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Documento BOE-A-2010-9621

Resolución de 31 de mayo de 2010, de la Secretaría de Estado de Cambio Climático, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto Subestación eléctrica 400/220kV de Tabernas y línea eléctrica a 400kV de entrada y salida desde la línea Huéneja-Litoral.

Publicado en:
«BOE» núm. 147, de 17 de junio de 2010, páginas 51970 a 51989 (20 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino
Referencia:
BOE-A-2010-9621

TEXTO ORIGINAL

El proyecto a que se refiere la presente propuesta de Resolución se encuentra comprendido en el grupo 3, apartado g), del anexo I del Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos.

Según el Real Decreto 1130/2008, de 4 de julio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, corresponde a la Secretaría de Estado de Cambio Climático formular las declaraciones de impacto ambiental.

Los principales elementos de la evaluación practicada se resumen a continuación:

1. Información del proyecto. Promotor y órgano sustantivo. Objeto y justificación. Localización. Descripción sintética. Alternativas.

Promotor y órgano sustantivo. El promotor del proyecto es Red Eléctrica de España, S.A.U. (REE), y el órgano sustantivo es la Dirección General de Política Energética y Minas del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio.

Antecedentes. Objeto y justificación del proyecto. El objeto del proyecto es la ejecución de la subestación eléctrica de transformación (SET) 400/220 kV de Tabernas y la línea eléctrica (LE) de entrada y salida desde la línea de 400 kV Huéneja-Litoral, con una longitud aproximada de 1,3 km, que conectará la citada SET de Tabernas con la línea ya existente de Huéneja-Litoral. La finalidad del proyecto es resolver los problemas de saturación de las líneas de 132 kv de evacuación de Almería, los problemas de saturaciones de las líneas Caparacena-Gabias 220 kV y mejorar la seguridad de suministro en la zona.

Localización. La actuación se localiza en el término municipal de Tabernas, en la provincia de Almería, Comunidad Autónoma de Andalucía.

Descripción sintética. Se proyecta una subestación eléctrica de transformación (SET) 400/220 kV y una línea eléctrica (LE) de entrada y salida desde la línea de 400 kV Huéneja-Litoral, que conectará esta futura infraestructura con la línea ya existente de Huéneja-Litoral.

Subestación eléctrica 400/220 kV Tabernas. La nueva SET de Tabernas se ubicará en las proximidades del paraje La Pared, a unos 540 m de distancia de la carretera AL-3103, junto al camino de Tabernas, en un área llana de cultivos leñosos en secano. La alimentación en baja tensión de la SET se realizará a través del terciario de la misma, mediante uno de los tramos auxiliares existentes con que cuenta. Dicha SET comprende los siguientes elementos básicos:

Accesos: El acceso a la subestación se hará mediante un vial desde la carretera AL-3103 hasta la subestación de 600 m de longitud y 5 m de ancho. Se aprovecha en su mayor parte el camino existente de 5 m de anchura acondicionado con 25 cm de zahorra artificial y 5 cm de capa de rodadura.

Parque de 400 kV: Será de intemperie y ocupará una superficie aproximada de 3,5 ha, incluyendo el parque de transformadores. Este parque de 400 kV, con configuración de interruptor y medio, estará conectado a las nuevas líneas eléctricas de 400 kV Huéneja-Tabernas y Tabernas-Litoral, y tendrá una posición de transformación, que conectará con el parque anexo de 220 kV. Por último, dispondrá de espacio para tres calles completas de reserva para futuras ampliaciones.

Parque de 220 kV: Este parque será de tipo blindado (edificio estanco) y ocupará una superficie de 0,5 ha. Se trata de un parque de tecnología GIS (Subestación Aislada por Gas) en doble barra con acoplamiento del que saldrán las líneas hacia Benahadux, además de una posición de transformador equipada. Este parque tendrá posibilidad de ampliación para otras 5 posiciones de reserva para futuras ampliaciones.

Banco de transformación 400/220 kV: Será de 600 MVA formado por tres unidades monofásicas y servirá para reforzar la alimentación de la SET de Tabernas. Dispondrá de muros cortafuegos y vías de rodadura para su desplazamiento, de un foso de recogida de aceite separado y de un separador de aceite por diferencia de densidades para drenaje de pluviales.

Compensación: Condensadores o reactancias.

Edificio de control: Albergará equipos de control y de maniobra de la instalación principal, sistemas de alimentación de los servicios auxiliares del conjunto y 2 casetas de relés. Por último, el tratamiento de las aguas residuales provenientes de este edificio se realizará con un equipo compacto, fosa séptica con filtro biológico, mediante un proceso anaeróbico.

Cerramiento: Con valla metálica de acero galvanizado reforzado de 2 m de altura, rematado con alambrada de tres filas.

Además, se instalará un grupo electrógeno de 200 kVA, 400/230 V, 50 Hz para actuar en caso de emergencia, que dispondrá de capota insonorizada para instalación en intemperie, dispondrá de un depósito de combustible para una autonomía de 48 horas y tendrá un cubeto en la bancada para la recogida de fluidos.

La subestación se ubicará, según el promotor, fuera de la zona de policía de la Rambla de los Majanos, pero dentro de su llanura de inundación. Para asegurar el resguardo de esta frente a posibles inundaciones según el documento presentado por el promotor con fecha 30 de abril de 2010 y titulado Estudio de Inundación Subestación Eléctrica Tabernas se procederá a elevar al menos 0.5 m la cota del terreno donde se instalará la Subestación. Además en el Estudio de Impacto Ambiental se especifica que, como medida de refuerzo, se procederá a la construcción de un caballón que la rodee por la mitad sur.

Línea eléctrica. La LE 400 kV de E/S Huéneja-Litoral está ubicada en el término municipal de Tabernas y tiene las siguientes características técnicas:

Sistema

Corriente alterna trifásica

Frecuencia

50 Hz

Tensión nominal

400 kV

Tensión más elevada

420 kV

Circuitos/Real Decreto 2819/1998

1812 MVA/circuito

N.º de circuitos

2

N.º de conductores por fase

3

Tipo de conductor

Condor de Al-Ac (30 mm diámetro)

Tipo de cable de tierra

1 7N7 y 1 OPGW 17 kA (19 mm)

Tipo aislamiento

Bastón de composite en las cadenas de aisladores

N.º y tipo de apoyos

7 Torres metálicas de celosía

Cimentaciones

De zapatas individuales

Puestas a tierra

Anillos cerrados de acero descarburado

Longitud aproximada

1,3 km

Alternativas. Subestación eléctrica 400/220 kV Tabernas. Debido a que el emplazamiento de la SET de Tabernas debe localizarse muy próximo a la línea existente Huéneja-Litoral, el EsIA realiza un análisis de alternativas para el emplazamiento de la subestación, las cuáles se muestran a continuación:

Alternativa 1: el polígono está localizado al sur de la zona urbana Oro Verde y al norte de la rambla Los Majanos distando de la misma 100 m (fuera de la zona de policía de cauces), junto al camino de Tabernas y a unos 550 m de la carretera AL-3103. Tanto el emplazamiento de la SET como la línea E/S se sitúa sobre cultivos de secano.

Alternativa 2: ubicada al este de la alternativa 4, se sitúa junto al camino de Tabernas, a una distancia de 450 m de la carretera AL-3103. El curso de agua más cercano es la rambla de Lucainena, situada a 200 m. Este emplazamiento se encuentra principalmente sobre cultivos herbáceos de regadío. El pasillo de la línea es el que menor longitud presentaría.

Alternativa 3: ubicada a tan sólo 200 m al este de la alternativa 2, se encuentra junto al camino de Tabernas, y a 750 m de la carretera AL-3103. El curso de agua más próximo es la rambla de Lucainena, que se encuentra también a 200 m. La línea se sitúa sobre cultivos de olivos en regadío con sistema por goteo, pero también volará cultivos en secano y la vegetación de ribera de la rambla de Lucainena.

Alternativa 4: muy próxima a la alternativa 1, a 250 m al este, se ubica también junto al camino de Tabernas, y a menos de 75 m de la carretera AL-3103. La distancia a la rambla de Los Majanos, 375 m, es superior a la que presenta al alternativa 1, pero se aproxima más a la rambla de Lucainena. Este emplazamiento se encuentra sobre cultivos de secano, principalmente herbáceos, aunque también hay olivos. Pero el corredor de la línea volaría algunos cultivos en regadío y la carretera AL-3103.

Las cuatro alternativas están muy próximas entre sí, por lo que en muchos de los criterios valorados presentan características muy similares (pendiente, disponibilidad de agua potable, red de saneamiento, movimientos de tierra, espacios protegidos, etc.). No obstante, para la elección de la ubicación de la subestación se ha analizado en profundidad la afección a usos del suelo. Por otro lado, la ubicación de la futura SET está condicionada por el trazado finalmente elegido para la línea eléctrica a 220 kV Benahadux-Tabernas, cuyo proyecto está siendo sometido al trámite de Autorización Ambiental Unificada (AAU) por el organismo autónomo competente.

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

Finalmente, dado el trazado final seleccionado por el promotor para la futura línea eléctrica a 220 kV Benahadux-Tabernas, se ha elegido como emplazamiento de la SET de Tabernas, la Alternativa 1. De acuerdo con las indicaciones de la Dirección General de Prevención y Calidad Ambiental de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía la Alternativa 1 seleccionada es la mejor ubicación para la SET de Tabernas en relación con el trazado de la línea 220 kV Benahadux-Tabernas.

Línea eléctrica 400 kV de E/S Huéneja-Litoral. Una vez seleccionado el emplazamiento de la SET de Tabernas, se ha propuesto una alternativa única para el trazado de esta línea de entrada y salida, debido a la proximidad existente entre la SET proyectada y la línea a 400 kV Huéneja-Litoral.

2. Elementos ambientales significativos del entorno del proyecto.

El área de estudio se localiza al este del núcleo urbano de Tabernas (Almería), suponiendo el ámbito de estudio una superficie de aproximadamente 47 km2.

La zona de actuación queda englobada dentro de la Zona Interna de la Cordillera Bética dentro de los Complejos Nevado–Filábride y Alpujárride. Encontrándose en el ámbito materiales Mesozoicos y Cenozoicos.

Respecto a la hidrología, la actuación se sitúa dentro de la subcuenca del Tabernas perteneciente a la cuenca hidrográfica del río Andarax y se trata de una zona caracterizada por cauces que permanecen secos durante largos periodos de tiempo, pero que durante los periodos de lluvia pueden alcanzar importantes caudales y causar avenidas e inundaciones. En el ámbito de actuación se localizan la rambla de Los Majanos y la de Lucainena. Hidrogeológicamente, se encuentra dentro de la vertiente hidrográfica sur de España, apoyándose sobre la Unidad Hidrogeológica de Campo de Tabernas-Gérgal (06.09).

En el ámbito de estudio se localizan las siguientes unidades de vegetación: formaciones de vegetación natural (albardinal, espartal, eucaliptal, formaciones riparias, pastizal, retamares y tomillar), formaciones de cultivos (cultivos herbáceos en secano y cultivos leñosos en regadío) y formaciones improductivas. Por otro lado, entre las especies de flora existentes en la zona de estudio pueden destacar: Cynomorium coccineum, Helianthemum alypoides, Teucrium turredanum y Linaria nigricans, catalogadas como vulnerables según la Ley 8/2003, de 28 de octubre, de la Flora y la Fauna Silvestres de Andalucía. Además, la última aparece como en peligro de extinción según la Lista Roja de la Flora Vascular Española 2008, si bien las instalaciones proyectadas no se ubican sobre las citadas especies.

Entre las especies de fauna presentes en el ámbito de actuación destacan: el aguilucho cenizo (Circus pygargus), alondra de Dupont (Chersophilus duponti) y águila-azor perdicera (Hieraaetus fasciatus), incluidas en el anexo IV de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad y catalogadas como vulnerables según el Catálogo Español de Especies Amenazadas y el Catálogo Andaluz de Especies Amenazadas. También, pueden estar presentes otras especies de avifauna como la ganga ortega (Pterocles orientalis), alcaraván común (Burhinus oedicnemus) y búho real (Bubo bubo) incluidas en el anexo IV de la Ley 42/2007, así como lagartija ibérica (Podarcis hispanica) y culebra de herradura (Coluber hippocrepis), que se incluyen en el anexo V de la citada Ley.

El proyecto se sitúa a aproximadamente 4 km del paraje natural, zona de especial protección para las aves (ZEPA) y lugar de importancia comunitaria (LIC) ES0000045 Sierra Alhamilla y del LIC ES6110006 Ramblas del Gergal, Tabernas y sur de Sierra Alhamilla, espacios incluidos en la Red Natura 2000. Igualmente, se localiza a unos 10 km del paraje natural Desierto de Tabernas, que es también ZEPA y LIC ES0000047 Desierto de Tabernas.

Por otro lado, las actuaciones proyectadas se ubican en el área importante para las aves (IBA) n.º 215 Sierra Alhamilla-Campo de Níjar, y se localizan a menos de1,5 km del área de interés botánico nº 40 Venta de los Yesos. Además, la futura SET y línea eléctrica se sitúan en una extensa zona ocupada por el hábitat prioritario 6220* zonas subestépicas de gramíneas y anuales del Thero-Brachypodietea y a menos de 1 km del hábitat prioritario 1520* vegetación gipsícola ibérica (Gypsophiletalia), recogidos en la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad.

En cuanto al patrimonio cultural cabe destacar que al norte del ámbito de estudio se sitúa el Cordel de Granada a Almería y al este la Vereda de Ballesteros a Fuente Ortiz. En el ámbito de estudio no se localiza ningún bien de interés cultural (BIC), si bien, según el EsIA, se han encontrado elementos arqueológicos no catalogados:

Código

Caracterización

Denominación

40880017

Arqueológico
Arqueológico.

Serrata del Marchante I.

40880019

La Torrecilla.

40880021

Cañada de Miralles.

40880022

Cerrillo Blanco I.

40880023

Cerrillo Blanco II.

40880024

Rambla de los Arcos I.

40880025

Los Pedregales I.

40880026

Los Pedregales II.

40880028

Carretera de Turillas.

40880029

Rambla de los Arcos II.

40880045

El Marchalillo.

40880046

Las Colmenillas.

40880059

Etnológico.

Palomar de Espeliz.

40880060

Molineta Ventura.

40880066

Pozo de Juan Ruiz.

40880067

Aljibe-Cisterna de Juan Ruiz.

40880068

Palomar de Juan Ruiz.

40880069

Fuente de los Albardinales.

40880073

Pozo y balsa cubierta de Tabernas.

Por último, en el ámbito de estudio se sitúa la carretera la provincial AL-3103, así como el aeródromo privado de Tabernas y al norte el núcleo de población de Oro Verde. Por otro lado, al oeste existe una zona de extracción minera a cielo abierto y, a, aproximadamente, 4,5 km al noroeste, se localiza la Plataforma Solar de Almería. Asimismo, en la zona de estudio se localizan dos zonas con antenas de telecomunicaciones, una en la sierra del Marchante y otra en las proximidades al paraje Los Yesos, ambas en el municipio de Tabernas. Además, el ámbito se encuentra dentro de zonas con derechos mineros, en concreto dentro de un permiso de investigación vigente (AL-405280). No obstante, no se afecta a ninguna concesión de explotación vigente, la más cercana (AL- 3982610) se localiza a 630 m de la SET y a 200 m de la línea.

3. Resumen del proceso de evaluación.

3.1 Fase de consultas previas y determinación del alcance del estudio de impacto.

3.1.1 Entrada documentación inicial. La tramitación se inició con fecha 31 de octubre de 2005 momento en que se recibe en la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental (DGCyEA) del antiguo Ministerio de Medio Ambiente la documentación del proyecto inicial Nuevo parque de 220kV en la Subestación de energía eléctrica de Litoral y de la nueva línea aérea de transporte de energía eléctrica, a 220kV, doble circuito, Litoral-Benahadux procedente de la Dirección General de Política Energética y Minas del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, cuyo objeto era resolver los problemas de saturación de las líneas de 132 kv de evacuación de Almería, los problemas de saturaciones de las líneas Caparacena-Gabias 220 kV y mejorar la seguridad de suministro en la zona.

Posteriormente, durante la fase de consultas se recibieron informes de diversos organismos y entidades en los que se señalaba la afección del proyecto inicial sobre el Parque Natural Cabo de Gata-Níjar.

Como consecuencia del resultado de las consultas previas realizadas, con fecha 4 de septiembre de 2007 se recibe en la DGCyEA, escrito procedente de REE según el cual se modifica el proyecto inicial pasando a titularse subestación eléctrica 400/220 kV Tabernas, línea eléctrica 400 kV de entrada/salida (E/S) a la línea Huéneja-Litoral y línea eléctrica a 220 kV Benahadux-Tabernas.

Sin embargo, según los artículos 3 y 35 de la Ley 17/2007, de 4 de julio, por la que se modifica la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico, para adaptarla a lo dispuesto en la Directiva 2003/54/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de junio de 2003, sobre normas comunes para el mercado interior de la electricidad, corresponde al órgano ambiental autonómico la tramitación y evaluación de la línea eléctrica a 220 kV Benahadux-Tabernas, aspecto corroborado por el informe recibido en la DGCyEA con fecha 31 de marzo de 2010 de la Dirección General de Prevención y Calidad Ambiental de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía, por lo que el proyecto objeto de la presente declaración de impacto ambiental se formula únicamente sobre el proyecto de la subestación eléctrica 400/220 kV Tabernas y la línea eléctrica 400 kV de E/S Huéneja-Litoral, siendo su objetivo el mismo que el del proyecto inicial.

3.1.2 Consultas previas. Relación de consultados y de contestaciones. La Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, con fecha 8 de febrero de 2006, estableció un periodo de consultas, a personas, instituciones y administraciones previsiblemente afectadas, sobre las implicaciones ambientales del proyecto inicial «Nuevo parque de 220 kV en la Subestación de energía eléctrica de Litoral y de la nueva línea aérea de transporte de energía eléctrica, a 220kV, doble circuito, Litoral-Benahadux». En la tabla adjunta se recogen los organismos que fueron consultados, señalando con una «X» aquellos que emitieron informe:

Relación de consultados

Respuestas recibidas

Dirección General para la Biodiversidad (Actual Dirección General de Medio Natural y Política Forestal) .

X

Subdelegación del Gobierno en Almería .

X

Delegación del Gobierno en Andalucía.

Dirección General de Prevención y Calidad Ambiental de la Secretaría General de Políticas Sectoriales de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía.

Cuenca Mediterránea Andaluza (Actual Agencia Andaluza del Agua) .

X

Dirección General de Bienes Culturales de la Consejería de Cultura de la Junta de Andalucía .

X

Diputación Provincial de Almería .

Ayuntamiento de Tabernas .

Ayuntamiento de Lucainena de las Torres .

Ayuntamiento de Turrillas .

Ayuntamiento de Gador .

Ayuntamiento de Carboneras .

X

Ayuntamiento de Santa Fe de Mondujar .

Ayuntamiento de Níjar .

Ayuntamiento de Rioja .

Ayuntamiento de Almería .

Ayuntamiento de Pechina .

Ayuntamiento de Benahadux .

Ayuntamiento de Viator .

Ayuntamiento de Huercal de Almería .

Ayuntamiento de Sorbas .

ADENA

Ecologistas en Acción .

SEO/Birdlife

DUNA. Coordinadora Ecologista Almeriense .

Asimismo, tuvo entrada en la DGCyEA, con fecha 27 de marzo de 2006, los informes presentados en el Ayuntamiento de Carboneras correspondientes a: Asociación Juvenil Laberinto, Agrupación local del PSOE, Escuelas Municipales Deportivas de Carboneras, Asociación de Cazadores de Carboneras, Comunidad de Regantes Los Vicentes, Comunidad de Regantes La Islica, Comunidad de Regantes Cañada D. Rodrigo, Comunidad de Regantes El Saltador, Agrupación Local de Juventudes del PSOE Carboneras, Asociación de Mayores Castillo de San Andrés, Asociación Vida Ascendente, Asociación Peña Madridista, Asociación Productores de Pesca Carboneras S.C.A., Pescadores de Carboneras SCA, Asociación de Padres Colegio Federico García Lorca, Plataforma Carboneras por su futuro y Asociación de Padres Colegio Simón Fuentes.

Igualmente, con fecha 16 de noviembre de 2006, se recibió informe del Grupo Ecologista Cóndor.

Todos los aspectos ambientales considerados en las contestaciones a las consultas previas trataban sobre el proyecto inicial «Nuevo parque de 220 kV en la Subestación de energía eléctrica de Litoral y de la nueva línea aérea de transporte de energía eléctrica, a 220 kV, doble circuito, Litoral-Benahadux». La línea eléctrica Benahadux-Tabernas está siendo sometida al trámite de Autorización Ambiental Unificada (AAU), según señala el Servicio de Protección Ambiental de la Delegación Provincial de Almería en el informe remitido por la Dirección General de Prevención y Calidad Ambiental de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía, recibido en la DGCyEA, con fecha 31 de marzo de 2010. Por lo tanto, dichas contestaciones no han sido consideradas, ya que se refieren a valores ambientales localizados fuera del ámbito de la presente declaración.

Con fecha 30 de abril de 2010 se ha recibido en la Dirección General de Calidad Ambiental el documento remitido por el promotor y titulado Estudio de Inundación Subestación Eléctrica Tabernas.

3.1.3 Resumen de las indicaciones dadas por el Órgano Ambiental al Promotor sobre la amplitud y detalle del estudio de impacto ambiental, y sobre las administraciones ambientales afectadas. La DGCyEA remitió las consultas al promotor con fecha 14 de julio de 2006, incluyendo un resumen de las contestaciones más importantes y aspectos relevantes que debía incluir el EsIA.

3.1.4 Modificaciones introducidas por el promotor en proyecto tras las consultas previas. Como consecuencia de la afección del proyecto inicial al Parque Natural Cabo de Gata-Níjar, y según escrito de REE recibido con fecha 4 de septiembre de 2007, se modifica dicho proyecto, definiendo una alternativa que no salga de la subestación de Litoral, pasando a llamarse subestación eléctrica 400/220 kV Tabernas, línea eléctrica 400 kV de entrada/salida (E/S) Huéneja-Litoral y línea eléctrica a 220 kV Benahadux-Tabernas, quedando con ello el proyecto integrado por tres infraestructuras:

SE Tabernas 400/220 kV.

Línea eléctrica 400 kV de entrada/salida con la línea Huéneja-Litoral.

Línea eléctrica a 220 kV Benahadux-Tabernas.

Siendo objeto de la presente declaración, únicamente las dos primeras por el reparto de competencias establecido en la Ley 17/2007, de 4 de julio, por la que se modifica la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico, para adaptarla a lo dispuesto en la Directiva 2003/54/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de junio de 2003, sobre normas comunes para el mercado interior de la electricidad los motivos expuestos en los apartados anteriores del presente documento.

3.2 Fase de información pública y de consultas sobre el estudio de impacto ambiental. Información pública. Resultado. El anuncio de información pública, de la solicitud de declaración de impacto ambiental, autorización administrativa y declaración, en concreto de utilidad pública, así como la recepción del expediente de información pública en la DGCyEA, del proyecto final «Subestación eléctrica 400/220 kV de Tabernas y línea eléctrica a 400 kV de entrada y salida desde la línea Huéneja-Litoral» se resume en la siguiente tabla:

 

«BOE»

«BOP Almería»

Recepción expediente información pública

Subestación de Tabernas
400/220 kV.

17/02/09 (n.º 41)

24/02/09 (n.º 37)

21/05/2009

Línea eléctrica 400 kV
de E/S Huéneja- Litoral.

17/02/09 (n.º 41)

26/02/09 (n.º 39)

21/05/2009

Durante el periodo de información pública no se ha recibido ninguna alegación al proyecto.

Asimismo, se consultó a las administraciones afectadas y a las personas que fueron previamente consultadas en la fase de consultas, en cumplimiento del artículo 9.3 del Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos. Recibiéndose informes de los siguientes organismos: Delegación Provincial de Almería de la Consejería de Medio Ambiente, Delegación Provincial de Almería de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa, Delegación Provincial de Almería de la Consejería de Obras Públicas y Transportes y Delegación Provincial en Almería la Consejería de Vivienda y Ordenación del Territorio de la Junta de Andalucía y el Ayuntamiento de Tabernas.

De las respuestas recibidas se describen a continuación los aspectos ambientales más relevantes.

Fauna y flora. La Delegación Provincial de Almería de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía señala que tanto la SET como la línea eléctrica se encuentran en un territorio de búho real, y próximos a uno de águila azor-perdicera, tratándose además de una zona ocupada por una comunidad de aves esteparias. Las dos especies se encuentran catalogadas, la primera como de interés especial y la segunda vulnerable por la Ley 8/2003, de 28 de octubre, de la flora y la fauna silvestres, así como de interés comunitario para su conservación, ya que se encuentran en el anexo IV de la Ley 42/2007.

Este organismo informa favorablemente bajo las siguientes condiciones:

Previo al inicio de las obras se localizarán las zonas ocupadas por la Linaria nigricans, se balizarán y en ningún caso se colocarán los apoyos sobre ellas.

Finalizados los trabajos se revegetarán las zonas afectadas con especies autóctonas.

Los trabajos se realizarán siempre que sea posible en la época del año de menor afección a las especies de flora y fauna existentes, fuera del periodo reproductor.

Las prescripciones técnicas del Decreto 178/2006, de 10 de octubre, por el que se establecen normas de protección de la avifauna para las instalaciones eléctricas de alta tensión y el actual Real Decreto 1432/2008, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas para la protección de la avifauna contra la colisión y la electrocución en líneas eléctricas de alta tensión, con objeto de proteger la avifauna.

Una vez estén en funcionamiento la SET y la línea eléctrica, se llevará a cabo un seguimiento durante dos años para comprobar si se produce un incremento de la mortandad por electrocución o colisión.

Espacios naturales. Tal y como indica la citada Delegación Provincial de Almería de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía las obras no se encuentran incluidas dentro de ningún Espacio Natural según lo establecido en la Ley 2/1989, de 18 de julio, por la que se aprueba el Inventario de Espacios Naturales Protegidos de Andalucía y se establecen medidas adicionales para su protección. Además, las actuaciones no se encuentran en ningún espacio incluido en la Red Natura 2000.

Igualmente, el Ayuntamiento de Tabernas señala que según el Plan Especial de Protección del Medio Físico de la provincia de Almería, la actuación no se encuentra ubicada dentro de espacio protegido alguno.

Vías pecuarias. La Delegación Provincial de Almería de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía y el Ayuntamiento de Tabernas indican que el proyecto no afecta a ninguna vía pecuaria.

Urbanismo. La línea eléctrica a 400kV se propone en suelo no urbanizable no adscrito a especial protección, siendo un uso compatible con el planeamiento urbanístico vigente tal y como indica la Delegación Provincial de Almería de la Consejería de Vivienda y Ordenación del Territorio de la Junta de Andalucía.

Además, el Ayuntamiento de Tabernas destaca que el proyecto se adapta a las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de Tabernas. Asimismo, señala que la actuación solicitada debe cumplir lo establecido en el artículo 57 de la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía (LOUA). No obstante, destaca una serie de afecciones motivadas por la construcción de la línea: expropiación permanente de superficie, servidumbre de vuelo, ocupación temporal de terrenos y libre acceso al predio sirviente, de personal y elementos o maquinaria necesaria para la construcción, vigilancia, conservación y reparación de la instalación eléctrica proyectada.

3.3 Fase previa a la declaración de impacto.

3.3.1 Información complementaria al promotor solicitada por el órgano ambiental. Con fecha 11 de noviembre de 2009 se solicitó al promotor información complementaria en relación con la descripción de las distintas alternativas, los hábitats afectados, el análisis del ruido generado por los distintos elementos de la subestación y la descripción de los medios, equipos e instalaciones empleadas durante la fase de explotación para la realización del mantenimiento preventivo y la manipulación de todos los aparatos eléctricos que contengan aceite o gases dieléctricos.

Como respuesta a la solicitud realizada al promotor, con fecha 11 de diciembre de 2009 se recibe en la DGCyEA escrito procedente de REE, en el cual se contesta a las cuestiones planteadas, las cuales quedan integradas en el apartado 4.2 Impactos significativos de la alternativa elegida.

3.3.2 Consultas complementarias realizadas por el órgano ambiental. Con fecha 24 de noviembre de 2009, la DGCyEA solicitó a la Dirección General de Prevención y Calidad Ambiental de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía informe respecto a la ubicación de la futura SET de Tabernas.

Con fecha 31 de marzo de 2010 se recibe, en la DGCyEA, respuesta de la Dirección General de Prevención y Calidad Ambiental de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía en la que se adjunta informe del Servicio de Protección Ambiental de la Delegación Provincial de Almería, según el cual la futura SET se debería ubicar en el emplazamiento denominado alternativa 1 dado el trazado seleccionado para la línea eléctrica a 220 kV Benahadux-Tabernas, cuyo proyecto está siendo sometido al trámite de Autorización Ambiental Unificada por parte de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

4. Integración de la evaluación.

4.1 Análisis ambiental para selección de alternativas. Para definir la ubicación de la SET y el trazado de la línea eléctrica más favorables, desde un punto de vista ambiental, el promotor comparó las alternativas mediante criterios como usos del suelo (agrícolas principalmente), vegetación y flora catalogada, áreas de importancia para la avifauna, núcleos urbanos, hidrología, etc.

En el EsIA, se considera como emplazamiento óptimo el 1, ya que tanto la SET como la línea de entrada y salida sólo afectan a cultivos en secano, mientras que el resto de alternativas afectarían también a cultivos de regadío, incluso, en el caso del emplazamiento 3, a vegetación de ribera de la rambla de Lucainena.

Respecto a la proximidad a la IBA, la Alternativa 2 es la única que se ubica fuera de la misma, a unos 30 m, sin embargo según el EsIA esta escasa distancia hace que no exista una diferencia real de posible afección a la avifauna de las distintas alternativas. Además, la línea eléctrica a 220 kV Benahadux-Tabernas que lleva asociada la subestación de Tabernas (no analizada en la presente declaración) atraviesa la IBA independientemente de la alternativa que se elija, siendo la longitud de la citada línea que atravesaría la IBA sensiblemente superior en la alternativa 1 respecto a la 2. Sin embargo, según indica el promotor, la Alternativa 2 se localiza a menos de 500 m de un campo de antenas, siendo una distancia insuficiente para garantizar que no se producirán interferencias significativas, además es la única situada dentro de una concesión minera de explotación vigente.

Asimismo, según el Informe del Servicio de Protección Ambiental de la Delegación Provincial de Almería remitido por la Dirección General de Prevención y Calidad Ambiental de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía, recibido en la DGCyEA con fecha 31 de marzo de 2010, la mejor ubicación de la subestación en relación con el trazado de la línea Benahadux-Tabernas, se corresponde con la Alternativa 1.

Por todo ello, finalmente la subestación proyectada se ubicará en la Alternativa 1.

4.2. Impactos significativos de la alternativa elegida. A continuación se exponen, para los elementos del medio más relevantes, los impactos más significativos, así como las medidas preventivas y correctoras recogidas en el EsIA.

Como medidas preventivas generales del proyecto, antes de comenzar las obras se procederá al replanteo de los apoyos sobre el terreno; se instalarán el parque de maquinaria y la zona de acopios alejados de las zonas habitadas y de las de mayor valor faunístico y florístico; no deberá instalarse ningún apoyo en zonas húmedas, zonas de interés para la fauna (madrigueras y nidos) y zonas de hábitat prioritario, debiéndose respetar un radio de 10 m desde la zona de interés que se trate; se sustituirán las lámparas empleadas en las luminarias perimetrales por otras de menor intensidad para minimizar la contaminación lumínica; se revisará la situación de todas las servidumbres existentes, así como la situación de la iluminación y una vez finalizados todos los trabajos se realizará una revisión del estado de limpieza y conservación del entorno de la SET y de los apoyos.

Calidad atmosférica y acústica. En la fase de construcción, los principales impactos serán los ocasionados por el incremento de partículas y ruido. De este modo, por un lado está el ruido generado por la maquinaria pesada durante la ejecución de la obra. Los transformadores a instalar provocan unos niveles de presión sonora en el entorno inmediato de los aparatos entre 80 y 85 dB(A) y los ventiladores alrededor de los 85-87 dB(A). Además, se podrían producir emisiones accidentales de hexafluoruro de azufre (SF6) durante el mantenimiento de los interruptores. Asimismo, durante la explotación, el efecto corona producido por la línea eléctrica de entrada y salida puede generar ruido y campos eléctricos y magnéticos, si bien, dada la distancia existente a los núcleos de población, este impacto se considera poco significativo.

Toda la maquinaria cumplirá la normativa vigente referente a emisiones atmosféricas de partículas sólidas y ruidos y durante los movimientos de tierras, se realizarán riegos periódicos de los viales de acceso a la SET y de los apoyos de nueva construcción. Respecto al ruido, según los valores establecidos en la normativa, dado que las edificaciones más cercanas a la SET y a la línea son el núcleo urbano Oro Verde y el cortijo de la Ermita, ubicado a unos 850 m y 500 m respectivamente, no se esperan impactos acústicos significativos. No obstante, se revisará el nivel de ruido que provocan los elementos de la SET para asegurar que no se generan efectos sobre el entorno o las edificaciones próximas.

Por otro lado, en el interior de los parques de una subestación los niveles de campo eléctrico y magnético pueden llegar a ser algo superiores a los generados por las líneas. Sin embargo, disminuyen al alejarse, por lo que fuera de la SET, serán inferiores a los que genera la línea eléctrica de entrada y salida.

No obstante, según el EsIA se realizarán mediciones periódicas de ruido e intensidad del campo electromagnético durante la vida útil de la SET, comprobando que no se sobrepasan los umbrales marcados por la legislación sectorial autonómica, estatal y europea.

Respecto a las emisiones de gases contaminantes, los interruptores de SF6 son equipos con un elevado grado de estanqueidad garantizada, por lo que no se espera que se produzcan emisiones de este gas. Además, durante la fase de explotación, se realizará un mantenimiento preventivo de todos los aparatos eléctricos que contengan aceite o gases dieléctricos, verificando el funcionamiento de los manodensostatos y el estado del SF6 (humedad, concentración y pureza) y se diseñará un área de mantenimiento para la recuperación de SF6.

Hidrología e hidrogeología. Las principales afecciones generadas se deben a que la SET se sitúa a 100 m del cauce de la rambla Los Majanos y a que el apoyo T-544-1 se encuentra a 40 m de la rambla de Lucainena. Además, se podrá alterar la calidad de las aguas debido al incremento de sólidos en suspensión o vertidos accidentales.

Aunque ni el trazado de la línea ni la subestación afectan a ningún cauce, no se instalará ningún apoyo en zonas húmedas. Además, se pedirá autorización a la Agencia Andaluza del Agua para la ubicación de parte de la explanación de la SET dentro de la llanura de inundación de la rambla de Los Majanos, por lo que el promotor propone elevar la cota del terreno 0,5 m, en la explanación y la construcción de un caballon al sur de la ubicación para asegurar el resguardo de la instalación frente a futuras avenidas. Según el estudio de inundación presentado no se prevé un cambio sustancial en la orientación del drenaje natural de la parcela.

Por otro lado, el parque de maquinaria se ubicará en puntos lo suficientemente alejados de los cauces, a ser posible en la misma explanada de la subestación. Además, se evitará realizar movimientos de maquinaria en épocas de fuertes lluvias, realizándose en esos periodos defensas de los depósitos de tierras para evitar su arrastre hasta los cauces y se revisará el punto de vertido de la red de drenaje de la SET.

Para el lavado de hormigoneras y maquinaria se dispondrá un lugar adecuado suficientemente alejado de los cursos de agua dotado de una balsa para la retención de los vertidos generados. Asimismo, se dispondrá una plataforma de hormigón ligeramente armado impermeabilizada para la manipulación y el almacenamiento temporal de equipos, impermeabilizando la superficie vista con una pintura de resina epoxi antideslizante. Igualmente, cada máquina dispondrá de un foso de recogida de aceite que se conectará con un depósito colector, con capacidad para el 100 % del aceite de la máquina. El depósito dispondrá de un sistema de separación agua-aceite por diferentes densidades.

Geomorfología y edafología. El montaje e izado de apoyos, el tendido de cables, el movimiento de tierras y los desbroces generarán la rotura de los horizontes superiores del suelo, aumentando el riesgo de erosión y la compactación y degradación del sustrato. Además, se producirá una ocupación del suelo (la SET ocupará una superficie aproximada de 4 ha). Asimismo, es posible la contaminación del suelo por vertidos accidentales y la alteración de las características físicas del mismo.

Se evitará, en lo posible, la compactación de los suelos, limitando las zonas en las que vaya a entrar maquinaria pesada y cuando esto no sea posible, se procederá a la descompactación mediante un ripado, escarificado ligero o arado. Asimismo, se diseñará un plan para disponer de los estériles que se producen en el interior del parque, se controlará la aparición de cárcavas y procesos erosivos en los taludes y una vez restaurado el terreno, en las zonas de cultivos, se acometerá la resiembra con las especies cultivadas en la zona afectada.

Por otro lado, el terreno utilizado para construir la SET tiene la superficie lo suficientemente llana (pendientes inferiores al 3 %) y amplia como para realizar la implantación sin necesitar movimientos de tierras de consideración. No obstante, será necesario realizar trabajos de explanación, antes de los cuales se deberán realizar los estudios precisos para minimizarlos, acometiendo el diseño del edificio de forma que se reduzcan al mínimo los movimientos de tierra y la altura de los taludes. Además, se estudiarán dichos movimientos para que cuando se aporten materiales desde el exterior se deberá comprobar que no se trata de suelos contaminados. Asimismo, en los terrenos donde se emplace la futura SET cuya capa de tierra vegetal sea de cierta importancia, se retirará y acopiará en una zona adecuada, en montones no superiores a 2 m de altura, para su utilización posterior.

Por otra parte, y para evitar el inicio de procesos erosivos, el diseño de los taludes de desmonte y terraplén que rodearán a la explanación deberá realizarse de forma que tengan unas pendientes reducidas, menores si es posible al 30 %. Además, la parte nueva del acceso a la SET estará dotada de cunetas y drenajes transversales que canalicen la escorrentía.

En relación con la posible contaminación de los suelos, el promotor asume que durante la fase de obra se prohibirá a los contratistas, recogiéndolo en los pliegos de prescripciones técnicas, el vertido de todo tipo de sustancias al suelo.

Vegetación. Las alteraciones sobre la vegetación se traducen en eliminación y degradación de la cubierta vegetal y tala de los olivos existentes. Además, se podría afectar a polígonos del hábitat prioritario 6220* zonas subestépicas de gramíneas y anuales del Thero-Brachypodietea.

El EsIA indica que cuando se proceda a la poda o corta puntual de ciertos pies de olivos, se controlará la caída de ramas y árboles para evitar daños en el entorno, se empleará la motosierra y no maquinaria pesada y se verificará que las podas y las talas se realizan de forma manual. Igualmente, se verificará la retirada a vertedero autorizado de los restos vegetales u otras formas de gestión acordadas previamente con el Servicio de Coordinación y Planificación Forestal. Además, los árboles apeados, previa autorización, serán entregados a la propiedad o entidad propietaria tronzados y apilados y no se acumularán a pie de camino para evitar que se conviertan en focos de incendios o plagas.

Asimismo, en caso de que se observen ejemplares de olivo con un alto valor fitosanitario o con una elevada simbología, se podrá llevar a cabo un trasplante temporal en vivero. Una vez construida la línea, estos ejemplares pueden volver a transplantarse bajo la misma. Además, cuando se abran hoyos o zanjas próximas a arbolado, la excavación no deberá aproximarse a los pies más de una distancia igual a cinco veces el diámetro del árbol a la altura normal (1,20 m) y, en cualquier caso, esta distancia será siempre superior a 0,50 m.

Igualmente, el tendido en terrenos abiertos (zonas de cultivo herbáceo) se hará mediante vehículo todo terreno, mientras que en los cruces con olivos o polígonos con hábitats de interés comunitario prioritarios, se realizará mediante piloto.

Además, aunque a unos 1.050 m al noreste de la subestación se localiza el área de interés botánico Venta de los Yesos, toda la superficie de la SET está ocupada por cultivos en secano y en cuanto al camino de acceso, en su mayor parte se aprovecha uno ya existente. Asimismo, para evitar la posible afección al hábitat prioritario 6220*, previamente al comienzo de las obras, en la fase de planificación se realizará un balizamiento de la superficie real de las zonas de mayor valor del hábitat existente y para el diseño de los accesos se realizará un trabajo de campo por botánicos expertos para determinar la ubicación de los polígonos de hábitat y evitar que tanto los recorridos a seguir campo a través, como la nueva parte del acceso a la subestación, afecte a estos polígonos.

Se procederá a la revegetación de las zonas afectadas por el proyecto para lograr la mayor integración posible de la SET. Además, en las zonas con problemas de compactación deberá realizarse un escarificado-subsolado y en las más visibles un laboreo de tierra previo a las plantaciones.

Por último, en el caso de que se produjeran daños en el arbolado por movimientos de la maquinaria, se sanearán dejando cortes limpios y lisos. En aquellos casos que habiendo previsto la preservación del arbolado se aprecie que la excavación alcance raíces de grueso superior a 5 cm, éstas deberán cortarse con hacha dejando cortes limpios y lisos.

Fauna. Durante la fase de construcción se podrían destruir nidos y madrigueras. Igualmente, la entrada de maquinaria, del personal de la obra y las actividades que ella conlleva, pueden producir molestias en la fauna. La intensidad de las mismas dependerá de si coinciden con periodos críticos para la fauna. Además, la eliminación de vegetación puede suponer la destrucción o modificación del hábitat de ciertas especies. También, se podrá incrementar el riesgo de muerte por colisión de las aves con la línea de entrada y salida proyectada. Por otro lado, los apoyos podrán ser usados por las aves como puntos de nidificación, y las torres y los cables como posaderos.

En primer lugar, en la planificación de la obra se preverá, si es viable, que los movimientos de tierra y demás acciones molestas para la fauna, se realicen en épocas del año fuera de los períodos de cría de las principales especies de aves y mamíferos de la zona, siendo lo ideal que se acometan en épocas de mínima actividad biológica (invierno), eludiendo la primavera.

Por otro lado, se comprobará que los apoyos no se sitúan en zonas de nidificación de esteparias. Para ello, se llevará a cabo un estudio de campo por ornitólogo experto del recorrido a seguir hasta los apoyos, con objeto de determinar la presencia o no de nidos de estas aves, al menos en las épocas más sensibles. De modo que los nidos existentes de especies protegidas se respetarán en todas las fases de la construcción y el mantenimiento de la SET y la línea, a menos que interfieran en el correcto funcionamiento de la instalación o se estime un riesgo para el ave. En el caso de que se deban retirar nidos, se identificarán previamente las especies afectadas y una vez finalizada la época de nidificación y siempre contando con los agentes de medio ambiente, así como los técnicos del Servicio de Gestión de Medio Natural de la Delegación Provincial de Almería de la Consejería de Medio Ambiente correspondientes, se llevará a cabo la retirada de los nidos de las especies no protegidas.

Igualmente, se adoptarán medidas disuasorias de nidificación efectivas con el fin de evitar la construcción de nidos por parte de estas especies de aves.

El promotor señala que la línea eléctrica deberá disponer de salvapájaros y la línea de media tensión que alimente algunos de los consumos de la subestación deberá ir enterrada, en caso contrario, también dispondrá de dispositivos salvapájaros.

Finalmente, el promotor asume la realización de un seguimiento durante dos años (contados desde el izado de los conductores), prorrogable según los resultados obtenidos, para comprobar si se produce un incremento de mortandad de aves por colisión con la línea o electrocución. Estas actividades serán contempladas en el plan de vigilancia ambiental de funcionamiento.

Paisaje. Los efectos que la SET y la línea eléctrica ocasionarán son tanto de integración paisajística como de percepción visual debido a la antropización del entorno en un medio rural. En este caso, la línea resultará visible desde las carreteras AL-3103 y N-340a, y desde el núcleo urbano de Oro Verde.

Para reducir estos impactos se situarán los apoyos en zonas poco accesibles visualmente (alejados de vías de comunicación muy transitadas), el acabado de los taludes formará superficies homogéneas, acordes con las formas naturales del terreno y se les dotará de cierta rugosidad superficial que facilite su siembra. Además, emplearán gravas de colores ocres y grises oscuros en el recubrimiento de las superficies del parque de intemperie y se diseñarán las edificaciones según los elementos arquitectónicos que rodean a la SET. Igualmente, se recuperarán las superficies abiertas para la construcción que tras las obras queden sin uso con las labores de hidrosiembra y plantaciones oportunas.

Además, cada apoyo se adaptará a la topografía mediante la adopción de patas desiguales que corrijan las diferencias de cota existentes entre las mismas y el montaje del apoyo se realizará sobre el suelo, para proceder posteriormente al izado mediante grúa. En este caso, y para evitar un mayor deterioro superficial, el apoyo se sustentará con unos tacos de madera. Asimismo, la apertura de las cimentaciones se realizará por medios mecánicos y manuales y no se utilizarán explosivos.

Patrimonio. El promotor contempla la realización de una prospección arqueológica de la parcela donde se ubicará la futura SET y en una franja de 100 m alrededor de la línea; lo que permitirá abordar medidas preventivas en la fase de proyecto de la instalación. Esta prospección se llevará a cabo de acuerdo a la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, del Patrimonio Histórico de Andalucía. Además, en función de los resultados se atenderán las recomendaciones de la Delegación Provincial de Almería de la Consejería de Cultura de la Junta de Andalucía.

Por último, si durante la ejecución de los trabajos apareciesen restos arqueológicos y/o paleontológicos se procederá inmediatamente a la paralización de las obras, informando a la citada Delegación Provincial de Almería de la Consejería de Cultura para que adopte las medidas oportunas de protección sobre el nuevo yacimiento.

No se espera afección a ninguna vía pecuaria.

Residuos. Durante las obras se generarán residuos asimilables a urbanos y peligrosos que podrán tener un impacto negativo sobre el medio.

Para evitar este impacto, los terrenos procedentes de la excavación de las cimentaciones de la LE serán retirados a vertedero controlado. Sólo en casos puntuales se podrá utilizar parte de dichos excedentes en la restauración topográfica de áreas de obras, siempre y cuando exista una autorización previa y específica de la dirección ambiental de obra. Respecto a los vertidos de hormigón, se evitará el abandono y vertido incontrolado de los mismos y queda prohibido el vertido de hormigón sobrante y la limpieza de las cubas de las hormigoneras en cualquier punto de la zona.

Los aceites usados que se generen tendrán la consideración de residuo peligroso y deberán ser gestionados conforme indica la legislación vigente. Por ello, dentro de la SET se proyectará un depósito de almacenamiento de residuos. Además, el banco de transformación se unirá a un foso de recogida de aceite. Dispondrá de un separador de aceite por diferencia de densidades para drenaje de pluviales, que evite el vertido de aceite a la red de drenaje.

Asimismo, se prohibirá a los contratistas la realización de cambios de aceite y otras tareas de mantenimiento en cualquier punto de la zona, debiendo efectuarse siempre en taller autorizado. Igualmente, para el almacenamiento de los aceites usados es recomendable crear una zona cementada y con pendientes hacia su centro, en el que se ubicará una arqueta, dotada de un sistema de separación agua-aceite con capacidad para 200 litros.

Socioeconomía. En la planificación de los trabajos deberán tenerse en consideración las servidumbres de paso de las infraestructuras existentes, con el fin de no interrumpirlas. Además, se coordinarán las labores de obra civil de la plataforma de la SET y de los apoyos de la LE, de tal forma que por discordancias en el tiempo las obras de la línea no afecten a las plantaciones que se realicen en el entorno de la subestación. Igualmente, también será necesario coordinar las labores de obra civil de la plataforma de la subestación con la ubicación del campamento de obra de la misma, evitando que este último se ubique en terrenos ajenos a la explanación. En cualquier caso, si la ubicación del campamento es ajena a la explanación, la nueva ubicación deberá tener el visto bueno de la dirección ambiental del proyecto. En cuanto a la afección a las zonas de servidumbre de las infraestructuras, los apoyos se ubicarán fuera de las mismas.

Además, la altura del apoyo permite el paso de maquinaria agrícola entre sus patas, facilitando la ejecución de las labores agrarias, dando continuidad al aprovechamiento de la finca y no creándose islas improductivas en ella. Asimismo, los accesos a las bases de los apoyos se determinarán de común acuerdo con los propietarios afectados, de tal forma que, en la mayor parte de los casos su construcción supone una mejora de la accesibilidad de la finca. No obstante, los daños causados en los terrenos por la realización y acondicionamiento de accesos, quedarán indemnizados con el importe correspondiente.

Por otra parte, se propone acondicionar aquellos caminos y pistas que faciliten el desarrollo social de esta zona de común acuerdo con los afectados. Estos accesos pueden utilizarse para completar la red de caminos o accesos de los servicios contra incendios.

4.3. Cuadro sintético de relación entre estos impactos y las medidas correctoras que a continuación se detallarán:

Impactos ambientales

Medidas correctoras

Atmósfera y ruido

Aumento del ruido, emisión de compuestos
y radiaciones electromagnéticas
Emisiones accidentales
de hexafluoruro de azufre (SF6)

Cumplimiento de la normativa vigente referente
a emisiones atmosféricas.
Mantenimiento preventivo de los aparatos eléctricos
que contengan aceite o gases dieléctricos.
Instalación de un área de mantenimiento
para la recuperación de SF6.
Revisión del nivel de ruido que provocan los elementos de la SET.
Mediciones periódicas de ruido e intensidad del campo electromagnético durante la vida útil de la SET.

Geomorfología y edafología

Incremento de la erosión
Compactación
y degradación del suelo
Ocupación del suelo
Contaminación por vertidos

Aprovechamiento de accesos existentes y limitación de la circulación de la maquinaria pesada.
Retirada, acopio y reutilización de la tierra vegetal.
Descompactación mediante ripado, escarificado o arado.
Control de la aparición de cárcavas y procesos erosivos
en los taludes abiertos. Pendientes reducidas
en los taludes de desmonte y terraplén.

Hidrología

Interrupción de red
de drenaje superficial
y subterránea
Alteración de la calidad
de las aguas

Ubicación de apoyos lejos de cauces y zonas de escorrentía.
No realización de movimientos de tierra en épocas de fuertes lluvias.
Lavado de hormigoneras y maquinaria en un vertedero adecuado.
Revisión del punto de vertido de la red de drenaje de la SET.

Vegetación

Eliminación y degradación de la vegetación
Afección a hábitats
de interés comunitario

Balizamiento de la superficie real de las zonas de mayor valor
del hábitat 6220* existente y trabajo de campo por botánicos expertos para determinar la ubicación de los polígonos de mayor valor del citado hábitat.
Los ejemplares de olivo con un alto valor fitosanitario
o con una elevada simbología, se trasplantarán temporalmente
a un vivero.
Revegetación de taludes.

Fauna

Mortalidad de avifauna
por electrocución y/o colisión
Destrucción, alteración
de hábitats y poblaciones

Estudio de campo por ornitólogo experto del recorrido
a seguir hasta los apoyos.
Identificación, previa a la realización de trabajos, de nidos y especies protegidas comprobando que no se encuentran en zonas
de nidificación de especies esteparias.
Instalación de dispositivos salvapájaros.
Realización de acciones especialmente molestas para la fauna
en épocas fuera de los períodos de cría.
Seguimiento durante, al menos, dos años para comprobar
si se produce un incremento de mortandad
de aves por colisión con la línea.

Paisaje

Pérdida de calidad visual
y artificialización
del entorno

Evitar apoyos en zonas de máxima visibilidad.
Adaptación de las formas a la morfología del terreno y restauración de superficies de trabajo, revegetación y recuperación de caminos.
Empleo de gravas de colores ocres y grises oscuros en el recubrimiento de las superficies del parque de intemperie.
Diseño de las edificaciones de acuerdo con los elementos arquitectónicos que rodean a la SET.

Residuos

Generación de residuos asimilables a urbanos
y peligrosos

Retirada de excedentes de materiales y restos de hormigón
a vertedero controlado.
Recogida y entrega de aceites usados a gestor autorizado.

Patrimonio cultural

Afección a yacimientos arqueológicos
no catalogados

Prospección arqueológica de la zona de actuación.
Seguimiento arqueológico de las obras.

5. Condiciones al proyecto.

Para la realización del proyecto, en la alternativa elegida, tanto el promotor como los contratistas deberán cumplir todas las medidas preventivas y correctoras contempladas en el estudio de impacto ambiental y en el plan de vigilancia ambiental, así como las siguientes condiciones de protección ambiental específicas:

5.1 Protección de la atmósfera. Previo al inicio de las obras, se incluirá en el proyecto constructivo un estudio de ruido en el que se realice un cálculo estimativo de los niveles de presión sonora en el entorno de la subestación y deberá cumplir con lo establecido en el Decreto 326/2003, de 25 de noviembre, por el que se aprueba el reglamento de protección contra la contaminación acústica en Andalucía. Dicho estudio se deberá remitir al organismo autónomo competente.

Durante la fase de explotación, se realizará un mantenimiento preventivo de todos los aparatos eléctricos que contengan aceite o gases dieléctricos y se realizará un control del gas SF6 de manera periódica, mediante la verificación de la presión o de la densidad, con anotación de lecturas fuera de valor y acción correctiva programada si se confirman fugas. Además, en las actuaciones de mantenimiento que requieran vaciado de gas, se realizará una recuperación del mismo, mediante un equipo de recuperación. Igualmente, todos los residuos procedentes del uso del SF6 serán debidamente gestionados y trasladados a un gestor autorizado de residuos peligrosos.

Los aceites dieléctricos empleados deberán estar libres de PCBs y PCTs.

5.2 Protección del suelo y de la vegetación. Se minimizará la apertura de accesos utilizando siempre que sea posible caminos ya existentes. Por ello, deberá justificarse la apertura de nuevos accesos y garantizar un adecuado diseño y restauración de estas infraestructuras.

Previo al inicio de las obras se localizarán las zonas ocupadas por la Linaria nigricans, se balizarán y en ningún caso se colocarán los apoyos sobre ellas.

Se diseñará un programa de prevención y extinción de incendios específico para el proyecto acorde con lo establecido en el Plan de Emergencia por Incendios Forestales de Andalucía.

Las instalaciones auxiliares, los accesos y las posiciones de los apoyos de la línea eléctrica se diseñarán de manera que se evite la colocación de los mismos en las áreas con vegetación autóctona y en las zonas con presencia de hábitats incluidos en la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad.

En las zonas en las que existan teselas de alto valor del hábitat prioritario 6220* «Zonas subestépicas de gramíneas y anuales del Thero-Brachypodietea» el tendido de la línea eléctrica se realizará a mano y el izado de apoyos con pluma, evitando el paso de vehículos todoterreno y maquinaria pesada.

Finalizados los trabajos se revegetarán las zonas afectadas con especies autóctonas.

5.3 Protección de los recursos hídricos. Aunque en el EsIA se indica que el trazado de la línea eléctrica no va a atravesar cursos fluviales, para el resto de las infraestructuras del proyecto (caminos, campas de trabajo, instalaciones auxiliares, etc.) se dará cumplimiento del Reglamento del Dominio Público Hidráulico y toda la normativa de aguas vigente, como el Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio.

Al encontrarse la ubicación de la Subestación en la llanura de inundación de la Rambla de los Majanos, fuera de su zona de policía de cauces, se debe en la explanación necesaria elevar la cota actual del terreno al menos 0,5 m para asegurar el resguardo de la instalación de futuras avenidas.

Se construirá un caballón que rodee la mitad sur de la SET.

5.4 Protección de la fauna. Se evitará la ejecución de las obras durante el periodo de reproducción y cría de la avifauna existente en la zona de actuación, como es el caso del búho real, águila-azor perdicera y aves esteparias, comprendido entre el 15 de enero y el 15 de junio. No obstante, se podrán realizar las actuaciones pertinentes en ese periodo previa autorización del organismo autonómico competente.

En el diseño de la línea eléctrica se cumplirá lo establecido en el citado Real Decreto 1432/2008, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas para la protección de la avifauna contra la colisión y la electrocución en líneas eléctricas de alta tensión y el Decreto 178/2006, de 10 de octubre, de la Comunidad Autónoma de Andalucía, por el que se establecen normas de protección de la avifauna para las instalaciones eléctricas de alta tensión. Los dispositivos salvapájaros instalados en todo el trazado cumplirán las prescripciones técnicas establecidas en dicha normativa, a lo largo de todo el recorrido de la línea eléctrica.

En la fase de funcionamiento, el promotor de la instalación, o en su caso el titular de la misma, pondrá en conocimiento de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía de forma inmediata cualquier incidente que se produzca en las instalaciones objeto del presente proyecto, con relación a la avifauna existente en la zona (colisión, nidificación, etc.), al objeto de determinar las medidas suplementarias necesarias, las cuales serán de obligado cumplimiento para el promotor o titular.

5.5 Protección del paisaje. Deberá elaborarse un proyecto de revegetación y de restauración de las zonas afectadas por las obras incluyendo los accesos provisionales, las instalaciones anejas, los acopios de materiales, el parque de maquinaria, etc. El proyecto deberá prever, asimismo, su cronograma y financiación.

5.6 Protección del patrimonio cultural. Realizar una prospección arqueológica previa al inicio de las obras según lo establecido en la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, del Patrimonio Histórico de Andalucía, y en coordinación con la Delegación Provincial de Almería de la Consejería de Cultura de la Junta de Andalucía

En el desarrollo de las obras se deberá contar con un seguimiento arqueológico, por parte de personal técnico autorizado por el órgano competente de Andalucía.

En caso de afección a vía pecuarias, se deberá cumplir con lo establecido en la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias. Para poder realizar cualquier actuación sobre los terrenos de las vías pecuarias afectadas deberá contarse previamente con la autorización del organismo autonómico competente.

5.7 Elementos socioeconómicos. Se garantizará el respeto al libre uso de los caminos públicos que pudieran verse afectados y la adecuada conservación de los que vaya a ser utilizados.

5.8 Residuos. Los residuos y materiales sobrantes de las obras se gestionarán adecuadamente mediante el traslado a un vertedero controlado, o almacén según el caso, que se realizará simultáneamente al acabar las diversas labores de construcción y tendido.

Para la gestión de los aceites usados y cualquier otro residuo de carácter peligroso que se genere en la fase de construcción de la línea eléctrica se estará a lo especificado en la Ley 10/1998, de 21 de abril, de Residuos, y su desarrollo normativo.

5.9 Desmantelamiento de líneas. Una vez finalice el periodo de vida útil de la línea eléctrica proyectada, se procederá a su desmantelamiento y tras éste se llevará a cabo una revegetación y restauración de las zonas afectadas, que deberá contemplar todas las superficies de las obras, incluyendo las áreas de los apoyos a desmontar, los accesos provisionales que no se consideren necesarios por parte de los propietarios, las instalaciones anejas, los acopios de materiales sobrantes, parque de maquinaria, etc.

Los materiales procedentes del desmantelamiento se almacenarán junto con los residuos de construcción, siguiendo lo establecido, respecto a su manejo y tiempo de almacenamiento, por las indicaciones del Real Decreto 105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición, hasta su traslado definitivo a una planta de reciclaje o almacén autorizado. Los restos de las cimentaciones de los apoyos desmontados deberán trasladarse a un depósito de sobrantes apto para este tipo de residuos. Asimismo, se retirarán los aisladores desmontados.

Una vez desmantelada la línea se ejecutará el proyecto de integración ambiental y paisajística de la calle, caminos de acceso y apoyos de la misma.

5.10 Condiciones para el seguimiento ambiental. Con el fin de controlar el cumplimiento de las medidas preventivas y correctoras determinadas, se procederá a la definición y desarrollo de un programa de vigilancia ambiental (PVA) que garantice el cumplimiento de las medidas preventivas y correctoras contenidas tanto en el EsIA como las que vayan apareciendo a lo largo del procedimiento de evaluación ambiental.

El objetivo del PVA será definir el modo de seguimiento de las actuaciones y describir el tipo de informes, la frecuencia y período de emisión.

Para la obtención de estos objetivos REE deberá contar en obra con un responsable en área de medio ambiente (Supervisor Ambiental) que realizará controles periódicos de la obra.

Dicho PVA se dividirá en dos capítulos:

Programa de vigilancia ambiental en la fase de construcción: Se celebrarán reuniones periódicas de seguimiento, en las que participarán los responsables de la obra. Durante esta fase se controlará la generación de residuos, los daños efectuados en los predios, el diseño y señalización de los caminos de acceso, el acopio de materiales, la protección de la vegetación y fauna, etc. Igualmente, el promotor o en su caso el titular, pondrá en conocimiento del órgano ambiental competente de Andalucía de forma inmediata, cualquier incidente que se produzca en las instalaciones objeto del presente proyecto, con relación a la avifauna existente en la zona, al objeto de determinar las medidas suplementarias a disponer, las cuales serán de obligado cumplimiento para el promotor o titular de las instalaciones. Además, los contratistas deberán cumplir con las condiciones y obligaciones establecidas en la presente declaración.

Programa de vigilancia ambiental en la fase de operación y mantenimiento: Durante esta fase se procederá a supervisar las zonas a restaurar y accesos a cerrar y a controlar la regeneración de la vegetación restaurada, la incidencia del tendido sobre la avifauna, y los procesos erosivos.

Durante la fase de construcción se elaborará un informe semestral con los aspectos ambiéntales supervisados.

Durante los primeros tres años de la fase de explotación se elaborarán informes anuales e informes especiales, en respuesta a circunstancias excepcionales, que también se contemplan para la fase de construcción, con los aspectos ambientales a supervisar durante esta fase.

Los informes del PVA indicados anteriormente, quedarán a disposición de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino y podrá requerirlos cuando lo considere oportuno.

Por último, el promotor deberá explicitar, en los carteles anunciadores de las obras correspondientes al proyecto evaluado, el «BOE» en el que se publica la DIA.

Conclusión. En consecuencia, la Secretaría de Estado de Cambio Climático, a la vista de la Propuesta de Resolución de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, formula declaración de impacto ambiental favorable a la realización del proyecto Subestación eléctrica 400/220kv de Tabernas y línea eléctrica a 400kV de entrada y salida desde la línea Huéneja-Litoral concluyendo que siempre y cuando se autorice en la alternativa 1 y en las condiciones anteriormente señaladas, que se han deducido del proceso de evaluación, quedará adecuadamente protegido el medio ambiente y los recursos naturales.

Lo que se hace público, de conformidad con el artículo 12.3 del Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos, y se comunica a Ministerio de Industria, Turismo y Comercio para su incorporación al procedimiento de aprobación del proyecto.

Madrid, 31 de mayo de 2010.–La Secretaria de Estado de Cambio Climático, Teresa Ribera Rodríguez.

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