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Documento BOE-A-2011-12756

Orden PRE/2074/2011, de 18 de julio, por la que se modifica la Orden PRE/214/2009, de 10 de febrero, por la que se designan los Vocales en representación de la Administración General del Estado en el Consejo de la Guardia Civil y se hace pública la composición del citado Consejo.

Publicado en:
«BOE» núm. 176, de 23 de julio de 2011, páginas 82406 a 82407 (2 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Ministerio de la Presidencia
Referencia:
BOE-A-2011-12756

TEXTO ORIGINAL

La Orden PRE/214/2009, de 10 de febrero establecía la designación de los vocales en representación de la Administración General del Estado en el Consejo de la Guardia Civil y hacía pública la composición del citado Consejo.

Con posterioridad, y de acuerdo con lo previsto en el artículo 5.2.a) y en la disposición final tercera del Real Decreto 495/2010, de 30 de abril, por el que se aprueba la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, a partir del día 1 de julio de 2010, ha quedado suprimida la Dirección General de Personal y Servicios del Ministerio del Interior.

Puesto que la titular de dicha Dirección General suprimida formaba parte del Consejo de la Guardia Civil como vocal titular del mismo en representación de la Administración General del Estado, se hace necesario modificar la composición de dicho Consejo.

Aquella modificación ha de acompañarse igualmente de una actualización, ya que, por una parte, mediante la Orden PRE/3118/2009, de 16 de noviembre, y en relación con los representantes de los miembros de la Guardia Civil en dicho Consejo, se acordaba el cese de un vocal titular y de dos suplentes, nombrándose únicamente un vocal titular del mismo, que ahora ha de completarse con el nombramiento de los suplentes. Igualmente, han de nombrarse dos vocales suplentes más de la Escala de Suboficiales al haberse modificado la situación administrativa de los anteriormente designados.

Por otra parte, una vez aprobado por Real Decreto 751/2010, de 4 de junio el Reglamento de organización y funcionamiento interno del Consejo de la Guardia Civil, han de contemplarse, para alcanzar la operatividad y funcionalidad del propio Consejo y de las Comisiones que en su caso se constituyan, los requisitos que, para el nombramiento de vocales representantes de la Administración General del Estado, se establecen en el artículo 3.1 del reseñado Reglamento, llevando a cabo en su consecuencia una nueva configuración de los vocales suplentes.

En su virtud, a propuesta de los Ministros de Defensa y del Interior, dispongo:

Artículo único. Modificación de la Orden PRE/214/2009, de 10 de febrero, por la que se designan los vocales en representación de la Administración General del Estado en el Consejo de la Guardia Civil y se hace pública la composición del citado Consejo.

La Orden PRE/214/2009, de 10 de febrero, queda modificada como sigue:

Uno. La relación de titulares en representación de la Administración General del Estado del punto primero, se modifica en el sentido de sustituir al titular de la Dirección General de Personal y Servicios del Ministerio del Interior, por el titular de la Subdirección General de Personal, Costes y Planificación de Recursos Humanos e Inspección del Ministerio del Interior, que se incorpora a la relación de vocales titulares en representación de la Administración en el puesto undécimo.

La relación de suplentes en representación de la Administración General del Estado del mismo punto primero queda modificada de la siguiente manera:

«Suplentes:

En representación de la Administración General del Estado, y por tanto con la capacidad de participar en los plenos o Comisiones del Consejo, los titulares y los componentes de los siguientes órganos que cumplan los requisitos establecidos en el artículo 3.1 del Reglamento de organización y funcionamiento interno del Consejo de la Guardia Civil, aprobado por Real Decreto 751/2010, de 4 de junio:

Vicesecretaría General Técnica del Ministerio del Interior.

Subdirección General de la Dirección General de Personal del Ministerio de Defensa.

Estado Mayor, Jefatura de Enseñanza, Jefatura de Asistencia al Personal, Jefatura de los Servicios de Apoyo, Jefatura de Servicios Técnicos, Asesoría Jurídica, Secretaría Técnica de la Subdirección General de Personal, Secretaría Técnica de la Subdirección General de Apoyo, Servicio de Prevención de la Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil en el ámbito de la Guardia Civil.

Componentes del Gabinete Técnico, de la Jefatura de la Agrupación de Tráfico, de la Jefatura de Personal y de la Unidad de Coordinación de la Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil en el ámbito de la Guardia Civil.»

Dos. La relación de suplentes en representación de los miembros de la Guardia Civil del punto segundo, se modifica en el sentido de sustituir a los vocales suplentes de la Escala de Suboficiales don José Antonio Calzada Carretero (18890522-R) y don José Antonio Zarrías González (27276458-E) por el Subteniente don Juan José Gallego Galán (19084386-K) y el Sargento don Santiago Álvarez Mariscal (4585828-L), designados por la Asociación de la Escala de Suboficiales de Guardia Civil Profesional (ASES-GC Profesional).

Asimismo, y por lo que respecta a los vocales suplentes de la Escala de Cabos y Guardias, se sustituye a los Guardias Civiles don Luis Vicente Martín Velasco (09312032-E), de la Unión de Guardias Civiles (UGC) y don Bartolomé Barba Romero (20003741-C), de la Unión de Guardias Civiles (UGC) por los Guardias Civiles don Luis Iglesias Calvo (34.626.988-M), de la Unión de Guardias Civiles (UGC) y don José María Sánchez Iglesias (16.560.830-W), de la Unión de Guardias Civiles (UGC).

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 18 de julio de 2011.–El Ministro de la Presidencia, Ramón Jáuregui Atondo.

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