías económicas recogidas en el apartado Quinto.

Proponer el marco de actuación en el que se desarrollarán las medidas ejecutadas por las Comunidades Autónomas en cumplimiento del Programa.

La Oficina Técnica para el seguimiento y análisis de todas las actividades que se desarrollen en el marco del ejercicio del Plan Avanza.

Participación de representantes del MITYC en las actividades de difusión, divulgación y marketing de la Adenda en la Comunitat Valenciana a petición de la Generalitat.

Gestionar la página web del Plan Avanza (www.planavanza.es) que contiene las acciones llevadas a cabo por las Comunidades Autónomas, sus resultados y el análisis de su impacto.

Tercero. Compromisos de la Comunidad Autónoma.–La Generalitat de la Comunitat Valenciana se compromete por la presente Adenda a realizar las siguientes acciones:

Aportar las cuantías económicas recogidas en el apartado Quinto.

Ejecutar las actuaciones descritas en el documento anexo de la presente Adenda.

Las actividades de difusión y divulgación de la Adenda en la propia Comunidad. Podrá contar para ello con la participación y colaboración de representantes del MITYC.

En todas las medidas que se desarrollen en el ámbito de esta Adenda, así como en las actuaciones y proyectos que se ejecuten del mismo, deberá hacerse mención expresa de la cofinanciación y colaboración entre el MITYC y la Comunidad Autónoma. Asimismo la Comunidad Autónoma informará a los beneficiarios de que las actuaciones y proyectos ejecutados cuentan con financiación del MITYC.

El logotipo del MITYC, del Plan Avanza y de FEDER, en su caso, y la dirección de la página web del Plan Avanza deberán exhibirse en todas las actividades y actos que se realicen para el desarrollo de esta Adenda.

Cuarto. Gestión y ejecución.–La gestión del desarrollo de la Adenda al Convenio Marco de Colaboración suscrito entre Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y la Generalitat de la Comunitat Valenciana con fecha 27 de julio de 2006 para el desarrollo del Plan Avanza y la ejecución de las acciones necesarias para llevar a cabo el objeto definido en el apartado uno se ajustarán a la regulación establecida en el precitado Convenio Marco.

En particular,

La Generalitat de la Comunitat Valenciana podrá ejecutar los compromisos que adquiere en virtud de esta Adenda, directamente o a través de un Ente de Derecho Público o una Empresa Pública de la Comunitat Valenciana. Las encomiendas de gestión que pueda realizar la Generalitat de la Comunitat Valenciana para la ejecución de los compromisos anteriores deberán cumplir lo estipulado en el Artículo 15 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común o lo dispuesto en la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público y legislación complementaria de la misma, según proceda.

Los contratos que se establezcan en el ámbito de esta Adenda por la Generalitat de la Comunitat Valenciana o por parte de un Ente de Derecho Público o una Empresa Pública de la Comunitat Valenciana, deberán sujetarse a lo dispuesto en la Ley de Contratos del Sector Público y legislación complementaria de la misma.

Las ayudas que se concedan al amparo de esta Adenda, por cualquier procedimiento en vigor legalmente establecido, seguirán lo establecido en el marco de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el reglamento que la desarrolla y normativa autonómica reguladora de las subvenciones en su caso.

Quinto. Financiación.–La financiación de las actuaciones para el año 2009, se distribuirá entre las Administraciones firmantes, de la siguiente manera:

Año 2009

Financiadores

Aportaciones económicas (€)

MITYC

1.436.893

Generalitat de la Comunitat Valenciana

1.436.893

Total Administraciones Públicas

2.873.786

El Ministerio de Industria, Turismo y Comercio transferirá a la Generalitat de la Comunitat Valenciana, a la firma de la presente Adenda, los fondos de cofinanciación correspondientes, 1.436.893 €, con cargo a la partida presupuestaria 20.14.467I.759 de los Presupuestos Generales del Estado para el año 2009.

La Generalitat de la Comunitat Valenciana aportará su parte de financiación, 1.436.893 €, con cargo a las aplicaciones presupuestarias y números de proyecto siguientes, de sus presupuestos para el ejercicio 2009: 07.03.02.121.60.4 T4325000, 07.03.02.121.60.7 T7081000; 07.03.02.121.60.7 T7083000; 07.03.02.121.60.7 T7087000; 07.03.02.121.60.6 DI400039.

Para realizar la justificación de estos importes en el periodo correspondiente, el MITyC podrá recabar todas las facturas, justificantes de pago y cualquier otra documentación que estime oportuna.

Esta financiación es compatible con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad procedentes de cualesquiera administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales.

Sexto. Competencias de la Comisión Bilateral.–La Comisión Bilateral definida en la cláusula séptima del Convenio Marco de Colaboración firmado tiene entre sus competencias resolver los problemas de interpretación y cumplimiento que pudieran suscitarse, así como precisar, detallar o determinar el alcance de las actividades técnicas que conforman las actuaciones a realizar y que no estuvieran descritas y detalladas en el presente Anexo.

Asimismo, corresponde a la Comisión el control y seguimiento de las actuaciones, la supervisión y aprobación de los informes de progreso de las actividades y de los estados de gastos, así como de su justificación documental que la Generalitat de la Comunitat Valenciana presente, quedando todo ello reflejado en las actas correspondientes.

Séptimo. Duración.–Esta Adenda entrará en vigor desde la fecha de su firma y finalizará el 31 de diciembre del 2010.

Este plazo podrá ser prorrogado por períodos anuales por acuerdo expreso de todas las partes mediante las oportunas adendas de prórroga.

Las citadas prórrogas estarán supeditadas a que el plazo de vigencia del Convenio Marco haya sido a su vez prorrogado.

Octavo. Régimen jurídico y cuestiones litigiosas.–La presente Adenda tiene carácter administrativo y se considera incluida en el artículo 4.1 c) de la Ley de Contratos del Sector Público, quedando fuera de su ámbito de aplicación, sin perjuicio de la aplicación de los principios y criterios de la citada Ley para resolver las dudas y lagunas que puedan presentarse y se regirá por sus propias cláusulas y, supletoriamente, por las normas generales del Derecho Administrativo.

El régimen jurídico aplicable a la presente adenda es el establecido en el Título Primero de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

La resolución de las controversias que puedan plantearse sobre la interpretación y la ejecución de esta Adenda, deberán solucionarse de mutuo acuerdo entre las partes, en el seno de la Comisión bilateral del convenio marco.

Si no se pudiera llegar a ningún acuerdo, las posibles controversias se deberían resolver de acuerdo con el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contenciosa-Administrativa.

Noveno. Causas de resolución y efectos.–La presente Adenda se podrá resolver por mutuo acuerdo de las partes firmantes o por decisión unilateral cuando existan causas excepcionales y justificadas que obstaculicen o dificulten el cumplimiento de las estipulaciones que constituyan su contenido, previa denuncia con un plazo de dos meses de antelación.

En el caso de extinción de la Adenda por las causas indicadas anteriormente o por la expiración del plazo de vigencia, se realizará la liquidación económica y administrativa de las obligaciones contraídas hasta el momento, sin interrumpir las actuaciones que se estén ejecutando hasta su completa finalización.

Y en prueba de conformidad, se firma la presente Adenda por duplicado y a un sólo efecto en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.

ANEXO
Descripción de las actuaciones

ACTUACIÓN 1. CIUDADANÍA DIGITAL: PROMOCIÓN Y CAPACITACIÓN Y ACCESIBILIDAD

1. Descripción y Objetivos que pretende alcanzar el desarrollo de la actuación

La actuación tiene como objetivo fomentar la capacitación en materia TIC y la promoción de las nuevas tecnologías, así como favorecer la accesibilidad a internet a colectivos o personas físicas con discapacidades.

Podrá incluir un conjunto de actividades, entre las que cabe destacar.

Formación y capacitación en TIC dirigidos a la ciudadanía (proyecto Internauta u otros de análoga significación), en especial, a las personas y sectores sociales con más barreras de acceso a la Sociedad de la Información y del Conocimiento; así como los programas y acciones que se realicen en su desarrollo práctico y las inversiones en hardware o software a estos efectos.

Promoción de contenidos digitales y en internet, así como de iniciativas que incentiven el acceso a internet de calidad y en condiciones de igualdad.

Actividades que desarrolle la Fundación OVSI a través del Observatorio de la Sociedad Tecnológica y del Conocimiento de la Comunitat Valenciana, dentro la Unidad Centro Valenciano para la Sociedad de la Información (CEVALSI), incluida de manera especial la realización de estudios de percepción y satisfacción ciudadana sobre la calidad de los servicios públicos prestados por la Generalitat u otras administraciones.

La convocatoria pública de ayudas económicas para facilitar y promover la plena accesibilidad a la Sociedad de la Información a personas físicas con discapacidad.

Ayudas económicas a entidades sin ánimo de lucro representativas de personas con discapacidad, para facilitar y promover el acceso de éstas a la Sociedad de la Información.

El soporte económico a la organización y celebración de la Campus Party 2009 en la ciudad de Valencia.

Las actuaciones de información, promoción, difusión o comunicación, siempre que se hallen directamente vinculadas a cualquiera de las actividades señaladas en los anteriores párrafos.

2. Medición con indicadores al final del desarrollo

Alumnos, cursos y aulas de formación y capacitación en TIC.

Informes de la Sociedad de la Información (Infobarómetros).

Convenios con entidades representativas de personas con discapacidad.

Cuantía y número y tipología de las ayudas a discapacitados (personas físicas y asociaciones sin ánimo de lucro.

El número de participantes y la infraestructura desplegada, así como los seminarios, conferencias o actividades realizados y el impacto en los medios de comunicación logrado por la Campus Party 2009.

Las Actividades de promoción, difusión o comunicación llevadas a cabo.

3. Aportaciones económicas o acciones complementarias

Año 2009

 

Euros

MITYC

 0,00

Generalitat de la Comunitat Valenciana

987.893,00

Total

987.893,00

4. Justificación de las inversiones y su plazo

Año 2009/2010

 

Euros

Generalitat de la Comunitat Valenciana

987.893,00

Total

987.893,00

5. Delegado responsable de la coordinación y seguimiento de la actuación

Luis Javier Santamaría Ruiz, Director General de Modernización de la Secretaría Autonómica de Administraciones Públicas de la Conselleria de Justicia y Administraciones Públicas de la Generalitat.

ACTUACIÓN 2. CIUDADANÍA DIGITAL: INCLUSIÓN Y PARTICIPACIÓN DE LA SOCIEDAD CIVIL

1. Descripción y Objetivos que pretende alcanzar el desarrollo de la actuación

La actuación pretende promover el uso de las TIC para facilitar la inclusión de colectivos en riesgo de exclusión o en circunstancias especiales (víctimas del delito, violencia de género, inmigrantes, etc). Así mismo, se pretende fortalecer el tejido asociativo, universitario y colegios profesionales para el uso y promoción de las TIC.

La actuación se desarrollará mediante Convenios de Colaboración o Acuerdos con los colectivos afectados, sin perjuicio de otras actuaciones que puedan ejecutarse por la Generalitat Valenciana.

2. Medición con indicadores al final del desarrollo

Convenios o Acuerdos alcanzados.

Colectivos y asociaciones destinatarias.

Para poder hacer un seguimiento efectivo de los indicadores y poder ajustar las acciones a las oportunidades detectadas, el Ministerio aportará las herramientas y cuestionarios necesarios para este fin.

3. Aportaciones económicas o acciones complementarias

Año 2009

 

Euros

MITYC

500.000,00

Generalitat de la Comunitat Valenciana

 0,00

Total

500.000,00

4. Justificación de las inversiones y su plazo

Año 2010

 

Euros

Generalitat de la Comunitat Valenciana

500.000,00

Total

500.000,00

5. Delegado responsable de la coordinación y seguimiento de la Actuación

Luis Javier Santamaría Ruiz, Director General de Modernización de la Secretaría Autonómica de Administraciones Públicas de la Conselleria de Justicia y Administraciones Públicas de la Generalitat.

ACTUACIÓN 3. PYME DIGITAL

1. Descripción y Objetivos que pretende alcanzar el desarrollo de la actuación

Con objeto de favorecer el negocio electrónico y la competitividad de las PYME, utilizando las TIC, se propone la convocatoria de ayudas para PYMES de la Comunitat Valenciana, que podrán contemplar:

La adopción, adaptación o desarrollo de soluciones o plataformas de negocio electrónico, que de manera especial incorporen la facturación electrónica.

La adopción e implantación de infraestructuras, tecnologías y servicios TIC entre las PYMES y los trabajadores autónomos.

2. Medición con indicadores al final del desarrollo

A través de la convocatoria de las subvenciones, así como de su tramitación, gestión y de la correspondiente resolución de adjudicación (número y cuantía de las ayudas concedidas).

Para poder hacer un seguimiento efectivo de los indicadores y poder ajustar las acciones a las oportunidades detectadas, el Ministerio aportará las herramientas y cuestionarios necesarios para este fin.

3. Aportaciones económicas o acciones complementarias

Año 2009

 

Euros

MITYC

400.000,00

Generalitat de la Comunitat Valenciana

 0,00

Total

400.000,00

4. Justificación de las inversiones y su plazo

Año 2010

 

Euros

Generalitat de la Comunitat Valenciana

400.000,00

Total

400.000,00

5. Delegado responsable de la coordinación y seguimiento de la actuación

Luis Javier Santamaría Ruiz, Director General de Modernización de la Secretaría Autonómica de Administraciones Públicas de la Conselleria de Justicia y Administraciones Públicas de la Generalitat.

ACTUACIÓN 4. SERVICIOS Y APLICACIONES DIGITALES PARA LA ADMINISTRACIÓN LOCAL

1. Descripción y Objetivos que pretende alcanzar el desarrollo de la actuación

La Ley 11/2007 de Acceso Electrónico de los Ciudadanos a los Servicios Públicos tiene un doble objetivo:

a) Reconocer los derechos de los ciudadanos a relacionarse con las Administraciones Públicas por medios electrónicos y, como consecuencia,

b) Obligar a las Administraciones Públicas a modernizarse para garantizar los derechos de los ciudadanos.

En este marco, la Generalitat, las tres Diputaciones Provinciales de la Comunitat Valenciana y la Federación Valenciana de Municipios y Provincias han iniciado el Proyecto de creación de una Plataforma de Administración Electrónica para Administraciones Locales.

Los objetivos de la Plataforma son:

Alcanzar una Administración Pública Valenciana coordinada, cohesionada, interrelacionada e interoperable.

Mayor eficiencia en los servicios de cara a los ciudadanos a quienes atiende.

La Plataforma ha contado ya con financiación procedente de la Adenda Ciudades Digitales del Plan Avanza.

Se pretende ahora ampliar los servicios públicos digitales ofrecidos por la misma, así como realizar actividades de comunicación y promoción.

2. Medición con indicadores al final del desarrollo

Tipo, características y servicios ofrecidos por la plataforma.

Actividades de comunicación y promoción.

Para poder hacer un seguimiento efectivo de los indicadores y poder ajustar las acciones a las oportunidades detectadas, el Ministerio aportará las herramientas y cuestionarios necesarios para este fin.

3. Aportaciones económicas o acciones complementarias

Año 2009

 

Euros

MITYC

500.000,00

Generalitat de la Comunitat Valenciana

 0,00

Total

500.000,00

4. Justificación de las inversiones y su plazo

Año 2010

 

Euros

Generalitat de la Comunitat Valenciana

500.000,00

Total

500.000,00

5. Delegado responsable de la coordinación y seguimiento de la actuación

Luis Javier Santamaría Ruiz, Director General de Modernización de la Secretaría Autonómica de Administraciones Públicas de la Conselleria de Justicia y Administraciones Públicas de la Generalitat.

ACTUACIÓN 5. SERVICIOS Y APLICACIONES DIGITALES DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

1. Descripción y Objetivos que pretende alcanzar el desarrollo de la actuación

El objetivo de esta actuación es el de utilizar herramientas o soluciones tecnológicas para mejorar la interacción de los servicios públicos de la Generalitat con los ciudadanos, así como para la modernización de la gestión interna de la Administración Autonómica.

Para ello, la Generalitat dispone de los siguientes instrumentos:

a) Sistema Integral Multicanal de Atención al Ciudadano (SIMAC)

SIMAC es un proyecto de transformación del Sistema de Atención al Ciudadano y de implantación de la Administración Electrónica en la Generalitat, que contempla el desarrollo de una nueva plataforma tecnológica con el objetivo de lograr una gestión integral y única de la información, facilitando así la prestación de un servicio homogéneo y de calidad a través de distintos canales.

Asimismo, SIMAC ha supuesto la implantación en todos los departamentos de la Generalitat de los distintos componentes tecnológicos necesarios para facilitar el desarrollo de nuevos servicios electrónicos, así como el desarrollo y la puesta en marcha de una serie de procesos orientados a mejorar la eficacia y la eficiencia de los distintos departamentos implicados en la prestación de los servicios.

b) Centro de Telecomunicaciones de la Generalitat (CETESI)

CETESI ofrece soporte TIC a los distintos departamentos y entidades dependientes de la Generalitat, utilizando recursos humanos y técnicos de forma centralizada o compartida de forma que puedan ser optimizados tanto aquéllos, como los bienes y servicios que se ofrezcan y presten. CETESI constituye una importante infraestructura de servicios para toda la Administración, y facilita la mejora en la prestación de los servicios de ésta a los ciudadanos, a las PYME y a otras Administraciones.

La actuación que aquí se contempla incluye las actividades y el esfuerzo económico que supone la incorporación de este nuevo modelo de prestación de servicios de la Generalitat durante el ejercicio 2009.

2. Medición con indicadores al final del desarrollo

En relación a SIMAC:

Número de usuarios.

Trámites o servicios de la Generalitat descargables

Formularios disponibles.

Servicios en la plataforma de tramitación.

En relación a CETESI:

Infraestructuras y servicios gestionados (incidencias atendidas, servidores alojados en el CPD; servidores gestionados, puestos de trabajo atendidos; equipos de comunicaciones; sedes de voz gestionadas; auditorías anuales; proyectos atendidos.

Para poder hacer un seguimiento efectivo de los indicadores y poder ajustar las acciones a las oportunidades detectadas, el Ministerio aportará las herramientas y cuestionarios necesarios para este fin.

3. Aportaciones económicas o acciones complementarias

Año 2009

 

Euros

MITYC

 0,00

Generalitat de la Comunitat Valenciana

449.000,00

Total

449.000,00

4. Justificación de las inversiones y su plazo

Año 2009/2010

 

Euros

Generalitat de la Comunitat Valenciana

449.000,00

Total

449.000,00

5. Delegado responsable de la coordinación y seguimiento de la actuación

Luis Javier Santamaría Ruiz, Director General de Modernización de la Secretaría Autonómica de Administraciones Públicas de la Conselleria de Justicia y Administraciones Públicas de la Generalitat.

ACTUACIÓN 6. SOPORTE A LA GESTIÓN

1. Descripción y Objetivos que pretende alcanzar el desarrollo de la actuación

Asistencia a los órganos administrativos de la Generalitat de la Comunitat Valenciana encargados de la ejecución de las medidas incluidas en esta Adenda, así como actividades de comunicación y difusión.

2. Medición con indicadores al final del desarrollo

Realización de las tareas de asistencia.

Actividades de comunicación y difusión.

Para poder hacer un seguimiento efectivo de los indicadores y poder ajustar las acciones a las oportunidades detectadas, el Ministerio aportará las herramientas y cuestionarios necesarios para este fin.

3. Aportaciones económicas o acciones complementarias

Año 2009

 

Euros

MITYC

36.893,00

Generalitat de la Comunitat Valenciana

 0,00

Total

36.893,00

4. Justificación de las inversiones y su plazo

Año 2010

 

Euros

Generalitat de la Comunitat Valenciana

36.893,00

Total

36.893,00

5. Delegado responsable de la coordinación y seguimiento de la actuación

Luis Javier Santamaría Ruiz, Director General de Modernización de la Secretaría Autonómica de Administraciones Públicas de la Conselleria de Justicia y Administraciones Públicas de la Generalitat.

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