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Documento BOE-A-2011-12706

Resolución CLT/1489/2011, de 1 de junio, por la que se incoa expediente de declaración de bien cultural de interés nacional, en la categoría de zona arqueológica, a favor de la Vía Romana de Parpers, en Argentona.

Publicado en:
«BOE» núm. 175, de 22 de julio de 2011, páginas 82023 a 82023 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-A-2011-12706

TEXTO ORIGINAL

Dado que por Resolución de 13 de enero de 1983 («DOGC» núm. 306, de 23.2.1983), se incoó expediente de declaración de monumento histórico-artístico a favor de la Vía Romana de Parpers, en Argentona (Maresme);

Visto el informe de la Dirección General del Patrimonio Cultural que propone el archivo del expediente antes mencionado y la incoación de un nuevo expediente de declaración de bien cultural de interés nacional, en la categoría de zona arqueológica, a favor de la Vía Romana de Parpers, en Argentona;

Visto lo que dispone la Ley 9/1993, de 30 de septiembre, del patrimonio cultural catalán, resuelvo:

1. Archivar las actuaciones del expediente de declaración de monumento histórico-artístico de la Vía Romana de Parpers, en Argentona, y en consecuencia dejar sin efectos la Resolución de 13 de enero de 1983, por la que se incoaba el expediente mencionado.

2. Incoar expediente de declaración de bien cultural de interés nacional, en la categoría de zona arqueológica, a favor de la Vía Romana de Parpers, en Argentona, Maresme. El área afectada consta grafiada en el plano que figura en el expediente.

3. Notificar esta Resolución a las personas interesadas, dar traslado al Ayuntamiento de Argentona y hacerle saber que de acuerdo con lo que establece el artículo 9.3 de la Ley 9/1993, de 30 de septiembre, del Patrimonio Cultural Catalán, la presente incoación significa la suspensión de licencias municipales de parcelación, edificación o derribo en la zona afectada, y también la suspensión de los efectos de las licencias concedidas. No obstante, el Departamento de Cultura puede autorizar la realización de las obras que sea manifiesto que no perjudican los valores culturales del bien, autorización, que tiene que ser previa a la concesión de la licencia municipal, a menos que se trate de licencias concedidas antes de la publicación de la presente Resolución.

4. Comunicar esta Resolución al Registro de bienes culturales de interés nacional para su anotación preventiva y dar traslado al Registro general de bienes de interés cultural de la Administración del Estado.

Barcelona, 1 de junio de 2011.–El Consejero de Cultura, Ferran Mascarell i Canalda.

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