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Documento BOE-A-2011-14331

Orden ARM/2361/2011, de 30 de agosto, por la que se determinan las disponibilidades de derechos a prima de la reserva nacional para su reparto entre los productores que mantienen vacas nodrizas, con efectos a partir de 2012.

Publicado en:
«BOE» núm. 211, de 2 de septiembre de 2011, páginas 95611 a 95611 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino
Referencia:
BOE-A-2011-14331

TEXTO ORIGINAL

El Real Decreto 1839/1997, de 5 de diciembre, por el que se establecen normas para la realización de transferencias y cesiones de derechos a prima y para el acceso a las reservas nacionales, respecto a los productores de ovino y caprino y de los que mantienen vacas nodrizas, regula la asignación de los derechos procedentes de las reservas nacionales.

La disposición final primera del Real Decreto 1839/1997, de 5 de diciembre, faculta a la Ministra de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino para determinar anualmente la disponibilidad de derechos a las reservas nacionales, en función de los datos suministrados por las Comunidades Autónomas.

En 2010, debido a las decisiones adoptadas en el marco del Chequeo Médico de la política agraria común, como se denomina coloquialmente a las modificaciones aprobadas en el seno comunitario a través del Reglamento (CE) n.º 73/2009 del Consejo, de 19 de enero de 2009, por el que se establecen disposiciones comunes aplicables a los regímenes de ayuda directa a los agricultores en el marco de la política agrícola común y se instauran determinados regímenes de ayuda a los agricultores y por el que se modifican los Reglamentos (CE) n.º 1290/2005, (CE) n.º 247/2006, (CE) n.º 378/2007 y se deroga el Reglamento (CE) n.º 1782/2003, se ha desacoplado totalmente las primas de ovino y caprino, situación que se mantiene en 2011, por lo que no procede hacer un reparto de derechos.

Teniendo en cuenta la información suministrada por las Comunidades Autónomas relativa a los derechos retirados por los ganaderos en su ámbito, se confirma que no existe margen para repartir derechos de la reserva nacional para su utilización en 2012.

En la elaboración de la presente orden han sido consultadas las Comunidades Autónomas y las entidades representativas de los sectores afectados.

En su virtud dispongo:

Artículo único. Derechos de prima de vaca nodriza para el año 2012.

Durante el presente año 2011 no se adjudicarán derechos de prima de vaca nodriza de las correspondientes reservas nacionales para su utilización en el año 2012.

En consecuencia no se admitirán solicitudes relativas a dichos derechos para su utilización a partir de 1 de enero de 2012.

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 30 de agosto de 2011.–La Ministra de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, Rosa Aguilar Rivero.

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