Visto el expediente de indulto de don José Luis Castillo Tejero, condenado por la Sala Segunda de lo Penal del Tribunal Supremo, en sentencia de 22 de abril de 2004, resolutoria del recurso de casación interpuesto contra otra de la Audiencia Provincial de Málaga, sección tercera, como autor de un delito contra la Hacienda Pública, a la pena de dos años, cuatro meses y un día de prisión menor y multa de 20.108.776 de pesetas, con las accesorias de suspensión de todo cargo público y derecho de sufragio durante el tiempo de la condena por hechos cometidos en los años 1988-1990 en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 4 de diciembre de 2009,
Vengo en conmutar a don José Luis Castillo Tejero la pena privativa de libertad impuesta por otra de un año de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde la publicación del real decreto.
Dado en Madrid, el 4 de diciembre de 2009.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
FRANCISCO CAAMAÑO DOMÍNGUEZ
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