Contido non dispoñible en galego
Visto el expediente de indulto de don Fernando Ladero San Juan, condenado por el Juzgado de lo Penal número 3 de Ciudad Real, en sentencia de 1 de diciembre de 2004, como autor de dos delitos de robo con fuerza en casa habitada, a la pena de tres años y seis meses de prisión por cada uno de los dos delitos, e inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 2003 en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 16 de abril de 2010,
Vengo en indultar a don Fernando Ladero San Juan un año del total de las penas privativas de libertad impuestas, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años desde la publicación del real decreto.
Dado en Madrid, el 16 de abril de 2010.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
FRANCISCO CAAMAÑO DOMÍNGUEZ
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