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Documento BOE-A-2010-2610

Resolución de 22 de enero de 2010, de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, por la que se publica la Adenda del año 2009 al Convenio marco de colaboración entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y la Comunidad Autónoma de Aragón, para el desarrollo de programas en el ámbito del Plan Avanza.

Publicado en:
«BOE» núm. 42, de 17 de febrero de 2010, páginas 14786 a 14796 (11 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria, Turismo y Comercio
Referencia:
BOE-A-2010-2610

TEXTO ORIGINAL

Suscrita Adenda de 24 de agosto de 2009, al Convenio Marco de Colaboración entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y la Comunidad Autónoma de Aragón para el desarrollo de los distintos programas propuestos, en el ámbito del Plan Avanza, y en cumplimiento de lo dispuesto en el punto 2 del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación de la citada Adenda, cuyo texto a continuación.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Madrid, 22 de enero de 2010.–El Secretario de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, Francisco Ros Perán.

ADENDA DEL AÑO 2009 AL CONVENIO MARCO DE COLABORACIÓN ENTRE EL MINISTERIO DE INDUSTRIA, TURISMO Y COMERCIO Y LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ARAGÓN PARA EL DESARROLLO DE LOS DISTINTOS PROGRAMAS PROPUESTOS EN EL ÁMBITO DEL PLAN AVANZA

En Madrid, a 24 de agosto de 2009.

REUNIDOS

De una parte, el Sr. Secretario de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, don Francisco Ros Perán, nombrado para dicho cargo por Real Decreto 562/2008, de 21 de abril, y actuando en el ejercicio de las atribuciones delegadas por el titular del Departamento de acuerdo con lo establecido en el apartado segundo.1) de la Orden ITC/1332/2008, de 12 de mayo, por la que se delegan competencias del Ministro de Industria, Turismo y Comercio y por la que se aprueban las delegaciones de competencias de otros órganos superiores y directivos del departamento.

De otra, la Sra. Consejera de Ciencia, Tecnología y Universidad, D.ª Pilar Ventura Contreras, en virtud del Decreto de 15 de abril de 2008, de la Presidencia del Gobierno de Aragón, por el que se dispone su nombramiento, y actuando en nombre y representación del Gobierno de Aragón, según acuerdo de este órgano de fecha 21 de julio de 2009.

Actuando ambas partes en la respectiva representación que ostentan y reconociéndose recíprocamente la capacidad legal necesaria para el otorgamiento del presente documento

MANIFIESTAN

I. Que el Plan Avanza responde al mandato que la Comisión Europea realiza en los Estados Miembros en su Plan i2010 «Una SI Europea para el crecimiento y la ocupación», publicado el 31 de mayo de 2005, para que elaboren antes de final de año, los Programas de Reformas Nacionales donde definan sus prioridades para la Sociedad de la Información (SI) en línea con las Orientaciones Integradas para el Crecimiento y la Ocupación adoptadas para la Comisión Europea, en abril de 2005.

II. El Plan Avanza 2005-2010, que en esta segunda mitad de existencia recibe el nombre de Avanza2, contará en 2009 con un presupuesto de 1.500 millones de euros.

Avanza2 tiene como reto no sólo la dinamización de la oferta (en gran medida, ya lograda), sino fundamentalmente el fomento de la demanda y el aprovechamiento del impulso del desarrollo del sector para la consolidación de una industria TIC propia especializada en sectores estratégicos y siempre volcado en la PYME, en la que se centran la mayor parte de los esfuerzos.

Avanza2 no sólo sigue aportando por la iniciativa empresarial, especialmente la que llevan a cabo las PYMES, sino que incrementa considerablemente el apoyo a este tipo de empresas que constituyen la piedra angular del tejido empresarial español.

Avanza2 va a continuar el impulso al desarrollo de la Sociedad de la Información con la extensión de los servicios públicos digitales, el desarrollo de los contenidos digitales y de productos y servicios TIC, orientados a la construcción de la denominada Internet del Futuro, la renovación e implantación de infraestructuras para lograr la transición a la Televisión Digital Terrestre (TDT), entre otros.

Avanza2 se estructura a través de cinco ejes de actuación:

Desarrollo del sector TIC (con especial incidencia en la PYME).

Servicios Públicos Digitales.

Capacitación: Ciudadanos y PYME.

Infraestructura.

Confianza, Seguridad y Accesibilidad.

III. Las Administraciones que suscriben esta Adenda al Convenio marco de colaboración, firmado con fecha 3 de mayo de 2006, para el desarrollo del Plan Avanza son competentes para ejercer el desarrollo de la Sociedad de la Información. El Ministerio de Industria, Turismo y Comercio en el ámbito del Estado y la Comunidad Autónoma de Aragón en su ámbito territorial:

a. La Administración General del Estado en el ejercicio de las competencias que le atribuye el artículo 149.1.21 de la Constitución en materia de telecomunicaciones y de acuerdo con la Ley 32/2003, de 3 de noviembre, General de Telecomunicaciones, tiene como función elaborar y difundir programas de utilización de los nuevos servicios de telecomunicaciones para la Sociedad de la Información que contribuyan a la creación de mejores condiciones para el desarrollo económico, social y cultural.

b. El Estatuto de Autonomía de Aragón, reformado por la Ley Orgánica 5/2007, de 20 de abril, en su artículo 71.41.ª, atribuye a la Comunidad Autónoma de Aragón la competencia exclusiva en materia de investigación, desarrollo e innovación científica y tecnológica, que comprende, en todo caso y entre otras cuestiones, el fomento y desarrollo de las tecnologías para la sociedad de la información. Más en concreto, el Decreto 62/2008, de 15 de abril, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Ciencia, Tecnología y Universidad, le atribuye la promoción, el fomento e implantación de las tecnologías para la sociedad de la información.

En el Convenio marco de colaboración entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y la Comunidad Autónoma de Aragón para el desarrollo del Plan Avanza se prevé la firma de Adendas anuales para la ejecución de su objeto.

IV. El Plan Avanza se desarrolla mediante el ejercicio de las citadas competencias en el grado que se considere conveniente; mediante el desarrollo de actividades completas o actuaciones complementarias a otras; observándose en todo caso el régimen competencial de las Administraciones Públicas.

El Gobierno de Aragón, a través del Departamento de Ciencia, Tecnología y Universidad se ha planteado una serie de retos. En primer lugar, incrementar la cohesión y el bienestar social de los aragoneses a través del desarrollo científico y tecnológico, favoreciendo, armonizando y potenciando iniciativas, muchas veces dispersas, en el ámbito de la investigación y la innovación y conectándolas al motor de desarrollo fundamental que constituye el sistema regional de formación e investigación.

En segundo lugar, poner en valor la situación estratégica de la región y aprovechar al máximo sus posibilidades tecnológicas, convirtiendo Aragón en una Comunidad que participe activamente en la Sociedad de la Información.

Y en tercer lugar, desarrollar las políticas necesarias para que las nuevas tecnologías representen un papel de progreso, contribuyendo a reducir déficits democráticos y desigualdades, a incrementar la participación social y a respetar la diversidad cultural y el medio ambiente.

Para alcanzar estas metas se diseñó el Plan Director de Desarrollo de la Sociedad de la Información en Aragón, como marco de referencia para la acción política del Gobierno de Aragón orientado a incrementar el desarrollo de la Sociedad de la Información en la Comunidad Autónoma. Este plan es el de la sociedad aragonesa, de sus ciudadanos y sus empresas. Es un conjunto de políticas cuyo objetivo es proporcionar a los unos y a los otros todos los instrumentos y servicios necesarios para un mejor desarrollo de sus actividades, personales y empresariales.

Con la puesta en marcha de este Plan Director de Desarrollo de la Sociedad de la Información, el Gobierno de Aragón busca alinearse con las acciones que tanto en Europa como en España se configuran en torno a la Sociedad de la Información.

V. En este sentido, el Plan Avanza supone la instrumentalización de la convergencia con la media europea en los indicadores de la Sociedad de la Información. Por ello el Gobierno de Aragón entiende la participación en el mismo como una iniciativa estratégica que favorecerá la consecución de sus objetivos de una forma rápida y eficaz. Las actuaciones incluidas en esta Adenda, deberán dirigirse a diferentes objetivos en función del ámbito en el que se encuadren:

Dentro del ámbito de Ciudadanía Digital:

Promover la incorporación de banda ancha en nuevos hogares especialmente en el mundo rural. El MITYC ha puesto en marcha en colaboración con las CC.AA. un plan de banda ancha en zonas rurales y aisladas (PEBA). Aunque la disponibilidad de infraestructuras en España está en unos niveles comparables a los países de nuestro entorno, el uso de la banda ancha en zonas rurales es muy reducido. Por tanto, es necesario realizar actuaciones que promuevan el uso de la banda ancha en estas zonas.

Incrementar las infraestructuras de acceso público y gratuito para ciudadanos con necesidades especiales, para asegurar que todos los ciudadanos puedan acceder a Internet.

Incorporar en sus planes de formación la formación en TIC dirigida a agentes de desarrollo local y promover su contratación como agentes dinamizadores de los centros de acceso público y gratuito. La actuación permitiría llevar a cabo actividades de alfabetización digital de manera continua.

Incorporar la accesibilidad como condición indispensable de las actuaciones que ponga en marcha la Comunidad Autónoma.

Potenciar actuaciones dirigidas a los centros de personas en situación de dependencia mediante la incorporación de soluciones TIC que favorezcan la vida independiente con el criterio de universalidad, alta calidad y sostenibilidad en el tiempo.

Promover la prestación de servicios que incluyan la formación y el asesoramiento de Internet en los hogares.

Difundir y divulgar, mediante campañas adecuadas, las ventajas de utilización de Internet de banda ancha, y de las herramientas disponibles para financiar la adquisición de equipamiento informático.

Desarrollar proyectos y acciones encaminados a la creación de plataformas de información, conocimiento y servicios que faciliten, de forma rápida y eficiente, la puesta en marcha y operación de centros de respuesta ante incidentes de seguridad.

A estos proyectos se les podrán incorporar Planes de Formación y de asesoramiento de calidad en los procesos de puesta en marcha.

Dentro del ámbito de Administración Electrónica:

Servicios y Aplicaciones de Administración electrónica. Estos proyectos podrán complementar o reforzar las actuaciones que se están desarrollando por el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio dentro del ámbito local y autonómico, en los siguientes aspectos:

1. Proyectos de implantación de herramientas o soluciones tecnológicas para la modernización de la gestión interna de la administración local y autonómica, que incluyan actuaciones de formación del personal en el uso y manejo de las mismas.

2. Actuaciones dirigidas a mejorar la interacción de los servicios públicos con los ciudadanos a través de la incorporación de las tecnologías de la información y las comunicaciones (TIC).

3. Proyectos de implantación de aplicaciones que faciliten la interoperabilidad entre administraciones públicas.

Servicios digitales dirigidos a ciudadanos y empresas del entorno local y autonómico:

Proyectos, que mediante el uso de las tecnologías de la información y las comunicaciones, estén dirigidos a mejorar los servicios públicos preferentemente en los siguientes aspectos: comercio electrónico, teleasistencia, servicios relacionados con la cultura, turismo y ocio y, servicios orientados a favorecer la accesibilidad de colectivos con necesidades especiales.

El importe total asignado a estos proyectos no podrá superar el 40% de la cuantía total conjunta de la Adenda.

Dentro del ámbito de la PYME Digital:

Caracterizar la situación de las PYMES en un sector y/o ubicación geográfica concreta respecto a su grado de digitalización mediante la realización de estudios de diagnóstico tecnológico apropiados.

Implantar en las PYMES soluciones TIC (aplicaciones o servicios) disponibles en el mercado, de carácter sectorial u horizontal, orientados a la mejora del grado de digitalización de las PYMES participantes, enmarcados en los niveles y parámetros definidos en el concepto de caracterización de la PYME Digital.

Utilizar los Prescriptores próximos a las PYMES para conseguir la Introducción de las TIC y soluciones de negocio basadas en ellas, orientados a la mejora del grado de digitalización de las PYMES que se relacionan con ellos.

Incorporar la factura electrónica en los procesos de la gestión administrativa supone una oportunidad para avanzar en la modernización e informatización de las diferentes entidades y, así, progresar en la eficiencia en costes, la mejora de la competitividad y el aumento de productividad para empresarios, profesionales y demás agentes del mercado.

Las Comunidades Autónomas, de acuerdo con las competencias que tengan reconocidas por sus Estatutos, podrán incluir en esta Adenda las actividades que desarrollen en el ámbito de su territorio cuyo objetivo sea el de impulsar la generalización del uso de la factura electrónica.

Facilitar la participación efectiva de las PYMES en los mercados electrónicos, incluidos los de la contratación pública, y en agrupaciones empresariales innovadoras entre proveedores de servicios de TIC y PYMES.

Promover la utilización de la factura electrónica y de los procedimientos telemáticos en las relaciones de las PYMES con las AAPP.

Asesorar de forma personalizada a la PYME en el uso de las TIC para la mejora de sus procesos empresariales, mediante la elaboración de diagnósticos y planes de mejora.

En virtud de lo expuesto y con la finalidad de concretar esta colaboración, las partes acuerdan la suscripción de esta Adenda que se rige por las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto.–El objeto de esta Adenda es determinar las condiciones de cooperación, colaboración y cofinanciación entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio (en adelante MITYC) y la Comunidad Autónoma de Aragón para el desarrollo de las actividades en el marco del Plan Avanza, que se concretan en la ejecución de las actividades y programas detallados en el Anexo de esta Adenda.

Segunda.–Compromisos de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio.

La Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información se compromete por la presente Adenda a realizar las siguientes acciones:

Aportar las cuantías económicas recogidas en el apartado Quinto.

Proponer el marco de actuación en el que se desarrollarán las medidas ejecutadas por las Comunidades Autónomas en cumplimiento del Programa.

La Oficina Técnica para el seguimiento y análisis de todas las actividades que se desarrollen en el marco del ejercicio del Plan Avanza. Participar, a través de representantes del MITYC, en las actividades de difusión, divulgación y marketing de la Adenda en la Comunidad Autónoma de Aragón a petición de la propia Comunidad.

Gestionar la página web del Plan Avanza (www.planavanza.es) que contiene las acciones llevadas a cabo por las Comunidades Autónomas, sus resultados y el análisis de su impacto.

Tercera. Compromisos de la Comunidad Autónoma.–La Comunidad Autónoma de Aragón se compromete por la presente Adenda a realizar las siguientes acciones:

Aportar las cuantías económicas recogidas en la cláusula Quinta.

Ejecutar las actuaciones descritas en el documento anexo de la presente Adenda.

Efectuar las actividades de difusión y divulgación de la Adenda en la propia Comunidad. Podrá contar para ello con la participación y colaboración de representantes del MITYC.

En todas las medidas que se desarrollen en el ámbito de esta Adenda, así como en las actuaciones y proyectos que se ejecuten del mismo, deberá hacerse mención expresa de la cofinanciación y colaboración entre el MITYC y la Comunidad Autónoma. Asimismo la Comunidad Autónoma informará a los beneficiarios de que las actuaciones y proyectos ejecutados cuentan con financiación del MITYC.

El logotipo del MITYC, del Plan Avanza y la dirección de la página web del Plan Avanza deberán exhibirse en todas las actividades y actos que se realicen para el desarrollo de esta Adenda.

Cuarta. Gestión y ejecución.–La gestión del desarrollo de esta Adenda y la ejecución de las acciones necesarias para llevar a cabo el objeto definido en la cláusula Primera se ajustarán a la regulación establecida en el precitado Convenio marco.

En particular,

La Comunidad Autónoma podrá ejecutar los compromisos que adquiere en virtud de esta Adenda, directamente o a través de un organismo público, una empresa pública o entidad fundacional promovida por las administraciones públicas de dicha Comunidad Autónoma. Las encomiendas de gestión que realice la Comunidad Autónoma para la ejecución de los compromisos anteriores deberán cumplir lo estipulado en el artículo 15 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, artículo 38 y concordantes de la Ley de Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, cuyo texto refundido fue aprobado por Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio, del Gobierno de Aragón, y por lo dispuesto en la Ley 30/2007, de 30 de Octubre, de Contratos del Sector Público y legislación complementaria de la misma, según proceda.

Los contratos que se formalicen en el ámbito de esta Adenda por la Comunidad Autónoma o por parte de dicho organismo público, una empresa pública o entidad fundacional de la Comunidad Autónoma, deberán cumplir los principios de publicidad, concurrencia, igualdad y no discriminación y se regirán por lo dispuesto en la Ley de Contratos del Sector Público y legislación complementaria de la misma.

Las ayudas que se concedan al amparo de esta Adenda, por cualquier procedimiento en vigor legalmente establecido, seguirán lo establecido en el marco de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el reglamento que la desarrolla y normativa autonómica reguladora de las subvenciones en su caso.

Quinta. Financiación.–La financiación de las actuaciones para el año 2009, se distribuirá entre las Administraciones firmantes, de la siguiente manera:

Año 2009

Financiadores

Aportaciones económicas

MITYC

452.702,00 €

Comunidad Autónoma de Aragón

452.702,00 €

Total Administraciones Públicas

905.404,00 €

El Ministerio de Industria, Turismo y Comercio transferirá a la Comunidad Autónoma de Aragón, a la firma de la presente Adenda, los fondos de cofinanciación correspondientes, 452.702,00 € (cuatrocientos cincuenta y dos mil setecientos dos euros), con cargo a la partida presupuestaria 20.14.467I.759 de los Presupuestos Generales del Estado para el año 2009.

Para realizar la justificación de estos importes en el periodo correspondiente, el MITyC podrá recabar todas las facturas, justificantes de pago y cualquier otra documentación que estime oportuna.

Esta financiación es compatible con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad procedentes de cualesquiera administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales.

Sexta. Competencias de la Comisión Bilateral.–La Comisión Bilateral definida en la cláusula séptima del Convenio marco de colaboración firmado tiene entre sus competencias resolver los problemas de interpretación y cumplimiento que pudieran suscitarse, así como precisar, detallar o determinar el alcance de las actividades técnicas que conforman las actuaciones a realizar y que no estuvieran descritas y detalladas en el presente Anexo.

Asimismo, corresponde a la Comisión el control y seguimiento de las actuaciones, la supervisión y aprobación de los informes de progreso de las actividades y de los estados de gastos, así como de su justificación documental que la Comunidad Autónoma de Aragón presente, quedando todo ello reflejado en las actas correspondientes.

Séptima. Duración.–Esta Adenda entrará en vigor desde la fecha de su firma y finalizará el 31 de diciembre de 2010.

Este plazo podrá ser prorrogado por períodos anuales por acuerdo expreso de todas las partes mediante las oportunas adendas de prórroga.

Las citadas prórrogas estarán supeditadas a que el plazo de vigencia del Convenio Marco haya sido a su vez prorrogado.

Octava. Régimen jurídico y cuestiones litigiosas.–La presente Adenda tiene carácter administrativo y se considera incluida en el artículo 4.1 c) de la Ley de Contratos del Sector Público, quedando fuera de su ámbito de aplicación, sin perjuicio de la aplicación de los principios y criterios de la citada Ley para resolver las dudas y lagunas que puedan presentarse y se regirá por sus propias cláusulas y, supletoriamente, por las normas generales del Derecho Administrativo.

El régimen jurídico aplicable a la presente adenda es el establecido en el Título Primero de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

La resolución de las controversias que puedan plantearse sobre la interpretación y la ejecución de esta Adenda, deberán solucionarse de mutuo acuerdo entre las partes, en el seno de la Comisión bilateral del convenio marco.

Si no se pudiera llegar a ningún acuerdo, las posibles controversias se deberían resolver de acuerdo con el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contenciosa-Administrativa.

Novena. Causas de resolución y efectos.–La presente Adenda se podrá resolver por mutuo acuerdo de las partes firmantes o por decisión unilateral cuando existan causas excepcionales y justificadas que obstaculicen o dificulten el cumplimiento de las estipulaciones que constituyan su contenido, previa denuncia con un plazo de dos meses de antelación.

En el caso de extinción de la Adenda por las causas indicadas anteriormente o por la expiración del plazo de vigencia, se realizará la liquidación económica y administrativa de las obligaciones contraídas hasta el momento, sin interrumpir las actuaciones que se estén ejecutando hasta su completa finalización.

Y en prueba de conformidad, se firma la presente Adenda por duplicado y a un sólo efecto en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.

ANEXO
Descripción de las actuaciones

Actuación 01.–Incorporación de la banda ancha en el medio rural

1. Descripción y Objetivos que pretende alcanzar el desarrollo de la actuación.

DESCRIPCIÓN

Se desarrollarán mediante:

a) Celebración de convenios con Comarcas y entidades locales para el despliegue de servicios de banda ancha.

b) Subvenciones a entidades locales para el desarrollo de servicios e infraestructuras de telecomunicaciones.

c) Desarrollo de infraestructuras.

OBJETIVOS

Acercar los servicios sobre redes de banda ancha a todo el territorio, reduciendo las diferencias que afectan al medio rural en este aspecto.

2. Medición con indicadores al final del desarrollo.

Número de hogares con banda ancha en Aragón.

Para poder hacer un seguimiento efectivo de los indicadores y poder ajustar las acciones a las oportunidades detectadas, el Ministerio aportará las herramientas y cuestionarios necesarios para este fin.

3. Aportaciones económicas o acciones complementarias.

Año 2009

MITYC

142.473,00 €

CA

0,00 €

Total

142.473,00 €

4. Justificación de las inversiones y su plazo.

La justificación de las inversiones se realizará dentro del periodo de vigencia de esta adenda, definido en la cláusula séptima.

Para realizar la justificación de estos importes, el MITyC podrá recabar todas las facturas, justificantes de pago y cualquier otra documentación que estime oportuna.

5. Delegado responsable de la coordinación y seguimiento de la Actuación.

La Dirección General de Tecnologías para la Sociedad de la Información, del Gobierno de Aragón.

Actuación 02.–Formación y divulgación de la sociedad de la información. Ciudadanos

1. Descripción y Objetivos que pretende alcanzar el desarrollo de la actuación.

DESCRIPCIÓN

Consistirá en desarrollar acciones de formación, promoción y difusión de la Sociedad de la Información dirigidas a los ciudadanos, poniendo especial atención en los colectivos con riesgo de exclusión.

La actuación incluye:

a) Realización de espacios de actividades TIC, dentro de ferias y jornadas, dirigidos a personas mayores o poco familiarizadas con Internet.

b) Formación de acercamiento a las TIC en medio rural y para personas mayores (Ciberescuelas), para ello se podrían utiliar dos canales: los asesores TIC de proximidad y los medios del Instituto Aragonés de Servicios Sociales.

c) Apoyo a la celebración de aquellos eventos que contribuyan a la difusión y promoción de la Sociedad de la Información entre los ciudadanos.

d) Iniciativas de generación de contenidos digitales, que pueden ser por convocatoria de subvenciones a la generación y publicación en Internet, de contenidos digitales.

OBJETIVOS

LLevar las tecnologías de la información y las comunicaciones a todos los ciudadanos, especialmente a los colectivos con riesgo de exclusión.

2. Medición con indicadores al final del desarrollo.

N.º de actuaciones de formación.

N.º de eventos realizados.

N.º de asistentes a los eventos y actuaciones.

N.º de proyectos de contenidos subvencionados.

Para poder hacer un seguimiento efectivo de los indicadores y poder ajustar las acciones a las oportunidades detectadas, el Ministerio aportará las herramientas y cuestionarios necesarios para este fin.

3. Aportaciones económicas o acciones complementarias.

Año 2009

MITYC

80.000,00 €

CA

179.702,00 €

Total

259.702,00 €

4. Justificación de las inversiones y su plazo.

La justificación de las inversiones se realizará dentro del periodo de vigencia de esta adenda, definido en la cláusula séptima.

Para realizar la justificación de estos importes, el MITyC podrá recabar todas las facturas, justificantes de pago y cualquier otra documentación que estime oportuna.

5. Delegado responsable de la coordinación y seguimiento de la Actuación.

La Dirección General de Tecnologías para la Sociedad de la Información, del Gobierno de Aragón.

Actuación 03.–Implantación de las TIC en empresas

1. Descripción y Objetivos que pretende alcanzar el desarrollo de la actuación.

DESCRIPCIÓN

Se incluyen las siguientes actuaciones:

Apoyo al asesoremiento personalizado a la pyme en el uso de las TIC, a través al proyecto SATI Pymes (Servicio de Asesoramiento en Tecnologías de la Información para pymes), gestionado por las Cámaras de Comercio e Industria aragonesas.

Apoyo a la implantación en las pymes de soluciones TIC de caracter sectorial, mediante encomienda al Instituto Tecnológico de Aragón.

Acciones de promoción y difusión en el ámbito de las TIC dirigidas a empresas, y especialmente a pymes.

Acciones de análisis y seguimiento de la competitividad de las pymes en el canal de internet.

OBJETIVOS

La implantación, promoción y difusión de las tecnologías de la información y las comunicaciones en las empresas aragonesas.

2. Medición con indicadores al final del desarrollo.

Número de consultas atendidas desde el SATI.

Número de acciones de diagnóstico realizadas.

N.º de eventos realizados.

Para poder hacer un seguimiento efectivo de los indicadores y poder ajustar las acciones a las oportunidades detectadas, el Ministerio aportará las herramientas y cuestionarios necesarios para este fin.

3. Aportaciones económicas o acciones complementarias.

Año 2009

MITYC

219.229,00 €

CA

8.000,00 €

Total

227.229,00 €

4. Justificación de las inversiones y su plazo.

La justificación de las inversiones se realizará dentro del periodo de vigencia de esta adenda, definido en la cláusula séptima.

Para realizar la justificación de estos importes, el MITyC podrá recabar todas las facturas, justificantes de pago y cualquier otra documentación que estime oportuna.

5. Delegado responsable de la coordinación y seguimiento de la Actuación.

La Dirección General de Tecnologías para la Sociedad de la Información, del Gobierno de Aragón.

Actuación 04.–Apoyo al desarrollo del sector TIC

1. Descripción y Objetivos que pretende alcanzar el desarrollo de la actuación.

DESCRIPCIÓN

Actuaciones que contribuyan a la mejora de la calidad y la competitividad del sector TIC.

OBJETIVOS

Apoyo al sector TIC.

2. Medición con indicadores al final del desarrollo.

Para poder hacer un seguimiento efectivo de los indicadores y poder ajustar las acciones a las oportunidades detectadas, el Ministerio aportará las herramientas y cuestionarios necesarios para este fin.

3. Aportaciones económicas o acciones complementarias.

Año 2009

MITYC

0,00 €

CA

140.000,00 €

Total

140.000,00 €

4. Justificación de las inversiones y su plazo.

La justificación de las inversiones se realizará dentro del periodo de vigencia de esta adenda, definido en la cláusula séptima.

Para realizar la justificación de estos importes, el MITyC podrá recabar todas las facturas, justificantes de pago y cualquier otra documentación que estime oportuna.

5. Delegado responsable de la coordinación y seguimiento de la Actuación.

La Dirección General de Tecnologías para la Sociedad de la Información, del Gobierno de Aragón.

Actuación 05.–Estudio, análisis y seguimiento del desarrollo TIC en Aragón

1. Descripción y Objetivos que pretende alcanzar el desarrollo de la actuación.

DESCRIPCIÓN

Transcurridos tres años desde la aprobación el 24 de enero de 2006 del I Plan Director para el desarrollo de la Sociedad de la Información en la Comunidad Autónoma de Aragón, se está terminando de elaborar un segundo Plan Director que, a partir de la experiencia acumulada y teniendo en cuenta el entorno actual, plantea las estrategias y objetivos para los próximos años.

Por otro lado, un adecuado seguimiento del desarrollo de la sociedad de la información requiere la realización de los correspondientes estudios. Estos estudios se realizan en su mayor parte a través del Observatorio Aragonés de la Sociedad de la Información.

OBJETIVOS

Realizar la planificación estratégica del desarrollo de la Sociedad de la Información para Aragón.

Disponer de estudios y datos fiables sobre la implantación y repercusiones de las nuevas tecnologías en la sociedad aragonesa.

2. Medición con indicadores al final del desarrollo.

Número de estudios realizados.

Para poder hacer un seguimiento efectivo de los indicadores y poder ajustar las acciones a las oportunidades detectadas, el Ministerio aportará las herramientas y cuestionarios necesarios para este fin.

3. Aportaciones económicas o acciones complementarias.

Año 2009

MITYC

11.000,00 €

CA

125.000,00 €

Total

136.000,00 €

4. Justificación de las inversiones y su plazo.

La justificación de las inversiones se realizará dentro del periodo de vigencia de esta adenda, definido en la cláusula séptima.

Para realizar la justificación de estos importes, el MITyC podrá recabar todas las facturas, justificantes de pago y cualquier otra documentación que estime oportuna.

5. Delegado responsable de la coordinación y seguimiento de la Actuación.

La Dirección General de Tecnologías para la Sociedad de la Información, del Gobierno de Aragón.

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