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Documento BOE-A-2010-4029

Resolución de 3 de febrero de 2010, de la Secretaría de Estado de Turismo, por la que se publica el Convenio de colaboración, entre el Instituto de Turismo de España y la Comunidad Autónoma de Andalucía, para prestar apoyo económico a las actividades del Consorcio Desarrollo y Turismo de la Costa del Sol Occidental.

Publicado en:
«BOE» núm. 60, de 10 de marzo de 2010, páginas 24393 a 24398 (6 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria, Turismo y Comercio
Referencia:
BOE-A-2010-4029

TEXTO ORIGINAL

De acuerdo con lo previsto en el artículo 8.2 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del Convenio de colaboración entre el Instituto de Turismo de España (Ministerio de Industria, Turismo y Comercio) y la Comunidad Autónoma de Andalucía para prestar apoyo económico a las actividades del Consorcio Desarrollo y Turismo de la Costa del Sol Occidental, cuyo texto figura a continuación.

En consecuencia resuelvo ordenar la publicación del precitado Convenio en el Boletín Oficial del Estado.

Madrid, 3 de febrero de 2010.–El Secretario de Estado de Turismo, Joan Mesquida Ferrando.

Convenio de colaboración entre el Instituto de Turismo de España y la Comunidad Autónoma de Andalucía, para prestar apoyo económico a las actividades del Consorcio Desarrollo y Turismo de la Costa del Sol Occidental

En Madrid, a 17 de diciembre de 2009.

REUNIDOS

El Secretario de Estado de Turismo, don Joan Mesquida Ferrando, en nombre y representación del Instituto de Turismo de España (en adelante TURESPAÑA), en calidad de Presidente, en virtud de la competencia que le asignan el Real Decreto 561/2009, de 8 de abril, que aprueba el Estatuto del Instituto de Turismo de España.

El Consejero de Turismo, Comercio y Deporte don Luciano Alonso Alonso, en representación de la Comunidad de Andalucía, en virtud de los dispuesto en el Decreto 4/2009, de 23 de abril, por el que se le designa para tal cargo y en el artículo 21.2 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

EXPONEN

Primero.–El «Plan de Turismo Español 2008-2012», aprobado por el Consejo Español de Turismo, la Conferencia Sectorial de Turismo y el Consejo de Ministros entre los días 7 y 8 de noviembre de 2007, tiene como objetivo primordial incrementar la competitividad y sostenibilidad del conjunto del sistema turístico español a fin de que siga siendo un elemento decisivo para la mejora del bienestar social en nuestro país.

Uno de los programas del Plan 2008-2012 persigue impulsar la recualificación integral de aquellos de nuestros destinos turísticos que se encuentren en una fase de madurez más avanzada. El objetivo, en estos casos, es adaptar dichos destinos maduros a los nuevos requerimientos de demanda a fin de que puedan generar mayores beneficios económicos, sociales y medioambientales.

La puesta en práctica de este programa de recualificación integral de destinos maduros persigue, a su vez, la consecución de tres objetivos operativos: En primer lugar, generar un potente efecto demostración a través de proyectos de reconversión o modernización integral de destinos maduros con proyección internacional, con el propósito de lograr el mayor impacto posible y consolidar un modelo turístico de futuro. En segundo lugar, impulsar programas de actuación especiales sobre áreas o problemáticas específicas de destinos turísticos maduros que repercutan en la mejora de su binomio competitividad-sostenibilidad. Y, en tercer lugar, impulsar modelos de reforma y rehabilitación de la oferta turística, tanto de alojamiento como complementaria, en aplicación de las directrices de especialización y diferenciación.

Segundo.–En 2007 la Junta de Andalucía promulgó el Decreto 78/2007, de 20 de marzo, por el que se aprueba el Programa de Recualificación de Destinos de la Costa del Sol Occidental de Andalucía, «Plan Qualifica». Su objetivo general es aumentar la calidad y competitividad del destino Costa del Sol Occidental, mediante el diseño de estrategias basadas en la rehabilitación cualitativa del patrimonio y del espacio turístico, bajo las premisas de sostenibilidad y rentabilidad socioeconómica, y apostar por la diferenciación frente a la estandarización.

Tercero.–Por lo que respecta a su ámbito de actuación, el Plan Qualifica abarca la franja costera que ocupan los municipios malagueños de Torremolinos, Benalmádena, Fuengirola, Mijas, Marbella, Estepona, Casares y Manilva. Como es notorio, este área constituye desde hace décadas un destino consolidado, el primer destino turístico de Andalucía y otro referente incuestionable en el plano internacional de la oferta turística española.

Cuarto.–Debido a la importancia que dicha franja supone para el conjunto de la oferta turística española, la Administración General del Estado, la Junta de Andalucía, las entidades locales involucradas y los actores sociales más representativos (Confederación de Empresarios de Andalucía, UGT-Andalucía y CCOO-Andalucía), firmaron el pasado 15 de septiembre de 2008 un Convenio para la constitución del Consorcio Desarrollo y Turismo de la Costa del Sol Occidental. Según la cláusula segunda del Convenio, el objetivo del Consorcio será articular la cooperación económica, técnica y administrativa entre los distintos organismos firmantes a fin de ejercer de forma conjunta y coordinada las competencias que les corresponden en materia de gestión, desarrollo y consolidación de la competitividad de la Costa del Sol como destino turístico.

Quinto.–Los firmantes coinciden en la conveniencia de dotar al consorcio de un mayor impulso económico con el fin de dotarle de recursos suficientes para hacer frente a los fines y obligaciones que se deriven de la ejecución del Programa de Actuaciones del Consorcio.

A tal efecto, firmaron el pasado 16 de diciembre de 2008 un Convenio de Colaboración para prestar apoyo a las actividades del Consorcio comprometiendo aportaciones por un total de 5.600.000 euros a realizar en el ejercicio 2008 en el caso de Turespaña y en los ejercicios 2008 y 2009, en el caso de la Consejería de Turismo, Comercio y Deporte de la Junta de Andalucía.

Sexto.–Que, dada la importancia que el turismo tiene para la economía nacional, es obligación de las Administraciones públicas mantener y mejorar la competitividad del sector, y asegurar que siga siendo una fuente fundamental de riqueza, generación de empleo y bienestar social de los ciudadanos. En este sentido, la participación de la Administración General del Estado en este proyecto conjunto se basa en los artículos 149.1.13.ª de la Constitución, que le atribuye competencia para establecer las bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica, y en el artículo 149.1.24.ª que dispone que corresponde al Estado la competencia exclusiva sobre las obras públicas de interés general y la de la Junta de Andalucía en el artículo 71 de la L.O. 2/2007, de 19 de marzo, de Reforma del Estatuto de Autonomía de Andalucía.

En consecuencia, las Administraciones comparecientes, sin renuncia a sus competencias específicas,

ACUERDAN

Primera. Régimen de las aportaciones.–Las Administraciones participantes se comprometen, en el ámbito de sus respectivas competencias, a realizar una aportación económica total de 4.000.000 euros al Programa de recualificación turística de la Costa del Sol occidental (Qualifica) con destino exclusivo a la ejecución de las inversiones reales que se detallan en el anexo a este Convenio.

Cada una de las partes firmantes realizará una aportación de 2.000.000 € al mencionado Programa con cargo a las siguientes partidas presupuestarias:

a) La aportación de la Secretaría de Estado de Turismo se realizará con cargo a la aplicación presupuestaria 20.208.432A.762 correspondiente al ejercicio 2009.

b) La aportación de la Comunidad Autónoma de Andalucía se realizará con cargo a la partida presupuestaria 01170001007453275B correspondiente al ejercicio 2009.

Las aportaciones se realizarán al Consorcio Desarrollo y Turismo de la Costa del Sol Occidental.

Cualquiera de las dos administraciones firmantes podrá compeler el cumplimiento del presente Convenio a aquélla que no hiciera efectiva la aportación prevista en la presente cláusula y, de persistir el incumplimiento, además de la facultad de resolver unilateralmente el Convenio, podrá exigir el reintegro de la cantidad efectivamente transferida, desde la cuenta prevista en la cláusula siguiente.

Segunda. Entrega de fondos.–La entrega de fondos al Consorcio Desarrollo y Turismo de la Costa del Sol Occidental, para su empleo en las actividades que se financien con cargo a estas aportaciones podrá realizarse una vez firmado el presente Convenio. Dicha entrega deberá realizarse en una cuenta bancaria (finalista) destinataria de los fondos, abierta por el Consorcio Desarrollo y Turismo de la Costa del Sol Occidental, con el fin de permitir su seguimiento por las Administraciones firmantes del presente Convenio.

La cuenta bancaria donde se depositen los fondos recibidos de la subvención se destinará en exclusiva al depósito de esos fondos, a su aplicación a los gastos previstos en la Cláusula Tercera de este Convenio, o en caso, a la realización de los reintegros que procedan de acuerdo con la Cláusula Cuarta. En dicha cuenta no se podrán producir cargos o abonos por conceptos distintos a los señalados y por tanto no se incluirán en la misma los ingresos financieros, costes de gestión o transferencias, o intereses de demora, los cuales de producirse se aplicarán sobre otras cuentas bancarias del Consorcio.

En ningún caso los fondos recibidos se considerarán integrantes del patrimonio del Consorcio.

Tercera. Destino de las aportaciones.–Una vez transferidas las aportaciones, las administraciones firmantes, verificarán su destino a la realización de las actividades que se recogen en el anexo a este Convenio y que se encuadran en las líneas estratégicas enumeradas en el anexo al Protocolo General de 11 de febrero de 2008 (BOE de 11 de marzo de 2008):

Dicha verificación deberá realizarse a través de la Comisión de Seguimiento del Plan Qualifica, de acuerdo con lo establecido en la Cláusula Segunda del Protocolo General de Colaboración firmado por las partes firmantes el 11 de febrero de 2008.

Las actividades financiadas habrán de realizarse dentro de los dos años siguientes a la fecha de la realización de las aportaciones, salvo que por razones justificadas, y con la aquiescencia de las partes firmantes del presente Convenio, se conceda una prórroga para aquellas actuaciones cuya ejecución finalice con posterioridad a dicho plazo, previa constitución por parte del consorcio de una garantía por la cuantía total de las inversiones pendientes más intereses.

Cuarta. Reintegro de las aportaciones.–Las partes exigirán al Consorcio el reintegro total o parcial de la cantidad percibida, con el interés de demora correspondiente, en caso de inejecución de las actividades objeto de financiación.

En caso de incumplimiento parcial, siempre que se aprecie que el grado de cumplimiento se aproxima significativamente al cumplimiento total, las administraciones concedentes podrán determinar la cantidad a reintegrar por el Consorcio, con atención al principio de proporcionalidad en función de los costes justificados y las actuaciones acreditadas.

Quinta. Naturaleza del Convenio.–El presente convenio tiene la naturaleza de los previstos en el artículo 4.1.c) de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, y se realiza al amparo de los artículos 6, 7 y 9 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sexta. Efectos y vigencia.–El presente Convenio desplegará efectos desde su firma y hasta la efectiva realización, aplicación, justificación, de las aportaciones que se contemplan en el mismo, de acuerdo con los plazos dispuestos en la Cláusula Tercera, con independencia de la continuidad del Consorcio, y sin perjuicio de las posibles prórrogas que puedan acordar las partes firmantes.

Séptima. Resolución de controversias.–La Jurisdicción Contencioso-Administrativa será la competente para resolver las cuestiones litigiosas que pudieran suscitarse entre las Partes, en el desarrollo del presente Convenio, dada la naturaleza administrativa de éste.

Y en prueba de conformidad lo firman en el lugar y fecha arriba indicados.

ANEXO
Avance de actuaciones 2009

El Consorcio «Desarrollo y Turismo de la Costa del Sol Occidental» tiene como fin primordial llevar a cabo una intervención integral en la Costa del Sol incidiendo positivamente en la competitividad y la innovación, garantizando un desarrollo sostenible del destino, en el marco del vigente Plan de Recualificación del destino Costa del Sol Occidental «Plan Qualifica»... [art. 3.1.a) de los Estatutos del Consorcio].

Los retos que establece el Plan Qualifica se plasmaron finalmente en 9 estrategias para su consecución. El Consorcio valida las mismas asumiéndolas como propias e integrándolas en su plan de acción dentro de las siguientes áreas temáticas:

I. Área de centros y espacios turísticos.

II. Área de litoral y medio ambiente.

III. Área de información turística.

IV. Área de empresa y producto turístico.

V. Área de recursos humanos y empleo.

Área de centros y espacios turísticos.

El objetivo fundamental de esta área es el de revitalizar los entornos urbanos convirtiéndolos en un elemento diferenciador del destino capaz de generar flujos turísticos, de forma que se conviertan en un elemento dinamizador de la actividad económica.

Las actuaciones previstas a ejecutar en 2009 para alcanzar dicho objetivo son las siguientes:

Programa de Señalización Turística de la Costa del Sol Occidental.

El objetivo del programa de señalización es clarificar, homogeneizar y sistematizar la señalización turística de la Costa del Sol, para potenciar y poner en valor su oferta turística.

Se ha realizado un diagnóstico previo de la situación actual respecto a las necesidades de señalización de los puntos de interés turísticos de la Costa del Sol y se está trabajando contando con los Ayuntamientos para finalmente consensuar un manual básico con los criterios y parámetros de diseño que definirán la señalización integral de toda la comarca. La primera fase se centrará en la señalización de la parte más céntrica de los cascos urbanos.

Coste estimado: 2.500.000 €.

Área de información turística.

El objetivo es conseguir la implantación de un nuevo sistema de información turística de acuerdo con las necesidades del turista actual. Para ello se persigue el acercamiento de las nuevas tecnologías a la actividad turística en general, facilitando su difusión, adaptación e implementación dentro de las entidades públicas y del sector privado.

En este sentido se han previsto las siguientes actuaciones:

Modernización del equipamiento de información turística.

Con esta actuación se busca mejorar el sistema de atención al público y dotarlo del equipamiento tecnológico (hardware) necesario para prestar un servicio de calidad adaptado a las exigencias del mercado turístico actual.

Integrará pantallas interactivas que permitan acceder a los contenidos de información turística desde el exterior. De esta forma se contará con el equipamiento informático que demandan las nuevas tecnologías aplicadas al turismo.

Coste estimado: 450.000 €.

Programa de información integral del destino Costa del Sol: desarrollo de material informativo y de medios innovadores.

Con desarrollo de las nuevas funcionalidades en software libre de la Plataforma Inteligente de Información Turística para la Costa del Sol Occidental se posibilitará la mejora del sistema de información de la Costa del Sol a través del uso compartido de una base de datos basada con información georreferenciada y fácilmente actualizable. Se busca poner en red y ampliar la información turística a través de una plataforma de gestión que permite numerosas aplicaciones al servicio del profesional y el turista.

Tras una primera fase desarrollada en el primer semestre 2009, el proyecto continúa con el desarrollo de una serie de aplicaciones tales como la creación de un boletín y periódico digital, cuaderno de viaje y planificador de viaje y herramientas para la comercialización de productos tangibles e intangibles de la Costa del Sol.

Además, tras una primera fase ya en realización de homogeneización de información turística se podrá desarrollar un paquete de material informático y medios innovadores como pueden ser: publicaciones periódicas de eventos, folleto digital inteligente, marketing viral o creación de una biblioteca multimedia entre otros.

La adecuada implantación de este nuevo sistema de información turística puede ser elemento clave en el desarrollo y lanzamiento de futuras campañas de publicidad, difusión y reposicionamiento de la imagen del destino Costa del Sol.

Coste estimado: 550.000 €.

Área de empresa y producto turístico.

El principal objetivo de esta área es mejorar la competitividad del destino Costa del Sol, mediante la modernización de la empresa turística y la articulación y cooperación público-privada para avanzar en la diferenciación y diversificación del producto turístico Costa del Sol.

Programa para la adaptación y adecuación de la empresa a los nuevos canales de promoción y comercialización turística.

Se trata de, partiendo de la realidad de las diferentes tipologías de empresas relacionadas directamente con la actividad turística, facilitar la incorporación de las mismas a los nuevos canales de promoción y comercialización turística basados en el uso de las nuevas tecnologías. En este punto tenemos los siguientes apartados:

Integración de medios de pago.

Sistemas de reservas.

Formación.

Sistema de comercialización.

Coste estimado: 250.000 €.

Programa de potenciación de nuevos productos emergentes.

Se trata de impulsar la coordinación y el trabajo conjunto de las empresas y demás agentes implicados en los distintos segmentos turísticos que conforman la oferta complementaria de la Costa del Sol: Golf, Salud y belleza, de Ocio Gastronómico, Social, turismo de Reuniones, Cultural y de Flamenco, de actividades nocturnas y celebración de eventos turísticos…

Se propiciará la creación de nuevos productos e instrumentos así como formas de trabajo que consigan hacer efectiva la difusión y comercialización de dichos productos, evitando con ello la pérdida de autenticidad del destino y contribuyendo a la diferenciación y diversificación del producto Costa del Sol.

Se propone comenzar una primera fase que afectaría a la oferta en Golf, Salud y belleza, Deporte náutico y Centros de Ocio.

Coste estimado: 250.000 €.

Total avance actuaciones 2009: 4.000.000 €.

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