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Documento BOE-A-2010-7722

Resolución de 5 de mayo de 2010, de la Dirección General de Derecho y de Entidades Jurídicas, del Departamento de Justicia, por la que se resuelve el concurso para la provisión de Registros de la Propiedad, Mercantiles y de Bienes Muebles, convocado por la Resolución de 12 de marzo de 2010.

Publicado en:
«BOE» núm. 118, de 14 de mayo de 2010, páginas 42380 a 42380 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-A-2010-7722

TEXTO ORIGINAL

Finalizado el plazo de presentación de solicitudes para tomar parte en el concurso para la provisión de Registros vacantes convocado por la Resolución de la Dirección General de Derecho y de Entidades Jurídicas, de 12 de marzo de 2010, y de conformidad con lo que disponen los artículos 284 del texto refundido de la Ley Hipotecaria y los artículos 496 y siguientes del Reglamento hipotecario;

En cumplimiento de las funciones atribuidas a la Dirección General de Derecho y de Entidades Jurídicas del Departamento de Justicia mediante el Decreto 417/2006, de 14 de noviembre («DOGC» núm. 4762, de 16/11/2006), resuelvo:

1. La provisión de los Registros de la Propiedad, Mercantiles y de Bienes Muebles vacantes en el territorio de Cataluña que se detallan a continuación:

Nombre: María Blanca Mercadé Merola, número de escalafón 629. Registro de Barcelona núm. 5. Resultas: Gavà.

Nombre: Jorge Jaime de Fuentes Corripio, número de escalafón 825. Registro de Martorell núm. 2. Resultas: Chinchón.

Nombre: María Paz Camino Arias, número de escalafón 791. Registro de El Prat de Llobregat. Resultas: Luarca.

2. Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes ante la Dirección General de Derecho y de Entidades Jurídicas, de acuerdo con lo que establecen los artículos 107, 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de Las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala Contencioso-Administrativa del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, de acuerdo con los artículos 14, 25 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contenciosa Administrativa, en el plazo de dos meses. Ambos plazos se contarán a partir del día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el «DOGC» y en el «BOE», y a partir del día siguiente al de la última publicación en caso de que la publicación no se haga simultáneamente en los dos diarios oficiales.

Barcelona, 5 de mayo de 2010.– La Directora General de Derecho y de Entidades Jurídicas, M. Elena Lauroba Lacasa.

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