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Documento BOE-A-2011-14375

Acuerdo de 30 de junio de 2011, del Pleno del Consejo General del Poder Judicial, por el que se convoca concurso de méritos para la provisión de puestos de trabajo de Jefe de Sección en el Servicio de Personal Judicial.

Publicado en:
«BOE» núm. 213, de 5 de septiembre de 2011, páginas 95822 a 95825 (4 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Consejo General del Poder Judicial
Referencia:
BOE-A-2011-14375

TEXTO ORIGINAL

Encontrándose vacantes en la Relación de Puestos de Trabajo del personal al servicio del Consejo General del Poder Judicial dos puestos de Jefe/a de Sección N-30 dotados presupuestariamente, cuya provisión se estima conveniente para atender las necesidades de la creación y seguimientos de un Sistema de Prevención de Riesgos Laborales y Vigilancia de la Salud de los miembros de la Carrera Judicial dependiente del Servicio de Personal Judicial, el Pleno del Consejo General del Poder Judicial, en su reunión del día de la fecha, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 146 de la ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, 133 y concordantes del Reglamento de Organización y Funcionamiento del Consejo, aprobado por Acuerdo de 22 de abril de 1986 («Boletín Oficial del Estado» número 107, de 5 de mayo), ha acordado convocar concurso de méritos para la provisión de los puestos de trabajo que se describen en el anexo I.

El concurso se regirá por las siguientes normas:

Primera.

Quienes deseen tomar parte en el concurso deberán elevar su solicitud, que se ajustará al modelo que obra en el Anexo II de este Acuerdo al Excelentísimo señor Presidente de este Consejo y a la que podrán acompañar relación de los méritos y circunstancias que en ellos/as concurran, así como su justificación documental. Las instancias deberán presentarse dentro de los veinte días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado», en el Registro General del propio Consejo (calle Marqués de la Ensenada, 8, 28071 Madrid) o en los registros y oficinas a que se refiere el artículo 38 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Segunda.

Podrán tomar parte en el mismo los Jueces/Juezas, Magistrados/as, Secretarios/as de la Administración de Justicia, Abogados/as del Estado, miembros de la Carrera Fiscal y funcionarios/as de las Administraciones Públicas del subgrupo A1, a que se refiere el artículo 76 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, cualquiera que sea su situación administrativa, excepto los suspensos en firme mientras dure la suspensión.

Tercera.

Con la solicitud se acompañará un currículum vitae, en el que se hará constar los méritos y circunstancias personales que se estimen oportunos y, en especial, los que se refieran a destinos servidos, títulos académicos, publicaciones, idiomas y experiencia que se posea en las especificaciones que se reseñan en el anexo I, acompañando los documentos justificativos correspondientes.

Cuarta.

Los/as candidatos/as podrán ser requeridos/as para que justifiquen los datos, circunstancias y méritos a que se refiere la norma anterior. Cualesquiera de entre ellos/as podrán, asimismo, ser citados/as para una entrevista personal.

Quinta.

A la vista de las instancias y documentación presentada, el Consejo, apreciando conjuntamente los méritos alegados, efectuará el nombramiento. Con arreglo a lo previsto en el artículo 133 del Reglamento de organización y funcionamiento del Consejo, el Pleno designará al o a la que resulte seleccionado/a para cubrir el puesto convocado. Si el Pleno entendiera que los/as solicitantes no reúnen las condiciones de idoneidad o aptitud precisas para el cargo podrá declarar la convocatoria desierta.

Sexta.

Los/as concursantes a los que se adjudiquen los puestos convocados, prestarán sus funciones por un período de dos años, prorrogable por períodos anuales con un máximo de prestación de servicios de diez años y serán declarados en situación de servicios especiales en su administración de origen, de conformidad con lo previsto en el artículo 146.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, y estarán sometidos al Reglamento núm. 1/1986, de organización y funcionamiento del Consejo General del Poder Judicial (BOE núm. 107, de 5 de mayo de 1986).

Los/as concursantes no nombrados/as dispondrán de un plazo de seis meses para retirar la documentación aportada, acreditativa de los méritos alegados, procediéndose a su destrucción en caso de no efectuarlo.

Séptima.

Contra el presente acuerdo cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo, en el plazo de dos meses a partir de la fecha de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Madrid, 30 de junio de 2011.–El Presidente del Consejo General del Poder Judicial, José Carlos Dívar Blanco.

ANEXO I

Denominación del puesto: Jefe/a de Sección Prevención de Riesgos Laborales (Ergonomía y Psicosociología Aplicada).

Órgano Técnico: Servicio de Personal Judicial.

Número de puestos convocados: 1

Localización: Madrid.

Nivel de Destino: 30. Complemento específico: 44.353,12 euros anuales.

Adscripción: Jueces, Magistrados, Secretarios de la Administración de Justicia, Abogados del Estado, miembros de la Carrera Fiscal y funcionarios/as de las Administraciones Públicas del subgrupo A1, a que se refiere el artículo 76 de la Ley 7/2007, de 12 de abril.

Requisitos del puesto:

– Se considera indispensable el estar en posesión de la especialidad en Ergonomía y Psicosociología aplicada del título de técnico superior de Prevención de Riesgos laborales.

– Se valorará el estar en posesión del título de técnico superior de Prevención de Riesgos laborales en cualquier otra especialidad.

Denominación del puesto: Jefe de Sección Prevención de Riesgos Laborales (Medicina del Trabajo).

Órgano Técnico: Servicio de Personal Judicial.

Número de puestos convocados: 1

Localización: Madrid.

Nivel de Destino: 30. Complemento específico: 44.353,12 euros anuales.

Adscripción: Jueces, Magistrados, Secretarios de la Administración de Justicia, Abogados del Estado, miembros de la Carrera Fiscal y funcionarios/as de las Administraciones Públicas del subgrupo A1, a que se refiere el artículo 76 de la Ley 7/2007, de 12 de abril.

Requisitos del puesto:

– Se considera indispensable el estar en posesión de la titulación de médico especialista en Medicina de trabajo o diplomado en Medicina de empresa.

– Se valorará el tener la especialidad de Medicina Forense.

– Se valorará el estar en posesión del título de técnico superior de Prevención de Riesgos laborales en cualquier otra especialidad.

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