Visto el expediente de indulto de don Abdelilah Rouhane, condenado por la Audiencia Provincial de Madrid, sección vigesimosexta, en sentencia de 24 de enero de 2008, como autor de un delito contra la salud pública, a la pena de tres años de prisión e inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo por el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 2007 en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 20 de mayo de 2011,
Vengo en indultar a don Abdelilah Rouhane cuatro meses de la pena privativa de libertad impuesta, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de dos años desde la publicación del real decreto.
Dado en Madrid, el 20 de mayo de 2011.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
FRANCISCO CAAMAÑO DOMÍNGUEZ
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