Visto el expediente de indulto de don Esteban Muñoz de Morales Sánchez de la Nieta, condenado por el Juzgado de lo Penal número 1 de Ciudad Real, en sentencia de 16 de febrero de 2009, como autor de un delito de omisión del deber de perseguir delitos, a la pena de seis meses de inhabilitación especial para su empleo o función pública de agente de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, por hechos cometidos en el año 2006 en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 20 de mayo de 2010,
Vengo en conmutar a don Esteban Muñoz de Morales Sánchez de la Nieta la pena de inhabilitación especial impuesta por otra de un año de multa, que se satisfará en cuotas diarias de cinco euros cuyo inicio y forma de cumplimiento serán determinados por el tribunal sentenciador, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de dos años desde la publicación del real decreto.
Dado en Barcelona, el 20 de mayo de 2010.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
FRANCISCO CAAMAÑO DOMÍNGUEZ
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