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Documento BOE-A-2011-13843

Resolución de 27 de julio de 2011, del Servicio Público de Empleo Estatal, por la que se publican las cuentas anuales del ejercicio 2010, de la Fundación Tripartita para la Formación en el Empleo.

Publicado en:
«BOE» núm. 194, de 13 de agosto de 2011, páginas 92225 a 92240 (16 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo e Inmigración
Referencia:
BOE-A-2011-13843

TEXTO ORIGINAL

La Resolución de la Intervención General de la Administración del Estado, de 14 de septiembre de 2009, por la que se determina el contenido mínimo de la información a publicar en el «Boletín Oficial del Estado» por las entidades del sector público empresarial y fundacional que no tengan obligación de publicar sus cuentas en el registro mercantil, establece, en su artículo cuarto, que en el plazo de un mes contado desde la fecha en que se remitan las cuentas anuales a la Intervención General de la Administración del Estado para su envío al Tribunal de Cuentas, se «publicarán anualmente en el Boletín Oficial del Estado el balance de situación y la cuenta de resultados, de acuerdo con los modelos previstos en la Adaptación al Plan General de Contabilidad para entidades sin fines de lucro, aprobado por el Real Decreto 776/1998, de 30 de abril, adaptados en su contenido, respectivamente, al balance y a la cuenta de pérdidas y ganancias del Plan General de Contabilidad, aprobado por el Real Decreto 1514/2007, de 16 de noviembre, así como un resumen de la memoria cuyo contenido será, al menos, el previsto en el anexo IV de la presente Resolución, en el plazo de un mes contado desde la fecha en que se remitan las cuentas anuales a la Intervención General de la Administración del Estado para su envío al Tribunal de Cuentas».

Dando cumplimiento a lo indicado en la Resolución de 14 de septiembre de 2009, esta Dirección General del Servicio Público de Empleo Estatal ha tenido a bien disponer la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del resumen del contenido de las cuentas anuales correspondientes al ejercicio 2009, que figura en el anexo de esta Resolución.

Madrid, 27 de julio de 2011.–El Director General del Servicio Público de Empleo Estatal, Antonio Toro Barba.

Aquí aparecen varias imágenes en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

FUNDACIÓN TRIPARTITA PARA LA FORMACIÓN EN EL EMPLEO

Memoria del ejercicio 2010

1. Actividad

La Fundación Tripartita para la Formación en el Empleo se constituyó el 29 de junio de 2001 por las Organizaciones Empresariales, Sindicales más representativas a nivel estatal y por el Servicio Público de Empleo Estatal.

Con fecha 29 de noviembre de 2010 el Patronato de la Fundación aprobó el cambio del domicilio social de la Fundación, trasladándose a su actual ubicación en la Calle Torrelaguna, número 56 de Madrid.

Las actividades que desarrolla la Fundación Tripartita para la Formación en el Empleo se determinan en el artículo 34.3 del Real Decreto 395/2007, de 23 de marzo, por el que se regula el subsistema de formación profesional para el empleo:

1. Colaborar y asistir técnicamente al Servicio Público de Empleo Estatal en sus actividades de planificación, programación, gestión, evaluación, seguimiento y control de las iniciativas de formación previstas en el presente real decreto, así como en la confección del informe anual sobre dichas actividades.

2. En particular, actuar como entidad colaboradora del Servicio Público de Empleo Estatal en la gestión de las convocatorias de subvenciones públicas que se realicen por dicho organismo en el marco de lo previsto en el presente Real Decreto. La Fundación Tripartita colaborará en la instrucción de los procedimientos y en la elaboración de las propuestas relativas a la resolución y justificación de las subvenciones, correspondiendo al Servicio Público de Empleo Estatal la concesión y el pago de las subvenciones. A estos efectos, ambas entidades suscribirán el correspondiente convenio de colaboración de acuerdo con lo establecido en los artículos 12 y siguientes de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

3. Apoyar técnicamente al Servicio Público de Empleo Estatal en el diseño e instrumentación de los medios telemáticos necesarios para que las empresas y las entidades organizadoras realicen las comunicaciones de inicio y finalización de la formación acogida al sistema de bonificaciones, garantizando en todo caso la seguridad y confidencialidad de las comunicaciones.

4. Elevar al Servicio Público de Empleo Estatal propuestas de resoluciones normativas e instrucciones relativas al subsistema de formación profesional para el empleo, así como elaborar los informes que le sean requeridos.

5. Contribuir al impulso y difusión del subsistema de formación profesional para el empleo entre las empresas y los trabajadores.

6. Prestar apoyo técnico, en la medida que le sea requerido, a las Administraciones públicas y a las Organizaciones empresariales y sindicales presentes en el órgano de participación a que se refiere el artículo 33.3, así como a las representadas en el Patronato de la Fundación Tripartita y a las Comisiones Paritarias Estatales.

7. Dar asistencia y asesoramiento a las PYMES posibilitando su acceso a la formación profesional para el empleo, así como apoyo técnico a los órganos administrativos competentes en la orientación a los trabajadores.

8. Colaborar con el Servicio Público de Empleo Estatal en promover la mejora de la calidad de la formación profesional para el empleo, en la elaboración de las estadísticas para fines estatales, y en la creación y mantenimiento del registro estatal de centros de formación regulado en el artículo 9.2 de este Real Decreto.

9. Participar en los foros nacionales e internacionales relacionados con la formación profesional para el empleo.

Esta norma significó un cambio normativo y la creación de un nuevo subsistema de formación profesional que integra la formación profesional continua y la ocupacional derogando el anterior Real Decreto 1046/2003, de 1 de agosto, por el que se regulaba el subsistema de formación profesional continua. No obstante en virtud de la disposición transitoria primera del Real Decreto 395/2007, los procedimientos de concesión de subvenciones en materia de formación continua iniciados con anterioridad a la entrada en vigor de su normativa de desarrollo se regirán por la normativa anterior que les sea de aplicación.

Las actividades de la Fundación Tripartita para la Formación en el Empleo relativas a la gestión de las subvenciones para la realización de las diferentes iniciativas previstas en el Real Decreto se han concretado en órdenes ministeriales de desarrollo del mismo que han establecido las bases para la concesión de subvenciones públicas destinadas a su financiación (Orden TAS/2388/2007, de 2 de agosto, y Orden TAS/718/2008, de 7 de marzo, que deroga la anterior, en materia de formación de oferta, y Orden TIN/2805/2008, de 26 de septiembre, en materia de acciones de apoyo y acompañamiento a la formación) y para la financiación de la formación de demanda mediante bonificaciones en las cuotas a la Seguridad Social (Orden TAS/2307/2007, de 27 de julio).

En febrero de 2009 se suscribió un convenio de colaboración entre la Fundación Tripartita para la Formación en el Empleo y el Servicio Público de Empleo Estatal mediante el cual se instrumentó la colaboración y apoyo técnico de la FTFE en el desarrollo y ejecución de las funciones atribuidas por el Real Decreto, regulándose de manera concreta, entre otros aspectos, el apoyo técnico en la programación de las iniciativas de formación, la colaboración en la gestión de las convocatorias de concesión de subvenciones para iniciativas de formación y de las becas y ayudas a trabajadores desempleados, la colaboración en la gestión de la formación de demanda, etc.

Asimismo, la Fundación ha llevado a cabo, a lo largo del 2010, las funciones previstas en los III Acuerdos de Formación Continua respecto de los procedimientos administrativos en curso relacionados con la concesión de subvenciones de formación continua iniciados al amparo de los mismos.

El actual subsistema de formación profesional para el empleo ha supuesto un avance en el proceso de reconocimiento de las competencias de gestión de las Comunidades Autónomas iniciado al amparo de la normativa anterior, reforzando la capacidad de gestión de las CC.AA. y profundizando en la cooperación de éstas con la Administración General del Estado.

En línea con lo anterior, desde el año 2005 se vienen aprobando sucesivos Reales Decretos de transferencias de medios a las Comunidades Autónomas. Con posterioridad a la publicación de cada Decreto, la Fundación Tripartita para la Formación en el Empleo acuerda con la correspondiente Comunidad Autónoma o con los organismos designados por ésta, el oportuno convenio por el que se materializa el traspaso de los medios humanos, técnicos y materiales que la Fundación Tripartita tiene en cada una de sus sedes territoriales. No obstante, en algunos casos, la cesión se ha limitado a los recursos humanos y no a los medios técnicos y materiales.

En 2010 se han suscrito los convenios de traspaso con las Comunidades Autónomas de Andalucía y Aragón y Canarias. El siguiente cuadro resume, para cada uno de los Reales Decretos aprobados hasta el momento, la fecha de formalización de los correspondientes convenios de traspaso:

Comunidad Autónoma

Real Decreto

Convenio

Andalucía.

R.D. 1562/2005, de 23 de diciembre.

27/12/2010

Aragón.

R.D. 250/2010, de 5 de marzo.

25/10/2010

Canarias.

R.D. 827/2010, de 25 de junio.

23/12/2010

Cantabria.

R.D. 1587/2006, de 22 de diciembre.

01/07/2008

Castilla Y Leon.

R.D. 398/2006, de 31 de marzo.

01/10/2006

Cataluña.

R.D. 754/2006, de 16 de junio.

01/01/2007

Extremadura.

R.D. 1746/2010, de 23 de diciembre.

En la actualidad en negociación

Galicia.

R.D. 552/2006, de 5 de mayo.

26/11/2009

Islas Baleares.

R.D. 1189/2006, de 13 de octubre.

27/05/2009

La Rioja.

R.D. 526/2006, de 28 de abril.

27/04/2007

Murcia.

R.D. 1085/2008, de 30 de julio.

29/12/2008

La firma de los citados convenios se ha realizado de conformidad con la normativa de aplicación, respetándose los derechos de los trabajadores y de otros terceros, habiéndose dado cumplimiento igualmente a la normativa de aplicación establecida en la Ley 50/2002, de Fundaciones y en el Real Decreto 1337/2005, por el que se aprueba el Reglamento de Fundaciones de competencia estatal.

Está previsto que durante 2011 continúe el proceso de traspaso de medios de la Fundación Tripartita para la Formación en el Empleo en sus distintas sedes territoriales de las Comunidades Autónomas.

Por otro lado, en el ámbito de los recursos humanos, en el año 2010 el I Convenio Colectivo de la Fundación Tripartita, que entró en vigor el 10 de diciembre de 2008 y finalizaba a 31 de diciembre de 2009, sigue vigente de acuerdo con lo previsto en el artículo 86 del Estatuto de los Trabajadores.

2. Bases de presentación

1) Imagen fiel.

Las Cuentas Anuales del ejercicio 2010 adjuntas han sido formuladas a partir de los registros contables de la Fundación a 31 de diciembre de 2010 y en ellas se han aplicado los principios y criterios contables recogidos en el Real Decreto 1514/2007, por el que se aprueba el Plan General de Contabilidad, las Normas de Adaptación del Plan General de Contabilidad a las Entidades Sin Fines Lucrativos, aprobadas por Real Decreto 776/1998, de 30 de abril, la Orden EHA/733/2010, de 25 de marzo, por la que se aprueban aspectos contables de empresas públicas que operan en determinadas circunstancias, que clarifica la norma de registro y valoración 18.ª, Subvenciones, donaciones y legados recibidos, del Plan General de Contabilidad y las demás disposiciones legales vigentes en materia contable, de forma que muestran la imagen fiel del patrimonio, de la situación financiera y de los resultados de la Fundación.

La disposición transitoria quinta del Plan General de Contabilidad mantiene, con carácter general, la vigencia de las adaptaciones sectoriales en vigor a la fecha de publicación del Real Decreto que lo aprueba, en todo lo que no se opongan a la legislación contable vigente, haciendo una especial referencia a las adaptaciones a entidades no mercantiles, al señalar: «En particular, las entidades que realicen actividades no mercantiles que vengan obligadas por sus disposiciones específicas, a aplicar alguna adaptación del Plan General de Contabilidad, seguirán aplicando sus respectivas normas de adaptación en los términos dispuestos en el párrafo anterior, debiendo aplicar los contenidos del Plan General de Contabilidad o, en su caso, del Plan General de Contabilidad de PYMES en todos aquellos aspectos que han sido modificados. Se deberán respetar en todo caso las particularidades que en relación con la contabilidad de dichas entidades establezcan, en su caso, sus disposiciones específicas».

Así a las Entidades no lucrativas les resulta de aplicación la nueva normativa contable, aunque debido a su legislación específica, la ley de Fundaciones, sus cuentas anuales estarán integradas por el balance, la cuenta de resultados y la memoria, conforme lo que establece el artículo 25 de la citada Ley, si bien en la elaboración de dichos documentos se aplicaran los criterios y normas de valoración que establece la nueva normativa contable, manteniéndose las particularidades específicas de la adaptación sectorial en lo que no se oponga a la misma.

A ese respecto y de conformidad con el criterio manifestado por el Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, la Fundación presenta el balance, la cuenta de resultados y la memoria en el modelo normal, no estando obligada a la elaboración de los documentos, estado de cambios en el patrimonio neto y estado de flujos de efectivo.

No existen razones excepcionales por las que, para mostrar la imagen fiel, no se hayan aplicado disposiciones legales en materia contable.

Las Cuentas Anuales adjuntas fueron aprobadas por el Patronato el 29 de junio de 2011.

2) Principios contables obligatorios aplicados.

Para la elaboración de las cuentas anuales 2010 se han seguido los principios contables y normas de valoración generalmente aceptados, descritos en la Nota 4. No se ha dejado de aplicar ningún principio contable obligatorio que pueda tener un efecto significativo en las cuentas anuales.

3) Aspectos críticos de la valoración y estimación de la incertidumbre.

La Fundación ha elaborado sus estados financieros bajo el principio de entidad en funcionamiento, sin que exista ningún tipo de riesgo importante que pueda suponer cambios significativos en el valor de los activos o pasivos en el ejercicio siguiente.

4) Comparación de la Información.

De conformidad con la normativa vigente, antes citada, se presentan a efectos comparativos con cada una de las partidas de balance, de la cuenta de resultados y de la memoria, además de las cifras del ejercicio 2010, las correspondientes al ejercicio anterior.

5) Agrupación de partidas.

Las cuentas anuales no tienen ninguna partida que haya sido objeto de agrupación en el balance o en la cuenta de resultados.

6) Elementos recogidos en varias partidas.

No se han registrado elementos patrimoniales en dos o más partidas de balance.

7) Cambios en criterios contables.

No se han realizado en el ejercicio ajustes de las cuentas anuales por cambios en criterios contables.

8) Corrección de errores.

En el ejercicio 2010 no se han realizado ajustes por corrección de errores del ejercicio o ejercicios anteriores.

3. Excedente (déficit) del ejercicio

Durante el ejercicio 2010 la Fundación ha generado un déficit.

La propuesta de distribución del déficit del ejercicio formulada por el Presidente del Patronato de la Fundación es la siguiente:

 

Euros

Base de reparto:

Déficit del ejercicio

46.933

Distribución:

A compensar con excedentes de ejercicios anteriores

46.933

Este déficit es el resultado de los gastos que por su naturaleza no han sido objeto de financiación por parte del Servicio Público de Empleo Estatal, minorados por los rendimientos generados por los fondos propios.

4. Normas de registro y valoración

Las principales normas de valoración utilizadas por la Fundación en la elaboración de sus cuentas anuales para el ejercicio 2010, de acuerdo con las establecidas en Real Decreto 1514/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el Plan General de Contabilidad, han sido las siguientes:

1. Inmovilizado Intangible.

El inmovilizado intangible incluye la propiedad industrial e intelectual, así como las aplicaciones informáticas, que se contabilizan en su valoración inicial al coste de adquisición, incluidos todos los gastos adicionales y directamente relacionados que se produzcan hasta su puesta en funcionamiento.

La valoración posterior se realiza minorando la amortización sobre el precio de adquisición, así como las correspondientes correcciones valorativas por deterioro.

En cuanto a la amortización, la Fundación sigue el criterio de amortizar en 7 años la propiedad industrial e intelectual y en 3 años las aplicaciones informáticas. El cargo en la cuenta de resultados del ejercicio 2010 por amortización del inmovilizado intangible ascendió a 152.989 euros.

No existe ningún inmovilizado intangible cuya vida útil se considere indefinida.

2. Inmovilizado material.

El inmovilizado material se valora inicialmente a su precio de adquisición, que incluye todos los gastos adicionales y directamente relacionados que se produzcan hasta su puesta en funcionamiento.

Los gastos de conservación y mantenimiento se cargan a la cuenta de resultados del ejercicio en que se incurren.

Los costes de ampliación, modernización o mejoras que representan un aumento de la productividad, capacidad o eficiencia o un alargamiento de la vida útil de los bienes, se capitalizan como mayor coste de los mismos.

La valoración posterior se realiza, al igual que en el inmovilizado intangible, minorando la amortización sobre el precio de adquisición así como las correspondientes correcciones valorativas por deterioro. Se registra la pérdida por deterioro de un inmovilizado material, al igual que de un inmovilizado intangible, cuando su valor neto contable supere el importe recuperable, entendiendo éste como el mayor importe entre su valor razonable menos los costes de venta y su valor de uso.

La Fundación amortiza su inmovilizado material en función de su vida útil estimada de acuerdo al siguiente cuadro:

Elemento

Amortización

Años

Instalaciones:

 

Eléctricas

10

Aire acondicionado

9

Telecomunicaciones

9

Seguridad, detección y extinción de incendios

9

Mobiliario:

 

Mobiliario

10

Equipos proceso de información:

 

Equipos proceso de información

4

Otro inmovilizado material:

 

Elementos pequeños que se deprecian rápido

3

Elementos en general

7

El cargo en la cuenta de resultados del ejercicio 2010 por el concepto de amortización del inmovilizado material ascendió a 433.272 euros.

La Fundación no tiene compromisos de desmantelamiento, retiro o rehabilitación para sus bienes de activo. Por ello no se ha contabilizado en los activos valores para la cobertura de tales obligaciones en el futuro.

3. Instrumentos financieros.

La Fundación tiene registrados en el capítulo de instrumentos financieros, aquellos contratos que dan lugar a un activo financiero en una empresa y, simultáneamente, a un pasivo financiero o a un instrumento de patrimonio en otra empresa. Se consideran, por tanto instrumentos financieros los siguientes:

– Activos financieros.

• Fianzas constituidas.

• Préstamos al personal.

• Deudores por actividad propia.

• Efectivo y otros líquidos equivalentes.

– Pasivos financieros.

• Acreedores comerciales y otros derivados de la actividad propia.

• Deudas con el Servicio Público de Empleo Estatal.

Los activos y pasivos financieros se clasifican a corto o largo plazo en función de que el vencimiento del contrato vigente, a contar desde la fecha de cierre de las cuentas anuales sea inferior o superior a 12 meses respectivamente.

Tanto para los deudores como para las fianzas constituidas con vencimiento inferior a 12 meses, la valoración posterior se ha realizado por su valor nominal.

En el caso de las fianzas a largo plazo, así como en los préstamos al personal con duración superior a 12 meses, la valoración posterior se ha realizado a coste amortizado.

Todos los pasivos financieros que figuran en el balance de situación de la Fundación a 31 de diciembre de 2010 tienen un vencimiento inferior a 12 meses, razón por la cual se reflejan en el mismo por su valor nominal.

4. Subvenciones, donaciones y Legados.

La Fundación recibe del Servicio Público de Empleo Estatal dos tipos de subvenciones: una destinada a financiar los gastos generados por la actividad propia de la Fundación y otra para inversión, es decir para la adquisición de elementos de inmovilizado necesarios.

La subvención destinada a financiar los gastos necesarios para el cumplimiento de los fines y actividades que tiene encomendadas la Fundación se registra como ingresos del ejercicio por el mismo importe en que se han incurrido dichos gastos.

La subvención para adquisición de inmovilizado se registra en el momento de recibirla como Patrimonio Neto y se traspasa como ingresos a la cuenta de resultados de cada ejercicio en misma proporción en que se amortizan o se dan de baja los bienes con ella financiados.

Al cierre de cada ejercicio, la parte de los importes recibidos para cada una de las finalidades indicadas que durante el mismo no han sido destinados a su fin, se reconocen como cantidades a pagar al Servicio Público de Empleo, en la cuenta acreedora que figura en el balance.

5. Provisiones y otras contingencias.

Siguiendo el criterio establecido en la norma de valoración 15.ª, las provisiones se registran por el valor de la mejor estimación posible que la Fundación ha considerado que tendría que hacer frente para cancelar una obligación con un tercero.

6. Ingresos y Gastos.

Los ingresos y gastos se imputan en función del criterio de devengo, es decir, cuando se produce la corriente real de bienes y servicios que los mismos representan, con independencia del momento en que se produzca la corriente monetaria o financiera derivada de ellos.

No obstante, siguiendo el principio de prudencia, la Fundación únicamente contabiliza los beneficios obtenidos a la fecha de cierre del ejercicio, en tanto que los riesgos con origen en el ejercicio o en otro anterior se registran tan pronto como son conocidos.

7. Arrendamientos.

La Fundación mantiene arrendamientos operativos para varios locales, a través de contratos en los que el arrendador cede el uso del local por un tiempo determinado a cambio de pagos mensuales y por otro lado, la Fundación también mantiene arrendamientos operativos por las suscripciones de varias licencias, por las que satisface un pago anual.

8. Gastos de personal.

La Fundación no establece en su convenio ningún tipo de compromisos en relación a planes de pensiones y otras obligaciones a largo plazo.

9. Transacciones en moneda extranjera.

Las diferencias de cambio, tanto positivas como negativas, que se originan se reconocen en la cuenta de pérdidas y ganancias del ejercicio.

La valoración de las operaciones en moneda extranjera 31 de diciembre de 2010 se ha realizado tomando el tipo de cambio a dicha fecha.

10. Impuestos sobre beneficios.

A partir de la promulgación de la Ley 49/2002, de 24 de diciembre de Fundaciones y entidades sin fines lucrativos e Incentivos fiscales al Mecenazgo, la Fundación se encuadra a los efectos del Título II de esta Ley dentro de la calificación de «entidades sin ánimo de lucro con derecho a régimen especial», que consiste principalmente en la exención del Impuesto sobre Sociedades para determinados rendimientos, así como la exención en otra serie de impuestos locales.

11. Elementos patrimoniales de naturaleza medioambiental.

La Fundación no tiene responsabilidades, activos ni provisiones y contingencias de naturaleza medioambiental que pudieran ser significativos con el patrimonio, la situación financiera y los resultados de la misma.

5. Inmovilizado Material

El movimiento habido durante los ejercicios 2010 y 2009 en las diferentes cuentas de inmovilizado material y de sus correspondientes amortizaciones acumuladas ha sido el siguiente:

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

A 31 de diciembre de 2010 el valor de adquisición de los elementos totalmente amortizados asciende a 2.625.990 euros.

En el ejercicio 2010 no se ha producido ninguna corrección valorativa en los bienes de inmovilizado material.

La política de la Fundación es formalizar pólizas de seguros que cubran los diversos riesgos a que está sujeto su inmovilizado.

6. Inmovilizado intangible

El movimiento habido durante los ejercicios 2010 y 2009 en las diferentes cuentas de inmovilizado intangible y de sus correspondientes amortizaciones acumuladas ha sido el siguiente:

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

A 31 de diciembre de 2010 el valor de adquisición de los elementos totalmente amortizados asciende a 1.978.776 euros.

En el ejercicio 2010 no se ha producido ninguna corrección valorativa en los bienes de inmovilizado intangible.

No se ha producido ninguna circunstancia que haya supuesto una incidencia significativa en el ejercicio presente o a ejercicios futuros, que afecten a valores residuales, vidas útiles y/o métodos de amortización en su caso.

7. Activos financieros

Los activos financieros que posee la Fundación son los siguientes:

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

Las fianzas se han clasificado a corto y a largo plazo en función de si su vencimiento es superior o inferior a 12 meses a contar desde el 31 de diciembre de 2010.

8. Fondos propios

El movimiento habido en las cuentas de «Fondos Propios» durante el ejercicio 2010 ha sido la siguiente:

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

Dotación Fundacional.

Dado su objeto fundacional y su carácter no lucrativo, la Fundación no tiene capital social ni, por consiguiente, acciones o cualquier otro título representativo de su patrimonio.

El Patronato de la Fundación aprobó en el ejercicio 2009 la minoración de la dotación fundacional para disponer de unas reservas con las que hacer frente a los gastos que en dicho ejercicio originaron la consignación requerida por el Tribunal de Cuentas por el Procedimiento de reintegro por alcance n.º B-100/033 así como honorarios ocasionados en dicho procedimiento.

Una vez realizada en el ejercicio 2010 la consignación y los pagos de los correspondientes honorarios de servicios jurídicos, la Fundación ha aplicado las reservas de libre disposición a compensar las pérdidas del ejercicio anterior ocasionadas por estos conceptos.

Por tanto el saldo a 31 de diciembre de 2010 de la dotación fundacional está formado por la aportación inicial de los socios fundadores de las dos fundaciones (FORCEM y Fundación Tripartita), que asciende a 51.087 euros y se encuentra totalmente desembolsada, así como también por los incrementos realizados (en el caso de FORCEM) durante los ejercicios 2000, 2001 y 2002, que se ven minorados por una primera reducción de la dotación producida en 2008, para hacer frente a los gastos ocasionados por la defensa jurídica en relación con el procedimiento de reintegro y en 2009 por el traspaso a reservas de libre disposición con el fin de hacer frente al principal del alcance declarado en la Sentencia del Recurso de apelación dictadas por la Sala de Justicia del Tribunal de Cuentas y a los gastos jurídicos ocasionados y su composición es la siguiente:

Dotación Fundacional

Euros

Servicio Público de Empleo Estatal

27.046

Confederación Española de la Pequeña y Mediana Empresa, CEPYME

6.010

Confederación Española de Organizaciones Empresariales, CEOE

6.010

Unión General de Trabajadores, UGT

5.676

Confederación Sindical de Comisiones Obreras, CCOO

4.925

Confederación Intersindical Galega, CIG

1.420

Aportación fundacional inicial

51.087

Aplicación ingresos financieros año 97

282.956

Aplicación ingresos financieros año 98

57.992

Aplicación ingresos financieros año 99

87.744

Total aplicación de ingresos financieros

428.692

Minoración dotación 2008

(10.073)

Traspaso a Reservas de libre disposición 2009

(364.631)

Totales

105.075

9. Subvenciones, donaciones y legados

El Consejo de Ministros celebrado el 12 de marzo de 2010 autorizó al Servicio Público de Empleo Estatal a conceder a la Fundación Tripartita para la Formación en el Empleo una subvención pública por importe de 41.578.350 euros.

En virtud de dicho acuerdo del Consejo de Ministros, con fecha 25 de marzo de 2010 se emitió la Resolución de la Dirección General del Servicio Público de Empleo Estatal por la que se transfiere a la Fundación un importe de 41.578.350 euros para hacer frente al total de gastos de diversa naturaleza, así como inversiones que sean incurridos por ésta en cumplimiento del artículo 34 del Real Decreto 395/2007 por el que se regula el subsistema de formación profesional continua, mencionado en la Nota 1 de la presente memoria.

Del total de la financiación concedida, la cuantía destinada a financiar inversiones asciende a 1.874.300 euros, inicialmente registrada en el epígrafe «Subvenciones, donaciones y legados recibidos», de los que 81.678 euros se han dado de baja en éste epígrafe y se han contabilizado en la cuenta «Deudas con el Servicio Público de Empleo Estatal», por las cantidades a pagar por la devolución de los fondo recibidos y no aplicados a la finalidad prevista.

Asimismo, se ha minorado la subvención para inversiones en 1.384 euros con motivo de la devolución realizada al Servicio Público de Empleo Estatal, por el traspaso de medios materiales y humanos de la sede de Aragón el 31 de octubre de 2010, correspondiente a la parte proporcional de los dos meses que restaban del presupuesto asignado para esa sede hasta la finalización del ejercicio.

En cuanto a la cuantía percibida para hacer frente a las inversiones de inmovilizado, el movimiento habido en los ejercicios 2010 y 2009 en este epígrafe del patrimonio neto ha sido el siguiente:

Subenciones, donaciones y legados

Euros

2010

2009

Saldo a 1 de enero.

2.227.725

1.946.436

Financiación total recibida para inversiones.

1.874.300

1.874.300

Financiación no aplicada.

(81.678)

(1.036.214)

Aplicación por la dotación a la amortización del ejercicio de inversiones.

(586.254)

(552.344)

Aplicación por Subvención de Aragón.

(1.834)

Aplicación por bajas.

(731.756)

(4.453)

Saldo a 31 de diciembre.

2.700.953

2.227.725

Por tanto a 31 de diciembre de 2010 la Fundación presenta dentro del epígrafe «Subvenciones, donaciones y legados recibidos» la diferencia entre la financiación obtenida entre los ejercicios 2001 y 2010 del Servicio Público de Empleo Estatal para financiar las adquisiciones de inmovilizado, y las cantidades que durante esos ejercicios se han imputado como ingresos en la cuenta de resultados en función de la amortización de los mismos, así como los fondos necesarios para hacer frente a las fianzas constituidas.

La Fundación viene cumpliendo los requisitos legales exigidos para la obtención y mantenimiento de las mencionadas subvenciones.

10. Provisiones y contingencias

El movimiento experimentado en 2010 ha sido el siguiente:

Provisión para riesgos y gastos

Euros

Saldo a 31 de diciembre

de 2008

Dota-

ciones

Aplica-

ciones

Bajas

Saldo a 31 de diciembre de 2009

Dota-

ciones

Aplica-

ciones

Bajas

Saldo a 31 de diciembre

de 2010

185.967

426.628

(82.188)

(81.700)

448.707

499.709

(73.042)

(4.897)

870.477

En el ejercicio 2010, con motivo del conflicto colectivo planteado por COMFIA, CCOO y FES- UGT en relación con la reducción del 5% de los salarios contemplada en el Real Decreto Ley 8/2010, por el que se adoptan medidas para la reducción del déficit público, la Fundación provisionó la cuantía de esta reducción, así como otros importes que, por los procedimientos judiciales en materia laboral en los que la Fundación se encuentra inmersa, cabe la posibilidad de que se tengan que abonar durante el año unas cantidades correspondientes a ejercicios anteriores.

Asimismo la Fundación mantiene desde 2009 en este epígrafe la provisión de 332.337 euros, con motivo de la consignación realizada ante el Tribunal de Cuentas, correspondiente al procedimiento de reintegro por alcance nº B-100/033, a expensas de la decisión que tome el Tribunal Supremo respecto a los recursos de casación interpuestos.

11. Pasivos Financieros

Todos los pasivos financieros de la Fundación vencen en los próximos 12 meses y se clasifican como sigue:

Pasivos financieros

Vencimiento

a 1 año

Vencimiento

a 2 años

Vencimiento

a 3 años

Vencimiento

a 4 años

Vencimiento

a 5 años

12.713.419

Pasivo financieros

Instrumentos financieros a corto plazo

Instrumentos de patrimonio

Otros

2010

2009

2010

2009

Débitos y partidas a pagar:

 

 

– Deudas con SPEE

4.994.809

5.779.757

– Acreedores varios

6.441.943

6.030.716

– Personal

 

 

– Otras deudas con las Administraciones Públicas

1.276.667

1.278.922

Total

12.713.419

13.069.395

12. Aplicación de elementos patrimoniales a fines propios

La Dotación Fundacional de la Fundación está compuesta por aportaciones no dinerarias de sus fundadores, así como por los ingresos financieros generados por los fondos propios, no existiendo ningún otro activo que forme parte de la dotación ni esté vinculado directamente a los fines fundacionales. No obstante la totalidad de los bienes de inmovilizado adquiridos por la Fundación se utilizan para el cumplimiento de los fines fundacionales.

Por otro lado la totalidad de los ingresos obtenidos en el ejercicio 2007, una vez deducidos los gastos necesarios no relacionados directamente con los fines fundacionales, impuestos y gastos de administración, se han destinado a la realización de los fines fundacionales.

La Fundación ha dado cumplimento a la aplicación de rentas dentro de los cuatro años siguientes a su obtención marcados en la Ley 50/2004 de Fundaciones.

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13. Acontecimientos posteriores al cierre

En relación a las provisiones realizadas en materia laboral, la Fundación ya ha tenido que hacer frente a parte de las demandas judiciales presentadas.

14. Otra información

El Patronato de la Fundación está integrado por un Presidente, dos vicepresidentes y 24 vocales. De los veintisiete miembros del Patronato 20 son hombres y 7 mujeres.

En cuanto a la distribución del personal de la Fundación desglosado en número suficiente de categorías y niveles profesionales, esta ha sido la siguiente:

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15. Información de la liquidación del Presupuesto

Liquidación del Presupuesto de Explotación del ejercicio 2010.

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