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Documento BOE-A-2011-13657

Resolución de 4 de julio de 2011, del Instituto de Salud Carlos III, por la que se publica el Acuerdo de encomienda de gestión con la Fundación Centro de Investigación de Enfermedades Neurológicas.

Publicado en:
«BOE» núm. 190, de 9 de agosto de 2011, páginas 90751 a 90755 (5 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Ciencia e Innovación
Referencia:
BOE-A-2011-13657

TEXTO ORIGINAL

Suscrito el Acuerdo de encomienda de gestión entre el Instituto de Salud Carlos III y la Fundación Centro de Investigación de Enfermedades Neurológicas y en cumplimiento de lo dispuesto en el apartado tres del artículo 15 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho Acuerdo, que figura como anexo de esta Resolución.

Madrid, 4 de julio de 2011.–El Director del Instituto de Salud Carlos III, José Jerónimo Navas Palacios.

ANEXO
Acuerdo de encomienda de gestión entre el Instituto de Salud Carlos III (Escuela Nacional de Sanidad) y la Fundación Centro de Investigación de Enfermedades Neurológicas, para la gestión de las actividades relacionadas con la realización de estudios de postgrado en materia sanitaria

En Madrid, 26 de mayo de 2011.

REUNIDOS

De una parte, D. José Jerónimo Navas Palacios, como Director del Instituto de Salud «Carlos III», organismo perteneciente al Ministerio de Ciencia e Innovación, nombrado por Real Decreto 1458/2008, de 29 de agosto («Boletín Oficial del Estado» n.º 210, de 30 de agosto), actuando en nombre y representación del Instituto de Salud Carlos III, con domicilio social en Madrid, calle Sinesio Delgado n.º 6 y en ejercicio de las competencias atribuidas por el Real Decreto 1042/2009, de 29 de junio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Ciencia e Innovación, en virtud del Real Decreto 640/2009, de 17 de abril, por el que se desarrolla el Real Decreto 542/2009, de 7 de abril, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales y por el Real Decreto 375/2001, por el que se aprueba el Estatuto del Instituto de Salud Carlos III, modificado mediante los Reales Decretos 590/2005, de 20 de mayo, 246/2009, de 27 de febrero y 1672/2009, de 6 de noviembre.

De otra parte, doña María Ángeles Pérez Muñoz, Directora Gerente de la Fundación Centro de Investigación de Enfermedades Neurológicas, fundación del sector público estatal; en uso de los poderes otorgados por el Patronato de la Fundación en la reunión celebrada el día 29 de junio de 2009, elevados a escritura pública el 15 de julio de 2009 con el número de protocolo 1488.

Ambas partes, que actúan en razón de sus respectivos cargos, se reconocen, mutua y recíprocamente, capacidad legal necesaria para la formalización de la presente Encomienda de Gestión y, a tal efecto,

EXPONEN

1. Que el artículo 3 del Real Decreto 375/2001, por el que se aprueba el Estatuto del Instituto de Salud Carlos III, modificado mediante los Reales Decretos 590/2005, de 20 de mayo y 246/2009, de 27 de febrero, señala que al Instituto de Salud Carlos III, como Organismo proveedor y asesor en materia de formación y educación sanitaria, le corresponden las siguientes funciones:

i. La formación, perfeccionamiento y especialización del personal, tanto sanitario como no sanitario, en el campo de la salud y la administración y gestión sanitaria, sin perjuicio de las competencias de otros órganos públicos.

ii. El desarrollo de las disciplinas metodológicas, ciencias sociales y económicas aplicadas a la salud.

2. Que corresponde a la Subdirección General de Servicios Aplicados, Formación e Investigación, ente otras funciones, la formación de los profesionales en el campo de la salud pública a través de los órganos y unidades del Instituto de Salud Carlos III y en especial de la Escuela Nacional de Sanidad.

3. Que el Instituto de Salud Carlos III carece de los recursos necesarios para responder con eficacia a estos retos, por lo que precisa de apoyo técnico y material para afrontarlos.

4. Que la Fundación CIEN es una Fundación del Sector público estatal, perteneciente al Ministerio de Ciencia e Innovación y desarrolla sus funciones a través del Instituto de Salud Carlos III (ISCIII). La Fundación se rige por sus Estatutos, por la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones; Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de las Fundaciones de Competencia Estatal y por el resto de las disposiciones legales de derecho administrativo, civil, mercantil o laboral que sean de aplicación, o disposiciones que puedan sustituirlas en su vigencia, cuyos fines y objetivos son el fomento, la divulgación, la promoción y la coordinación de la investigación.

5. Que para el desarrollo de la actividad encomendada es necesaria la gestión de servicios de carácter material así como de aquellos otros imprescindibles para el correcto progreso de la acción.

6. Que la Fundación dispone de los medios técnicos necesarios para la ejecución de las actividades indicadas, bajo la supervisión y tutela del Instituto de Salud Carlos III (Escuela Nacional de Sanidad).

7. Que de acuerdo con su consideración de medio propio instrumental, se encomienda a la Fundación la gestión de los recursos necesarios para hacer frente a las actividades a desarrollar por la Escuela Nacional de Sanidad, para la realización de estudios de postgrado en materia sanitaria. Por su parte, la Fundación acepta dicha propuesta, en los términos fijados en los artículos 4.1.n) y 24.6 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público (B.O.E. n.º 261, de 31 de octubre de 2007).

Por todo ello, ambas partes, al amparo de los artículos 4.1 n) y 24.6 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, acuerdan suscribir la presente encomienda de gestión que se regirá por las siguientes:

CLÁUSULAS

Primera.

El Instituto de Salud Carlos III, titular de la competencia objeto de la encomienda, conforme a lo estipulado en la Orden SCO/2668/2004, de 30 de julio, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión por el Instituto de Salud Carlos III de becas para la realización de estudios de postgrado en materia sanitaria dentro del marco de cooperación internacional del Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad, es la Entidad encomendante y la Fundación CIEN la Entidad encomendada para el desarrollo y gestión de actividades relacionadas con la realización de estudios de postgrado en materia sanitaria.

La Fundación CIEN acepta la gestión de la encomienda, según lo dispuesto en la cláusula tercera.

Segunda.

El presente acuerdo de encomienda de gestión entrará en vigor desde la fecha de firma del mismo, concluyendo su plazo de ejecución el 31 de diciembre de 2011.

Tercera.

El objeto de la presente encomienda consiste en la gestión de los estudios de postgrado en materia sanitaria que deberán ser impartidas a los veintiocho becarios, en régimen de concurrencia competitiva, para la formación de personal sanitario de los siguientes países: Angola, Argentina, Belice, Bolivia, Brasil, Cabo Verde, Colombia, Costa Rica, Cuba, Chile, Ecuador, Filipinas, Guatemala, Guinea Ecuatorial, Guinea Bissau, Honduras, Méjico, Mozambique, Nicaragua, Panamá, Paraguay, Perú, República Dominicana, Salvador, Uruguay y Venezuela.

Estas becas están destinadas a cursos de formación a realizar durante el año 2011, que versarán sobre las siguientes materias:

a) Diploma Superior de Salud Pública Internacional (DSPI) en la Escuela Nacional de Sanidad, adscrita a la Subdirección General de Servicios Aplicados, Formación e Investigación, del Instituto de Salud Carlos III.

El Diploma Superior de Salud Pública Internacional (DSPI) es la oferta académica de formación básica que se ofrece a los profesionales sanitarios y de otras ciencias sociales que desean especializarse en el campo de la Cooperación Sanitaria Internacional. El DSSI se dirige tanto a profesionales españoles y europeos, como a aquellos procedentes de Iberoamérica, Asia, África, y su finalidad es aportar los conocimientos y las técnicas necesarias para desarrollar intervenciones sanitarias efectivas y adaptadas a la realidad económica, social y sanitaria de los países en desarrollo.

El objetivo central es conseguir que los profesionales implicados en la cooperación sanitaria sean capaces de analizar estratégicamente la situación sanitaria de una población, y de elaborar, planificar, desarrollar y evaluar actuaciones que mejoren el estado de salud de la población local.

Específicamente, se pretende:

1. Revisar los conceptos básicos y la práctica de los instrumentos metodológicos de mayor interés para el trabajo en Salud Pública en la cooperación sanitaria.

2. Analizar e integrar las principales estrategias de control de las causas más importantes de morbi-mortalidad en países en desarrollo.

Programa:

Comprende trece semanas de clase, con un total de 420 horas lectivas, distribuyéndose de la siguiente manera:

− Módulo I. Introducción a la salud pública internacional, Módulo II. Estadística y Epidemiología.

− Módulo III. Indicadores sanitarios. Carga de enfermedad.

− Módulo IV. Demografía sanitaria.

− Módulo V. Políticas, sistemas y servicios de salud.

− Módulo VI. Salud reproductiva, infantil y nutrición.

− Módulo VII. Epidemiología y control de las enfermedades transmisibles y no transmisibles en países en desarrollo.

− Módulo VIII. Formulación y evaluación de proyectos de cooperación.

− Módulo IX. Tesina y estudio personal.

b) Diploma Superior de Promoción de la Salud (DSPS) en la Escuela Nacional de Sanidad, adscrita a la Subdirección General de Servicios Aplicados, Formación e Investigación, del Instituto de Salud Carlos III.

El DSPS consta de 400 horas lectivas. Los alumnos deberán realizar obligatoriamente todos los módulos que componen el Diploma. Al finalizar los módulos cada alumno presentará un trabajo académico sobre un tema relacionado con el Diploma, a elegir por el alumno y que cuente con la aceptación previa del Director del curso.

Módulos:

– Introducción a la promoción de la salud.

– Metodología en promoción de la salud.

– Metodología cuantitativa en promoción de la salud.

– Metodología cualitativa en promoción de la salud.

– Elaboración de proyectos de promoción de la salud.

– Evaluación de resultados en programas de salud

– Elaboración y publicación de trabajos en ciencias de la salud.

– Atención integral de salud a la mujer.

– Educación para la salud en enfermos crónicos.

– Prevención de las enfermedades no transmisibles.

– Prevención y control de accidentes y lesiones.

– Violencia y malos tratos como problema de salud.

– Comunicación interpersonal en salud.

Cuarta.

Como contraprestación del presente Acuerdo la Fundación CIEN recibirá el importe correspondiente a la cobertura de estos servicios, según las tarifas aprobadas por la Fundación CIEN en fecha 24 de mayo de 2011.

Quinta.

El precio total de la encomienda se fija en un máximo de 143.360,00 euros (ciento cuarenta y tres mil trescientos sesenta euros), que serán abonados con cargo a operaciones comerciales del Instituto de Salud Carlos III.

Ejercicio 2011: 143.360,00 €.

Sexta.

El pago se realizará en dos plazos. El primero, antes del 30 de octubre de 2011 y el segundo, a la finalización de la encomienda: 31 de diciembre de 2011 y su importe será, en cada plazo, el que resulte de calcular los gastos efectuados por la Fundación CIEN, que puedan ser justificados en el momento de formalizar el pago correspondiente y previa conformidad por parte del Instituto de Salud Carlos III (Escuela Nacional de Sanidad).

Séptima.

La ejecución de la encomienda se realizará bajo la supervisión del Instituto de Salud Carlos III (Escuela Nacional de Sanidad), quien dará las instrucciones necesarias para su desarrollo.

Octava.

Se constituirá una Comisión de Seguimiento del Acuerdo de Encomienda de Gestión. La Comisión estará formada, por parte del Instituto de Salud Carlos III, por la Subdirectora General de Servicios Aplicados, Formación e Investigación y por el Director de la Escuela Nacional de Sanidad y por dos representantes de la Fundación CIEN que serán designados por su Directora Gerente, comunicándose esta designación al Instituto de Salud Carlos III dentro de los siete días siguientes a la firma de la encomienda.

La Comisión de seguimiento tendrá las siguientes funciones:

– Revisar la marcha del plan de trabajo.

– Interpretar en caso de duda, el contenido del presente acuerdo de encomienda de gestión, y en consecuencia, proponer las decisiones oportunas acerca de las variaciones o cambios aconsejables para la mejor ejecución de las actuaciones.

– El seguimiento de la ejecución de las actuaciones contempladas en el Acuerdo de Encomienda de Gestión.

– La definición de nuevas y necesarias actividades materiales.

– Decidirá sobre las causas y consecuencias de extinción de la presente encomienda, en particular sobre el precio a abonar, las indemnizaciones por daños y perjuicios y el dinero aplicado.

Novena.

Las partes se comprometen a resolver pacíficamente cualquier conflicto que pudiera surgir en la interpretación y ejecución del presente Acuerdo.

En caso de que no fuera posible, las partes se someterán para la resolución de cuestiones litigiosas a los Juzgados y Tribunales del orden jurisdiccional contencioso-administrativo. Asimismo, en caso de contraposición de intereses, se estará a lo dispuesto en la Ley 52/1997, de 27 de noviembre, de Asistencia Jurídica al Estado e Instituciones Públicas y al Real Decreto 997/2003, de 25 de julio, que aprobó el Reglamento del Servicio Jurídico del Estado, en especial el artículo 10 de este último. En estos casos, el Abogado General del Estado –Director del Servicio Jurídico del Estado– previa audiencia de los dos interesados, emitirá el informe que proceda en Derecho.

En prueba de conformidad, con cuanto antecede, se firma el presente Acuerdo por duplicado ejemplar en el lugar y fecha antes indicados.–El Director del Instituto de Salud Carlos III, José Jerónimo Navas Palacios.–La Directora Gerente de la Fundación Centro de Investigación de Enfermedades Neurológicas, María Ángeles Pérez Muñoz.

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