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Documento BOE-A-2011-102

Orden EDU/3419/2010, de 15 de diciembre, por la que se acuerda compensar a las universidades públicas por la reducción de los precios públicos por servicios académicos correspondientes a los estudiantes pertenecientes a familias numerosas de tres hijos, del curso académico 2009-2010.

Publicado en:
«BOE» núm. 2, de 3 de enero de 2011, páginas 413 a 414 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación
Referencia:
BOE-A-2011-102

TEXTO ORIGINAL

La Ley 40/2003, de 18 de noviembre de Protección a las Familias Numerosas establece, en su artículo 12, la exención del 50 por ciento de las tasas o precios públicos en el ámbito educativo para los estudiantes pertenecientes a familias numerosas de categoría general.

A su vez, dentro de los Presupuestos Generales del Estado se vienen consignando dotaciones para «Compensación a las Universidades públicas por la reducción o exención de los precios públicos por servicios académicos correspondientes a alumnos pertenecientes a familias numerosas de tres hijos».

Mediante la Orden de bases de 13 de mayo de 2003 se dictaron instrucciones para hacer efectiva dicha compensación.

Por todo ello y de acuerdo con lo establecido en la citada Orden, y a la vista de la documentación presentada por las Universidades, he resuelto:

Primero.–Compensar a las Universidades los importes que se relacionan en el Anexo I de la presente Orden.

Segundo.–El importe total de la compensación correspondiente al curso 2009-2010 asciende a la cantidad de treinta y tres millones sesenta y tres mil novecientos setenta y cuatro euros con diez céntimos (33.063.974,10 €).

Tercero.–La compensación se efectúa con cargo a la aplicación presupuestaria 18.08.323M.486.01 de este Ministerio.

Cuarto.–La presente Orden pone fin a la vía administrativa y podrá ser objeto de recurso contencioso-administrativo, ante la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses a contar desde su publicación en el Boletín Oficial del Estado. Asimismo, podrá ser recurrida potestativamente en reposición en el plazo de un mes ante el Ministro de Educación, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999. de 13 de enero.

Madrid, 15 de diciembre de 2010.–El Ministro de Educación, P.D. (Orden EDU/2164/2009, de 29 de julio), el Secretario General de Universidades, Marius Rubiralta i Alcañiz.

ANEXO I
Curso 2009-2010

Universidad

 

 

ALCALA HENARES

521.270,92

ALICANTE

483.053,37

ALMERIA

250.999,55

AUTONOMA BARCELONA

1.027.870,18

AUTONOMA MADRID

980.052,81

BARCELONA

1.418.799,88

BURGOS

279.610,23

CADIZ

428.705,28

CANTABRIA

326.556,64

CARLOS III

584.193,84

CASTILLA LA MANCHA

809.102,37

COMPLUTENSE

2.829.883,68

CORDOBA

706.643,00

EXTREMADURA

528.315,63

GIRONA

257.317,63

GRANADA

1.574.475,88

HUELVA

237.061,46

ISLAS BALEARES

345.555,95

JAEN

516.502,37

JAUME I

142.895,98

A CORUÑA

398.970,87

LA LAGUNA

405.798,22

LA RIOJA

109.776,05

LAS PALMAS G C

491.306,95

LEON

285.952,38

LLEIDA

225.705,41

MALAGA

756.627,11

MIGUEL HERNANDEZ

385.141,22

MURCIA

856.799,08

OVIEDO

483.922,88

PABLO OLAVIDE

327.960,25

PAIS VASCO

1.021.871,65

POLITECNICA CARTAGENA

239.144,43

POLITECNICA CATALUÑA

1.042.729,15

POLITECNICA MADRID

1.689.709,16

POLITECNICA VALENCIA

736.717,36

POMPEU FABRA

345.746,76

PUBLICA NAVARRA

334.645,23

REY JUAN CARLOS

824.385,41

ROVIRA I VIRGILI

430.235,48

SALAMANCA

704.718,12

SANTIAGO COMPOSTELA

595.981,37

SEVILLA

2.235.074,95

UNED

1.069.107,30

VALENCIA

954.176,39

VALLADOLID

603.326,46

VIGO

364.276,43

ZARAGOZA

894.458,77

INT. ANDALUCIA

842,61

TOTAL

33.063.974,10

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