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Documento BOE-A-2011-12801

Orden EDU/2079/2011, de 13 de julio, por la que, a propuesta del Departamento de Educación de la Comunidad Foral de Navarra, se integra en los cuerpos docentes a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, al personal funcionario docente procedente de la Diputación Foral.

Publicado en:
«BOE» núm. 177, de 25 de julio de 2011, páginas 82592 a 82593 (2 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Ministerio de Educación
Referencia:
BOE-A-2011-12801

TEXTO ORIGINAL

La Disposición Transitoria Octava de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público («Boletín Oficial del Estado» de 13 de abril), establece que «Cuando se hayan incorporado, con anterioridad a la entrada en vigor de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, o se incorporen durante los tres primeros años de su aplicación, centros previamente dependientes de cualquier Administración Pública a las redes de centros docentes dependientes de las Administraciones educativas, el personal docente que tenga condición de funcionario y preste sus servicios en dichos centros podrá integrarse en los cuerpos docentes a los que se refiere la Ley Orgánica de Educación siempre y cuando tengan la titulación requerida para ingreso en los respectivos cuerpos o la que en el momento de su ingreso en la Administración Publica de procedencia se exigía para el ingreso a los cuerpos docentes de ámbito estatal.»

Vista la propuesta de la Directora del Servicio de Recursos Humanos, del Departamento de Educación de la Comunidad Foral de Navarra, de integración en los cuerpos docentes a que se refiere la LOE, del personal funcionario docente procedente del Conservatorio Pablo Sarasate de Pamplona, antiguo Patronato de Música dependiente de la Diputación Foral.

Este Ministerio ha dispuesto:

Primero.

Integrar en el Cuerpo de Profesores de Música y Artes Escénicas, especialidad 423 Piano, a doña María Luisa Mauleón Orzáiz, Número de Registro de Personal 1578127235 A0594 y D.N.I. 15781272.

Segundo.

La integración a que se refiere el apartado anterior tendrá efectos de 24 de mayo de 2009. No obstante, de conformidad con lo establecido en el párrafo segundo de la disposición transitoria octava de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, la fecha de ordenación en el cuerpo en el que se integra será la de 1 de mayo de 1997 y continuará desempeñando el destino que tenía asignado en el momento de la publicación de esta Orden en el «Boletín Oficial del Estado».

Tercero.

La presente Orden podrá ser recurrida potestativamente en reposición, en el plazo de un mes y ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Asimismo, contra esta Orden, que es definitiva en la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, conforme a lo establecido en el artículo 11.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y artículo 66 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial en la redacción dada por la Ley Orgánica  6/1998, de 13 de julio, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de su publicación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998.

Madrid, 13 de julio de 2011.–El Ministro de Educación, P.D. (Orden EDU/580/2011, de 10 de marzo), la Subsecretaria de Educación, Mercedes López Revilla.

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