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Documento BOE-A-2010-8310

Resolución de 4 de mayo de 2010, de la Secretaría de Estado de Medio Rural y Agua, por la que se concede el Premio Alimentos de España al Mejor Aceite de Oliva Virgen Extra de la Campaña 2009-2010.

Publicado en:
«BOE» núm. 126, de 24 de mayo de 2010, páginas 45605 a 45605 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino
Referencia:
BOE-A-2010-8310

TEXTO ORIGINAL

Por Orden ARM/1915/2008, de 25 de junio, se establecen las bases reguladoras de los premios Alimentos de España y se convoca su concesión para el año 2008.

Por Resolución de 15 de diciembre de 2009, de la Secretaría de Estado de Medio Rural y Agua, se hace pública la convocatoria del Premio Alimentos de España al Mejor Aceite de Oliva Virgen Extra de la Campaña 2009-2010.

Vista la propuesta de resolución del premio Alimentos de España al Mejor Aceite de Oliva Virgen Extra de la Campaña 2009-2010, presentada por el órgano instructor según lo previsto en el artículo 20 de la Orden ARM/1915/2008, de 25 de junio.

De acuerdo con lo anteriormente expuesto, esta Secretaría de Estado, al amparo de lo dispuesto en el artículo 10.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, resuelve:

Primero.–Conceder los galardones que se relacionan a continuación:

Premios a los Mejores Aceites de Oliva Virgen Extra Campaña 2009-2010.

Categoría producción convencional:

Grupo frutados verdes amargos: Premio Almazaras de la Subbética, S.C.A., de Carcabuey (Córdoba).

Grupo frutados verdes dulces: Premio Aceites Campoliva, S.L., de Pegalajar (Jaén).

Grupo frutados maduros: Premio Rodau, S.L., de Torroella de Fluvià (Girona).

Categoría producción ecológica: Premio Almazaras de la Subbética, S.C.A., de Carcabuey (Córdoba).

Premio Alimentos de España al Mejor Aceite de Oliva Virgen Extra de la Campaña 2009/2010: aceite presentado por Almazaras de la Subbética, S.C.A., de Carcabuey (Córdoba), en la categoría de producción convencional.

Segundo.–Desestimar el resto de las solicitudes admitidas al concurso.

Tercero.–Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, podrá recurrirse potestativamente, en reposición, ante el Secretario de Estado de Medio Rural y Agua, en el plazo de un mes, contando a partir del día siguiente al de su notificación, o ser impugnada, directamente, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses, también contando desde el día siguiente al de su notificación, con advertencia de que no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que se haya resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición si se hubiera interpuesto.

Madrid, 4 de mayo de 2010.–El Secretario de Estado de Medio Rural y Agua, Josep Puxeu Rocamora.

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