Visto el expediente de indulto de don Miguel Ángel Merino Sánchez, condenado por el Juzgado de lo Penal número 21 de Madrid, en sentencia de 14 de abril de 2004, como autor de un delito de tenencia ilícita de armas, a la pena de dos años de prisión e inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 2003, en el que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 10 de junio de 2011,
Vengo en indultar a don Miguel Ángel Merino Sánchez cuatro meses de la pena privativa de libertad impuesta, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de dos años desde la publicación del real decreto.
Dado en Barcelona, el 10 de junio de 2011.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
FRANCISCO CAAMAÑO DOMÍNGUEZ
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