Conforme a lo establecido en el artículo 33 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, modificado por la Ley Orgánica 1/2000, de 7 de enero, esta Secretaría de Estado, dispone la publicación en el “Boletín Oficial del Estado” del Acuerdo que se transcribe como anexo a la presente Resolución.
Madrid, 18 de marzo de 2010.–El Secretario de Estado de Cooperación Territorial, Gaspar Carlos Zarrías Arévalo.
La Subcomisión de Seguimiento Normativo, Prevención y Solución de Conflictos de la Comisión Bilateral Generalitat-Estado, en su reunión celebrada el día 17 de marzo de 2010 ha adoptado el siguiente Acuerdo:
1.º Iniciar negociaciones para resolver las discrepancias competenciales suscitadas en relación con el artículo 1, el título VIII y los preceptos concordantes de la Ley 24/2009, de 23 de diciembre, del Síndic de Greuges.
2.º Designar un Grupo de Trabajo para proponer a la Subcomisión la solución que proceda.
3.º Comunicar este Acuerdo al Tribunal Constitucional, antes del próximo día 1 de abril de 2010, a los efectos previstos en el artículo 33.2 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, así como insertar el presente Acuerdo en el Boletín Oficial del Estado y en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.
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