Visto el expediente de indulto de don Alberto Fernández Rodríguez, condenado por la Audiencia Provincial de Cantabria, sección primera, en sentencia de 18 de diciembre de 2007, resolutoria del recurso de apelación interpuesto contra otra del Juzgado de lo Penal número 3 de Santander, como autor de un delito de lesiones, a la pena de dos años y ocho meses de prisión, por hechos cometidos en el año 2004 en el que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 20 de mayo de 2010,
Vengo en conmutar a don Alberto Fernández Rodríguez la pena privativa de libertad impuesta por otra de dos años de prisión, a condición de que no abandone el tratamiento iniciado hasta alcanzar la total rehabilitación y que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cinco años desde la publicación del real decreto.
Dado en Barcelona, el 20 de mayo de 2010.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
FRANCISCO CAAMAÑO DOMÍNGUEZ
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