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Documento BOE-A-2010-5929

Resolución de 5 de abril de 2010, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio de colaboración, entre el Ministerio del Interior y la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, para la realización de obras de construcción, conservación, reparación y mejora de distintas Casa-Cuartel de la Guardia Civil en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.

Publicado en:
«BOE» núm. 89, de 13 de abril de 2010, páginas 33078 a 33082 (5 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio del Interior
Referencia:
BOE-A-2010-5929

TEXTO ORIGINAL

Habiéndose suscrito con fecha 23 de diciembre de 2009, el Convenio de colaboración entre el Ministerio del Interior y la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para la realización de obras de construcción, conservación, reparación y mejora de distintas Casas-Cuartel de la Guardia Civil en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho Convenio, que figura como anexo a esta Resolución.

Madrid, 5 de abril de 2010.—La Secretaria General Técnica del Ministerio del Interior, M.ª Ángeles González García.

ANEXO
Convenio de colaboración entre la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y el Ministerio del Interior para la realización de obras de construcción, conservación, reparación y mejora de distintas casas-cuartel de la Guardia Civil en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha

En Madrid a 23 de diciembre de 2009.

REUNIDOS

De una parte el señor Ministro del Interior, don Alfredo Pérez Rubalcaba, nombrado por Real Decreto 436/2008, de 12 de abril, actuando en nombre y representación de la Administración General del Estado —Ministerio del Interior—, según lo previsto en el artículo 13.3 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, y en la disposición adicional decimotercera de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

De otra parte, el señor Presidente de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, don José María Barreda Fontes, nombrado por Real Decreto 921/2004, de 28 de abril, actuando en nombre y representación de la Administración de la Comunidad Autónoma, de acuerdo con las competencias establecidas en el artículo 5.a) de la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha.

Reconociéndose ambas partes capacidad legal suficiente para el otorgamiento de este Convenio y a tal efecto,

MANIFIESTAN

Primero.—Que el principio constitucional de colaboración entre las distintas Administraciones públicas que integran el Estado, así como el de eficacia y eficiencia que deben presidir la actuación de las mismas, implica poner a disposición de cualquiera de ellas los medios que precisen para el mejor ejercicio de sus funciones.

Segundo.—Que la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha es consciente de la labor desarrollada por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, y en concreto por el Cuerpo de la Guardia Civil, colaborando y haciendo posible el ejercicio de competencias propias de la Administración Autonómica.

Por ello, es deseo de esta Comunidad Autónoma favorecer la mejora de las condiciones de vida y trabajo de los miembros de la Guardia Civil, lo que redundará positivamente en la prestación de los servicios de esta institución a todos los ciudadanos castellano-manchegos. Iguales beneficios se producirán, sin duda, respecto de las competencias y funciones de las entidades locales que integran nuestro territorio.

Tercero.—Evidentemente, la protección del orden público pone de manifiesto la importancia de la misión encomendada a la Guardia Civil en la salvaguardia y satisfacción del interés general de los castellano-manchegos. La Comunidad Autónoma, sensible al grave problema de los acuartelamientos y en aras a colaborar en la consecución de un mejor servicio del instituto de la Guardia Civil, ofrece su colaboración para la realización de obras de construcción, conservación, reparación y mejora de las casas-cuartel que se encuentren en condiciones precarias de habitabilidad.

En consecuencia, y en virtud de lo previsto en el Decreto 172/2009, de 3 de noviembre, por el que se regula la concesión directa de una subvención para la construcción, conservación, reparación y mejora de casas cuartel de la Guardia Civil en Castilla-La Mancha, la Administración de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha y el Ministerio del Interior suscriben de mutuo acuerdo el presente Convenio, que se desarrollará con arreglo a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto.—El objeto del presente Convenio es establecer el régimen de colaboración entre la Administración de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha y el Ministerio del Interior, para promover la mejora en las condiciones de vida del personal de la Guardia Civil mediante aportaciones destinadas a la realización de las obras necesarias de construcción, conservación, reparación y mejora de las casas-cuartel de la Guardia Civil que se encuentren en condiciones precarias de habitabilidad, en la medida en que su asentamiento en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma conlleva una mejora en la calidad de vida de los castellano-manchegos y una gestión más eficaz y eficiente de las Administraciones Públicas en el cumplimiento de sus competencias y funciones.

Segunda. Actuaciones a realizar por la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.—La Comunidad Autónoma realizará las actuaciones oportunas para conceder al Ministerio del Interior, Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil (ámbito Guardia Civil) una subvención de tres millones de euros (3.000.000 de euros), como máximo, subvención que supondrá un 50 por 100 de las obras que la Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil (ámbito Guardia Civil), pudiere justificar en cumplimiento de este Convenio.

La distribución por anualidades de esta aportación de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha se realizará de la siguiente manera:

Año 2010: Setecientos cincuenta mil euros (750.000 euros).

Año 2011: Setecientos cincuenta mil euros (750.000 euros).

Año 2012: Setecientos cincuenta mil euros (750.000 euros).

Año 2013: Setecientos cincuenta mil euros (750.000 euros).

Dichos gastos se imputarán a la partida presupuestaria 2206.221A.73000 de los Presupuestos Generales de Castilla-La Mancha para los ejercicios correspondientes.

Al tratarse de un Convenio de carácter plurianual, las aportaciones de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para los ejercicios 2010, 2011, 2012 y 2013 quedan condicionadas a la existencia de crédito adecuado y suficiente en los Presupuestos de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para dichos ejercicios, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 48 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre.

Tercera.–Actuaciones a realizar por el Ministerio del Interior, Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil (ámbito Guardia Civil).

Apartado 1. Obligaciones relativas a la subvención concedida por la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.—El Ministerio del Interior, Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil (ámbito Guardia Civil), justificará cada año, de conformidad con lo establecido en el Decreto 172/2009, de 3 de noviembre, por la que se regula la concesión directa de una la subvención, para la realización de obras de construcción, conservación, reparación y mejora de casas-cuartel de la Guardia Civil en Castilla-La Mancha por un importe total máximo durante la vigencia del presente Convenio de tres millones de euros (3.000.000 de euros), con los siguientes importes máximos por anualidades:

Año 2010: Setecientos cincuenta mil euros (750.000 euros).

Año 2011: Setecientos cincuenta mil euros (750.000 euros).

Año 2012: Setecientos cincuenta mil euros (750.000 euros).

Año 2013: Setecientos cincuenta mil euros (750.000 euros).

Esta justificación se realizará tal y como se refleja en la cláusula sexta, acompañando la documentación que en ella se precisa, quedando siempre condicionada a la concesión de la subvención.

Además, el Ministerio del Interior, Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil (ámbito Guardia Civil), se compromete a:

Comunicar a la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha la modificación de las circunstancias tenidas en cuenta para la concesión de la subvención, así como de los compromisos y obligaciones asumidos.

Informar, en su caso, sobre la obtención concurrente de subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien la actividad subvencionada.

Someterse a las actuaciones de comprobación, seguimiento y control a efectuar por la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, así como cualesquiera otras de comprobación y control financiero que correspondan, en su caso, a la Intervención General de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y a su sindicatura de cuentas.

Apartado 2. Otras actuaciones del Ministerio del Interior, Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil (ámbito Guardia Civil).—Por otra parte, el Ministerio del Interior, Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil (ámbito Guardia Civil), aportará documentación acreditativa del gasto efectuado en las obras realizadas en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, con cargo a sus presupuestos y por idéntico importe al de la subvención, en el correspondiente ejercicio económico, tal y como se refleja en la cláusula sexta.

Para dar cumplimiento a las estipulaciones recogidas en la presente cláusula, la Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil (ámbito Guardia Civil), tramitará los oportunos expedientes de contratación y de gasto. Asimismo, asumirá la tramitación de permisos, licencias y demás autorizaciones administrativas que, en su caso, deban obtenerse, así como la dirección facultativa de las obras.

Cuarta. Comisión de control y seguimiento.—La Comisión Mixta para el seguimiento y control, creada por el Decreto 172/2009, de 3 de noviembre, por el que se regula la concesión directa de una subvención para la construcción, conservación, reparación y mejora de casas-cuartel de la Guardia Civil en Castilla-La Mancha, estará presidida por la persona titular de la Consejería de Administraciones Públicas y Justicia e integrada por dos representantes de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, designados por la persona titular de dicha Consejería, una de la cual ejercerá las funciones de Vicepresidencia, y dos representantes del Estado, uno de ellos designado por la Delegación del Gobierno de Castilla-La Mancha y otro por la Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil (ámbito Guardia Civil) del Ministerio del Interior.

La Comisión Mixta para el seguimiento y control del Convenio se constituirá en un plazo máximo de cuatro meses desde la firma del presente Convenio.

Cada una de las Administraciones representadas podrá estar asistida por los técnicos que considere convenientes.

Esta Comisión tendrá las funciones siguientes:

Resolver cualquier cuestión que se plantee en la interpretación y ejecución del Convenio.

Determinar, a la vista de las dotaciones presupuestarias y en base a la propuesta que formule el Ministerio del Interior (Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil), las actuaciones concretas objeto de subvención que serán financiadas con cargo al Convenio.

Informar sobre la justificación del gasto a financiar por el Convenio.

Quinta. Vigencia.—El presente Convenio extenderá su vigencia desde la fecha de su firma hasta el 31 de diciembre de 2012.

Sin perjuicio de lo anterior podrán imputarse al mismo los gastos objeto de este Convenio realizados desde el 1 de enero de 2009.

El Convenio podrá extinguirse por las siguientes causas:

a) Mutuo acuerdo.

b) Preaviso de alguna de las partes, manifestado al menos, con dos meses de antelación al 31 de diciembre de cada uno de los ejercicios por los que se suscribe el presente Convenio.

c) Incumplimiento reiterado de sus obligaciones por alguna de las partes firmantes durante la vigencia del Convenio, apreciado por la Comisión Mixta prevista en la cláusula cuarta.

d) Rescisión anticipada, ejercitable en cualquier momento con un preaviso de dos meses.

Todo ello sin perjuicio de la finalización de las actividades que estuvieran comprometidas hasta la fecha de resolución del Convenio.

Sexta. Justificación.—La Junta de Comunidades realizará las aportaciones a que se compromete en virtud del presente Convenio, previa justificación de las cantidades destinadas a la realización de las obras de construcción, conservación, reparación y mejora de las casas-cuartel de la Guardia Civil aplicadas por parte del Ministerio del Interior (Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil, ámbito Guardia Civil), en las que se incluirá asimismo el gasto efectuado en relación con las obligaciones previstas en el apartado segundo de la cláusula tercera, mediante la modalidad de justificación prevista en el artículo 41.1 del Decreto 21/2008, de 5 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha en materia de subvenciones, para lo cual la Administración General del Estado remitirá la siguiente documentación:

a) Memoria que evalúe el desarrollo de las actividades subvencionadas.

b) Una relación individualizada de todos los gastos así como de los pagos, en su caso.

c) Certificado emitido por el órgano o entidad responsable que tenga a su cargo la contabilidad.

El libramiento de fondos por parte de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha se realizará conforme a lo establecido en el párrafo anterior, en el primer trimestre del año siguiente al que las obras se refieran.

Séptima. Régimen jurídico.—El presente Convenio tiene naturaleza administrativa, correspondiendo la competencia para conocer las discrepancias que surjan en su aplicación al orden jurisdiccional contencioso-administrativo.

El régimen jurídico aplicable viene determinado por el Decreto 172/2009, de 3 de noviembre de 2009, por el que se regula la concesión directa de una subvención para la construcción, conservación, reparación y mejora de las casas-cuartel de la Guardia Civil en Castilla-La Mancha; la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; el título III del Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, y por el Decreto 21/2008, de 5 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo del citado texto refundido en materia de subvenciones, salvo lo estipulado en la cláusula tercera apartado 2, que tendrá la consideración de Convenio Marco, a tenor de lo dispuesto en el artículo 187.2 de la 33/2003, de 3 de noviembre, de Patrimonio de las Administraciones Públicas.

Octava. Adhesión de Diputaciones Provinciales.—Al presente Convenio podrán sumarse las Diputaciones Provinciales que pertenecen a la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, previa solicitud de adhesión, que será resuelta por la Comisión Mixta prevista en la cláusula cuarta del presente Convenio. En dicha solicitud la Diputación indicará la aportación a la que se compromete.

En este supuesto, se procederá de mutuo acuerdo de todas las partes a la modificación del presente Convenio, mediante addenda, con el fin de adecuar los porcentajes de participación establecidos, sin que en ningún caso pueda superar la cuantía total ni el desglose por anualidades establecido en el presente convenio.

Novena. Incremento de importes máximos.—Las cuantías establecidas en el presente Convenio serán modificadas en su importe, mediante addenda por mutuo acuerdo, cuando las partes firmantes consideren el aumento de aportaciones de un ejercicio concreto o de varios, establecidas en las cláusulas segunda y tercera, previa modificación del Decreto 172/2009, de 3 de noviembre, por el que se regula la concesión directa de una subvención para la construcción, conservación, reparación y mejora de las casas-cuartel de la Guardia Civil en Castilla-La Mancha.

Y para que conste y surta los efectos oportunos, se extiende y firma por triplicado ejemplar el presente documento en el lugar y fecha «ut supra».—El Presidente de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, José María Barreda Fontes.—El Ministro del Interior, Alfredo Pérez Rubalcaba.

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