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Documento BOE-A-2011-10045

Resolución de 16 de mayo de 2011, de la Dirección General de Patrimonio Cultural Valenciano, de la Consellería de Cultura y Deporte, por la que se modifica la de 6 de septiembre de 2010, por la que se incoa expediente de declaración de bien de interés cultural de la Alquería Fortificada Torre de los Padres, sita en el término municipal de Gandía (Valencia).

Publicado en:
«BOE» núm. 137, de 9 de junio de 2011, páginas 58937 a 58939 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunitat Valenciana
Referencia:
BOE-A-2011-10045

TEXTO ORIGINAL

Por Resolución de 6 de septiembre de 2010 («BOE» de 19-10-2010), de la Dirección General de Patrimonio Cultural Valenciano de la Consellería de Cultura y Deporte, se incoó expediente para complementar la declaración de bien de interés cultural, de la alquería fortificada Torre dels Pares, sita en el término municipal de Gandía y se abrió período de información pública.

De resultas del informe emitido por la Dirección General de Gestión del Medio Natural en el trámite de elaboración reglamentaria, los Servicios Técnicos de esta Dirección General informan que resulta conveniente redelimitar el entorno de protección señalado originariamente de la alquería fortificada Torre dels Pares, sita en el término municipal de Gandía, ampliándose el mismo y modificándose en consecuencia los anexos I y II de la Resolución de fecha 6 de septiembre de 2010 («BOE» de 19-10-2010), en los que se delimitaba el mismo literal y gráficamente.

En consecuencia, en cumplimiento de lo que dispone el artículo 27 de la Ley 4/1998, de 11 de junio, del Patrimonio Cultural Valenciano, de la Generalitat, esta dirección general, en lo que es materia de su competencia, ha resuelto:

Primero.–Modificar los anexos I y II de la resolución precedente, quedando redelimitado y ampliado el entorno de protección de la alquería fortificada Torre dels Pares, sita en el termino municipal de Gandía, tal y como se describe en los anexos I y II que se insertan en la presente resolución.

Segundo.–Abrir nuevo periodo de información pública conforme a lo previsto en el artículo 86 de la Ley de Procedimiento Administrativo, y en el artículo 27 de la Ley 4/1998, de 11 de junio, del Patrimonio Cultural Valenciano, de la Generalitat, a fin de que cuantas personas tengan interés puedan examinar el expediente durante el plazo de un mes a partir de la publicación de la presente resolución en el «Diari Oficial de la Comunitat Valenciana». El expediente estará a disposición de los interesados en la Dirección General de Patrimonio Cultural Valenciano, Servicio de Patrimonio Arquitectónico y Medioambiental, de la Conselleria de Cultura y Deporte.

Valencia, 16 de mayo de 2011.- La Directora General de Patrimonio Cultural Valenciano, Paz Olmos Peris.

ANEXO I
Delimitación literal

a) Justificación de la delimitación propuesta.–El criterio general seguido para la delimitación del entorno de protección consiste en incluir dentro de su área los siguientes elementos:

Topográficos y paisajísticos, con la inclusión de la finca agrícola donde se halla ubicada la alquería, su paisaje inmediato en el ámbito de histórico de la propiedad y fincas adyacentes y los viales más próximos desde donde es posible su contemplación.

Arqueológicos: Incorporando las áreas colindantes susceptibles de hallazgos relacionados con la alquería.

b) Delimitación del entorno de protección.

Línea delimitadora:

Origen: Vértice este de la parcela catastral número 4, del polígono 11, de Gandía, punto A.

Sentido: Horario.

Línea delimitadora: Desde el origen la línea sigue la divisoria entre el término de Gandia con los de Daimuz y Guardamar hasta la parcela número 42 del polígono 2 de Guardamar. Continúa por los lindes sudoeste de las parcelas 42, 63 y 64 de dicho polígono. Sigue a sur por el camino existente, incorporándolo hasta la carretera. Gira a oeste por el linde norte de la parcela 193 del polígono 12 de Gandía, gira a sur por el camino existente hasta recorrer las medianeras sudoeste de las parcelas 58, 57, 239, 56, 55, 245, 274, 273, 173, 7, 6, 4, 2, 183 y 186. Gira a norte por el linde noroeste de esta parcela 186, vuelve a cruzar la carretera e incorpora la acequia colindante a las parcelas 44, 37, 63 y 7, todas del polígono 11 de Gandía hasta el punto de origen.

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