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Visto el expediente de indulto de don Iván Arranz Oporto, condenado por la Audiencia Provincial de Cantabria, sección primera, en sentencia de 18 de diciembre de 2007, resolutoria del recurso de apelación interpuesto contra otra del Juzgado de lo Penal número 3 de Santander, como autor de un delito de lesiones, a la pena de dos años y ocho meses de prisión, por hechos cometidos en el año 2004 en el que se ha considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 20 de mayo de 2010,
Vengo en conmutar a don Iván Arranz Oporto la pena privativa de libertad impuesta por otra de dos años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cinco años desde la publicación del real decreto.
Dado en Barcelona, el 20 de mayo de 2010.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
FRANCISCO CAAMAÑO DOMÍNGUEZ
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