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Documento BOE-A-2010-8837

Resolución de 27 de mayo de 2010, de la Secretaría de Estado para la Función Pública, por la que se nombran funcionarios de carrera del Cuerpo de Diplomados en Meteorología del Estado.

Publicado en:
«BOE» núm. 135, de 3 de junio de 2010, páginas 48028 a 48031 (4 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Ministerio de la Presidencia
Referencia:
BOE-A-2010-8837

TEXTO ORIGINAL

Por Orden ARM/1896/2008, de 10 de junio («Boletín Oficial del Estado» del día 1 de julio), se convocaron pruebas selectivas para ingreso, por el sistema general de acceso libre y por el sistema de promoción interna, en el Cuerpo de Diplomados en Meteorología del Estado.

Concluidas las pruebas selectivas, por Orden ARM/664/2009, de 24 de febrero (B.O.E. del día 17 de marzo) y Orden ARM/642/2009, de 26 de febrero (B.O.E. del día 16 de marzo), respectivamente, se dio publicidad a la relación de aspirantes que habían superado las mismas. Por Órdenes del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino de 5 y 13 de mayo de 2009 se procedió al nombramiento como funcionarios en prácticas en el Cuerpo de Diplomados en Meteorología del Estado.

Esta Secretaría de Estado para la Función Pública, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 25 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo (BOE del 10 de abril), por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado y el artículo 6.3 del Real Decreto 2169/1984, de 28 de noviembre, de atribución de competencias en materia de personal, en relación con lo establecido en el artículo 12.2.c) del Real Decreto 542/2009, de 7 de abril («Boletín Oficial del Estado» del día 7), por el que se reestructuran los Departamentos ministeriales, a propuesta de la Subsecretaría del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, resuelve:

Primero.–Nombrar funcionarios de carrera del Cuerpo de Diplomados en Meteorología del Estado a los aspirantes aprobados que se relacionan en el anexo de esta Resolución, ordenados de acuerdo con la puntuación final obtenida, con expresión de los destinos que se les adjudican.

Segundo.–De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 62.1.c) de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, para adquirir la condición de funcionarios de carrera deberán prestar acto de acatamiento de la Constitución, de conformidad con lo establecido en el Real Decreto 707/1979, de 5 de abril, y tomar posesión de sus destinos en el plazo de un mes, a partir del día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el «Boletín Oficial del Estado».

Tercero.–La aspirante aprobada doña Ana Portillo Jiménez-Landi no es nombrada funcionaria de carrera del Cuerpo de Diplomados en Meteorología del Estado, al no haber presentado la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos exigidos en la convocatoria de ingreso. Asimismo, los aspirantes aprobados don Francisco J. Rodríguez Marcos y don Ramiro Romero Fresneda no son nombrados funcionarios de carrera del citado Cuerpo por haber renunciado a la realización del curso selectivo establecido en la base 2 de la convocatoria de las pruebas selectivas.

No se procede al nombramiento como funcionarios de carrera del Cuerpo de Diplomados en Meteorología del Estado de los funcionarios en prácticas don Juan Iglesias Gómez y don Juan José Martín Muñoz, al no haber realizado el curso selectivo establecido en la base 2 de la convocatoria de las pruebas selectivas.

Cuarto.–De acuerdo con lo dispuesto en la disposición transitoria primera, Subsistencia de órganos, del Real Decreto 640/2009, de 21 de abril, por el que se aprueba la estructura orgánica básica de los Departamentos ministeriales, los puestos adjudicados dependientes de órganos suprimidos o modificados, se identifican con la denominación y adscripción orgánica que tenían hasta que se realice la oportuna modificación orgánica.

Quinto.–Contra esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer potestativamente recurso de reposición ante esta Secretaría de Estado en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 116 y 117 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de 26 de noviembre de 1992, o bien recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 11.1.a) de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 13 de julio de 1998.

Madrid, 27 de mayo de 2010.–La Secretaria de Estado para la Función Pública, María Consuelo Rumí Ibáñez.

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