Visto el expediente de indulto de don Hugo Fernando Cortes Hurtado, condenado por la Audiencia Provincial, sección segunda, de Ciudad Real, en sentencia de 3 de marzo de 2008, como autor de un delito contra la salud pública, a la pena de nueve años y un día de prisión, con inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo y multa de 90.000 euros por hechos cometidos en el año 2007 en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 12 de marzo de 2010,
Vengo en indultar a don Hugo Fernando Cortes Hurtado cuatro meses de la pena privativa de libertad impuesta, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años desde la publicación del real decreto.
Dado en Madrid, el 15 de marzo de 2010.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
FRANCISCO CAAMAÑO DOMÍNGUEZ
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