El palacio y la ermita de Prelo, en el concejo de Boal, fueron declarados bien de interés cultural, con la categoría de monumento, mediante Orden de 17 de junio de 1982 del Ministerio de Cultura.
En aplicación de lo dispuesto en la Disposición transitoria segunda de la Ley del Principado de Asturias 1/2001, de 6 de marzo, de Patrimonio Cultural, se consideró conveniente proceder a delimitar un entorno de protección para estos inmuebles. Así, mediante Resolución de 5 de febrero de 2008 de la Consejería de Cultura y Turismo se procedió a delimitar provisionalmente un entorno de protección.
Con posterioridad a esa Resolución se ha seguido la tramitación regulada en la Ley de Patrimonio Cultural de Asturias. Se cuenta con informes favorables de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Asturias, la Real Academia de la Historia, y la Real Academia de Bellas Artes de San Fernando.
Igualmente, mediante Resolución de 3 de noviembre de 2008, publicada en el Boletín Oficial del Principado de Asturias de fecha 28 de noviembre de 2008, se abría un período de información pública.
El Consejo del Patrimonio Cultural de Asturias informó favorablemente, en su reunión del 29 de octubre de 2009, la propuesta inicial de delimitación del entorno de protección de estos inmuebles.
Cumplimentados, pues, los trámites exigidos por la Ley en la instrucción del expediente, procede culminar el procedimiento de conformidad con lo dispuesto en los artículos 10 y siguientes y la Disposición transitoria primera de la Ley del Principado de Asturias 1/2001, de 6 de marzo, de Patrimonio Cultural, y así, a propuesta de la Consejera de Cultura y Turismo, y previo acuerdo del Consejo de Gobierno en su reunión de 27 de enero de 2010,
DISPONGO:
Se procede a delimitar el entorno de protección del palacio y ermita de Prelo, en el concejo de Boal, según la descripción complementaria que se hace constar en el anexo I que se adjunta y que forma parte del presente decreto.
Dado en Oviedo, a 27 de enero de 2010.—El Presidente del Principado, Vicente Álvarez Areces.—La Consejera de Cultura y Turismo, Mercedes Álvarez González.
(Publicado en el «Boletín Oficial del Principado de Asturias» número 31, de 8 de febrero de 2010.)
I. Datos sobre el bien objeto de la declaración
1. Denominacion: Palacio y ermita de Prelo.
2. Localización:
a) Comunidad Autónoma: Principado de Asturias.
b) Provincia: Asturias.
c) Municipio: Boal.
d) Lugar: Prelo.
II. Entorno de protección
La presente delimitación literal está realizada sobre la base del catastro de Boal. Se incluyen en el entorno de protección del Palacio y ermita de Prelo los terrenos comprendidos dentro del perímetro delimitado por los siguientes puntos:
Polígono 52
1-2 Parte del extremo NO de la subparcela 567a en sentido de las agujas del reloj, hasta el extremo NE de la misma.
2-3 Segmento virtual en perpendicular al margen opuesto de la carretera AS-35 (parcela 9001).
Polígono 69
3-4 Por el margen de la carretera AS-35 (parcela 9001), limita con las parcelas 71a, 72 y 73 hasta el punto donde se encuentra con la carretera (parcela 9004).
4-5 Por el margen de la carretera (parcela 9004), que limita con las parcelas 73, 198a y 198b, hasta el extremo SE de la subparcela 198b.
Polígono 51
5-6 Límite E de las subparcelas 198a y 198b, con las subparcelas 200b, 211b, 211a y 211 c.
6-7 Límite entre la subparcela 211c con las parcelas 273 y 274.
7-8 Segmento virtual cruzando en perpendicular la carretera (parcela 9003) hasta su encuentro con la subparcela 277a.
8-9 Límite entre la subparcela 277a y las parcelas 9003 y 342.
9-10 Límite N de la parcela 342, limitando con las subparcela 279d y las parcelas 248 y 249.
10-11 Límite N de la subparcela 247a, limitando con la parcela 248 y la subparcela 247b, hasta el camino (parcela 9014).
11-12 Límite entre la subparcela 251b y el camino, (parcela 9014).
Polígono 49
12-13 Segmento virtual trazado en perpendicular al extremo SE de la parcela 251b, atravesando el camino, (parcela 9013), hasta el margen opuesto del mismo.
13-14 Límite del camino, (parcela 9013), con las parcelas 176 y 175.
14-15 Límite S de la subparcela 166a con la parcela 9017 y la subparcela 166b.
15-16 Límite S de la parcela 167, limitando con las subparcelas 166b y 799a, hasta el camino, (parcela 9017).
16-17 Límite entre la parcela 9017 y las parcelas 167, 800 y 141.
17-18 Límite entre la parcela 10141 y las parcelas 9017 y 9011.
18-19 Límite entre la parcela 144 y la parcela 9011, hasta la perpendicular al extremo NE de la subparcela 139b.
19-20 Segmento virtual trazado en perpendicular al extremo NE de la subparcela 139b.
20-21 Límite entre la parcela 119 y la subparcela 139b.
21-22 Límite entre la parcela 118 y las parcelas 828 y 9017 y la subparcela 139b.
22-23 Segmento virtual trazado en perpendicular al margen opuesto de la carretera (parcela 9021).
23-24 Límite entre la parcela 9021 y las parcelas 116, 126 y 123.
24-25 Límite que divide las subparcelas 121a y 121b.
25-26 Límite entre el camino, (parcela 9008) y la parcela 9019 y la subparcela 121a.
Polígono 51
26-27 Límite entre la parcela 9019 y las parcelas 235 y 234.
27-28 Límite entre la parcela 254 con las subparcelas 322a, 322b, 232a y 232b.
28-29 Límite entre la parcela 231 con la parcela 229 y las subparcelas 232a y 232b.
29-30 Límite S de la parcela 229 con las parcelas 228 y 227.
30-31 Límite O de la parcela 227 con la carretera, (parcela 9006), hasta la perpendicular con el extremo NE de la parcela 220.
31-32 Segmento virtual trazado en perpendicular al extremo NE de la parcela 220, atravesando la carretera (parcela 9006).
32-33 Límite N de las parcelas 220 y 221 con la carretera, (parcela 9006), hasta la perpendicular con el extremo S de la subparcela 145a.
33-34 Segmento virtual trazado en perpendicular al extremo S de la subparcela 145a atravesando la carretera (parcela 9006).
34-35 Límite entre la subparcela 145b y las parcelas 146, 147 y 148 y las subparcelas 145a, hasta el extremo NE de la parcela 10144.
35-36 Límite N de las parcelas 10144 y 143b que limita con las parcelas 148, 149 y las subparcelas 341b, 150b, 151b, 152b, 154b, 155b, 156b, 157b, 158b, y 143a, hasta el extremo NO de la subparcela 143b.
36-37 Segmento virtual trazado en perpendicular a la carretera, (parcela 9001), hasta el margen opuesto. Limite de la parcela 181 con la carretera, (parcela 9001) y la parcela 178.
37-38 Límite de la parcela 181 con la carretera, (parcela 9001) y la parcela 178.
Polígono 52
38-39 Segmento virtual trazado en perpendicular a la carretera, (parcela 9013), hasta el margen opuesto.
39-40 Límite de las subparcelas 183c y 183a con las parcelas 179, 182, 184b, 184a y 618.
40-41 Límite entre la parcela 619 con las parcelas 618 y 10598.
41-42 Segmento virtual uniendo el extremo NO de la parcela 619, atravesando el camino, (parcela 9013), con el extremo SE de la subparcela 190a.
42-43 Límite S de la subparcela 190a con la parcela 598.
43-44 Límite S de la parcela 575 con las parcelas 598 y 597.
44-45 Límite N de la parcela 597 con el camino, (parcela 9013).
45-46 Límite N de la parcela 595 con el camino, (parcela 9013) hasta la perpendicular con el extremo SO de la subparcela 578b.
46-47 Segmento virtual trazado en perpendicular al extremo SO de la parcela 578b, atravesando el camino (parcela 9013).
47-48 Límite O de las subparcelas 578a y 578b con las parcelas 579, 580 y 582, hasta el extremo SO de la parcela 581.
48-49 Límite O de la parcela 581, limitando con las parcelas 582, 589, 588, 583, 587, 584 y 585, hasta el extremo NO de la parcela 581.
49-50 Segmento virtual uniendo el extremo NO de la parcela 581, atravesando la carretera (parcela 9004), con el extremo SO de la subparcela 567a.
50-1 Límite O de la subparcela 567a con la subparcela 566b.
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III. DATOS ADMINISTRATIVOS
1. Expediente CPCA 1946/05.
2. Incoación del expediente.
a) Fecha de incoación: 5 de febrero de 2008.
b) Fecha de notificación de la incoación:
c) Fecha de publicación:
Boletín Oficial del Principado de Asturias: 14 de marzo de 2008
Boletín Oficial del Estado: 10 de abril de 2007
d) Fecha de comunicación al Registro General de Bienes de Interés Cultural: 22 de febrero de 2008.
3. Instrucción:
a) Instituciones que han emitido informe favorable:
Real Academia de Bellas Artes de San Fernando
Real Academia de la Historia
Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio (CUOTA).
b) Fecha y «Diario Oficial» en que se publica la apertura del período de información pública y duración del mismo: BOPA: de 3 de noviembre de 2008. Duración 20 días hábiles.
c) Ayuntamiento oído en el expediente: Ayuntamiento de Boal.
d) Acuerdo favorable a la declaración del Pleno del Consejo de Patrimonio Cultural de Asturias de fecha 28 de octubre de 2009.
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