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Documento BOE-A-2010-2524

Tercer Acta de corrección de errores del Tratado de Lisboa por el que se modifican el Tratado de la Unión Europea y el Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea, hecho en Lisboa el 13 de diciembre de 2007.

Publicado en:
«BOE» núm. 41, de 16 de febrero de 2010, páginas 14263 a 14266 (4 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Jefatura del Estado
Referencia:
BOE-A-2010-2524
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/ai/2007/12/13/(1)/corrigendum/20100216

TEXTO ORIGINAL

TERCER ACTA DE CORRECCIÓN DE ERRORES DEL TRATADO DE LISBOA POR EL QUE SE MODIFICAN EL TRATADO DE LA UNIÓN EUROPEA Y EL TRATADO CONSTITUTIVO DE LA COMUNIDAD EUROPEA, FIRMADO EN LISBOA EL 13 DE DICIEMBRE DE 2007

Considerando que se han detectado errores en el texto original de las 23 versiones lingüísticas del Tratado de Lisboa por el que se modifican el Tratado de la Unión Europea y el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, firmado en Lisboa el 13 de diciembre de 2007, y del que es depositario el Gobierno de la República Italiana;

Considerando que dichos errores han sido comunicados a los Estados signatarios del Tratado mediante carta de 13 de noviembre de 2009 del Jurisconsulto del Consejo de la Unión Europea a los Representantes Permanentes de los Estados miembros;

Considerando que los Estados signatarios no han formulado objeciones en contra de las correcciones propuestas en dicha carta antes de la expiración del plazo que en ella se indica;

Se ha procedido en el día de hoy, en el Ministerio de Asuntos Exteriores de la República Italiana, a la corrección de estos errores en el sentido indicado en el anexo.

En fe de lo cual ha sido redactada esta Tercer Acta, cuya copia será transmitida a los Gobiernos de los Estados signatarios de dicho Tratado.

Hecho en Roma, el veintisiete de noviembre de 2009.

ANEXO
ACTA DE CORRECCIÓN DE ERRORES

del Tratado de Lisboa por el que se modifican el Tratado de la Unión Europea

y el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, firmado en Lisboa

el 13 de diciembre de 2007

(CIG 14/07 y CIG 15/07 de 3 de diciembre de 2007)

(Diario Oficial de la Unión Europea C 306 de 17 de diciembre de 2007)

1. Modificaciones del Tratado de la Unión Europea y del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea.

a) Artículo 1, punto 51.

(CIG 14/07 de 3.12.2007, página TL/es 49).

(DO C 306 de 17.12.2007, página 38).

La frase siguiente se inserta antes de la última frase:

«Se derogan los artículos 34, 35, 37, 38 y 39.».

b) Artículo 2, punto 49), letra d).

(CIG 14/07 de 3.12.2007, página TL/es 73).

(DO C 306 de 17.12.2007, página 55).

Donde dice:

«d) En la frase introductoria del apartado 3, que pasa a ser 4, se suprimen las palabras “El Consejo, por mayoría cualificada y” y se añade “se” antes de “podrá sustituir”.»,

Debe decir:

«d) En la frase introductoria del apartado 3, que pasa a ser 4, la referencia al “apartado precedente” debe entenderse como una referencia al nuevo apartado 2, se suprimen las palabras “El Consejo, por mayoría cualificada y” y se añade “se” antes de “podrá sustituir”.».

2. Protocolos que deberán ir anejos al Tratado de Lisboa.

Protocolo n.º 1.

a) Artículo 1, punto 5), letra a), quinto guión.

(CIG 14/07 de 3.12.2007, página TL/P/es 32).

(DO C 306 de 17.12.2007, página 167).

Se suprime la línea «–artículo 9.1».

b) Artículo 1, punto 12), letra c).

(CIG 14/07 de 3.12.2007, página TL/P/es 45).

(DO C 306 de 17.12.2007, página 174).

Donde dice:

«c) En el artículo 1, se suprime el párrafo segundo;»,

Debe decir:

«c) En el artículo 1, párrafo primero, las palabras “de dicho Tratado” se sustituyen por “de los Tratados”, y se suprime el párrafo segundo;»

c) Artículo 1, punto 18), letra f).

(CIG 14/07 de 3.12.2007, página TL/P/es 59).

(DO C 306 de 17.12.2007, página 183)

Donde dice:

«f) En el párrafo primero del artículo 4, se suprimen las palabras “, que no están vinculados por el acervo de Schengen,”;»,

Debe decir:

«f) En el párrafo primero del artículo 4, se suprimen las palabras “, que no están vinculados por el acervo de Schengen,” y las palabras “de dicho acervo” se sustituyen por “del acervo de Schengen”;»

Protocolo n.º 2.

d) Artículo 7, apartado 1.

(CIG 14/07 de 3.12.2007, página TL/P/es 85).

(DO C 306 de 17.12.2007, página 200).

Donde dice:

«1. En el párrafo tercero del artículo 38 y en el párrafo tercero del artículo 82 del Tratado CEEA, las referencias a los artículos 141 y 142 se sustituyen, respectivamente, por referencias a los artículos 226 y 227 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.»,

Debe decir:

«1. En el párrafo tercero del artículo 38 y en el párrafo cuarto del artículo 82 del Tratado CEEA, las referencias a los artículos 141 y 142 se sustituyen, respectivamente, por referencias a los artículos 226 y 227 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.»

e) Artículo 7.

(CIG 14/07 de 3.12.2007, página TL/P/es 85).

(DO C 306 de 17.12.2007, página 200).

En el artículo 7 del Protocolo n.º 2 se añade el apartado siguiente:

«4. En la letra c) del párrafo cuarto del artículo 198 del Tratado CEEA, la referencia al anexo II del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea se sustituye por una referencia al anexo II del Tratado de la Unión Europea y del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.»

y el apartado 4 se numerará como 5.

3. Tablas de correspondencias a que se refiere el artículo 5 del Tratado de Lisboa.

Tratado de la Unión Europea.

Numeración anterior del Tratado de la Unión Europea correspondiente al título VI, nota a pie de página.

(CIG 14/07 de 3.12.2007, página TL/Anexo/es 4, nota a pie de página n.º 2).

(DO C 306 de 17.12.2007, página 207, nota a pie de página n.º 16).

Donde dice:

«Las disposiciones del título VI del actual Tratado UE, relativas a la cooperación policial y judicial en materia penal, se sustituyen por las disposiciones de los capítulos 1, 4 y 5 del título IV de la tercera parte del TFUE.»

Debe decir:

«Las disposiciones del título VI del actual Tratado UE, relativas a la cooperación policial y judicial en materia penal, se sustituyen por las disposiciones de los capítulos 1, 4 y 5 del título IV (que pasa a ser V) de la tercera parte del TFUE.»

4. Acta Final.

Declaraciones de Estados miembros.

52. Declaración del Reino de Bélgica, de la República de Bulgaria, de la República Federal de Alemania, de la República Helénica, del Reino de España, de la República Italiana, de la República de Chipre, de la República de Lituania, del Gran Ducado de Luxemburgo, de la República de Hungría, de la República de Malta, de la República de Austria, de la República Portuguesa, de Rumanía, de la República de Eslovenia y de la República Eslovaca relativa a los símbolos de la Unión Europea.

(CIG 15/07 de 3.12.2007, página AF/TL/DC/es 21).

(DO C 306 de 17.12.2007, página 267).

En la cuarta línea.

Donde dice:

«…, la divisa “Unidad en la diversidad”, …»

Debe decir:

«…, la divisa “Unida en la diversidad”, …»

Para conocimiento general, se procede a la publicación del Tercer Acta de corrección de errores del Tratado de Lisboa, por el que se modifican el Tratado de la Unión Europea y el Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea, firmado en Lisboa el 13 de diciembre de 2007 y publicado en el Boletín Oficial del Estado n.º 286 de 27 de noviembre de 2009.

Madrid, 10 de febrero de 2010.—El Secretario General Técnico del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación, Antonio Cosano Pérez.

ANÁLISIS

  • Rango: Corrección (errores o erratas)
  • Fecha de publicación: 16/02/2010
  • La corrección de errores del Tratado de la Unión Europea de 7 de febrero de 1992 y del Tratado constitutivo CEE y CEEA, de 25 de marzo de 1957, se establecen por estar modificados por el Tratado de 13 de diciembre de 2007.
Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de errores del Tratado de 13 de diciembre de 2007 (Ref. BOE-A-2009-18898).
  • CORRIGE errores:
    • del Tratado de la Unión Europea de 7 de febrero de 1992 (Ref. BOE-A-1994-626).
    • del Tratado constitutivo CEE y CEEA, de 25 de marzo de 1957 (Ref. BOE-A-1986-1).
Materias
  • Acuerdos internacionales
  • Unión Europea

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