Visto el expediente de indulto de don Iván Manzano Sánchez, condenado por la Audiencia Provincial de Cádiz, sección séptima, con sede en Algeciras, en sentencia de 15 de mayo de 2009, como autor de un delito de lesiones, a la pena de cinco meses de prisión, más inhabilitación especial para el cargo de Policía y para el derecho de sufragio pasivo en ambos casos durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 2003 en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 17 de junio de 2011,
Vengo en conmutar a don Iván Manzano Sánchez la pena de inhabilitación especial impuesta para el cargo de policía por otra de un mes de suspensión de empleo o cargo público dejando subsistentes los demás pronunciamientos contenidos en sentencia, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de un año desde la publicación del real decreto.
Dado en Madrid, el 17 de junio de 2011.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
FRANCISCO CAAMAÑO DOMÍNGUEZ
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