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Documento BOE-A-2010-4903

Resolución de 25 de agosto de 2009, de la Consejería de Cultura y Turismo, por la que se aprueba el entorno de protección provisional para los Abrigos de Fresnedo, en Teverga.

Publicado en:
«BOE» núm. 72, de 24 de marzo de 2010, páginas 28548 a 28551 (4 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma del Principado de Asturias
Referencia:
BOE-A-2010-4903

TEXTO ORIGINAL

Los Abrigos de Fresnedo, sitos en el concejo de Teverga, fueron declarados Bien de Interés Cultural en aplicación del artículo 40.2 de la Ley 16/85, de 16 de junio, de Patrimonio Histórico Español. Se trata de un conjunto de abrigos situados en los paredones verticales de la garganta que corta las calizas por las que discurre el río Valdesampedro o río Páramo. Son estos abrigos los de Cochantoria, la Cuesta el Paso, del Ganado, de Trechacueva y la cueva del Ganado, contando todos ellos con representaciones pictóricas de arte esquemático, principalmente a base de carpidos y figuras antropomorfas realizadas en color rojo sobre techos y paredes.

Ahora, y en aplicación de lo dispuesto en la Disposición Transitoria Segunda de la Ley del Principado de Asturias 1/2001, de 6 de marzo, de Patrimonio Cultural, se considera conveniente proceder a delimitar un entorno de protección para el conjunto de los abrigos de Fresnedo.

Visto el acuerdo del Consejo del Patrimonio Cultural de Asturias de fecha 13 de abril de 2009 por el que se informa favorablemente la propuesta de incoación de expediente administrativo para la definición de un entorno de protección para estos entornos.

Vistas la Ley 1/2001, de 6 de marzo de Patrimonio Cultural; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; la Ley 2/1995, de 13 de marzo, sobre Régimen Jurídico de la Administración del Principado de Asturias; la Ley 6/1984, de 5 de julio, del Presidente y del Consejo de Gobierno del Principado de Asturias, modificada por la Ley 15/99 de 15 de julio y demás disposiciones de aplicación, resuelvo:

Primero.–Incoar expediente administrativo para fijar un entorno de protección para los Abrigos de Fresnedo, en el concejo de Teverga.

Segundo.–Establecer un entorno provisional para los Abrigos de Fresnedo, según la descripción literal y gráfica que se publica como Anexo a la presente Resolución.

Tercero.–Que este acuerdo se notifique al Registro General de Bienes de Interés Cultural de la Administración del Estado y se proceda a su publicación en el Boletín Oficial del Principado de Asturias y en el Boletín Oficial del Estado.

Oviedo, 25 de agosto de 2009.–La Consejerera de Cultura y Turismo, Mercedes Álvarez González.

ANEXO I
Delimitación literal del entorno de protección

Para definir el área que comprende la delimitación, se ha dispuesto de la información catastral correspondiente a los polígonos 019, 020 y 021 del catastro de rústica del término municipal de Teverga en formato digital, facilitada por la Delegación Territorial del Catastro.

El entorno de protección comprende el espacio situado dentro del ámbito definido por los siguientes puntos:

1-2 Linde de parcelas de referencia catastral: rústica 00370a y 00370b, polígono 020.

2-3 Linde de parcelas de referencia catastral: rústica 00370b, polígono 020; y 00153, polígono 019.

3-4 Linde de parcela de referencia catastral: rústica 00370b, polígono 020; con camino de referencia catastral 09002, polígono 019.

4-5 Linde de parcelas de referencia catastral: rústica 00370b, polígono 020; y 00148, polígono 019.

5-6 Linde de parcelas de referencia catastral: rústica 00370b, polígono 020; y 00213, polígono 019.

6-7 Linde de parcelas de referencia catastral: rústica 00370b, polígono 020; y 00111, polígono 019.

7-8 Linde de parcelas de referencia catastral: rústica 00370b, polígono 020; y 00112, polígono 019.

8-9 Linde de parcelas de referencia catastral: rústica 00370b, polígono 020; y 00138, polígono 019.

9-10 Linde de parcelas de referencia catastral: rústica 00370b, polígono 020; y 00117, polígono 019.

10-11 Linde de parcelas de referencia catastral: rústica 00370b, polígono 020; y 00128, polígono 019.

11-12 Linde de parcelas de referencia catastral: rústica 00370b, polígono 020; y 00132, polígono 019.

12-13 Linde de parcelas de referencia catastral: rústica 00370b, polígono 020; y 00131, polígono 019.

13-14 Linde de parcelas de referencia catastral: rústica 00370b, polígono 020; y 00135, polígono 019.

14-15 Linde de parcelas de referencia catastral: rústica 00370b, polígono 020; y 00130, polígono 019.

15-16 Linde de parcela de referencia catastral: rústica 00370b, polígono 020; con carretera de Fresnedo (TE-5) de referencia catastral 09003, polígono 018.

16-17 Linde de parcelas de referencia catastral: rústica 00370b y 11371, polígono 020.

17-18 Linde de parcela de referencia catastral: rústica 00370b, polígono 020; con carretera de Fresnedo (TE-5) de referencia catastral 09003, polígono 018.

18-19 Linde de tramos de carretera AS-228 de Turbia a Puerto Ventana de referencia catastral: parcela rústica 09002, polígono 018; con parcela rústica 09004, polígono 020.

19-20 Linde de parcela de referencia catastral: rústica 00462, polígono 021; con carretera AS-228 de Turbia a Puerto Ventana de referencia catastral, parcela 09002, del polígono 018.

20-21 Linde de parcelas de referencia catastral: rústica 00462 y 00258, polígono 021.

21-22 Linde de parcelas de referencia catastral: rústica 00462 y 11462, polígono 021.

22-23 Linde de parcelas de referencia catastral: rústica 00462 y 00261, polígono 021.

23-24 Linde de parcelas de referencia catastral: rústica 00462, polígono 021, con río Páramo (polígono 021/ parcela 09014).

24-25 Linde de parcelas de referencia catastral: rústica 00462 y 00925, polígono 021.

25-26 Linde de parcela de referencia catastral: rústica 00462, polígono 021; con camino de referencia catastral: parcela 09007, del polígono 021.

26. Intersección del linde de parcela de referencia catastral: rústica 00462 (polígono 021), con camino de referencia catastral: parcela 09007 (polígono 021); con Carretera AS-228 de Turbia a Puerto Ventana de referencia catastral, parcela 09004, del polígono 020.

26-27 Segmento virtual perpendicular al eje de la carretera AS-228.

27. Intersección del linde de parcela de referencia catastral: rústica 00370b (polígono 020), con Carretera AS-228 de Turbia a Puerto Ventana de referencia catastral: parcela 09004 (polígono 020); con segmento perpendicular al eje de la carretera AS-228 trazado desde el punto 26.

27-28 Linde de parcela de referencia catastral: rústica 00370b (polígono 020), con Carretera AS-228 de Turbia a Puerto Ventana de referencia catastral, parcela 09004 (polígono 020).

28. Intersección del linde de parcela de referencia catastral: rústica 00370b (polígono 020), con Carretera AS-228 de Turbia a Puerto Ventana de referencia catastral, parcela 09004 (polígono 020); con boca de entrada al túnel sobre dicha carretera.

28-29 Segmento virtual.

29. Vértice: X=740276.9230 Y=4778754.2990 Z= 1075.80 Proyección U.T.M. Huso: 29.

29-30 Segmento virtual.

30. Vértice: X=740664.0090 Y=4778815.4590 Z= 1474.15 Proyección U.T.M. Huso: 29.

30-01 Segmento virtual.

En el caso de límites con carreteras, se entiende que el ámbito protegido llega hasta el límite del ámbito de dominio público de la propia carretera.

Parcelas afectadas por la delimitación:

Catastro de rústica:

Polígono 020: Parcialmente n.º 00370b, y 09004.

Polígono 021: Íntegramente n.º 00462.

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

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