De conformidad con lo establecido en el artículo 108.6 de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General, la Junta Electoral Central ordena la publicación en el Boletín Oficial del Estado de los resultados habidos en cada uno de los municipios y entidades locales menores en que se han celebrado las elecciones convocadas por el Real Decreto 424/2011, de 28 de marzo, y celebradas el 22 de mayo.
Respecto de cada municipio, y siguiendo el orden alfabético de provincias y dentro de ellas el mismo orden por Juntas Electorales de Zona, se especifica –de acuerdo con las actas de proclamación de electos por estas Juntas remitidas a la Central– el número de electores, el de votantes, el de votos a candidaturas, en blanco, válidos y nulos, y, por último, los votos obtenidos por cada candidatura y, en su caso, los Concejales electos.
Palacio del Congreso de los Diputados, 30 de junio de 2011.–El Presidente de la Junta Electoral Central, Antonio Martín Valverde.
(En días sucesivos continuará la publicación de los resultados de las elecciones locales, siguiendo el orden alfabético de provincias.
Publicado: 1. «BOE» número 169, de 15 de julio de 2011, provincias Álava a Baleares.
Publicado: 2. «BOE» número 177, de 25 de julio de 2011, provincias Barcelona a Jaén)
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