Anunciada por Orden FOM/299/2010, de 5 de febrero («Boletín Oficial del Estado» del 16), convocatoria pública para cubrir por el sistema de concurso específico (Ref. FMM/10) un puesto de trabajo en cumplimiento de la Sentencia de la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña de 17 de junio de 2008, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20.1 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, según redacción dada al mismo por el artículo primero de la Ley 23/1988, de 28 de julio, de modificación de la anterior, y previo cumplimiento de las normas establecidas en el título III, capítulo II, del Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, y de las bases de dicha convocatoria,
Este Ministerio, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 13.7 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, ha resuelto:
Declarar desierto el puesto convocado: Técnico Superior Marítimo Inspector Marítimo de la Capitanía Marítima de Barcelona por no haber petición alguna para cubrirlo.
Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa (disposición adicional decimoquinta de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado), cabe recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-administrativo, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 9.a) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación (artículo 46.1 de la precitada Ley), o, potestativamente y con carácter previo, recurso administrativo de reposición ante el mismo órgano que lo dictó, en el plazo de un mes (artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo común, según redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero).
Madrid, 4 de mayo de 2010.–El Ministro de Fomento, P.D. (Orden FOM/205/2009, de 2 de febrero), el Subsecretario de Fomento, Jesús Salvador Miranda Hita.
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