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Documento BOE-A-2010-8109

Orden CIN/1318/2010, de 14 de mayo, por la que se modifican las órdenes ministeriales que establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas, en forma de préstamos y anticipos reembolsables, competencia del Ministerio de Ciencia e Innovación.

Publicado en:
«BOE» núm. 123, de 20 de mayo de 2010, páginas 44249 a 44250 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Ciencia e Innovación
Referencia:
BOE-A-2010-8109
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/2010/05/14/cin1318

TEXTO ORIGINAL

La presente orden de modificación se adopta en el actual contexto de crisis económica con el fin de ajustar las condiciones financieras de concesión de los préstamos y anticipos reembolsables, competencia del Ministerio de Ciencia e Innovación, al cumplimiento del objetivo de estabilidad presupuestaria.

Para determinar el efecto que estas condiciones puedan tener en el cumplimiento de dicho objetivo, la Ley 26/2009, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2010, estableció en su artículo 63 un mecanismo de control consistente en la exigencia de un informe preceptivo y vinculante del Ministerio de Economía y Hacienda para la concesión de préstamos y anticipos, con cargo al capítulo 8 de los Presupuestos Generales del Estado, a las entidades del sector público comprendidas en el ámbito de aplicación del artículo 2 del texto refundido de la Ley General de Estabilidad Presupuestaria, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2007, de 28 de diciembre.

Dado que las órdenes de bases de ayudas competencia de este Ministerio establecen condiciones específicas que pudieran no ajustarse a las condiciones financieras determinadas por el Ministerio de Economía y Hacienda, se hace necesaria, por razones de seguridad jurídica, proceder a una modificación de tales órdenes, de forma que las mismas remitan las condiciones de los préstamos y anticipos reembolsables a lo que se establezca en las respectivas convocatorias, dado que, de conformidad con la disposición final segunda de la Orden EHA/760/2010, de 16 de marzo, por la que se dictan las instrucciones para el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 63 de la Ley 26/2009, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2010, el informe del Ministerio de Economía y Hacienda será preceptivo y vinculante: «respecto de los préstamos y anticipos que se concedan en régimen de concurrencia competitiva, cuya convocatoria no haya sido aprobada con anterioridad a la publicación de la presente Orden».

En su virtud, dispongo:

Artículo único. Modificación de las órdenes ministeriales por las que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas, en forma de préstamos y anticipos reembolsables, competencia del Ministerio de Ciencia e Innovación.

Las condiciones financieras de los préstamos y anticipos reembolsables previstas en las órdenes de bases competencia del Ministerio de Ciencia e Innovación, serán las que se determinen en sus respectivas convocatorias.

Estas condiciones financieras hacen referencia al tipo de interés, al periodo de carencia, plazo de amortización, duración de las ayudas y a cualquier otra condición que se pudiera considerar como tal.

Disposición transitoria única. Régimen transitorio.

Los préstamos y anticipos reembolsables concedidos con anterioridad a la entrada en vigor de esta orden mantendrán las condiciones fijadas en el momento de su concesión.

Disposición derogatoria. Derogación normativa.

Quedan derogados los apartados y artículos de las órdenes ministeriales por las que se establecen las bases reguladoras para la concesión de préstamos y anticipos reembolsables competencia del Ministerio de Ciencia e Innovación que se opongan a lo dispuesto en esta orden.

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 14 de mayo de 2010.–La Ministra de Ciencia e Innovación, Cristina Garmendia Mendizábal.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 14/05/2010
  • Fecha de publicación: 20/05/2010
  • Fecha de entrada en vigor: 21/05/2010
Referencias anteriores
  • CITA:
    • Orden EHA/760/2010, de 16 de marzo (Ref. BOE-A-2010-5075).
    • Ley General de Estabilidad Presupuestaria, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2007, de 28 de diciembre (Ref. BOE-A-2007-22528).
Materias
  • Anticipos de Tesorería
  • Ayudas
  • Control financiero
  • Ministerio de Ciencia e Innovación
  • Préstamos

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