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Documento BOE-A-2011-13195

Orden DEF/2171/2011, de 27 de julio, por la que se modifica la Orden DEF/2424/2004, de 20 de julio, por la que se delegan competencias en autoridades del Ministerio de Defensa en relación con determinadas materias administrativas.

Publicado en:
«BOE» núm. 183, de 1 de agosto de 2011, páginas 87235 a 87237 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Defensa
Referencia:
BOE-A-2011-13195
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/2011/07/27/def2171

TEXTO ORIGINAL

De acuerdo con lo dispuesto en la disposición adicional quincuagésima primera de la Ley 26/2009, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2010, se aprobó la refundición de los organismos autónomos Instituto para la Vivienda de las Fuerzas Armadas (INVIFAS) y Gerencia de Infraestructura y Equipamiento de la Defensa (GIED), estableciendo que el nuevo Instituto de Vivienda, Infraestructura y Equipamiento de la Defensa (INVIED), como organismo resultante de la citada refundición, asumiría las funciones, derechos y obligaciones de los dos organismos, remitiendo a un desarrollo posterior, la plena asunción y ejecución de sus competencias.

Esta refundición se ha hecho efectiva mediante la entrada en vigor del Real Decreto 1286/2010, de 15 de octubre, por el que se aprueba el Estatuto del INVIED, que ha provocado la derogación del Real Decreto 991/2000, de 2 de junio, por el que se desarrolla la Ley 26/1999, de 9 de julio, de medidas de apoyo a la movilidad geográfica de los miembros de las Fuerzas Armadas, y del Real Decreto 1687/2000, de 6 de octubre, por el que se aprueba el Estatuto de la GIED.

Esta nueva normativa, que conlleva la integración del nuevo organismo en la Secretaría de Estado de Defensa, adscrito a la Dirección General de Infraestructura, impone la modificación de la Orden DEF/2424/2004, de 20 de julio, por la que se delegan competencias en autoridades del Ministerio de Defensa en relación con determinadas materias administrativas, para poder conseguir la mayor celeridad y simplificación en la tramitación de determinados expedientes administrativos.

Por otra parte, la disposición adicional única de la Orden DEF/3015/2004, de 17 de septiembre, sobre delegación de competencias en autoridades del Ministerio de Defensa en materia de convenios de colaboración, delegó en el Director General de Infraestructura la competencia para otorgar autorizaciones y concesiones demaniales sobre bienes inmuebles afectados o adscritos al Ministerio de Defensa. Con el fin de agilizar también el procedimiento de toma de decisiones relativas a la explotación de bienes muebles demaniales, se delega ahora la mencionada competencia sobre este tipo de bienes en el Director General de Armamento y Material.

Por último, la disposición adicional segunda del Real Decreto 1040/2003, de 1 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento General de Recompensas Militares, establece que el uso sobre el uniforme de las recompensas civiles españolas y de las civiles y militares extranjeras concedidas al personal militar deberá ser autorizado por el Ministro de Defensa. Se considera conveniente, con el fin de agilizar este trámite, delegar dicha competencia.

El artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y el artículo 20.1.b) de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, conceden a los titulares de los departamentos ministeriales la facultad de delegar el ejercicio de competencias propias. Asimismo, en cumplimiento del lo establecido en la disposición adicional decimotercera de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, se ha recabado la aprobación previa por parte del Secretario de Estado de Seguridad para la delegación que se contempla en el Director General de la Policía y de la Guardia Civil.

En su virtud, dispongo:

Artículo único. Modificación de la Orden DEF/2424/2004, de 20 de julio, por la que se delegan competencias en autoridades del Ministerio de Defensa en relación con determinadas materias administrativas.

La Orden DEF/2424/2004, de 20 de julio, por la que se delegan competencias en autoridades del Ministerio de Defensa en relación con determinadas materias administrativas, queda modificada como sigue:

Uno. El párrafo 1 del apartado primero queda redactado del siguiente modo:

«1. En el Secretario de Estado de Defensa, las que figuran con los números de orden del 1 al 6, ambos incluidos, y 15, del anexo a esta orden.»

Dos. El párrafo 2 del apartado primero queda redactado como sigue:

«2. En el Subsecretario de Defensa, las que figuran con los números de orden desde 7 al 14, ambos incluidos, en el anexo a esta orden.»

Tres. El párrafo 5 del apartado primero queda redactado como sigue:

«5. En el Director Gerente del Instituto de Vivienda, Infraestructura y Equipamiento de la Defensa, las que figuran con los números de orden desde el 21 al 25, ambos incluidos, en el anexo a esta orden.»

Cuatro. Se incluye un párrafo 6 en el apartado primero con la siguiente redacción:

«6. En el Director General de Armamento y Material, la que figura con el número 26 en el anexo a esta orden.»

Cinco. Se incluye un párrafo 7 en el apartado primero con la siguiente redacción:

«7. En el Subsecretario de Defensa, en los Jefes de Estado Mayor del Ejército de Tierra, de la Armada y del Ejército del Aire y en el Director General de la Policía y de la Guardia Civil, en los ámbitos respectivos, la que figura con el número 27 en el anexo a esta orden.»

Seis. El punto 3 del anexo queda redactado como sigue:

«3. Desafectaciones de bienes demaniales afectados al Ministerio de Defensa y, en el caso de viviendas que no tengan la calificación de viviendas militares, declaración de innecesariedad y desafectación para los fines y destinos que tienen asignados.»

Siete. El punto 4 del anexo queda redactado como sigue:

«4. Enajenación directa de inmuebles puestos a disposición del Instituto de Vivienda, Infraestructura y Equipamiento de la Defensa.»

Ocho. El punto 6 del anexo queda redactado como sigue:

«6. Acordar la enajenación de bienes muebles y productos de Defensa.»

Nueve. El punto 15 del anexo, queda redactado como sigue:

«15. Modificar, por razones de interés público, el destino de los inmuebles calificados como viviendas militares o de cualquier otro inmueble destinado a vivienda.»

Diez. Se incluye un punto 25 al anexo del siguiente tenor:

«25. Fijar aquellas localidades en las que existan viviendas militares no enajenables que se encuentren desocupadas, para ofrecer en régimen de arrendamiento especial al militar de complemento y al militar de tropa y marinería con una relación de servicios de carácter temporal, que tenga suscrito un compromiso de larga duración, en las condiciones establecidas en el Real Decreto 1286/2010, de 15 de octubre, por el que se aprueba el Estatuto del organismo autónomo Instituto de Vivienda, Infraestructura y Equipamiento de la Defensa.»

Once. Se incluye un punto 26 al anexo del siguiente tenor:

«26. Otorgar las autorizaciones y concesiones demaniales sobre bienes muebles afectados al ministerio de Defensa, a las que hace referencia el artículo 95 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas.»

Doce. Se incluye un punto 27 al anexo con la siguiente redacción:

«27. Autorizaciones para uso sobre la uniformidad de recompensas civiles nacionales y recompensas civiles o militares extranjeras.»

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente orden ministerial entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 27 de julio de 2011.–La Ministra de Defensa, Carme Chacón Piqueras.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 27/07/2011
  • Fecha de publicación: 01/08/2011
  • Fecha de entrada en vigor: 02/08/2011
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE MODIFICA lo indicado, por Orden DEF/320/2016, de 29 de febrero (Ref. BOE-A-2016-2551).
Referencias anteriores
  • MODIFICA el apartado 1 y el anexo de la Orden DEF/2424/2004, de 20 de julio (Ref. BOE-A-2004-13596).
  • DE CONFORMIDAD con:
    • Disposición adicional 13 de la Ley 6/1997, de 14 de abril (Ref. BOE-A-1997-7878).
    • arts. 13 y 20 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (Ref. BOE-A-1992-26318).
Materias
  • Delegación de atribuciones
  • Dirección General de Armamento y Material
  • Instituto de Vivienda, Infraestructura y Equipamiento de la Defensa
  • Ministerio de Defensa
  • Secretaría de Estado de la Defensa
  • Subsecretaría de Defensa

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